7 resultados para Revista Semana

Aclaraciones de la Comisión de Investigación y Acusación son inconstitucionales y vulneran el derecho a la reserva de la fuente

Pronunciamiento - miércoles, 13 diciembre 2023

La Comisión de Investigación y Acusación, CIA, de la Cámara de Representantes emitió una orden hacia los medios y otra específica hacia Revista Semana, para conocer por qué publicaron notas periodísticas sobre la presunta financiación irregular de la campaña del presidente Gustavo Petro, y cómo obtuvieron la información. Estas decisiones vulneran la garantía de las fuentes periodísticas, desconocen el marco legal que protege a la libertad de prensa y cuestionan la pertinencia de las publicaciones sobre un asunto de interés público.

Ocupación del edificio de Revista Semana evidencia hostilidad hacia la prensa y la tensión en el debate público

Pronunciamiento - sábado, 30 septiembre 2023

En la tarde de hoy, 29 de septiembre, un grupo de manifestantes indígenas llegaron a la sede de la Revista Semana, en Bogotá, e irrumpieron en las instalaciones del medio. En la FLIP reconocemos el derecho a la protesta y los reclamos hacia la prensa; sin embargo, rechazamos este hecho intimidantes contra las y los periodistas, y aquellos que atentan contra la libertad de prensa.

Rechazamos señalamientos y estigmatizaciones realizados por el presidente Petro y otros funcionarios

Pronunciamiento - viernes, 14 octubre 2022

Durante las últimas semanas, varios integrantes del Pacto Histórico y del gobierno nacional han hecho estigmatizaciones y señalamientos irresponsables sobre los contenidos y las publicaciones de Revista Semana. Estas afirmaciones perjudican la libertad de prensa y estigmatizan a los y las periodistas del medio de comunicación.

Líderes políticos acusan y estigmatizan a Semana por publicación de videos del Pacto Histórico

Pronunciamiento - viernes, 10 junio 2022

Después de que la Revista Semana publicara unas grabaciones que involucran a la campaña del Pacto Histórico, el senador Roy Barreras y otras figuras políticas como Gustavo Petro e Inti Asprilla han emitido acusaciones contra el medio sin que se hayan aportado pruebas. Varios de estos mensajes buscan sembrar la duda sobre la legalidad de esa publicación y estigmatizan al medio cuestionando su decisión editorial de publicar el contenido.

Colombia incumple frente a las medidas cautelares a favor de Ricardo Calderón

Pronunciamiento - jueves, 18 febrero 2021

  • Ha pasado un año desde que se conocieron los perfilamientos ilegales a periodistas, políticos y líderes sociales. Hasta ahora no se conocen imputaciones formales. 

  • El Estado colombiano no ha implementado medidas que garanticen la vida e integridad del periodista Ricardo Calderón.

  • Es urgente que la Procuraduría General de la Nación vigile el proceso para que no se continúen presentando dilaciones en el cumplimiento de las medidas cautelares.

 

Un mes después de que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenara medidas cautelares a favor del periodista Ricardo Calderón, el Estado colombiano no ha implementado acciones  que garanticen su vida e integridad. Tras un año de la denuncia de los perfilamientos ilegales por parte del Ejército Nacional que originaron la medida tampoco se conocen imputaciones formales. 

El pasado 3 de febrero se realizó una reunión de concertación de medidas cautelares convocada por la Cancillería de Colombia. En la reunión participaron delegados de la Unidad Nacional de Protección (UNP), la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, el periodista Ricardo Calderón y la FLIP.

Desafortunadamente en ese espacio no se encontró una respuesta inmediata y articulada para prevenir el riesgo excepcional y, a pesar de la existencia de la medida cautelar, el periodista fue redirigido a agotar los trámites ordinarios para reclamar la protección de emergencia —cuya duración mínima es de noventa días—. La UNP no propuso fórmula alguna de concertación sino que insistió en remitir el caso al CERREM, cuya dinámica institucional impide que las medidas sean concertadas.

