11 resultados para Álvaro Uribe Vélez

Rechazamos las estigmatizaciones de Álvaro Uribe hacia el columnista Rodrigo Uprimny

Pronunciamiento - martes, 26 septiembre 2023

Desde ayer, 24 de septiembre, y a través de su cuenta de X (Twitter), el expresidente Álvaro Uribe Vélez ha acusado de manera reiterativa a Rodrigo Uprimny (*), luego de que el columnista publicara su columna de opinión “Los falsos positivos, la JEP y Uribe” en El Espectador. Los señalamientos de Uribe Vélez son estigmatizantes y constituyen una agresión directa para Uprimny y para las voces críticas que surgen desde la prensa.

Rechazamos las acusaciones de Álvaro Uribe contra el periodista Daniel Coronell

Pronunciamiento - sábado, 01 abril 2023

Ayer, a través de su cuenta de Twitter, el expresidente Álvaro Uribe Vélez acusó al periodista Daniel Coronell de ser financiado por el narcotráfico, de cometer delitos y de hacer periodismo sesgado. Estos señalamientos son irresponsables y peligrosos pues incrementan su riesgo. Como figura pública Uribe debe abstenerse de emitir mensajes estigmatizantes y acusaciones de este tipo.

La Fiscalía avanza de manera anómala en proceso iniciado por Álvaro Uribe en contra Yohir Akerman

Pronunciamiento - sábado, 02 julio 2022

La Fiscalía General citó para el próximo 5 de agosto a una audiencia para escrito de acusación al columnista Yohir Akerman, por el proceso penal por injuria y calumnia, iniciado por el expresidente Álvaro Uribe Vélez en el 2020. Se trata de un caso anómalo y un mecanismo de intimidación en contra de la libertad de prensa y de opinión.

Estigmatizaciones irresponsables contra periodistas que cubren manifestaciones ponen en riesgo a los reporteros

Pronunciamiento - martes, 24 noviembre 2020

La FLIP rechaza que figuras públicas y periodistas emitan mensajes que vinculan a reporteros, que cubren las protestas sociales con milicias urbanas. Estas valoraciones genéricas ponen en riesgo a los periodistas, deterioran las condiciones para el desarrollo de su trabajo e impactan negativamente el debate sobre temas de interés público.

Este 23 de noviembre la FLIP conoció que Herbin Hoyos realizó y publicó un video en el que relaciona a la prensa -que cubría las protestas en Bogotá y Medellín el 21 de noviembre- con estructuras criminales organizadas. En este video, mientras se ven imágenes de periodistas de Colprensa y otros medios cubriendo los hechos, Hoyos afirma: “están distribuidos los roles de cada uno de ellos: unos son los que atacan, otros son los que filman, hay unos que tienen incluso hasta chalecos de prensa, hay otros que a veces usan chalecos de derechos humanos”. 

Horas después, este mensaje fue respaldado por el expresidente Álvaro Uribe Vélez, quien lo difundió en su cuenta de Twitter con el siguiente mensaje: “Las milicias y su acción vandálica y terrorista. Herbin Hoyos”. Esto significa una amplificación del mensaje ya que Uribe tiene casi cinco millones de seguidores en esa red social. El video ha tenido más de 70.000 reproducciones y 2.500 me gusta.  

Para la FLIP es preocupante que la difusión masiva de estos mensajes provoque un escenario de permisividad para atentar contra los derechos de los comunicadores. En particular, se destaca que en el contexto colombiano ya existe un riesgo latente en contra de periodistas que cubren este tipo de acciones. 

La FLIP le recuerda al ex senador Uribe y a quienes difundieron estos mensajes que desde noviembre del año pasado hasta la fecha las manifestaciones sociales se han convertido en un escenario de altísimo riesgo para los periodistas. La FLIP ha documentado ataques contra 75 periodistas, y en la mayoría de los casos los agresores fueron integrantes de la fuerza pública. 

La generalización de vínculos de la prensa con estructuras organizadas puede generar en el imaginario colectivo una criminalización de los y las periodistas que cubren la protesta social. Esto tiene el potencial de ponerlos en mayor riesgo infundado, constreñir su independencia y fomentar la autocensura. 

