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Los habitantes de Pasto llevan once días sin poder sintonizar siete emisoras

Los habitantes de Pasto llevan once días sin poder sintonizar siete emisoras

Foto: Montaje FLIP.

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miércoles, 30 mayo 2018

Los habitantes de Pasto llevan once días sin poder sintonizar siete emisoras

La Fundación para la Libertad de Prensa -FLIP- expresa su preocupación por el cierre de siete emisoras en la ciudad de Pasto, departamento de Nariño.

El pasado jueves 17 de mayo, la Fiscalía Seccional Nariño, con apoyo de la Sijín, allanó tres emisoras indígenas y dos campesinas de zonas rurales de Pasto. Además, sus equipos de funcionamiento fueron incautados. Las tres emisoras indígenas afectadas son La Voz de Obunoco, Quilla Huirá Stereo de Catambuco, y La Voz Quillasinga de Mocondino. Los otros dos medios sellados son Chuquimarca Stereo y Latina Stereo. Sumado a esto, las autoridades indígenas decidieron apagar otras dos emisoras que funcionaban sin licencias, una en el corregimiento el Encano y otra en La Laguna.

En rueda de prensa, Nelson Andrés Escobar López, director de la Fiscalía Seccional Nariño, afirmó que durante los procedimientos habían dialogado con las autoridades indígenas para evitar el uso de la fuerza. Como resultado, los equipos de transmisión quedaron en custodia de las comunidades indígenas con el compromiso de no utilizarse hasta no tener los permisos para el uso del espectro.  “Al desarticular esas emisoras logramos sellar, conjuntamente con la Policía Nacional, esos focos ilegales de radiodifusión. Teniendo en cuenta que hay que hacer respetar la legalidad”, puntualizó Escobar.

La FLIP resalta lo inconveniente que resulta referirse en estos términos a medios de comunicación que buscan ejercer legítimamente su libertad de expresión y que durante años han buscado normalizar su situación, sin encontrar garantías por parte del Estado para hacerlo. En este sentido, la FLIP también expresa su preocupación por las dificultades que enfrentan los propietarios de las emisoras de Pasto para obtener las licencias de funcionamiento.

En 2013, el Ministerio del Interior creó la “Mesa Regional Permanente de concertación para el Desarrollo Integral de los Pueblos Pastos y Quillacingas”. Uno de los acuerdos a los que se llegó fue la legalización de 32 emisoras indígenas. No obstante, según algunas fuentes consultadas por la FLIP, personas particulares interpusieron denuncias ante la Fiscalía con el fin de sellar estos medios de comunicación. El taita Efrén Achicanoy -gobernador del pueblo Obonuco- afirmó que ha habido negligencia del MinTIC para la legalización de estas emisoras.

Esta situación es problemática ya que a los ciudadanos de Pasto se les ha limitado su derecho a acceder a una diversidad de medios de comunicación. Según datos de Cartografías de la Información, en la ciudad funcionan 17 emisoras legales, de estas, tres son oficiales: RTVC Pasto, Radio Universidad UDENAR y la emisora de la alcaldía. El panorama refleja que en este momento en Pasto no hay ninguna emisora indígena o campesina al aire.

La FLIP expresa su preocupación por el debilitamiento de la pluralidad en los medios de comunicación de Pasto. Esta situación afecta directamente la libertad de información y silencia la voz de comunidades valiosas para la democracia.

La FLIP hace un llamado al MinTIC para que garantice el principio de diversidad y pluralismo en los medios de comunicación a la hora de tomar decisiones tan restrictivas que no garantizan la operación. Es necesario que se estimule el desarrollo de los medios de comunicación de interés público, en especial los que representan los intereses de una población étnica.

Algunas consideraciones

La fundación de medios de comunicación es un derecho fundamental protegido expresamente como parte del derecho a la libertad de expresión por el artículo 20 de la Constitución. Este derecho no sólo genera la obligación del Estado colombiano de respetar la creación y la operación de medios de comunicación creados por sus ciudadanos. Además, los Estados deben tomar acciones para incentivar y hacer posible la creación de medios, en especial cuando dichos medios den voz a grupos que han sido tradicionalmente marginalizados o excluidos. En este sentido, y según la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, los Estados están obligados a adoptar medidas “para revertir o cambiar situaciones discriminatorias existentes que comprometan el goce y ejercicio efectivo del derecho a la libertad de expresión de ciertos grupos, en condiciones de igualdad y no discriminación”1.

El Estado debe crear las condiciones para que estos sectores sociales puedan operar legalmente, lo que, en el caso de la radiodifusión sonora, exige la apertura de procesos de concesión de licencias para el uso del espectro radioeléctrico. Además de los estándares interamericanos que apuntan en este sentido, el Estado colombiano tiene también esta obligación específicamente en relación con los grupos étnicos a partir de la Ley 335 de 1996, la cual dispone en el parágrafo segundo de su artículo 20 que el Estado debe garantizar a los grupos étnicos el acceso permanente al uso del espectro y la creación de medios de comunicación propios.

La inacción del Estado colombiano en relación con las emisoras indígenas de la ciudad de Pasto no solo viola el derecho de los periodistas de fundar medios de comunicación y de expresarse a través de ellos. También vulnera el derecho de las audiencias a contar con medios de comunicaciones plurales, que ofrezcan mayor diversidad en los contenidos.

 


1.RELE, Informe Anual 2008.

 

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