Pronunciamientos

Juan Camilo Restrepo, la joven promesa de Ebéjico

domingo, 01 noviembre 2020

Juan Camilo Restrepo, la joven promesa de Ebéjico

Todos los días Juan Camilo Restrepo llegaba de mañana a Galaxia Estéreo, la emisora comunitaria que dirigía en Sevilla, un corregimiento del municipio de Ebéjico, Antioquia. En su espacio radial se dedicaba a informar y entretener a la ciudadanía, pero también hacía fuertes críticas a la administración local.

El 31 de octubre del 2000, y con tan solo 26 años de edad, fue asesinado, aparentemente, por paramilitares. Las investigaciones dieron a conocer que Juan Camilo habría cubierto en sus emisiones varios casos de corrupción de funcionarios locales. Su asesinato habría sido una retaliación a sus críticas. 

 

Un periodista nato

Desde que era joven Juan Camilo sintió pasión por el periodismo. Su gran amigo y colega Héctor Echevarría recuerda que antes de entrar a la universidad les encargaron la coordinación de una pequeña emisora en AM que había comprado la parroquia del pueblo. “Luego de eso, Juan Camilo quedó muy emocionado con el tema y su sueño era tener algo en FM”, dice Héctor. 

Luego de eso Juan Camilo hizo su carrera de comunicador en la universidad. Aprendió más sobre el oficio del periodismo y cultivó una carrera prometedora en Medellín. Allí trabajó en TeleAntioquia, en la emisora Oriente Stereo de RCN, Rumba y La Z. “Todo eso lo dejó botado cuando se enteró que estaban adjudicando unas emisoras comunitarias en FM”, comenta Héctor. 

En 1997 Juan Camilo volvió a su pueblo natal, Ebéjico, para ponerse en frente de la emisora que se llamaría Galaxia Estéreo. Héctor cuenta que la emisora fue tan exitosa que se escuchaba en gran parte del occidente antioqueño. 

Parte del éxito de la emisora es que Juan Camilo se encargó de capacitar a su grupo de trabajo con las herramientas que él había aprendido en la universidad. “Además de posicionar la emisora, Juan Camilo realizó un trabajo muy importante de escuela periodística”, afirma Héctor. 

 

Los momentos de temor

“Nosotros nunca nos metimos con ellos”, dice Héctor, refiriéndose a las AUC, el grupo paramilitar que tenía una amplia presencia en la zona. Sin embargo, nada pudo evitar que el equipo de Galaxia Stereo quedara en la mira del grupo.

Para Héctor todo empezó cuando en época de elecciones hicieron un programa, junto a concejales de la oposición, en el que criticaban fuertemente al alcalde. “Nosotros no estábamos a favor de nadie, más bien le abríamos los micrófonos a cualquier persona que quisiera dar el debate”, comenta Héctor, explicando que ellos nunca se catalogaron como oposición de la Alcaldía. 

A partir de ese momento el alcalde saliente les declaró la guerra. Hizo que la Junta de Acción Comunal, que administraba la emisora, llamara repetidamente a elecciones de un nuevo director, para poder sacar a Juan Camilo de la dirección. “Nunca lo lograron, a pesar de que el alcalde le daba plata a los miembros de la junta para que votaran por otra persona, Juan Camilo siempre arrasó en las elecciones”, recuerda Héctor. 

Las AUC, que atemorizaban al pueblo de Ebéjico, nunca les hicieron amenazas de muerte. “Jamás nos dijeron que nos teníamos que ir del pueblo o que nos iban a matar, lo que sí es que nos decían a modo de advertencia que no nos metiéramos con el alcalde”, cuenta Héctor. 

Juan Camilo era consciente del peligro, así que un mes antes de las elecciones decidió que la programación de la emisora sería netamente musical, nada de debates que pudieran causar controversia.

Días antes de las elecciones el candidato que se posicionaba como el favorito fue hasta a la emisora y amenazó al equipo de Galaxia Estéreo. Héctor recuerda claramente las palabras de quien días después se convertiría en alcalde de Ebéjico: “yo voy a ganar y ese día ustedes se van”

 

La cita

“Todo fue muy inesperado”, cuenta Héctor. Ellos sabían que podían tener problemas con el alcalde electo y por eso acordaron que si cualquiera de los dos recibía una amenaza, saldrían del pueblo.

A pesar del temor, los días transcurrieron sin novedades hasta que un día uno de los comandantes de las AUC llegó a las oficinas de la emisora. “Lo que cuentan es que este señor le dijo a Juan Camilo que todo estaba bien, que el jefe solo quería limar asperezas y que querían acordar cómo podían trabajar juntos”, dice Héctor. 