Vale la pena destacar que en una decisión reciente la Corte Suprema de Justicia, en aras de garantizar el derecho a la protesta pacífica y a la libertad de expresión, ordenó conjurar, prevenir y sancionar la estigmatización frente a quienes, sin violencia, salen a las calles a cuestionar, refutar y criticar las labores del gobierno y los ataques contra la libertad de expresión y de prensa. Estos mensajes estigmatizantes van en contravía de esta orden. 

La FLIP conoce que Herbin Hoyos rectificó que quienes aparecen en el video identificados como prensa no hacen parte de ninguna organización criminal. Sin embargo, resulta prioritario  que Hoyos haga la misma aclaración en el video original para que circule la información actualizada.

A su vez, reiteramos que a las personas con alto nivel de exposición pública, como el expresidente Uribe, les asiste un deber de garantía de las libertades civiles. Por ello, Uribe está en la obligación de replicar con la misma difusión el segundo video aclarativo sobre la ausencia de vinculación de periodistas con milicias urbanas. Por el contrario, puede alimentar una atmósfera peligrosa para la vida democrática.

Decisión que obliga a Revista Semana a eliminar contenido configura censura y desconoce el núcleo fundamental de la libertad de expresión

Pronunciamiento - viernes, 09 octubre 2020

El pasado 30 de agosto la Revista Semana publicó en la sección Semana Noticias de su canal digital el expediente de Álvaro Uribe, incluyendo las interceptaciones legales de algunos miembros de la familia del testigo Juan Guillermo Monsalve. Después de esta publicación, Marta Elena Monsalve, hermana del testigo, interpuso una acción de tutela en contra de la Revista Semana y los periodistas Vicky Dávila y Jairo Fidel Lozano. 

El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Bogotá, en sentencia del 28 de septiembre de 2020, notificada el 6 de octubre, consideró que la publicación de las grabaciones de conversaciones familiares, que fueron ordenadas por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia y son prueba dentro de dicho proceso judicial de interés público, afectó los derechos a la intimidad personal y familiar de Marta Elena Monsalve. Por esto, en el fallo de tutela, el juez ordenó a la Revista Semana y a los periodistas retirar de todas las plataformas el programa titulado “¡Exclusivo! Las Conversaciones del Testigo Monsalve con su familia”.

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), la Asociación Colombiana de Medios de Información (AMI) y la Asociación Nacional de Medios de Comunicación (Asomedios) rechazamos la censura que se desprende de la decisión tomada por el Juzgado Segundo Penal con función de conocimiento de Bogotá, y manifestamos lo siguiente: 

  • Es crucial recalcar que se trata de la publicación de información sobre un proceso de alto interés público y trascendencia nacional y esto es preponderante partiendo del deber de ponderación entre la investigación de delitos y la garantía de la libertad de prensa. Las grabaciones contienen información sobre uno de los testigos contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez y quien aparece en el proceso contra el exmandatario por presunto soborno de testigos y fraude procesal.

  • El juez ordenó la eliminación de la publicación argumentando que aunque los periodistas tienen derecho a informar, no podrían usar pruebas que tienen el carácter de reservado, ya que "no está permitida su utilización, menos su divulgación en asuntos diversos de la actuación penal". Frente a esto, consideramos que la información que reposa en las investigaciones y procesos judiciales no tiene un uso exclusivo dentro del proceso, pues también es un elemento de juicio de la sociedad y la prensa que se puede debatir dentro de la esfera pública. Es a partir de esta información que se genera un debate público sano para la democracia.

  • Respaldamos lo señalado por la defensa de la Revista Semana que advirtió que equiparar la divulgación de información reservada por parte de un servidor del Estado con la publicación de una información de interés general por parte de un medio es un precedente peligroso para la libertad de prensa. Esto crea obstáculos para el cumplimiento de la función de los medios de comunicación y desdibuja su naturaleza, además, limitaría el acceso a la opinión pública a información de interés nacional.

  • En el fallo, el juez argumentó que los periodistas manifestaron su opinión sobre lo que escuchaban “supliendo la labor judicial asignada únicamente a los jueces, incluso generando a priori juicios de valor sobre las conversaciones escuchadas”. Rechazamos la censura por parte del juez quien restringe el ejercicio periodístico al reprochar a los comunicadores expresar sus opiniones frente a las pruebas del proceso. La actividad judicial en cabeza de los jueces no excluye el debate público que se pueda generar con respecto del proceso judicial e inclusive sobre la actividad judicial.