Por su parte, la Fiscalía General de la Nación tampoco ha mostrado avances satisfactorios en la investigación. En abril del 2020 la Fiscalía inició dos investigaciones por los hechos, sin embargo, en ninguna hay resultados que conlleven a esclarecer los hechos. Las dos investigaciones se caracterizan por una precaria actividad probatoria que dé cuenta de la valoración del contexto de las agresiones y su relación con el ejercicio de la actividad periodística. De igual manera, resulta inaceptable que a pesar de que la Fiscalía conoce las amenazas contra Calderon desde inicios del 2020 el llamado a rendir la declaración ocurrió solo un año después, (el pasado 10 de febrero del 2021). 

La FLIP advierte que el Estado colombiano está en mora de adoptar las medidas necesarias para garantizar los derechos a la vida e integridad del periodista y cumplir las medidas ordenadas por la CIDH. Lo ocurrido en el caso de Ricardo Calderón demuestra, una vez más, la sistemática falta de respuesta institucional por parte de la Unidad Nacional de Protección y de la Fiscalía General de la Nación frente a los crímenes contra la prensa.

Ya que la protección de la prensa es una obligación primordial del Estado, resulta urgente que la Procuraduría General de la Nación vigile por qué se están desconociendo los lineamientos internacionales para investigar, juzgar y sancionar las agresiones contra la prensa y que vigile el proceso de tal manera que no se continúen presentando dilaciones en el cumplimiento de las medidas cautelares.

El 19 de agosto del 2020, los cuatro Relatores Especiales de Naciones Unidas y la Relatoría de Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos manifestaron al Gobierno colombiano su preocupación sobre las actividades de vigilancia y elaboración de perfiles por parte del Ejército, considerando que dichas actividades someten a los periodistas a un riesgo elevado e interfieren con el desarrollo de su trabajo. Por este motivo, les hacemos un llamado para que hagan una vigilancia permanente y de cerca al incumplimiento de los compromisos del Estado frente a la protección y garantía de la libertad de prensa. 

Desde la FLIP continuaremos realizando seguimiento a la adopción de medidas de protección y el desarrollo de una investigación seria e imparcial, que conlleve a la sanción de los responsables de las agresiones y perfilamientos de las que ha sido víctima Ricardo Calderón y otros periodistas en el país. 

Decisión que obliga a Revista Semana a eliminar contenido configura censura y desconoce el núcleo fundamental de la libertad de expresión

Pronunciamiento - viernes, 09 octubre 2020

El pasado 30 de agosto la Revista Semana publicó en la sección Semana Noticias de su canal digital el expediente de Álvaro Uribe, incluyendo las interceptaciones legales de algunos miembros de la familia del testigo Juan Guillermo Monsalve. Después de esta publicación, Marta Elena Monsalve, hermana del testigo, interpuso una acción de tutela en contra de la Revista Semana y los periodistas Vicky Dávila y Jairo Fidel Lozano. 

El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Bogotá, en sentencia del 28 de septiembre de 2020, notificada el 6 de octubre, consideró que la publicación de las grabaciones de conversaciones familiares, que fueron ordenadas por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia y son prueba dentro de dicho proceso judicial de interés público, afectó los derechos a la intimidad personal y familiar de Marta Elena Monsalve. Por esto, en el fallo de tutela, el juez ordenó a la Revista Semana y a los periodistas retirar de todas las plataformas el programa titulado “¡Exclusivo! Las Conversaciones del Testigo Monsalve con su familia”.

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), la Asociación Colombiana de Medios de Información (AMI) y la Asociación Nacional de Medios de Comunicación (Asomedios) rechazamos la censura que se desprende de la decisión tomada por el Juzgado Segundo Penal con función de conocimiento de Bogotá, y manifestamos lo siguiente: 

  • Es crucial recalcar que se trata de la publicación de información sobre un proceso de alto interés público y trascendencia nacional y esto es preponderante partiendo del deber de ponderación entre la investigación de delitos y la garantía de la libertad de prensa. Las grabaciones contienen información sobre uno de los testigos contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez y quien aparece en el proceso contra el exmandatario por presunto soborno de testigos y fraude procesal.

