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Incidente de desacato contra Revista Semana plantea riesgos para la libertad de prensa

Incidente de desacato contra Revista Semana plantea riesgos para la libertad de prensa

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sábado, 20 junio 2026

Incidente de desacato contra Revista Semana plantea riesgos para la libertad de prensa

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) expresa su preocupación por las actuaciones adelantadas por parte del Juzgado Primero Civil del Circuito de Bogotá en el trámite del incidente de desacato relacionado con el cumplimiento de una orden de rectificación impuesta a Revista Semana. Aunque el medio realizó las rectificaciones ordenadas por la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Bogotá y acreditó su cumplimiento ante la justicia, el juez encargado del trámite ha emitido requerimientos que incorporan obligaciones no previstas en la sentencia original.

El fallo de segunda instancia le ordenó al medio rectificar información publicada sobre la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en su página web y redes sociales. En la rectificación realizada por Semana se precisó el contenido de las correcciones y señaló que estas obedecían a una decisión judicial. Sin embargo, se inició un trámite de desacato, en el cual se han exigido medidas adicionales por parte del Juzgado. Por ejemplo, en el auto de apertura del incidente, el juez sostuvo que la rectificación pierde visibilidad porque el medio publicó posteriormente diecisiete notas periodísticas y por ello le ordenó acciones adicionales de rectificación. Bajo esta lógica, el cumplimiento de la orden quedaría condicionado a que el medio limite o suspenda publicaciones de nuevos contenidos, interpretación que desconoce la naturaleza dinámica de los medios de comunicación y afecta el derecho a la libertad de prensa.

Para la FLIP, esta situación plantea serias preocupaciones sobre los límites constitucionales del incidente de desacato. Este mecanismo está diseñado para garantizar el cumplimiento de las órdenes judiciales, no para ampliarlas, modificarlas o complementarlas. Permitir que surjan nuevas exigencias durante esta etapa afecta las garantías del debido proceso y genera incertidumbre sobre el alcance real de las decisiones judiciales. Así lo ha señalado la Corte Constitucional en sentencias como la SU-034 de 2018, en donde estableció que en el marco del incidente de desacato el juez debe limitarse a verificar el cumplimiento de las órdenes sin alterar el contenido de las mismas, salvo que sean órdenes complejas, pues lo contrario va en detrimento del principio de seguridad jurídica.

Además, la reiteración de requerimientos y advertencias para exigir medidas no contempladas en la sentencia puede generar un efecto intimidatorio sobre los medios de comunicación, tal como lo ha realizado el Juzgado Primero Civil del Circuito de Bogotá. Cuando las autoridades judiciales imponen cargas adicionales bajo la amenaza de sanciones, se desconocen los límites constitucionales y se corre el riesgo de desalentar el ejercicio periodístico y el debate sobre asuntos de interés público. Así, el incidente de desacato puede terminar convirtiéndose en un mecanismo de silenciamiento al periodismo.

La FLIP hace un llamado a las autoridades judiciales para que los incidentes de desacato se mantengan dentro de las competencias y finalidades previstas por la Constitución y la ley. El cumplimiento de una orden judicial debe evaluarse con base en las obligaciones efectivamente contenidas en la sentencia, y no en interpretaciones posteriores que amplíen su alcance.

Asimismo, la Fundación reitera que la protección de derechos como la honra y el buen nombre debe coexistir con garantías sólidas para la libertad de expresión y la libertad de prensa. Preservar ese equilibrio exige decisiones judiciales claras, proporcionales y respetuosas de los límites que el ordenamiento jurídico establece para cada autoridad.