  • La decisión de eliminar el contenido es desproporcionada y desconoce el núcleo fundamental de la libertad de expresión. De acuerdo con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la Corte Constitucional, si se presenta “un abuso” de la libertad de expresión que causa un perjuicio a derechos ajenos, se debe acudir a las medidas menos restrictivas de la libertad de expresión para reparar el perjuicio. En ese sentido, la medida de protección adoptada en el fallo de tutela debía orientarse únicamente a la edición de los fragmentos que vulneran la intimidad de la accionante, en lugar de censurar por completo el reportaje. Es decir, no se debió ordenar la eliminación de los apartes en los que la accionante no hace parte de las conversaciones.

  • La decisión de ordenar investigar cómo el medio tuvo acceso a las grabaciones y, con ello, determinar responsabilidades penales es preocupante porque desconoce que en el sistema constitucional colombiano NO hay fuentes prohibidas y parece criminalizar algunas. La compulsa de copias puede significar un mecanismo para desconocer la reserva de la fuente protegida constitucionalmente. Al respecto, hacemos un llamado a las autoridades judiciales a valorar y respetar la importancia de que los periodistas cuenten con esta garantía sin la cual estaría en riesgo su derecho a la información.

  • La divulgación sin edición de las interceptaciones telefónicas de la familia Monsalve está cobijada por la protección a la libertad de prensa y la garantía constitucional de independencia que abarca la línea editorial.

Acompañamos la decisión del medio de comunicación de acatar la orden y retirar el programa. Sin embargo, en conjunto, haremos el seguimiento al desarrollo de este proceso de tutela por considerar que la decisión adoptada pone en peligro a la libertad de prensa. 

Las interceptaciones se refieren a uno de los casos judiciales de mayor trascendencia en la historia del país, por esta razón la libertad de prensa debe prevalecer por materializar el interés general de conocer la verdad y hacerlo accesible a la sociedad y, con ello, fomentar el debate público y la veeduría frente a las autoridades públicas. 

Censurar a la prensa y el acceso a la información por parte de la ciudadanía constituye un grave precedente en materia de libertad de expresión.  

La FLIP exige garantías para el debate público sobre el caso Uribe

Pronunciamiento - jueves, 02 agosto 2018

W Radio dio a conocer la posibilidad de que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) interponga acciones penales en contra de un periodista por sus publicaciones relacionadas con la investigación que adelanta dicho tribunal contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez. Consultada por la FLIP, la Corte aseguró que ‘no presentará acción judicial alguna contra periodistas’.

Después de que la Corte Suprema de Justicia llamara a indagatoria al expresidente Álvaro Uribe Vélez, el debate público se ha visto opacado por los distintos actores. Además, este tipo de situaciones tienen como efecto el de amedrentar a los medios de comunicación y periodistas interesados en cubrir el proceso contra Uribe.

El 31 de julio en rueda de prensa, el senador Iván Cepeda anunció que iba a tomar medidas penales en contra de Gustavo Rugeles y de Fernando Londoño por difundir información, en criterio de Cepeda, calumniosa. El pasado 27 de julio, El Expediente publicó una nota titulada “El Expediente revela informe de contrainteligencia sobre supuesto complot criminal contra Álvaro Uribe”. En el artículo se vincula al presidente Santos, al senador Cepeda, al General Naranjo y dos magistrados con un supuesto complot para encarcelar al expresidente Uribe.

Ese mismo día, también en rueda de prensa, el abogado de Uribe, Jaime Granados, se refirió a filtraciones de material probatorio del proceso a medios de comunicación con el fin de “maltratarlo (a Uribe) y hacerlo ver como responsable de actos que no ha cometido.”

Frente a esto, la FLIP considera que

  1. El procedimiento en contra de Uribe es un asunto del más alto interés público. Este caso debe debatirse públicamente independientemente de la opinión o parecer de las  personas involucradas en él. Entre más transparencia exista en el proceso, mayores garantías habrá para los implicados y para la ciudadanía.

