Pronunciamientos

Periodista comunitario tuvo que salir de Algeciras, Huila, después de recibir amenazas

sábado, 25 julio 2020

Periodista comunitario tuvo que salir de Algeciras, Huila, después de recibir amenazas

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) rechaza la intimidación que recibió Juan Alejandro Loaiza, periodista de la emisora comunitaria Nueva Era Algeciras, por parte de desconocidos. La FLIP les solicita a las autoridades que se investiguen los hechos y se garantice la seguridad del comunicador.

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sábado, 25 julio 2020

Consonante, laboratorio de periodismo

Tenemos buenas noticias de nuestro laboratorio de periodismo: este proyecto ahora se llama Consonante y estamos estrenando plataforma digital

El laboratorio de periodismo de la FLIP, que comenzó a rodar hace un año, ha venido transformándose y hoy comienza una nueva etapa. Con los contenedores visitamos cuatro municipios de Tolima. Justo cuando inauguramos nuestro diplomado en Tumaco, llegó el coronavirus a Colombia. Para evitar exponer a los asistentes a riesgos y de acuerdo con las directrices del Gobierno nacional, decidimos pausar el trabajo en los contenedores. 

Hoy, cuatro meses después, compartimos con ustedes la noticia de que comenzamos de nuevo nuestro diplomado en periodismo local ahora a través de una plataforma digital. Así, los participantes podrán acceder a todas las herramientas necesarias para su formación. 

En esta nueva fase de Consonante, comenzamos el trabajo con más de 95 líderes, lideresas, defensores, ciudadanos activos y estudiantes de los municipios de Ataco (Tolima), Tumaco y Túquerres (Nariño). Mañana comenzaremos las clases y durante dos meses los  participantes se acercarán al periodismo a través de lecturas y espacios de discusión, al tiempo que realizan ejercicios prácticos de reportería, investigación, narración y publicación de contenidos. 

Además, a través de Consonante uniremos esfuerzos para apoyar a más proyectos de periodismo local que surjan durante el diplomado. Nos enfrentamos a nuevos retos pero estamos trabajando fuertemente para que se creen más redes de comunicación y para que los ciudadanos se apropien de la información y combatan el silencio que tanto impacta las regiones. 




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Perfilamientos ilegales a periodistas y defensores de derechos humanos en la mira de los EE.UU.

viernes, 24 julio 2020

Perfilamientos ilegales a periodistas y defensores de derechos humanos en la mira de los EE.UU.

El 16 julio de 2020, la Cámara de Representantes de Estados Unidos aprobó un proyecto de ley que de ser aprobado por el Senado, el Secretario de Estado, en coordinación con el Secretario de Defensa y el Director de Inteligencia Nacional, deberán presentar un informe para determinar si la asistencia del sector de seguridad de los Estados Unidos al Gobierno de Colombia fue utilizada para fines de vigilancia o inteligencia ilegal a la población civil. También tendría por objeto identificar si entre los afectados habría defensores de derechos humanos, periodistas, personal judicial y miembros de la oposición.   

Esta alerta se emitió después de que Revista Semana publicara su investigación “Carpetas secretas”, en la que denuncia las acciones de vigilancia y perfilamiento por parte del Ejército colombiano a más de 130 personas, incluidos defensores de derechos humanos, periodistas nacionales e internacionales, políticos, líderes sindicales, y otros miembros de las fuerzas armadas. Luego de la denuncia pública, persisten las dudas sobre el posible uso de la asistencia internacional ofrecida por los Estados Unidos para adelantar estas labores ilegales de vigilancia.

Este tema ha despertado la preocupación de los congresistas de Estados Unidos y al menos 100 de ellos le solicitaron al Secretario de Estado de ese país, Mike Pompeo, que le exija al gobierno de Iván Duque que se comprometa con la implementación del Acuerdo de paz para de proteger a los defensores de derechos humanos, incluidos los periodistas. Sin embargo, hasta la fecha no hay una respuesta pública del Gobierno sobre esta petición.    

Hasta el momento el Gobierno colombiano no ha revelado los hallazgos de los procesos disciplinarios y penales que anunció en mayo de 2020 cuando se publicó la denuncia ni ha dado respuesta a los derechos de petición presentados por la FLIP y los periodistas afectados. En ese sentido, la Fundación considera indispensable y oportuno que la cooperación internacional le solicite al Gobierno de Iván Duque celeridad en los resultados de las investigaciones con el fin de proteger a los reporteros que se encuentran en riesgo por estas acciones de vigilancia. Al respecto es importante que las autoridades estadounidenses adelanten una veeduría exhaustiva de estos procesos con el fin de que los resultados permitan conocer la verdad sobre los responsables de las labores de inteligencia y cuál fue el alcance de las mismas.  

