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Decisión contra Las Igualadas incrementa la autocensura frente denuncias de violencia de género

Decisión contra Las Igualadas incrementa la autocensura frente denuncias de violencia de género

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jueves, 26 noviembre 2020

Decisión contra Las Igualadas incrementa la autocensura frente denuncias de violencia de género

La FLIP rechaza acoso judicial por denuncias de violencia de género publicadas por Las Igualadas. El pasado 20 de noviembre, el Juzgado Sexto Penal del Circuito Especializado de Bogotá ordenó a Las Igualadas, a Fidel Cano y al Espectador la rectificación de una opinión emitida en el canal de Las Igualadas a propósito de denuncias por violencia de género en contra de José Francisco Jacomo Ángel –pastor principal de la congregación religiosa El Shaddai– por parte de mujeres de su congregación. 

Para la FLIP este caso se enmarca de manera clara en el acoso judicial contra la prensa sobre asuntos de interés público. Reiteramos que la judicialización de asuntos de libertad de expresión, frente a la difusión de hechos sobre violaciones de derechos humanos y violencias de género, busca atemorizar a los periodistas que visibilizan estos asuntos e incrementa el riesgo de autocensura.

El pasado 28 de octubre, Las Igualadas publicó un video sobre José Francisco Jamoco Ángel, pastor de la iglesia Shaddai, y cómo él utilizaba su posición de poder para acosar y hacer insinuaciones sexuales a las mujeres. Las periodistas han recogido denuncias presentadas por más de una decena de mujeres ante la Fiscalía. Hasta el momento Jamoco Ángel no ha sido declarado penalmente responsable. 

Después de la publicación del vídeo, el pastor inició una acción de tutela por considerar vulnerados sus derechos a la intimidad, honra, buen nombre y presunción de inocencia. El 10 de noviembre, las periodistas publicaron un segundo video en el que precisaron que no existe condena en firme en contra del pastor, a quien calificaron como “presunto culpable de violencia sexual” y “presunto victimario” y difundieron su opinión de la siguiente manera: “entonces nosotras creemos que el único que cree que es inocente es él y su abogado y algunos de sus feligreses. Así que para que usted quede tranquilo, señor presunto victimario, nosotras creemos que eso no se lo cree nadie (...)”. 

Contradictoriamente, el juez ignoró que las periodistas hicieron una clara manifestación de opiniones y las distinguieron de la información de manera transparente con la audiencia. En su lugar, las presentó como información noticiosa y ordenó su rectificación.

La FLIP advierte que esta decisión también es peligrosa porque prohíbe a los periodistas referirse a una persona como “presunto culpable” o “presunto victimario”, lo cual reduce de forma tajante la veeduría pública que se puede generar sobre hechos delictivos que le interesan a la sociedad, y termina por disuadir a los periodistas de informar sobre este tipo de conductas. 

Además, resulta desproporcionado que a pesar de haber sido difundida una aclaración suficiente sobre la inexistencia de condenas y sobre investigaciones penales que aún se encuentran en curso, se ordene una publicación adicional. Esto genera un efecto exculpatorio del pastor y se invisibilizan las denuncias y el problema de fondo: la violencia de género e inactividad del sistema de justicia. 

La FLIP ha evidenciado que los periodistas que publican sobre asuntos de alto interés público son un blanco frecuente; en los últimos 3 años, la Fundación documentó 11 casos por publicaciones relacionadas con denuncias de violencia de género y 5 sobre cuestionamientos a figuras religiosas.

La decisión de tutela será apelada por las Igualadas y El Espectador, por su parte la FLIP hará un seguimiento del caso. La Fundación hace una llamado a los jueces para que se garantice la libertad de expresión y la libertad de opinión de los periodistas, ya que la defensa del pluralismo de voces de una democracia autoriza que los medios valoren de determinada manera lo sucedido, sin que ello signifique la deformación de la información sobre los sucesos, ni que se induzca a error a la audiencia. 

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