  2. Tanto el procesado, como la CSJ y las demás entidades y funcionarios que tengan competencia o interés  en el asunto deben ser tolerantes a la crítica. Son los integrantes de la Corte y los congresistas quienes escogieron voluntariamente los roles públicos que representan y eso les acarrea un mayor escrutinio público y exposición. Hay un interés general sobre sus actuaciones y opiniones. Además, el derecho de la sociedad a recibir informaciones y opiniones al respecto está por encima de las posiciones de las instituciones o funcionarios parte de la presente controversia.

  3. Rechazamos que desde las autoridades se insinue o contemple la judicialización vía penal sobre las publicaciones de los medios de comunicación. El cubrimiento de este caso tiene una especial protección constitucional y anticipar como consecuencia el uso del derecho penal configuraría un mecanismo de censura indirecta.

  4. Valoramos positivamente que la CSJ confirme que no iniciará acciones judiciales. Sin embargo, los últimos hechos invitan a recordar que una situación similar se presentó años atrás. Una democracia no puede permitir que la máxima autoridad en lo penal llegue a desconocer su deber acentuado de tolerancia a la crítica y responda con acciones legales a los contenidos que le causan molestia. Una acción de este tipo condicionaría la actuación del fiscal y el juez que conocieran el caso contra el periodista. Esto representa un riesgo excesivo para la democracia.

  5. El centro del debate público sobre el caso Uribe debe ser él, las personas implicadas y las autoridades a cargo del caso, no los periodistas que están interesados en cubrir el asunto.

  6. Los custodios de la información reservada son los funcionarios. Los periodistas que reciben dicha información no deben ser objeto de señalamientos ni acciones legales.

  7. La verdad sobre este caso debe decantarse en el debate público. Las autoridades tienen como deber el de abrir espacios para esto en lugar de poner trabas para el libre flujo de opiniones e informaciones.

 

Tribunal Superior de Bogotá ordena a Álvaro Uribe rectificar señalamientos contra Daniel Coronell

Pronunciamiento - miércoles, 07 marzo 2018

El pasado 5 de marzo, el Tribunal Superior de Bogotá ordenó tutelar los derechos al buen nombre y la honra del periodista Daniel Coronell. La sentencia da al senador Uribe Vélez un de máximo 48 horas para “rectractarse de las afirmaciones realizadas el 10 de febrero” a través de Twitter.

Ese día, Uribe trinó: “Daniel Coronel procede con una actitud mafiosa para hacer daño electoral, sus negocios con el narcotráfico siguen impunes y me ha demandado porque pienso que sería extraditable”. El tuit era la respuesta pública a una crítica de Daniel Coronell, quien a través de sus columnas en Revista Semana ha denunciado el actuar de Uribe durante su periodo presidencial.

En el proceso, el apoderado de Uribe habría argumentado que los señalamientos los hizo como particular. Ante esto, el Tribunal consideró que “las manifestaciones de un senador, que cuenta con millones de seguidores en la red, no se quedan en un ámbito privado. Trascienden, se propagan rápidamente y repercuten en el ánimo y memoria de la colectividad”.

En el mismo sentido, la sala hizo énfasis en que si Uribe considera las publicaciones de Coronell como injuriosas, debería acudir a las autoridades competentes. Para el magistrado, la forma en la que respondió el senador no es la esperada. “El senador URIBE, si estimaba violada su integridad moral bien hubiese podido ejercer el derecho a la rectificación en condiciones de equidad”, puede leerse en el fallo.

Uribe en su trino vinculó al periodista con acciones ilegales asociadas al narcotráfico. Así no solo estigmatiza a Coronell, sino que lo pone en un riesgo injustificado. Para el Tribunal, la respuesta del senador ataca el buen nombre del periodista relacionándolo, sin pruebas, con actividades ilíciltas.

No es la primera vez que Álvaro Uribe acude a la estigmatización de periodistas como mecanismo ilegítimo para responder a las críticas que le formulan. Tampoco la primera vez que la Justicia le obliga a rectificar sus afirmaciones estigmatizantes. Uribe, como presidente y ahora como senador, ha atacado a Gonzalo Guillén, Hollman Morris, Yohir Akerman, Daniel Samper Ospina, Julián Martínez y Noticias Uno . (Aquí puede ver un recuento detallado de estos señalamientos)

La FLIP exige al senador Uribe acatar el fallo, de igual forma le invita a que responda a las críticas de manera responsable y de acuerdo con los estándares de libertad de expresión. Como persona pública, Uribe tiene el deber de evitar señalamientos que pongan en riesgo a los periodistas y que no contribuyan a una ambiente de respeto a la prensa.

