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jueves, 29 agosto 2019
20 años sin Jaime Garzón
jueves, 29 agosto 2019
Sátira contra la censura
viernes, 23 agosto 2019
Demandan inconstitucionalidad de la Ley TIC
La Fundación Karisma, la Comisión Colombiana de Juristas, Bejarano Abogados, la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) y Santiago Rivas, luego de un estudio de la Ley 1978 de 2019 (Ley TIC), encontraron que hay motivos para creer que la misma debe ser declarada inconstitucional. Por esa razón, radicaron hoy ante la Corte Constitucional, dos demandas en las que se ofrecen los argumentos jurídicos y técnicos por los cuales se acusa a dicha Ley de no ajustarse al ordenamiento legal colombiano.
Los representantes de la sociedad civil mencionados sostienen que por la forma en la que está estructurada la Ley demandada, se crean graves riesgos para la democracia. La Ley 1978 de 2019 otorga competencias excesivas al poder ejecutivo sobre los órganos y personas que toman decisiones sobre el internet, la radio y la televisión que la ciudadanía colombiana consume y crea para satisfacer su derecho a la libertad de expresión e información.
Estos son los principales puntos de las acciones presentadas:
1. Control del ejecutivo sobre la CRC
Dentro de una democracia, debemos entender que la separación de poderes no se limita solo al control de las tres ramas del poder público entre ellas, sino que este esquema requiere una arquitectura institucional que involucra a los medios de comunicación y a la libertad de expresión. Para garantizar este derecho y su aplicación, existen órganos autónomos para temas complejos: uno de esos es la regulación de los servicios de telecomunicaciones y audiovisuales. La Ley TIC crea una nueva Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) que tendrá poder sobre aspectos esenciales de los medios de comunicación que consumimos a diario: regulará servicios de telecomunicaciones, radio y televisión abierta; resolverá controversias de los proveedores de esos servicios; y vigilará y sancionará conductas que afecten el pluralismo en esos servicios.
Sin embargo, tal como la Ley TIC estructura la CRC, quedan dudas sobre si podrá ejercer su labor de forma autónoma. La autonomía de la CRC queda en entredicho porque en el mecanismo de elección de los integrantes de la CRC el gobierno de turno tiene una influencia alta.
La CRC funciona con dos comisiones. En la comisión de contenidos audiovisuales, el presidente podrá reglamentar el concurso para elegir a dos de los tres integrantes de esa comisión. La otra es la comisión de comunicación. Allí el gobierno tiene dos de cinco asientos. Puede nombrar a uno y el otro es un cupo directo para el ministerio TIC. La CRC también tendrá representantes de la sociedad civil y del sector audiovisual, pero serán elegidos por la universidad que designe el gobierno.
Viéndolo así, el Ejecutivo tendrá control sobre siete de los ocho miembros que componen dicha comisión. Si la CRC debe regular los temas que tienen que ver con los medios de comunicación, es decir, los canales por donde se difunde información para los intereses de la ciudadanía, resulta desequilibrado que sólo el gobierno tenga el control sobre esta comisión, que debe ser una garante del pluralismo. En pocas palabras, la CRC se puede convertir en un mecanismo del gobierno para limitar la libertad de expresión.
En el pasado, por ejemplo, la Corte Constitucional ya ha explicado que la independencia del regulador de la televisión es importante para que los intereses políticos no la afecten. La Corte ha preservado la autonomía de la Comisión Nacional de Televisión; además la Corte impidió que el Congreso eligiera dos miembros de su junta directiva y que la cartera de las comunicaciones tuviera voto en esa junta. En resumen, la Corte ya ha considerado que el órgano que regule la televisión debe estar libre de injerencias excesivas de las ramas del poder público.
2. Gobierno asigna frecuencias de televisión sin contrapesos
La Ley TIC le da mucho poder al MinTIC otorgándole demasiadas funciones. Le permite otorgar, inspeccionar y reglamentar el espectro electromagnético. Definir el valor del espectro, o sea, tasar el importe a favor del Fondo Único de TICs y determinar si ese pago se puede hacer en especie y en qué porcentajes. También definirá las inversiones que se realicen bajo esta última modalidad. Definir la política pública e inspeccionar, vigilar y controlar el sector TIC.
El resultado es un ministerio que concentra poderes, lo que crea incentivos perversos para el gobierno. Todo lo anterior pone en riesgo la pluralidad informativa. Entonces, ¿por qué correr riesgos concentrando tanto poder en el ejecutivo?, ¿No necesita el Ministerio TIC un contrapeso que le ponga freno a su poder sobre el espectro?