En ese momento el paramilitar le dijo que era importante hacer una reunión con el jefe de las AUC, que estaba esperándolos en la montaña y que no tardarían. Juan Camilo aceptó, sin saber que la reunión fue la excusa que tuvieron para poder matarlo. Fue asesinado en frente de su hermano, quien lo había acompañado en moto hasta el lugar de la cita.

Luego de eso, todo el equipo de Galaxia Estéreo tuvo que huir del pueblo y dejar el sueño que estaban cumpliendo con la emisora. 

El asesinato de Juan Camilo entristeció tanto a la comunidad, que las mismas AUC organizaron una reunión para justificar el asesinato del periodista. Dijeron que era informante de la guerrilla y por eso lo habían tenido que matar. 

Hoy, se cumplen 20 años del homicidio de este periodista y su caso está en completa impunidad. Juan Camilo fue un periodista que a pesar de su corta edad, logró aportarle a la comunidad a través de su emisora. Que no caiga en el olvido su invaluable labor. En la FLIP no olvidamos.

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29 años sin las palabras de Rafael Solano

sábado, 31 octubre 2020

29 años sin las palabras de Rafael Solano

Rafael Antonio Solano Brochero tenía 51 años cuando desconocidos lo asesinaron frente a su residencia del barrio Tabitas en Fundación, Magdalena, en 1991. 

Solano era periodista freelance, corresponsal para El Tiempo en Magdalena y también era propietario de su propia agencia de publicidad. 

La escritura era una de sus pasiones. Por eso, antes de escribir noticias, compuso el himno de Fundación. Así dice uno de los versos que le escribió a su municipio:  “Digna eres de una gran corona, pues tu nombre es de hidalga ciudad”.

Nunca se conocieron realmente quiénes estuvieron detrás del asesinato del periodista, ni tampoco los motivos. El caso de Solano se encuentra en completa impunidad; sin embargo, su memoria permanecerá vigente. Gracias por recordar con nosotros. En la FLIP no olvidamos.

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Cerramos con éxito el primer ciclo semivirtual del laboratorio Consonante

jueves, 29 octubre 2020

Cerramos con éxito el primer ciclo semivirtual del laboratorio Consonante

Luego de más de dos meses de trabajo, terminamos un nuevo ciclo de formación del Laboratorio de Periodismo Consonante. Por primera vez desde el inicio del proyecto, el laboratorio funcionó simultáneamente en tres municipios: Túquerres y Tumaco, en el departamento de Nariño, y Ataco, en el sur del Tolima.

El diplomado se realizó de manera virtual a través de la nueva plataforma de aprendizaje en línea de Consonante entre el 25 de julio y el 16 de octubre. Cerca de 60 personas ― líderes y lideresas pertenecientes a organizaciones sociales, jóvenes, gestores culturales y estudiantes― se acercaron al periodismo a través de lecturas, videos y espacios de discusión en línea, al tiempo que realizaron ejercicios prácticos de reportería, investigación, narración y publicación de contenidos. 

De este proceso de aprendizaje compartido surgieron ideas para desarrollar proyectos periodísticos hiperlocales como la Escuela de Comunicación en Ataco para replicar el proceso de formación en el municipio; el blog Retazos, que espera rescatar el valor del arte y los artistas en Túquerres; y la emisora virtual Las Perlas, que busca combatir los estereotipos y actitudes machistas en Tumaco. 

A pesar de las dificultades de conexión y los retos presentados por la pandemia, los y las participantes lograron aprovechar el diplomado y demostraron que tienen interés en seguir activando redes de información en sus territorios. Próximamente daremos inicio al proceso de convocatoria de las Becas Consonante, una etapa en la que fortaleceremos las iniciativas que surgieron del proceso de formación y continuaremos trabajando, en equipo, con los nuevos periodistas de Consonante.  

Aquí pueden conocer siete de las iniciativas que nacieron en este ciclo del diplomado: https://youtu.be/T5PuPg5XUmw?list=PLSv8qox7FH3z_pQuwn_FOPjOIWW_Kgl8g

Más info de Consonante aquí: https://consonante.org/

 

 

 

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Amenazan a periodista comunitario en Sucre

jueves, 29 octubre 2020

Amenazan a periodista comunitario en Sucre

La FLIP rechaza la amenaza de la que fue víctima el periodista Mario Manuel Ubarnes el pasado 27 de octubre. La Fundación le solicita a las autoridades llevar a cabo las acciones necesarias para proteger al reportero.