Lea aquí el fallo en línea.

Las lecciones que deja la rectificación de Álvaro Uribe

Pronunciamiento - lunes, 07 agosto 2017

Como consecuencia de la orden emitida por el Tribunal Superior de Bogotá, Álvaro Uribe publicó un trino rectificando sus difamaciones contra de Daniel Samper Ospina quien valoró la retractación del senador y afirmó que continuará ejerciendo la sátira y la crítica política. “Es evidente que el expresidente no tuvo camino distinto al de reconocer que sus difamaciones en mi contra eran mentirosas, irresponsables e insostenibles”, aseguró el periodista.

Para la FLIP la rectificación del senador es un paso significativo y en la dirección correcta para el cumplimiento de su obligación como líder público de contribuir con su discurso a un ambiente favorable para la libertad de expresión. Sin embargo, en estricto sentido, la rectificación cumple con algunos, pero no con todos los requisitos constitucionales.

En su rectificación, Uribe afirma que Samper “no es violador de niños” y que “jurídicamente, según criterio de autoridad, no se ha configurado pornografía infantil”. No obstante, esto es insuficiente ya que no cumple las exigencias desarrolladas por la Corte Constitucional [1] para que la rectificación sea válida, a saber, (i) que tenga un despliegue equivalente al que tuvo la noticia inicial; (ii) que se pueda identificar con facilidad la relación existente entre la rectificación y la publicación que se enmienda; y (iii) que el autor reconozca expresamente que se equivocó, es decir que incurrió en un error o en una falsedad.

En criterio de la FLIP la rectificación no cumple a cabalidad con el tercer requisito, pues no reconoce haber cometido un error en la información transmitida. Por el contrario dijo que el Tribunal no admitió su “juicio de valor” sobre Samper. Uribe insinuó que en lugar de haber estigmatizado a Samper lo que hizo fue ejercer su derecho a opinar y ser crítico acerca de su trabajo. En éste punto el Tribunal fue claro, el senador Uribe no puede pretender que entendamos sus afirmaciones en una “dimensión menos dañina de lo que por sí mismas sugieren las palabras”. La FLIP es consciente de que el reconocimiento del error es un estándar de la rectificación que es evadido con frecuencia por los propios medios de comunicación.                              

Independientemente de las consideraciones de la FLIP en torno al cumplimiento de la sentencia, lo importante de este caso es que más allá de acatar un fallo judicial, como sociedad esperamos que el Senador Uribe incorpore en su actividad política una lección democrática donde las reglas del debate público obligan a los líderes políticos a abstenerse de difamar a quienes les critican. Se trata de un mínimo democrático que deben acatar los políticos sin distinción de ideologías y que cobra especial relevancia en vísperas de las jornadas electorales que tendrán lugar en los próximos meses en Colombia. 

--------------------------

El 14 de julio Uribe escribió en su cuenta de Twitter: “Federico Escobar protesta por ofensa del violador de niños, Samper Ospina, a Antioquia, ofensa publicada en Semana”. Dos días después afirmó que el periodista “hizo publicaciones pornográficas con menores”. Samper interpuso una acción de tutela en contra del senador por vulnerar su derecho al buen nombre. El pasado 2 de agosto el Tribunal Superior de Bogotá falló a favor del periodista.

El Tribunal ordenó al senador que "emita una retractación firme y precisa de la sindicación al accionante de "violador de niños" y de la afirmación acerca de que éste hizo "publicaciones pornográficas", a través del mismo medio en que las expresó, aclarando que esas afirmaciones realizadas anteriormente por él no se basan en evidencias disponibles; por consiguiente, que no es cierto lo afirmado por él respecto del periodista".


[1] Estos requisitos están contenidos en la sentencia T - 1198 de 2004.  Otras sentencias que desarrollan las condiciones de equidad en la rectificación son: T-603 de 1992; T-274 de 1993; T- 332 de 1993; T-479 de 1993; T-595 de 1993; T-259 de 1994; T.381 de 1994; T-074 de 1995; T-472 de 1996; T-066 de 1998.