Es verdad que la CRC ya tenía problemas de autonomía, pero si el gobierno asigna directamente las concesiones para la operación de la televisión, existe la posibilidad de que se conformen agendas políticas en medios de comunicación que deberían tener un contenido inclusivo y diverso.
3. Desfinanciación de la TV pública
Aunque el Ministerio TIC ha señalado que no es cierto que la televisión pública será desfinanciada, la verdad es que sí.
Antes de la Ley TIC existían dos fondos: uno era FonTV que estaba a cargo de la Autoridad Nacional de Televisión, un órgano autónomo al ejecutivo. El otro era el FonTIC que estaba adscrito al MinTIC. Ahora sólo habrá un fondo que junta los dos anteriores y lo pone a cargo del Ministerio TIC en su totalidad. Este control económico se suma a los otros controles ya dispuestos por la ley.
Si bien los objetivos de este nuevo fondo son fomentar proyectos del sector TIC y crear contenidos de radio y televisión pública, tener un ministerio con control económico absoluto, crea el grave riesgo de que los contenidos respondan únicamente a intereses del gobierno y no promuevan la pluralidad informativa.
Mientras que la Ley anterior destinaba el 60% de sus recursos para fortalecer los operadores públicos de la televisión, esta nueva ley trae unas definiciones que pueden quedar muy abiertas a interpretaciones del propio Ministerio TIC para distribuir los recursos.
Además, la Ley carga el fondo con funciones de apoyo económico para el mejoramiento administrativo y técnico del MinTIC y de la Agencia Nacional de Espectro. El dinero con el que se hacía televisión pública antes, ahora será también destinado a cargos burocráticos.
También se aseguran los porcentajes de inversión en la TV y radio pública con un fórmula complicada, que busca hacer un promedio de todos los años en que se han financiado estos programas en el pasado, resultando en un porcentaje mucho más bajo que el actual, o por lo menos estancado en el tiempo, pues si el presupuesto de estos fondos incrementa, el MinTIC no tiene obligación legal de incrementar la inversión en la televisión o radio públicas.
Vale mencionar que el fondo le da mucha importancia a las “asociaciones público privadas en tecnologías de la información y las comunicaciones” pero la forma en la que estas asociaciones van a funcionar serán reglamentadas por el mismo gobierno.
La televisión pública es importante porque no solo garantiza pluralidad en los contenidos y acceso a este medio para distintas comunidades, sino que evita la consolidación de monopolios de televisión para que la información sea veraz y objetiva, garantizando pluralidad de voces en la discusión pública.
4. Redes comunitarias
Hoy en día, la tecnología permite que todo tipo de actores hagan uso del espectro para conectarse a internet. Una forma de aprovechar el uso del espectro, que a fin de cuentas es un bien público, es a través de la creación de redes comunitarias a cargo de las comunidades que sufren de diferentes formas de desconexión y pueden conectarse por su propia cuenta y con su propia tecnología.
Sin embargo, la Ley TIC olvida su existencia y sólo prevé un sistema para acceso a licencias de uso del espectro, el sistema para fines lucrativos. Esto obliga a las comunidades a competir en condiciones iguales a las medianas y grandes empresas de telecomunicación, como ETB o Claro, en un sistema que favorece a grandes empresas privadas. Un sistema que supone, por ejemplo, una serie de contribuciones y contraprestaciones a un lucro que estas comunidades no tienen. Además, el proceso de selección estará centrado en el MinTIC, es decir, un proceso centrado en Bogotá en el que deben competir empresas de telecomunicación y comunidades vía web siendo que de hecho éstas últimas no tienen cómo conectarse en principio a la red.
Es inconstitucional exigir a una red comunitaria que cumpla con los mismos requisitos de las grandes compañías de telecomunicaciones para usar el espectro, tratando de modo igual a actores manifiestamente desiguales. Además, se impide así el cumplimiento del propio fin de la Ley al no permitir que estas redes comunitarias contribuyan a la conectividad en donde el Estado aún no la garantiza y las TELCOS no ven oportunidad de mercado rentable. Las redes comunitarias permiten el ejercicio no sólo del derecho a la libre expresión y el acceso a la información, sino también el libre desarrollo de la personalidad. La información siempre debe tener canales para fortalecer la democracia.