Para la FLIP es importante que este reporte contenga información detallada sobre la participación de los agentes estatales colombianos en las labores de vigilancia dirigidas a la prensa, que detalle las actividades, los objetivos y su alcance con el fin de identificar la cadena de mando involucrada en estas acciones. Adicionalmente, de acuerdo a lo planteado por la Cámara de Representantes de Estados Unidos, el informe deberá dar cuenta del uso de recursos de asistencia al sector de seguridad para estas labores proveniente de ese país y la respuesta por parte del Departamento de Estado y la Dirección de Inteligencia Nacional frente a estas denuncias. En ese sentido, se espera que el reporte responda a las siguientes preguntas, formuladas por los reporteros afectados, al Estado colombiano: 

  • ¿Quién o quiénes dieron la orden de perfilamiento y vigilancia a periodistas y medios por parte de organismos de inteligencia militar, que ataca directamente las garantías para el libre ejercicio del periodismo en el país?

  • Uno de los objetivos de la inteligencia militar es proteger los derechos humanos, y prevenir y combatir amenazas internas o externas que se relacionen con la seguridad nacional. ¿Somos los periodistas y medios vigilados por el Estado, una amenaza para la seguridad nacional? ¿Con qué criterio justifican activar contra la prensa labores que están dispuestas para combatir la criminalidad?

  • ¿Quiénes eran los destinatarios y/o tuvieron acceso a las carpetas con los perfilamientos y espionajes a periodistas, políticos y defensores de derechos humanos?

  • ¿Tiene el presidente Iván Duque, el Ministerio de Defensa o alguno de sus altos funcionarios conocimiento de estas actividades de espionaje ilegal? ¿Qué acciones tomarán para garantizar que los periodistas puedan ejercer la profesión sin ser blanco de perfilamientos, espionaje y estigmatización? 

La FLIP valora positivamente el compromiso de las autoridades estadounidenses por adelantar acciones de veeduría alrededor de estas denuncias que involucran a las fuerzas armadas de Colombia. Esto envía un mensaje contundente de rechazo frente a este tipo de acciones antidemocráticas y pone de manifiesto la necesidad de que haya celeridad en las investigaciones por parte del Gobierno colombiano y las autoridades judiciales. 

Para la FLIP es indispensable el esclarecimiento del alcance de estas prácticas de perfilamiento y vigilancia a periodistas por parte de organismos de inteligencia militar para evaluar el riesgo que estas representan para los periodistas. Estas acciones infringen las obligaciones del Estado colombiano en materia de libertad de prensa, son propias de regímenes autoritarios y ponen en cuestión el derecho a una sociedad informada y las garantías para el libre ejercicio del periodismo en el país.   

En este sentido, la FLIP le hace un llamado al Departamento de Estado y a la Dirección de Inteligencia Nacional para que de ser el caso publiquen sus hallazgos con el fin de que sean tenidos en cuenta en las investigaciones que el Estado colombiano está adelantando. Este insumo puede ser vital para agilizar las investigaciones disciplinarias y penales, así como las evaluaciones de riesgo a cargo de la Unidad Nacional de Protección, de manera que se adopten las medidas de seguridad necesarias para proteger a los periodistas que han sido víctimas de violaciones a la libertad de prensa por parte del Estado.

La Fundación también reitera el llamado a la Procuraduría General de la Nación y a la Fiscalía General de la Nación para que avancen rápidamente en las investigaciones con el fin de esclarecer los hechos, determinar los niveles de responsabilidad de los agresores y asignar las sanciones correspondientes.

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20 años sin justicia no es olvido

viernes, 24 julio 2020

20 años sin justicia no es olvido

Fabio Restrepo, María Helena Salinas y John Jairo Restrepo fueron asesinados en el 2000. Los tres eran periodistas. Este año, sus casos han prescrito, dejarán de ser investigados y no se podrá sentenciar a los culpables. En este artículo les explicamos más sobre la prescripción de los delitos de homicidios a periodistas.  