 

 

 

Relatoría Especial de la CIDH manifiesta preocupación por estigmatización y violencia contra periodistas en Colombia

Pronunciamiento - jueves, 27 julio 2017

Washington, D.C. – La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por los recientes episodios de estigmatización y violencia contra periodistas en Colombia e insta al Estado a fortalecer las medidas integrales de prevención, protección y procuración de justicia en estos casos.

De  acuerdo con la información disponible, el 5 de junio de 2017 el subsecretario del senado Saúl Cruz denunció ante el plenario del Congreso haber sido víctima de una agresión del equipo reporteril del noticiero Noticias Uno. El equipo se encontraba cubriendo las elecciones a magistrados de la Corte Constitucional de ese país. Varios senadores tomaron por cierta la denuncia y plantearon la necesidad de investigar los hechos y establecer sanciones penales en contra los reporteros. La senadora Rosemary Martínez, del partido Cambio Radical, habría ordenado "que se haga una investigación […] sino va a venir el ELN disfrazado de doctor y nos va a masacrar en este Congreso". Posteriormente, videos y testimonios revelaron que el subsecretario habría fingido la agresión física. La Procuraduría General de la Nación habría iniciado una investigación disciplinaria y ordenado la suspensión de Saúl Cruz por tres meses de su cargo.

Posteriormente, de acuerdo con la información recibida, el 19 de junio los periodistas holandeses Derk Johannes Bolt y Eugenio Ernest Marie fueron secuestrados en el norte del Departamento de Santander por la guerrilla del Ejército de Liberación Nacional (ELN). Los periodistas fueron  liberados el día 24 del mismo mes y entregados a una comisión de la Defensoría del Pueblo de Colombia.

Según la información recibida, el 14 de julio, el ex presidente y hoy senador Álvaro Uribe, a través de su cuenta en Twitter, acusó al periodista de la Revista Semana Daniel Samper Ospina de ser "violador de niños". En una columna posterior el senador colombiano ratificó su afirmación anterior e indicó que "el referido periodista maltrató a una niña de tres meses de nacida, hizo asociación pública de su nombre con drogas ilícitas, y atentó contra la honra de su madre y de su familia". Las acusaciones contra Samper fueron rechazadas a través de diversos comunicados de prensa por la Federación de Periodistas de Colombia (FECOLPER), la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) y mediante una carta pública firmada por reconocidas personalidades, juristas y periodistas del país. Los distintos pronunciamientos alertaron sobre la falta de fundamento de las acusaciones y repararon además en el riesgo que suponían para el comunicador.

Días previos, la periodista Claudia Gurisatti, directora de Noticias RCN y de NTN24, denunció haber sido víctima de una campaña de hostigamiento a través de redes sociales, que podría poner en riesgo su integridad personal.

La situación de la libertad de expresión y el ejercicio del periodismo en Colombia fue objeto de una audiencia pública en el marco del 163 periodo de sesiones de la CIDH celebrado en Lima, Perú. En esta audiencia la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH recibió información por parte de organizaciones de la sociedad civil y del Estado colombiano sobre este tema. En particular, la sociedad civil afirmó que, si bien durante 2016 no se registraron asesinatos contra periodistas en el país, persistían otras formas de agresiones, como secuestros, presiones indebidas, hostigamiento, y declaraciones estigmatizantes.  Por su parte, el Estado ratificó su compromiso con la libertad de expresión y el ejercicio del periodismo en Colombia e informó sobre las medidas adoptadas para fortalecer los mecanismos de protección e investigación existentes.

La Relatoría Especial recuerda al Estado colombiano que tiene la obligación de prevenir, proteger, investigar y sancionar la violencia ejercida contra periodistas, y en particular, de aquellos que hayan sido objeto de intimidación, amenazas u otro acto de violencia. La obligación de prevenir, supone – entre otras- la de adoptar un discurso público que contribuya a prevenir la violencia contra periodistas, lo cual "requiere que los funcionarios públicos se abstengan de realizar declaraciones que expongan a periodistas y trabajadores de medios de comunicación a un mayor riesgo de actos de violencia". En este sentido, los funcionarios públicos deben promover de manera activa el pluralismo y la tolerancia propios de una sociedad democrática.