5. Consulta previa
La Ley TIC derogó la Ley 1507 de 2012 que consagraba derechos y garantías respecto al acceso a la televisión por parte de las comunidades indígenas y otros grupos étnicos. La nueva ley no tiene normas específicas para estas comunidades, por lo que hay un estructural cambio de condiciones que requería de consulta previa. Recordemos que cuando un proyecto de ley puede afectar a comunidades indígenas, debe ser consultado primero con esas comunidades antes de pasar por el congreso.
El Viceministro para la Participación e Igualdad de Derechos del Ministerio del Interior fue quien dijo que en este caso no era necesario consulta previa, sin embargo AFROMEDIOS, en intervención ante el Congreso, demostró que este funcionario no tenía competencia para dar este concepto.
viernes, 23 agosto 2019
SIP, RFK Human Rights y FLIP aplauden declaratoria de lesa humanidad del homicidio del periodista Nelson Carvajal
Miami/Washington D.C./Bogotá (19 de agosto de 2019) - La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), Robert F. Kennedy Human Rights (RFK Human Rights) y la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) celebran que la Justicia colombiana haya declarado como delito de lesa humanidad el asesinato del periodista Nelson Carvajal Carvajal, ocurrido el 16 de abril de 1998.
Nelson Carvajal Carvajal trabajaba en la Emisora Radio Sur, afiliada a la cadena nacional RCN, en Pitalito, departamento del Huila, donde se caracterizaba por investigar casos de corrupción en la administración pública. También era docente y director de una escuela.
Tras dos décadas de impunidad, en marzo de 2018 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó al Estado de Colombia por no garantizar el derecho a la vida del periodista y por no investigar los hechos e identificar a los responsables. En consecuencia, ordenó reparar a las víctimas y adoptar medidas de no repetición de hechos similares.
El Estado de Colombia reconoció públicamente su responsabilidad en un acto realizado el pasado 29 de marzo en cumplimiento a lo ordenado por la Corte IDH en la Sentencia. Sin embargo, al celebrar el fallo de este 14 de agosto de la Fiscalía General de la Nación que declara la imprescriptibilidad del crimen de Carvajal Carvajal, la presidenta de la SIP, María Elvira Domínguez y la presidenta del RFK Human Rights, Kerry Kennedy, hacen un "llamado a la Justicia colombiana para que redoble sus esfuerzos para que el crimen del periodistas sea esclarecido y los autores materiales e intelectuales sean condenados". De manera más amplia, Domínguez y Kennedy "urgen al Estado a cumplir con las demás medidas de reparación ordenadas por la Corte IDH en el caso y que siguen pendientes de cumplimiento a más de un año de proferida la Sentencia".
La SIP es una entidad sin fines de lucro dedicada a la defensa y promoción de la libertad de prensa y de expresión en las Américas. Está compuesta por más de 1.300 publicaciones del hemisferio occidental; y tiene sede en Miami, Florida, Estados Unidos.
Fundado en 1968, Robert F. Kennedy Human Rights promueve la visión de Robert F. Kennedy de un mundo más justo y pacífico. En alianza con defensores y organizaciones en el terreno, Robert F. Kennedy Human Rights utiliza la incidencia y el litigio estratégico para lograr justicia alrededor del mundo.
La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) es una organización no gubernamental que defiende la libertad de expresión y promueve un clima óptimo para que quienes ejercen el periodismo puedan satisfacer el derecho de quienes viven en Colombia a estar informados.
sábado, 17 agosto 2019
Homicidio de Nelson Carvajal es declarado crimen de lesa humanidad
El 16 de agosto de 2019, la Fiscalía 95 de la Unidad Delegada ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá decidió declarar como crimen de lesa humanidad el homicidio del periodista Nelson Carvajal Carvajal ocurrido el 12 de abril de 1998 en Pitalito, Huila.
viernes, 16 agosto 2019
FLIP presenta queja ante el CNE en contra de Carlos Caicedo
El 15 de agosto, la Fundación para la Libertad de Prensa -FLIP- presentó una queja ante el Consejo Nacional Electoral para que adopte las sanciones correspondientes en contra de Carlos Caicedo, candidato a la Gobernación de Magdalena, por violaciones a la libertad de prensa.
miércoles, 14 agosto 2019
20 años sin Jaime Garzón
Hoy se cumplen veinte años del silenciamiento de Jaime Garzón. Dos décadas en las que Colombia ha estado privada de su particular ingenio y sátira. Hoy, la Fundación para la Libertad de Prensa recuerda a Jaime y su legado y hace un llamado a la justicia para que se para que avance en el esclarecimiento de su asesinato y en la sanción de todos los responsables.