Urbanes le manifestó a la FLIP que en la puerta de su casa ubicada en el municipio de San Antonio de Palmito, Sucre, desconocidos dejaron una bolsa negra que contenía una corona fúnebre. Además, una lideresa del municipio también recibió el mismo día un ramo similar con un mensaje en el que la amenazan de muerte. 

El periodista dirige un programa radial en la emisora comunitaria Palmitos Estéreo en el que recientemente ha hecho denuncias sobre el robo de ganado en esa región. Además, ha hablado en la emisora sobre irregularidades relacionadas con la contratación en la administración municipal. 

La FLIP expresa su preocupación por estos hechos y le solicita a la Unidad Nacional de Protección (UNP) que inicie la evaluación de riesgo con el fin de implementar las medidas de seguridad necesarias para salvaguardar la vida y la integridad del reportero. Así mismo, la Fundación insta a la Fiscalía General de la Nación a que investigue con celeridad estos hechos y tome las medidas que sean necesarias para garantizar la seguridad del periodista.

La debida investigación y sanción de los responsables de la violencia contra la prensa es fundamental para la generación de garantías alrededor del desarrollo de la labor periodística sobre todo en zonas en las que la oferta informativa es escasa. 





 

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Derecho al olvido, qué es y cómo defenderse

miércoles, 28 octubre 2020

Derecho al olvido, qué es y cómo defenderse

El derecho al olvido ha sido reclamado por quienes creen que hay artículos en la web que deberían ser eliminados o bloqueados, pues son irrelevantes dado el paso del tiempo. También exigen que su nombre no aparezca en las publicaciones o sea modificado.  

A continuación le contamos con qué argumentos usted o su medio pueden defenderse. 

¿Qué hacer si le piden eliminar o bloquear contenido periodístico?

Estas exigencias las pueden hacer citando la ley de Protección de Datos Personales y diciendo que el medio está publicando datos personales sin la autorización de la persona. Usted puede responder que el objetivo de esta ley no es silenciar el trabajo periodístico, pues expresamente se establece que esta ley no aplicará a “las bases de datos y archivos de información periodística y otros contenidos editoriales”. Además, no puede considerarse que las notas periodísticas sean bases de datos.

También es común que argumenten que la persona a la que se refieren los artículos no ha sido condenada o vinculada a un proceso legal. No obstante, los periodistas no dependen de los resultados de los procesos judiciales para informar u opinar y, mucho menos, de que se hayan iniciado acciones legales o investigaciones. En la Sentencia C-417 de 2009, la Corte Constitucional aclaró que la “verdad judicial”, es decir, la que surge de los procesos judiciales, no necesariamente equivale a la “verdad real”. 

Ahora, si se argumenta que las notas publicadas son irrelevantes, obsoletas o perjudiciales para las personas a las que se refieren, se puede responder que estos factores no son relevantes para restringir el acceso a informaciones u opiniones. No existe una norma constitucional o legal que obligue a los periodistas y a los medios de comunicación a eliminar artículos por este tipo de argumentos.

También pueden argumentar que la nota publicada vulnera los derechos a la intimidad, el buen nombre y/o la honra de la persona a la que se refieren. Sin embargo, la libertad de información prima sobre esos otros derechos cuando se informa sobre personas públicas o hechos de interés público. Al respecto, puede citarse la Sentencia T-066 de 1998, que dice que “cuando se presentan conflictos entre el derecho a la información y los derechos a la honra, el buen nombre y la intimidad, el derecho de información debe ser preferido, en principio, en razón del papel de control del poder que se asigna socialmente a los medios de comunicación”. 

Finalmente, también le podrían argumentar que la información publicada es falsa, inexacta o errónea. Frente a ello, lo que se debería solicitar es una rectificación de la información y no su eliminación o bloqueo. La Sentencia T-626 de 2007 establece que quien solicita la rectificación tiene la carga de probar que el hecho informado no es cierto. También tenga en cuenta que no pueden pedirle rectificar una opinión, pues éstas no tienen por qué ser veraces o imparciales. Del mismo modo, quien pide la rectificación debe ser explícito en qué frases de la publicación son inexactas. 

Recuerde seguir las siguientes reglas a la hora de rectificar: Primero, la rectificación debe hacerse por el mismo medio y el mismo periodista. Segundo, debe tener un despliegue e importancia similar al de la publicación original. Por ejemplo, si la nota salió en radio en un horario prime time, la rectificación deberá hacerse en el mismo horario. Tercero, la rectificación debe hacerse en un término razonable a partir de la solicitud. Y cuarto, el medio o periodista debe reconocer expresamente que se equivocó.