La prescripción de un caso se debe a que, por orden constitucional, hay que establecer un tiempo límite para que alguien pueda ser juzgado por un crimen. Esta duración se calcula teniendo en cuenta la pena máxima a la que podría verse enfrentado el autor del delito. Por ejemplo, en el caso de homicidios, después de 20 años, los casos prescriben, pues ese es el tiempo al que podrían sentenciar al responsable del asesinato.

En febrero y marzo de este año se cumplió el tiempo máximo para condenar a los responsables de los asesinatos de los periodistas Fabio Restrepo (Santander), John Jairo Restrepo (Santander) y María Salinas (Antioquia). En los primeros dos casos se tiene como presunto responsable a la guerrilla del EPL, y en el caso de Salinas, al ELN. Estos son los pocos datos que se tenían de sus casos, pues en la Fiscalía la investigación fue suspendida y no hubo más información, ni siquiera antes de la fecha de prescripción, así lo confirmó Ángela Caro, asesora legal de la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP).

Para Caro, hay varios errores por parte de la Fiscalía que hacen que las investigaciones no lleguen a buen término y, por el paso del tiempo, muchos casos prescriban. Uno de esos errores es que los fiscales desconocen el oficio periodístico que ejercían las personas antes de ser asesinadas. El caso de Jaime Garzón es ejemplo de esto, explica Caro, pues la Fiscalía siempre ha defendido que su profesión era la de abogado y su asesinato no estaba relacionado con el hecho de ser periodista.

Caro añade que no hay personal que esté plenamente capacitado para abordar un crimen que pueda tener una relación con la actividad periodística: “hay funcionarios que no saben definir a un periodista o no entienden los riesgos que se corren en el oficio periodístico”.

Otro de los errores que señala Caro, es que los fiscales limitan la investigación a lo que les dice la familia de la víctima, aun cuando el Estado cuenta con suficiente capacidad para adelantar investigaciones más profundas.   

El último punto determinante es garantizar la imparcialidad del fiscal que está a cargo de la investigación. Por ejemplo, en el caso del asesinato del periodista Edison Molina, la Fiscalía de Puerto Berrío fue la primera encargada de investigar, aunque la familia alegaba falta de imparcialidad, pues los autores del crimen tendrían mucho control en las instituciones del municipio. Seis años después, y con el caso llevado por otra seccional de la Fiscalía, se dieron a conocer las irregularidades que ocurrieron en los primeros meses de investigación.  

 

Declaración de crimen de lesa humanidad

 

La declaración de crímenes de lesa humanidad evita que los casos prescriban. Esta declaración la puede solicitar la familia de la víctima o lo puede hacer la Fiscalía de oficio. Se puede realizar antes o después de que prescriba el caso, aunque esto último no es tan común. 

Sin embargo, para que se declare un delito como crimen de lesa humanidad,  se deben probar ciertas características. La Corte Penal Internacional fija los siguientes requisitos: lo primero es que el crimen debió haber sido generalizado, es decir que debió haber afectado a una cantidad considerable de civiles, o sistemático, que se se refiere a la naturaleza organizada de los actos de violencia y a la improbabilidad de su ocurrencia por mera coincidencia. 

Un segundo punto es que las conductas deben implicar la comisión de actos inhumanos. El tercer requisito es que el ataque debe ser dirigido contra población civil. Por último, se debe probar que el delito tuvo una motivación discriminatoria, bien que se trate de motivos ideológicos, políticos, religiosos, étnicos o nacionales.

Caro señala, además, que no es suficiente con que se declare el crimen como de lesa humanidad, si al final las investigaciones no avanzan de forma diligente y en un plazo mucho más expedito.

Además, Caro explica que es importante que las investigaciones avancen en las líneas de autores intelectuales y no solo las de autores materiales en crímenes a periodistas. “Es de este modo como se puede determinar, en materia de libertad de prensa, cuál fue la razón por la que se quiso silenciar al periodista”, afirma la asesora legal.

Desde la FLIP expresamos nuestra preocupación ante la falta de resultados de la Fiscalía en investigaciones de crímenes a periodistas por razones de su oficio, ya que como lo revela nuestro último informe anual Callar y fingir, la censura de siempre’, entre 1977 y 2019 se han registrado 159 asesinatos a periodistas, de los cuales 125 casos aún se encuentran en total impunidad.  