La justicia necesita más avances
En el proceso que se adelanta por el asesinato de Jaime Garzón, han sido vinculados miembros de grupos paramilitares, funcionarios del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) y de las fuerzas armadas. No obstante, a veinte años del crimen, aún no se ha investigado y judicializado a toda la cadena criminal.
El 10 de marzo de 2004, el Juzgado Séptimo Penal del Circuito Especializado de Bogotá condenó al jefe paramilitar Carlos Castaño como coautor del delito de homicidio agravado, tras demostrarse que fue él quien dió la orden para ejecutar el homicidio de Jaime Garzón. En esta misma decisión, se absolvió a Juan Pablo Ortiz Agudelo, “alias Bocha”, y Edilberto Antonio Sierra Ayala, “alias Toño”, por el delito de homicidio debido a falta de pruebas.
El 13 de agosto de 2018, el Juzgado Séptimo Penal del Circuito Especializado de Bogotá condenó a José Miguel Narváez Martínez, ex subdirector del DAS, a treinta años de prisión por el delito de homicidio agravado en calidad de determinador. El 19 julio de 2019, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, redujo la pena a 26.3 años, tras considerar que al procesado se le había aplicado erróneamente un agravante.
En 2012, el Coronel del Ejército Jorge Eliécer Plazas Acevedo fue vinculado a la investigación por el delito de homicidio agravado, luego de determinar que tenía una estrecha relación con Castaño y Narváez cuando era jefe de inteligencia de la Brigada XIII del Ejército en 1998. En mayo de 2018 el proceso fue suspendido dado que el expediente fue remitido a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), luego de que Plazas Acevedo decidiera someter su caso a dicho Tribunal. Por el momento se está a la espera de que la JEP adopte una decisión al respecto.
Frente a la responsabilidad del Estado, el 19 de julio de 2011 los familiares de Jaime Garzón realizaron una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), frente a la cual no se ha adoptado una decisión de fondo. Por otra parte, el 14 de septiembre de 2016, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, declaró, en segunda instancia, la responsabilidad agravada del Ministerio de Defensa – Ejército y Policía Nacional – por el homicidio del periodista, considerar que el homicidio fue perpetrado por paramilitares aliados con agentes del Estado. Además, el alto tribunal declaró que los hechos constituyen un crimen de lesa humanidad, pues hacen parte de un ataque generalizado y sistemático auspiciado por la institucionalidad estatal.
Sin embargo, en materia penal, el pasado 19 de julio, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en el caso que se sigue contra el general (r) José Miguel Narváez, confirmó la decisión de primera instancia de no declarar el crimen de Jaime Garzón como un crimen de lesa humanidad. Según explicó el Tribunal, al momento de la comisión de los hechos no estaban tipificados los crímenes de lesa humanidad en el ordenamiento colombiano, en consecuencia, adoptar dicha calificación jurídica agravaría la situación de Narváez. Por otro lado, el Tribunal consideró que el juicio se centró en dar por probada la responsabilidad de Narváez, más no en demostrar la configuración de los elementos de un crimen de lesa humanidad.
La FLIP considera que esta decisión desconoce los estándares nacionales e internacionales para la investigación y juzgamiento de las graves violaciones a los derechos humanos, pues para la fecha de los hechos sí existía normatividad aplicable en Colombia que reconoce la existencia y caracteriza los crímenes de lesa humanidad. Así se ha reconocido en diversos pronunciamientos de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. La decisión adoptada por el Tribunal, conllevaría a la prescripción del homicidio de Jaime Garzón, lo cual constituiría una obstrucción al desarrollo de la investigación, y con ello se mantendría en estado de impunidad del caso.
Sátira contra la censura
En el marco del aniversario 20 de la muerte de Jaime Garzón, la FLIP lanzó el proyecto #Revivamoselhumor, que consiste en la financiación de diez proyectos de personas interesadas en hacer humor periodístico. Las iniciativas que fueron seleccionadas en febrero 2019 han recibido tutorías de Santiago Rivas, la Pulla y Actualidad Panamericana como apoyo para la realización de un piloto. Los contenidos que resulten de este proceso serán publicados próximamente en un micrositio de la Liga Contra el Silencio.
martes, 13 agosto 2019
El homicidio de Libardo Montenegro y la condena de la autocensura para Samaniego
El jueves 4 de julio de 2019, sobre una de las montañas que rodea al municipio de Samaniego, Nariño, se ondeaba una tela de color rojo y negro, que algunos habitantes de la región reconocieron rápidamente. Se trataba de una bandera que desde lo lejos tenía letras blancas difíciles de descifrar, pero que según las personas del municipio pertenecía al Ejército de Liberación Nacional (ELN). Ese día precisamente esta guerrilla cumplía 55 años de haber sido fundada.