Nuestro manual de derecho al olvido fue publicado en 2016 y desde entonces algunas cosas han cambiado. La más importante es que hoy en día sí puede considerarse que en Colombia hay jurisprudencia uniforme respecto al tema, contrario a lo que dice el manual. Sin embargo, las demás explicaciones que damos allí siguen vigentes. Puede leer nuestro manual completo sobre derecho al olvido aquí: https://www.flip.org.co/images/Documentos/guia-derecho-olvido.pdf

No olvide que si recibe solicitudes respecto a derecho al olvido o tiene alguna pregunta sobre  el tema, puede contactarnos: https://flip.org.co/index.php/es/atencion-a-periodistas/censura-en-internet 



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23 años sin las historias de Alejandro Jaramillo

domingo, 25 octubre 2020

23 años sin las historias de Alejandro Jaramillo

Hace 23 años fue asesinado Alejandro Jaramillo, subdirector del Diario del Sur en Pasto, Nariño.

Llevaba apenas dos meses en su cargo cuando desapareció el 24 de octubre de 1997. Días después fue encontrado muerto. 

Alejandro ya le había ganado a la muerte otras dos veces. La primera, cuando fue objetivo de un atentado en Cali, Valle del Cauca. Allí trabajó para los periódicos Del Occidente, El País y El Caleño. La situación lo llevó a instalarse en Bogotá, donde sufriría un segundo atentado. 

Sin embargo, el temor que vivió por esos años no le impidió seguir realizando su trabajo como periodista judicial. 

Su caso prescribió y quedó en completa impunidad. Hay quienes creen que el narcotráfico estuvo detrás de su asesinato, pues Alejandro cubría temas que tenían que ver con la guerrilla y los carteles de droga.

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Compromiso de la Fiscalía General en el fortalecimiento de las garantías a la libertad de expresión

sábado, 24 octubre 2020

Compromiso de la Fiscalía General en el fortalecimiento de las garantías a la libertad de expresión

El 23 de octubre de 2020, la Fundación para la Libertad de Prensa publicó una carta dirigida al Fiscal General de la Nación con el objetivo de transmitir su preocupación frente a las irregularidades en la investigación y la inminente imputación de cargos a la periodista Diana Díaz por la presunta comisión del delito de utilización de asunto sometido a secreto o reserva.

El día de hoy, viernes 23 de octubre, el director de la FLIP, Jonathan Bock, sostuvo una reunión con el Fiscal General de la Nación y la Vicefiscal, quienes anunciaron la conformación de un comité técnico jurídico para la revisión de este caso.

Por otra parte, la FLIP  reiteró la necesidad de aplicar los estándares constitucionales e internacionales de protección a la libertad de expresión, tales como la protección de la reserva de la fuente y la protección a los denunciantes, y su respeto en el marco de la investigación y sanción de delitos. 

Se acordó establecer una mesa de trabajo para la creación de directrices que garanticen la protección de la libertad de prensa en las actuaciones de la Fiscalía General de la Nación y en el marco de la investigación, judicialización y sanción penal de delitos en contra de los periodistas. 

La FLIP reitera que continuará ejerciendo veeduría sobre el caso de Diana Díaz hasta que la Fiscalía desista de la imputación de cargos en su contra.

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Periodista de Caucasia se encuentra en riesgo por amenazas en su contra

sábado, 24 octubre 2020

Periodista de Caucasia se encuentra en riesgo por amenazas en su contra

La FLIP conoció que el periodista Omar Martínez recibió una amenaza el pasado 15 de octubre. Según Martínez, un conocido suyo le manifestó que lo habían llamado para que le dijera al periodista que "se quedara quieto y que dejara los ataques a la alcaldía". Posteriormente, una fuente del reportero le informó que en una reunión que se había hecho en una finca cerca al municipio de Caucasia, Antioquia, en la que participaron miembros de bandas criminales, se había hablado de un plan para atentar contra su vida.

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Cinco restricciones a la libertad de prensa en el fallo que ordena indemnización económica a la periodista Vicky Dávila

jueves, 22 octubre 2020

Cinco restricciones a la libertad de prensa en el fallo que ordena indemnización económica a la periodista Vicky Dávila

El pasado 15 de octubre, el Tribunal Superior del Distrito de Bogotá, Sala Civil, en sentencia de segunda instancia, ordenó a la periodista Vicky Dávila y a Radio Cadena Nacional SAS a indemnizar a Jorge Hilario Estupiñán –excomandante de la Policía Nacional– y a su familia, por considerar que el cuestionamiento frente a un posible acto de corrupción habría generado un daño.