En nuestro compromiso por defender la libertad de prensa del país, seguiremos documentando, denunciando y realizando el seguimiento a los casos en los que esté en juego la vida, integridad o justicia de las voces de periodistas silenciados.

 

Casos prescritos pero no olvidados 

 

Los tres casos por los homicidios de los reporteros Fabio Restrepo, John Jairo Restrepo y María Helena Salinas, que mencionamos al comienzo de este artículo, prescribieron entre febrero y marzo de este año. Fabio era periodista y John Jairo el camarógrafo de un canal local de televisión de Barrancabermeja, fueron asesinados mientras hacía reportería sobre las milicias urbanas de Barranca. María Helena era periodista radial para varias emisoras en San Carlos, Antioquia y también se dedicaba a la docencia, al parecer su asesinato se produjo en medio de enfrentamientos entre el Ejército y la guerrilla del ELN.

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¿Qué deben tener en cuenta los periodistas a la hora de movilizarse durante la cuarentena?

viernes, 17 julio 2020

¿Qué deben tener en cuenta los periodistas a la hora de movilizarse durante la cuarentena?

Los periodistas y el personal de los medios de comunicación hacen parte de la población exenta de las medidas de restricción de movilidad durante la cuarentena (según el Decreto Nacional 990 de 2020) y deben seguir una serie de protocolos, normas y recomendaciones.

En todo el país 

Cada municipalidad puede ajustar las excepciones y determinar medidas adicionales a las del Gobierno nacional. Sin embargo, les recordamos las directrices que operan en todo el territorio colombiano, como: 

  1. Está habilitado el servicio público de transporte terrestre, fluvial, marítimo y por cable en todo el país. Pero, solo para casos de prevención, mitigación y atención de la emergencia sanitaria, así como para el desarrollo de actividades permitidas, entre ellas, el ejercicio periodístico. 

  2. El transporte aéreo está suspendido hasta el 31 de agosto de 2020.

  3. Las fronteras continuarán cerradas hasta las 00:00 horas del 1 de agosto de 2020. Los periodistas deben acatar este cierre. 

  4. El Ministerio de Transporte adoptó protocolos de bioseguridad para los terminales de transporte que los periodistas, como usuarios, deben cumplir. Además, habilitó un formulario para que los viajeros se aseguren de que los motivos de su desplazamiento son causales de excepción, por lo tanto, no se trata de un permiso de viaje.
     
  5. Como el ejercicio periodístico en terreno puede involucrar a varias personas, los implicados deben cumplir con el distanciamiento y los protocolos de bioseguridad, y no deben generar aglomeraciones de más de 50 personas.

Las medidas cambian y se ajustan según el municipio

Algunas medidas tienen ajustes implementados por las autoridades municipales y gubernamentales de cada lugar. Por lo tanto, no basta con estar informados, únicamente, sobre las direcciones del orden nacional. Tengan esto presente: 

  1. En cualquier parte del país, los periodistas deben utilizar tapabocas y cumplir con los protocolos de bioseguridad que han establecido las autoridades nacionales para evitar la propagación del virus. Además, deberán seguir los protocolos adoptados por la alcaldía y la gobernación del lugar donde ejercen el periodismo. Podrían ser multados si se rehúsan a seguirlos.

  2. Si se transportan en vehículo particular, no olviden poner un aviso visible que haga referencia a su actividad periodística. Si en el carro va más de una persona, deben llevar una distancia mínima de un metro, usar siempre tapabocas y el auto debe ir permanentemente ventilado. 

  3. En los municipios con baja o nula afectación por el COVID-19, los periodistas podrán entrar y salir del municipio solo si están en desarrollo de sus funciones de reporteros. Para ello, deben portar identificaciones que corroboren el ejercicio de sus funciones. 

  4. Si estos municipios dejaran de ser considerados “NO COVID”, empezaría a regir en ellos las medidas de aislamiento preventivo, pero los periodistas continuarán exceptuados de las restricciones de aislamiento. 

  5. Los periodistas también deben acatar el pico y cédula o pico y género para las trámites comerciales. Para la movilidad en tareas periodísticas, sí están exceptuados.   

Cómo moverse en Bogotá

Desde el lunes 13 de julio, las medidas de aislamiento y las restricciones de movilidad cambiaron en Bogotá. Durante las próximas seis semanas, aproximadamente, regirán cuarentenas por localidades. Esto puede complejizar el desplazamiento y las tareas de reportería de los periodistas en la capital del país. 