A pesar de que las personas del municipio se vieron sorprendidas por la acción del grupo guerrillero, la presencia de los actores armados no resulta ser un hecho novedoso para Samaniego. Esta región permanece en constante disputa por parte de grupos al margen de la ley como el ELN, bandas dedicadas al narcotráfico, estructuras paramilitares y disidencias de las FARC, a través del antiguo Frente Oliver Sinisterra (FOS), que quiere controlar los territorios de la cordillera luego de la firma de los acuerdos de paz.
Una de las heridas más profundas que ha dejado esta situación de violencia en la región ha sido el miedo causado por los asesinatos a líderes sociales de Samaniego. En 2017, fue asesinado el docente Orlando de Jesús Caicedo; en 2018, la maestra Yaneth Adriana Ruano corrió con la misma suerte y, en lo corrido de 2019, han sido asesinados la personera Paula Rosero y el periodista Libardo Montenegro. Todos estos hechos continúan sin ser esclarecidos por las autoridades.
El 11 de junio de este año, cerca de las 9 de la noche, Libardo Montenegro fue asesinado por dos sicarios que se desplazaban en moto. Montenegro iba acompañado por su pareja, quien resultó ilesa. El periodista, quien trabajaba en la emisora comunitaria Samaniego Stereo, recibió varios impactos de bala mientras estacionaba su carro frente a su casa. Según el relato de uno de los familiares del comunicador, dos hombres vestidos con saco de capota y tapabocas medicinales le dispararon a Montenegro hasta dejar su cuerpo tendido en una zanja y huyeron por una de las calles del municipio.
Ese mismo día, en horas de la tarde, a una cuadra y media de donde fue asesinado Montenegro, desconocidos acabaron con la vida de un hombre que se encontraba en un taller de mecánica automotriz. A pesar de que la alerta era evidente, las autoridades del municipio no adelantaron las acciones pertinentes para garantizar la seguridad de los habitantes de Samaniego.
Libardo Montenegro era un reportero reconocido en la región por su frecuente participación en la parrilla de programación de Samaniego Stereo. Según sus compañeros de la emisora, todas las mañanas Montenegro estaba al aire de ocho a diez de la mañana para presentar el informativo “Café al día” y luego, de dos a cuatro de la tarde, conducía un programa musical llamado “La Rocola”. Los colegas de Montenegro cuentan que era un hombre muy querido por la comunidad y que su voz era inconfundible “era la mejor voz de aquí de Samaniego”, afirma uno de sus colegas.
Parte del reconocimiento que tenía Montenegro en el municipio se debía a que desde muy niño el reportero se interesó por las labores informativas. Sus compañeros cuentan que su abuelo fue la persona que fundó la radio comunitaria y que, desde entonces, él empezó a participar activamente en el medio de comunicación. Adicionalmente, la familia Montenegro siempre ha estado ligada a la emisora y a medida que aquel adquirió más experiencia se fue involucrando mucho más con las labores comunitarias. Los habitantes de Samaniego recuerdan al comunicador como una persona cercana a las necesidades de los habitantes, como un hombre amable con las personas de su comunidad, que no tenía ningún tipo de conflictos.
Uno de los familiares de Montenegro cuenta que durante los últimos años que el periodista participó en la emisora, su interés periodístico se centró en informar sobre los temas de paz y derechos humanos. Por esta razón, en 2017, Montenegro hizo parte del proyecto “Así suena la paz en los territorios”, una iniciativa de varios medios comunitarios en el país que buscaba narrar los hechos vividos durante el conflicto armado y desde allí apostarle a informar sobre la implementación de los acuerdos en los territorios. Según cuenta una de las personas de la emisora, a través de este espacio, Montenegro entrevistó a víctimas del conflicto armado en la región para que el municipio conociera sus historias y en varias ocasiones alertó a las autoridades sobre irregularidades frente a los compromisos del gobierno con respecto a los acuerdos firmados en La Habana.