En la Resolución AG/RES. 2908 (XLVII-O/17), aprobada por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos en el marco de su cuadragésimo séptimo período ordinario de sesiones, los Estados miembros de la Organización reafirmaron que "la actividad periodística debe ejercerse libre de amenazas, agresiones físicas o psicológicas u otros actos de hostigamiento", e instaron a implementar medidas integrales de prevención, protección y procuración de justicia en esta materia.

El principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH, aprobada en el año 2000, establece que "[e]l asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada".

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la CIDH a fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.

Vea aquí el comunicado de la RELE.

Punto final: la carta de rechazo a las difamaciones de Uribe contra la prensa

Pronunciamiento - lunes, 17 julio 2017

Más de medio centenar de periodistas, editores, columnistas y expertos se unieron a un mensaje para exigirle al senador y expresidente Álvaro Uribe Vélez que se acoja a la ley. Su larga trayectoria se señalamientos en contra de la prensa desbordó los límites el pasado viernes 14 de julio cuando, a través de su cuenta de Twitter, el senador se refirió al periodista Daniel Samper Ospina como "violador de niños".

Esta es la carta con la que se hace un llamado a la ciudadanía para que rechache la calumnia como una forma de hacer política. Quienes se quieran unir a este mensaje de rechazo pueden compartir la carta con la etiqueta #PorElRespeto.

Punto final

Es hora de que el expresidente Álvaro Uribe Vélez deje atrás la práctica sistemática de difamar, calumniar e injuriar a sus críticos como si no fuera un expresidente obligado a dar ejemplo, ni un ciudadano sujeto al Código Penal.

El límite de todos los colombianos es y debe ser la ley. Y es tiempo de que el expresidente esté a la altura del enorme poder del que ha venido abusando sin mayores consecuencias: el último ejemplo de su estrategia de estigmatizar e intimidar para imponerse en el debate público, aquello de permitirse llamar “violador de niños” al periodista Daniel Samper Ospina frente a sus más de cuatro millones de seguidores de Twitter, no es sólo una infamia irreversible que habrá de tener solución en la justicia, sino también un repugnante acto de violencia que ya ha empezado a llamar a más violencia.

Twitter es la vida real. Quien comete un delito allí comete un delito en su país. Hoy, cuando en las redes sociales se ha vuelto común hostigar a los periodistas hasta ponerlos en peligro, resulta inaceptable que el expresidente siga jugando el perverso juego de rectificar cuando el daño ha sido hecho, siga legitimando socialmente esa manera temeraria de participar en la deliberación pública y liderando ese premeditado ataque contra la prensa y la libertad de expresión –ese echarle la culpa y acusar de conspirador al mensajero– que es una arremetida contra la democracia.

No se trata de reclamar, de ninguna manera, un trato privilegiado para los periodistas, ni de librar al periodismo de la crítica, sino de defender el derecho de todos a hablar sin ser objeto de los abusos de quien se sabe poderoso.

Una palabra de Uribe basta para enlodar un nombre, para exacerbar los odios de tantos colombianos frustrados, para degradar y envenenar el necesario debate político del país. Lejos está del líder responsable y digno que tendría que ser.

Pero él sabe todo esto: él no está reaccionando en caliente, ni cometiendo un desliz, sino redoblando un comportamiento peligroso e inescrupuloso cargado de intenciones políticas. Corresponde a la ciudadanía, pues, el siguiente paso. Dar ejemplo. Exigir sin miedo, con la ley de su lado, el fin de la calumnia como estrategia. Solidarizarse con el calumniado más allá de las contingencias de la política. Decirle al calumniador que ha llegado la hora de que se detenga.