  • El juez ordenó la eliminación de la publicación argumentando que aunque los periodistas tienen derecho a informar, no podrían usar pruebas que tienen el carácter de reservado, ya que "no está permitida su utilización, menos su divulgación en asuntos diversos de la actuación penal". Frente a esto, consideramos que la información que reposa en las investigaciones y procesos judiciales no tiene un uso exclusivo dentro del proceso, pues también es un elemento de juicio de la sociedad y la prensa que se puede debatir dentro de la esfera pública. Es a partir de esta información que se genera un debate público sano para la democracia.

  • Respaldamos lo señalado por la defensa de la Revista Semana que advirtió que equiparar la divulgación de información reservada por parte de un servidor del Estado con la publicación de una información de interés general por parte de un medio es un precedente peligroso para la libertad de prensa. Esto crea obstáculos para el cumplimiento de la función de los medios de comunicación y desdibuja su naturaleza, además, limitaría el acceso a la opinión pública a información de interés nacional.

  • En el fallo, el juez argumentó que los periodistas manifestaron su opinión sobre lo que escuchaban “supliendo la labor judicial asignada únicamente a los jueces, incluso generando a priori juicios de valor sobre las conversaciones escuchadas”. Rechazamos la censura por parte del juez quien restringe el ejercicio periodístico al reprochar a los comunicadores expresar sus opiniones frente a las pruebas del proceso. La actividad judicial en cabeza de los jueces no excluye el debate público que se pueda generar con respecto del proceso judicial e inclusive sobre la actividad judicial.

  • La decisión de eliminar el contenido es desproporcionada y desconoce el núcleo fundamental de la libertad de expresión. De acuerdo con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la Corte Constitucional, si se presenta “un abuso” de la libertad de expresión que causa un perjuicio a derechos ajenos, se debe acudir a las medidas menos restrictivas de la libertad de expresión para reparar el perjuicio. En ese sentido, la medida de protección adoptada en el fallo de tutela debía orientarse únicamente a la edición de los fragmentos que vulneran la intimidad de la accionante, en lugar de censurar por completo el reportaje. Es decir, no se debió ordenar la eliminación de los apartes en los que la accionante no hace parte de las conversaciones.

  • La decisión de ordenar investigar cómo el medio tuvo acceso a las grabaciones y, con ello, determinar responsabilidades penales es preocupante porque desconoce que en el sistema constitucional colombiano NO hay fuentes prohibidas y parece criminalizar algunas. La compulsa de copias puede significar un mecanismo para desconocer la reserva de la fuente protegida constitucionalmente. Al respecto, hacemos un llamado a las autoridades judiciales a valorar y respetar la importancia de que los periodistas cuenten con esta garantía sin la cual estaría en riesgo su derecho a la información.

  • La divulgación sin edición de las interceptaciones telefónicas de la familia Monsalve está cobijada por la protección a la libertad de prensa y la garantía constitucional de independencia que abarca la línea editorial.

Acompañamos la decisión del medio de comunicación de acatar la orden y retirar el programa. Sin embargo, en conjunto, haremos el seguimiento al desarrollo de este proceso de tutela por considerar que la decisión adoptada pone en peligro a la libertad de prensa. 

Las interceptaciones se refieren a uno de los casos judiciales de mayor trascendencia en la historia del país, por esta razón la libertad de prensa debe prevalecer por materializar el interés general de conocer la verdad y hacerlo accesible a la sociedad y, con ello, fomentar el debate público y la veeduría frente a las autoridades públicas. 

Censurar a la prensa y el acceso a la información por parte de la ciudadanía constituye un grave precedente en materia de libertad de expresión.  

11 años desde la muerte de Orlando Sierra

Pronunciamiento - jueves, 31 enero 2013

La Fundación para la Libertad de Prensa – FLIP conmemora el décimoprimer aniversario del atentado que terminó con la vida de Orlando Sierra, subdirector del periódico La Patria.

El 30 de enero de 2002, cuando transitaba por las calles de Manizales en compañía de su hija, Orlando Sierra fue baleado por el sicario Luís Fernando Soto Zapata. Dos días después, Sierra se convertiría en el 116º periodista asesinado en Colombia por razones de su oficio.