Durante los últimos días que Montenegro estuvo al aire promovió la “Marcha por la paz y la vida de Samaniego” que se realizó el 14 de junio en Pasto, tres días después de su muerte. Esta iniciativa buscaba denunciar la difícil situación de violencia que vive Samaniego y estaba siendo liderada por Leobar Ibarra, otro periodista del municipio que hace algunos años tuvo que salir de la emisora por amenazas contra su vida.
Ibarra era muy cercano a Montenegro y, por esta razón, el reportero comunitario lo invitaba frecuentemente a su espacio informativo para llamar la atención sobre las problemáticas del municipio. Días antes de la movilización que se realizaría en Pasto, Montenegro grabó una cuña para invitar a las personas del municipio a que participaran en la manifestación que tenía como fin exigirles a los violentos respeto por la vida de los habitantes de Samaniego y hacer un llamado a las autoridades para que atendieran las necesidades de la comunidad.
Los familiares y amigos de Libardo Montenegro no se atreven a emitir ninguna hipótesis sobre el asesinato del periodista. Para ellos fue una situación que los tomó por sorpresa, debido a que Montenegro no tenía enemigos y nunca había mencionado haber recibido amenazas por su labor en la emisora. Sin embargo, todas las personas entrevistadas coinciden en que él era alguien muy reservado que hablaba muy poco sobre su vida personal. Incluso, una de las trabajadoras de la emisora asegura que el día del asesinato el reportero se mostró nervioso y se veía muy mal de salud. Cuenta que Libardo se le acercó y le dijo “me duele mucho el corazón, me voy a morir”. Ella lo tomó de las manos y manifiesta que Montenegro las tenía muy sudorosas, pero que no le quiso contar mayores detalles sobre su situación.
Hipótesis del asesinato
El asesinato de Libardo Montenegro ha generado mucha incertidumbre entre sus familiares y amigos y ha dado lugar a especulaciones entre la comunidad. A pesar de no tener certezas sobre las razones del homicidio, las autoridades y las personas cercanas al comunicador señalan que existen al menos dos hipótesis sobre su asesinato:
La primera de ellas es que a Montenegro lo asesinaron por su labor como periodista. Leobar Ibarra, el periodista que trabajaba de la mano con el comunicador comunitario, es uno de las personas que se inclina por esta hipótesis y teme que su vida también esté en riesgo. Ibarra manifiesta que el asesinato de Montenegro estuvo motivado por la promoción de la marcha por la paz y los últimos programas en los que juntos hablaron al aire sobre la difícil situación de seguridad que enfrenta Samaniego.
El periodista asegura que cuando Montenegro lo invitaba a participar en la emisora, Ibarra le sugería que le hiciera preguntas para abordar los temas sensibles de Samaniego sin que Montenegro tuviera que ser el autor de las denuncias. Ibarra manifiesta que en alguna ocasión ante una pregunta que le sugirió, Montenegro se negó a hacerla argumentando: “esa pregunta no se la puedo hacer al aire porque me regañan acá en la emisora”, refiriéndose a las denuncias que hicieron juntos y que pudieron poner en riesgo la vida de Montenegro. Agregó que en los días en los que se hizo la invitación al evento del 14 de junio, el reportero comunitario le manifestó que tenía dudas de participar en la movilización porque temía por su vida.
A pesar de que algunos familiares y amigos del comunicador afirmaron que no creen que este haya sido un motivo suficiente para que los violentos cometieron el homicidio. Ibarra considera que, en medio del contexto de violencia que se vive en Samaniego, ésta puede ser una razón suficiente para atentar contra la vida de un periodista con el liderazgo que tenía el reportero comunitario. Al respecto, los habitantes del municipio señalan que han tenido conocimiento de organizaciones o “escuelas” de sicariato en la región y que hay jóvenes de Samaniego dispuestos a cometer este tipo de delitos a cualquier precio. Una de las familiares de Montenegro se refirió a esta posibilidad y no la descarta del todo: “aquí es suficiente con pagarle a un muchacho 100 mil o 200 mil pesos por asesinar a alguien”.
Uno de los funcionarios de la región se refirió extraoficialmente también al homicidio de Montenegro y sostuvo que puede existir una relación entre el homicidio y la publicidad de la marcha del 14 de junio: “la voz de Libardo era inconfundible y el anuncio estuvo al aire unos días antes del asesinato”. Esta versión coincide con lo manifestado por los trabajadores de la emisora, quienes aseguraron que durante el día del asesinato la invitación a esta manifestación circuló en la parrilla de programación de la emisora.