En la FLIP hablamos con el secretario de gobierno del Distrito, Luis Ernesto Gómez, quien explicó algunos puntos vitales que todos los reporteros y reporteras de la capital deben tener presente: 

  1. Se permite la movilidad de periodistas y equipos de prensa en vehículos particulares, del medio de comunicación y en transporte público. Deben llevar consigo una identificación o un medio que demuestre que están en ejercicio periodístico. 

  2. En las zonas de aislamiento preventivo obligatorio localizado, los reporteros pueden entrar a hacer su trabajo en cualquier momento, tanto entre las 5:00 a.m. y las 7:59 p.m. que corresponde al tiempo de movilidad de los ciudadanos en general dentro de esas localidades, como durante los toques de queda. 

  3. Los medios de comunicación deben proveer de elementos de protección biológica (mascarillas, alcohol, guantes, etc.) a sus periodistas y trabajadores cuando son dependientes laborales. Cuando el periodista es independiente puede acudir a su ARL, si está afiliado. 

 

Recomendación y aclaración de la FLIP sobre la acreditación del oficio periodístico. 

En medio de la situación de emergencia, y considerando las diferentes medidas que restringen la movilidad entre los ciudadanos, desde la FLIP les recomendamos a los reporteros, reporteras, equipos de prensa, camarógrafos, fotógrafos, conductores, etc, que porten siempre sus documentos de identidad y que lleven consigo cualquier documento o medio que dé fe de que su movilidad se relaciona directamente con el oficio de informar.

En la FLIP sabemos que la exigencia de que los periodistas estén acreditados o deban tener cómo comprobar el ejercicio de sus funciones no debe ser interpretada como la obligación de portar una tarjeta profesional o pertenecer a un medio. 

La aplicación del requisito de título convalidado a periodistas va en contra del Artículo 20 de la Constitución Política que establece el derecho a informar en cabeza de todas las personas en el territorio colombiano. Además, en nuestro país no existe tal cosa como el requisito de título universitario para ejercer el periodismo, lo dice la Sentencia C-087 de 1998 de la Corte Constitucional.

En 1985, la Corte Interamericana de Derechos Humanos se pronunció sobre este tema en la Opinión Consultiva OC-5/85, donde aclara que no es necesario portar acreditaciones excesivamente formales del ejercicio periodístico. Las personas que ejercen esta labor se encuentran cobijadas por la excepción de movilidad.




 




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Voces silenciadas un 16 de julio

viernes, 17 julio 2020

Voces silenciadas un 16 de julio

Hoy, 16 de julio, conmemoramos los asesinatos de cuatro periodistas colombianos, todos los casos siguen en completa impunidad. Este año es el aniversario número 34 de la muerte de Roberto Camacho, el número 33 de la muerte de Fernando Bahamón, y no se ha siquiera señalado a ningún responsable por sus homicidios. Por otro lado, las investigaciones por los asesinatos de Eduardo Estrada y Denis Sánchez; desde 2001 y 2002, respectivamente, continúan en vilo. Sus familiares esperan respuestas.

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Acoso judicial, otra estrategia para silenciar a la prensa

jueves, 16 julio 2020

Acoso judicial, otra estrategia para silenciar a la prensa

El acoso judicial es una estrategia de censura y desestimulación del ejercicio investigativo que cada vez se vuelve más común en Colombia. Ciertas personas hacen uso injustificado de herramientas jurídicas para intimidar a los periodistas y así silenciarlos. Se trata, por lo general, de denuncias penales por injuria o calumnia, y tutelas. 

Cualquier ciudadano tiene el derecho de denunciar cuando es víctima de algún delito o de interponer una tutela cuando sus derechos fundamentales están siendo violados. El problema ocurre cuando se utilizan estas herramientas con el fin de intimidar a los periodistas para que no investiguen ciertos temas, para evitar que publiquen alguna información o para que eliminen lo publicado.  

El acoso judicial es una forma de intimidación a periodistas que usualmente publican opiniones o información que incomodan a personajes públicos con poder. En estos casos, aunque el periodista sea diligente y las publicaciones respondan a un proceso investigativo, y a los principios de veracidad e imparcialidad, se les acusa de violar el derecho al buen nombre y a la intimidad de individuos públicamente reconocidos.