Esto ocurre como consecuencia de una emisión del 6 de mayo de 2014, en la cual la periodista entrevistó a Yesid Vásquez Prada, un Inspector General de la Policía, frente a una investigación disciplinaria que se llevaba en contra de Estupiñán, en ese entonces comandante de la Policía, por irregularidades en una contratación. Posteriormente, Estupiñán no fue encontrado responsable penal ni disciplinariamente dentro de las investigaciones que se adelantaron en su contra.

Desde la Fundación para la Libertad de Prensa rechazamos esta decisión y alertamos que se trata de un retroceso en materia de libertad de expresión y de un precedente muy peligroso ya que restringe ilegítimamente la libertad de expresión, atacando elementos centrales que podrían afectar no solo al periodismo, sino el ejercicio deliberativo de un sistema democrático. Esto debe alertar a la sociedad frente a un riesgo de censura. Estos son los cinco aspectos por los que consideramos que la decisión restringe elementos esenciales de la libertad de prensa:

1. La Sala Civil fundamentó que “la función social de esta profesión [el periodismo] es informar, pero de manera alguna puede ser el báculo para el ejercicio de presión infundada a cualquier ente judicial y administrativo”. Al respecto, es fundamental recordar que la libertad de expresión tiene una relación estructural y estrecha con la democracia, ya que es una condición necesaria para la deliberación pública, plural y abierta, sobre los asuntos que nos conciernen a todos en tanto ciudadanos y ciudadanas.

Esta consideración en el fallo restringe de manera inminente la libertad de expresión y la libertad de prensa. Se trata de una decisión que reprime el debate público frente a la administración pública, lo cual es de extrema gravedad en la coyuntura actual que, en virtud del estado de emergencia, se caracteriza por una mayor concentración del poder en cabeza del ejecutivo. 

2. La decisión del Tribunal trastoca profundamente el oficio periodístico, ya que lo limita para que desarrolle exclusivamente el carácter informativo, excluyendo de su ámbito la posibilidad de contribuir al debate público mediante la opinión. En este sentido, afirmó que “la actividad informativa debe limitarse a comunicar”, “las demandadas debieron apenas informar la existencia de la denuncia, más no asegurar, prejuzgar, acusar e incluso condenar una conducta de la cual nada les constaba”. Estas apreciaciones no son sanas para un debate público y democrático, pues se corre el riesgo de privar a la sociedad de análisis e investigación periodística y posiciones críticas frente a la información oficial. 

3. El Tribunal también supeditó el debate público y la opinión frente a un asunto de alto interés público a los resultados de los procesos disciplinarios y penales. Sancionar a Dávila por expresar su opinión sin mediar una decisión judicial previa que pudiera soportarla constituye una grave violación al derecho a la libertad de expresión. 

Frente a esto, la FLIP recuerda que los periodistas tienen libertad de informar sobre presuntas actuaciones delictivas, sin necesidad de que exista un fallo condenatorio. La Corte Constitucional ha establecido que cuando existe un choque entre la libertad de información y la presunción de inocencia, sólo se puede limitar la difusión de contenidos si existe un riesgo de afectación a un juicio imparcial, que exceda la importancia de divulgar la información. Este análisis no se realizó por parte del Tribunal, el cual se limitó a cuestionar el ejercicio periodístico por considerar que los medios interfieren en “la actividad autónoma de los funcionarios encargados de la investigación”.

4. Además de limitar los temas susceptibles de ser sometidos al debate público, la decisión adoptada también impone restricciones en cuanto a la forma del ejercicio periodístico. El fallo desconoce los estándares internacionales de libertad de expresión, que protegen los discursos "en todas sus formas y manifestaciones". El Tribunal reprochó las formas en las que se realizó el oficio, refiriéndose al tono de la entrevista y calificando la opinión que expresó la periodista, indicando que “obró con falta de diligencia profesional, pues de manera inexplicable y totalmente inquisidora presionó, con ironía, sarcasmo en sus preguntas” y “[c]ensuró de manera displicente”.  

5. El Tribunal desconoce que en el ordenamiento colombiano NO hay fuentes prohibidas, y se envía un mensaje intimidatorio para que los periodistas se abstengan de utilizar información proveniente de investigaciones disciplinarias o penales que pueden ser de interés público. El Tribunal reprochó la utilización de una grabación por considerar que era información reservada y hace un llamado a la “prudencia” para que se restrinja el uso de este tipo de fuentes. Esto coarta la autonomía de los periodistas y puede generar un efecto inhibitorio en un contexto marcado por las investigaciones penales que buscan castigar a las fuentes. 

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