Para el funcionario, las denuncias que Montenegro hacía al aire sobre el conflicto que se vive en Samaniego pueden motivar acciones violentas por parte de los grupos al margen de la ley, debido a que es un municipio en constante disputa por su ubicación estratégica. El funcionario explicó que el municipio nariñense está ubicado en la región montañosa del departamento y que los ríos que lo rodean, como el San Juan y el Pacual, convierten a Samaniego en una ruta predilecta para que los violentos transporten la pasta de coca que se cultiva en la cordillera a la zona fronteriza del pacífico colombiano con el fin de exportarla ilegalmente.
Sobre las denuncias que hacía Montenegro en la emisora, la FLIP tuvo acceso a un fragmento de la sección Semillas de Esperanza, que se emitió en 2018, previo a las elecciones presidenciales y en los que el periodista hacía llamados como el siguiente: “hace un promedio de unos 35 años en el municipio de Samaniego no se conocía lo que era la coca, lo que era la amapola y aunque no lo crean la gente vivía tranquila, (...) pero desafortunadamente la droga nos la trajeron aquí y eso fue lo que conllevó de alguna forma a que vengan los grupos armados, a que se generen espacios de violencia y hoy en día nuestros jóvenes se han apoderado de eso y piensan que el camino de los cultivos ilícitos es como la última oportunidad que tienen. Entonces hablando de propuestas de paz, de posconflicto, simplemente hacerles ese llamado, esa reflexión a que le apostemos a la vida, le apostemos a la paz, a la tranquilidad”.
Al reflexionar sobre este tipo de contenidos, una de las compañeras de Montenegro en la emisora considera que la invitación a la movilización no fue el único contenido que el reportero emitió sobre temas relacionados con la paz. Por esta razón, ella sostiene que los violentos pudieron asociar la inconfundible voz del periodista y las últimas entrevistas a Leobar Ibarra en Samaniego Stereo con el liderazgo de Montenegro para llamar la atención sobre la situación de seguridad del municipio.
La segunda hipótesis es la que relaciona el homicidio de Montenegro con un conflicto personal que el reportero tenía con la expareja de su actual compañera sentimental. Quienes se inclinan por esta versión son, sobre todo, las autoridades del municipio que desde el primer momento del asesinato le apuntaron a esta hipótesis. Algunos de ellos afirman que tienen información suficiente para asegurar que este fue el motivo del asesinato.
Los familiares del periodista manifiestan que Montenegro había iniciado una relación hace aproximadamente seis meses con una mujer de un municipio cercado y que se habían ido a vivir juntos meses antes del asesinato. Sin embargo, las personas cercanas al reportero no conocían muchos detalles sobre esta relación.
Los rumores entre las personas del municipio señalan que semanas antes de que ocurriera el homicidio, el reportero había tenido una discusión con la expareja de su compañera. De inmediato las autoridades asumieron esta versión como la principal hipótesis del asesinato, manifestando que se trataba de un conflicto sentimental y descartaron que Montenegro desempeñara alguna labor periodística que lo pudiera poner en riesgo. Así lo manifestó Jhon William Peña, coronel de la Policía encargado del comando operativo de seguridad ciudadana del departamento de Nariño, quien al otro día del asesinato se refirió a Montenegro como un locutor que se dedicaba a las labores de perifoneo en el municipio.
Los familiares y amigos del comunicador asesinado consideran que las autoridades de Samaniego han querido hacer eco de la versión que relaciona el asesinato con este conflicto sentimental para desvirtuar los cuestionamientos que existen sobre la difícil situación de derechos humanos que enfrenta el municipio. En ese sentido, a los colegas de Montenegro les preocupa que se desconozca la labor periodística del comunicador, debido a que esto contribuye a invisibilizar el riesgo al que pueden estar expuestos por la labor informativa que continúan ejerciendo.
La sentencia de silencio
Más allá de las hipótesis sobre el asesinato de Libardo Montenegro, este tipo de violencia no sólo logra silenciar una voz crítica, sino que afectan el libre desarrollo de la labor periodística, debido a que crean una atmósfera de temor para los periodistas que continúan haciendo cubrimientos de interés general en el municipio. Esta situación es especialmente grave si se tiene en cuenta la escasa oferta informativa que hay en el municipio y que contribuye a que los pocos periodistas que trabajan allí sean el foco de los actores violentos. Además de la radio comunitaria, en Samaniego solamente hay tres medios de comunicación: dos radios de la Fuerza Pública y el Canal Comunitario Satel.