La victoria en este tipo de estrategias no depende de que las denuncias o tutelas fallen en contra del periodista. Detrás de la búsqueda de un fallo desfavorable para el periodista, lo que pretenden es agotarlo durante el proceso: producirle desgaste emocionalmente y hacer que incurra en un gasto de dinero para pagar un abogado que lo defienda y así desequilibrar su economía personal o familiar.

Otras consecuencias del acoso judicial es que los procesos congestionan la administración de justicia, desincentiva el debate público y afecta la libertad de prensa y el acceso de la información de la ciudadanía. Algunos periodistas por miedo al proceso o para evitar el desgaste que implica su defensa prefieren eliminar las publicaciones y suspender las investigaciones. 

Este fenómeno se ha incrementando con el pasar de los años y con las transformaciones que ha tenido la censura en el país. Si bien las cifras de casos documentados por la FLIP son un subregistro, son útiles para comprender la magnitud de esta forma de ataque a la presa. En 2017 la FLIP documentó 14 casos de acoso judicial, en 2018 la cifra subió a 38 y en 2019 llegó a los 66 casos. En especial los periodistas y medios digitales se han visto enfrentados a esta estrategia de intimidación; de los 66 casos documentados en 2019, 35 corresponden a procesos por publicaciones en páginas web, redes sociales y canales de streaming.

El recurso de rectificación es uno de los primeros pasos que se usan en el acoso judicial. Las personas que se consideren afectadas por la publicación de información que estimen falsa, inexacta, equivocada o desactualizada pueden enviar una solicitud de rectificación al medio para que se corrija lo publicado. Aunque la rectificación es un derecho fundamental garantizado por el artículo 20 de la Constitución Política, en algunos casos, las solicitudes de rectificación pueden constituir un intento de censura. 

¿Qué puedo hacer si soy víctima de acoso judicial?

La FLIP atiende casos de acoso judicial contra periodistas. Además, la FLIP ha construido dos manuales para que periodistas y abogados conozcan a profundidad las garantías que cobijan al ejercicio periodístico y los pasos que pueden seguir para defenderse. 

En la guía para periodistas sobre solicitudes de rectificación y actualización se explica paso a paso cómo responder, cómo evaluar, y si es pertinente acatar o no una solicitud de rectificación, de acuerdo con las reglas establecidas en la jurisprudencia de la Corte Constitucional.

Así mismo, en el manual Fuera de juicio se explica cómo actuar cuando los periodistas se enfrentan a denuncias por injuria y calumnia, a procesos de responsabilidad civil y a acciones de tutela. 

Acoso judicial desde altas esferas del poder

Uno de los casos más polémicos de acoso judicial durante el 2019 fue el del periodista Juan Pablo Barrientos, con su libro Dejad que los niños vengan a mí. En una semana recibió cuatro acciones de tutela y una denuncia penal por parte de miembros de la Iglesia católica vinculados a delitos sexuales contra menores. Dos jueces accedieron a las peticiones y ordenaron suspender la reproducción, comercialización y venta del libro.

El abogado Abelardo De La Espriella también se ha especializado en esta estrategia. Durante el 2019 se documentaron cinco casos contra periodistas que dieron declaraciones públicas sobre él, y que le incomodaron. 

Si usted está siendo víctima de acoso judicial, no dude en contactar a la FLIP a través de este formulario https://flip.org.co/index.php/es/acoso-judicial o escribiendo por Whatsapp al: +57 320 231 1308

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Una periodista fue amenazada por denunciar violencia sexual contra una menor

miércoles, 15 julio 2020

Una periodista fue amenazada por denunciar violencia sexual contra una menor

La FLIP rechaza las intimidaciones contra Alejandra Herrera, periodista de RCN Radio en Neiva, quien denunció la violencia sexual contra una menor de edad en Putumayo. La Fundación les solicita a las autoridades que garanticen la seguridad de la reportera e investiguen a los responsables de estas amenazas.

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Aún no hay sanción a los miembros de la fuerza pública que agredieron a periodistas de Voces del Guayabero

sábado, 11 julio 2020

Aún no hay sanción a los miembros de la fuerza pública que agredieron a periodistas de Voces del Guayabero

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) rechaza de manera contundente los ataques denunciados por los comunicadores de Voces del Guayabero por parte de miembros de la fuerza pública. La FLIP le solicita a la Policía y al Ejército Nacional que se pronuncien sobre estos hechos para que la sociedad civil pueda conocer las investigaciones en el interior de las instituciones.

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