Al respecto, Leobar Ibarra y los demás periodistas de Samaniego manifestaron que se sienten temerosos de hacer cualquier tipo de denuncias que puedan afectar los intereses de grupos políticos y actores armados de la región, debido a que su nivel de exposición puede ser muy alto. Además, afirmaron que se sienten en total desprotección por parte del Estado y coincidieron en que este tipo de escenarios son una sentencia de silencio para el periodismo en la región.
La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) expresa su preocupación la falta de garantías para el desarrollo de la labor informativa en Samaniego y considera problemático que las autoridades locales no reconozcan el trabajo periodístico de Montenegro y el riesgo que enfrentan los demás reporteros en el municipio. A partir de la información recolectada, la Fundación reconoce el asesinato de Libardo Montenegro como el 160 de la lista de reporteros asesinados por el desarrollo de sus labores informativas en Colombia.
La FLIP le solicita a la Fiscalía General de la Nación que considere como principal hipótesis del asesinato la actividad periodística que Montenegro venía desempeñando en el municipio e investigue los hechos con celeridad para dar con el paradero de los responsables de este crimen. Las sanciones judiciales en este tipo de situaciones son un precedente importante que contribuye a disuadir la ocurrencia de nuevas violencias contra la prensa. Así lo ha dispuesto la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su informe Violencia contra periodistas y trabajadores de medios: “Para prevenir la violencia contra periodistas y trabajadores de los medios de comunicación es indispensable que el ordenamiento jurídico sancione estas conductas de manera proporcional al daño cometido”.
Teniendo en cuenta que los últimos asesinatos contra líderes sociales en Samaniego continúan en la impunidad, la FLIP le hace un llamado a la Procuraduría General de la Nación para que haga un seguimiento exhaustivo de las actuaciones de los funcionarios judiciales con el fin de velar porque haya diligencia y celeridad en las investigaciones penales.
Por último, la FLIP le solicita a la Unidad Nacional de Protección (UNP) que haga una evaluación de la situación de riesgo que enfrentan los periodistas en Samaniego con el fin de implementar las medidas de seguridad necesarias para salvaguardar la vida y la integridad de quienes continúan desarrollando su labor en este contexto de violencia.
sábado, 10 agosto 2019
La FLIP rechaza el hostigamiento a la periodista Jineth Bedoya Lima
La FLIP tuvo conocimiento de que el 6 de agosto de 2019 Jineth Bedoya recibió varias llamadas y mensajes intimidantes provenientes de un número desconocido.
Paradójicamente, este mismo día la periodista fue galardonada con el Gran Premio Libertad de Prensa 2019 que otorga la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP). Con este premio, según María Elvira Domínguez, presidenta de la SIP, buscan honrar la lucha de Bedoya y generar conciencia sobre los riesgos que sufren muchas las mujeres periodistas.
Teniendo en cuenta los hechos de los que ha sido víctima la periodista y que lo anterior se enmarca en un contexto de avances en la justicia nacional e interamericana en relación con este caso, esta es una situación que genera una alerta sobre su seguridad y el riesgo al que está expuesta Jineth Bedoya.
El 16 de enero de 2019, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó la aprobación de su informe de fondo por los hechos de los que fue víctima la periodista. En este informe la Comisión declaró la responsabilidad del Estado colombiano en los hechos cometidos contra Jineth Bedoya y dictó una serie de recomendaciones para la reparación de las víctimas.
Posteriormente, el 16 de julio, la CIDH decidió someter el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) para que este tribunal determine la responsabilidad del Estado en el caso.
A nivel nacional, el 6 de mayo de 2019, el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Bogotá condenó a Jesús Emiro Pereira Rivera (alias 'Huevoepizca') a cuarenta años y seis meses de prisión, por los delitos de secuestro, tortura y violencia sexual. Por su parte, a Alejandro Cárdenas Orozco (alias 'JJ'), sobre quien ya pesaba una condena previa por secuestro y tortura por este mismo caso, se le impuso una pena de treinta años de prisión por el delito de acceso carnal violento.
Teniendo en cuenta lo anterior, la FLIP expresa su preocupación por la vida y la integridad de la periodista Jineth Bedoya Lima. Así mismo resalta la pronta respuesta de la Fiscalía General de la Nación, la Unidad Nacional de Protección y la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y Asuntos Internacionales en relación a este caso y espera que la respuesta sea igual de eficiente en otros casos. Es importante que estas entidades investiguen activamente los hechos y tomen prontamente las medidas que sean necesarias para garantizar la seguridad de los periodistas.