Jesús Abad Colorado, José Manuel Acevedo, María Elvira Arango, Darío Arizmendi, Ricardo Ávila, Catalina Botero, Diana Calderón, Juan Pablo Calvás, Fidel Cano, Alberto Casas Santamaría, José Eustorgio Colmenares, Daniel Coronell, Ernesto Cortés, Vicky Dávila, Vanessa De la Torre, Félix De Bedout, María Elvira Domínguez Lloreda, María Jimena Duzán, Jorge Espinosa, Heriberto Fiorillo, Álvaro Forero Tascón, Álvaro García, Ignacio Gómez, Gustavo Gómez Córdoba, Claudia Gurisatti, Sebastián Hiller, Juan Carlos Iragorri, Juanita León, Juan Esteban Lewin, Diego Martínez Lloreda, Matador, Andrés Mompotes, Néstor Morales, Hassan Nassar, Lila Ochoa, Cecilia Orozco, Alfonso Ospina, Ricardo Ospina, Rodrigo Pardo García-Peña, Roberto Pombo, Fernando Quijano, Ana Cristina Restrepo, Jorge Restrepo, Nicolás Restrepo, Héctor Riveros, Luis Enrique Rodríguez, César Rodríguez Garavito, María Elvira Samper, Julio Sánchez Cristo, Alejandro Santos, Diego Santos, Ricardo Silva Romero, Rodrigo Uprimny, Jorge Alfredo Vargas, Juan Roberto Vargas, Vladdo, Felipe Zuleta, Camila Zuluaga.

FLIP condena señalamientos de Álvaro Uribe Vélez en contra de Daniel Samper Ospina

Pronunciamiento - sábado, 15 julio 2017

La Fundación para la Libertad de Prensa –FLIP– rechaza las acusaciones del senador del Centro Democrático, Álvaro Uribe Vélez, en contra del columnista de Revista Semana, Daniel Samper Ospina. 

En la tarde del 14 de julio, el senador Uribe publicó en su cuenta de Twitter: “Federico Escobar protesta por ofensa del violador de niños, Samper Ospina, a Antioquia, ofensa publicada en Semana”. El texto estaba acompañado de una carta en la que un suscriptor de esta revista explica por qué no renovará el abono.

El trino del senador es una violación a la libertad de prensa, una estigmatización carente de cualquier prueba y una afirmación irresponsable que activa desde su rol como congresista un riesgo para el periodista.  Álvaro Uribe falta a sus obligaciones como senador con respecto a la garantía del derecho a la libertad de prensa y estas acusaciones van en contra de sus deberes como servidor público.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH ha manifestado que para garantizar la libertad de prensa se “requiere que los funcionarios públicos se abstengan de realizar declaraciones que expongan a periodistas y trabajadores de medios de comunicación a un mayor riesgo de actos de violencia”.

En los últimos dos meses los señalamientos del senador Uribe contra Daniel Samper Ospina a través de esta red social han sido constantes. El pasado 16 de mayo, compartió la imagen de un tweet del periodista y escribió: “Eso dice el bandidito de Samper Ospina, cobarde maltratador de niñas recién nacidas”. Cuatro días después trinó: “Acepto Consejo ”No vale la pena contestarle a Daniel Ospina. No es un interlocutor válido. Recuerde que la profesión de él es payaso””. Una semana después, el 27 de mayo publicó: “Un maltratador de niños, Daniel Samper Ospina, que se las tira de payaso, ofende a esta profesión que noblemente entretiene a los niños”.

No obstante, el último ataque del senador es de mayor gravedad pues está acusando de manera directa al periodista de cometer un delito atroz y esto lo hace como respuesta al trabajo periodístico de Samper Ospina.

El liderazgo público, y sobre todo aquel que aspira a representar intereses ciudadanos, debe considerar el impacto de sus afirmaciones en la vida democrática, la posibilidad de que sus seguidores consideren estas acusaciones como ciertas y tomen represalias, así como el impacto que estas declaraciones tiene en el debate público. Si la consecuencia de criticar al senador Álvaro Uribe es ser calificado como delincuente, con el paso del tiempo la sociedad dejará de criticarlo. Allí gana la censura y pierde la democracia.  Insistimos en que los señalamientos mencionados sitúan al columnista en una situación de riesgo infundado que podría desencadenar agresiones de mayor gravedad.

La FLIP le recuerda al senador que en diciembre de 2016, como respuesta a una denuncia por injuria y calumnia interpuesta por Daniel Coronell en contra del senador, la Corte Suprema de Justicia afirmó: “El lenguaje agresivo es una manifestación de violencia. Y usado por un líder político en cualquiera de las redes sociales puede llegar a ser identificado por alguno de sus seguidores como una invitación, o por lo menos como una autorización velada al uso de la violencia física contra el destinatario del trino o del discurso descalificador”.

La FLIP se solidariza con Daniel Samper Ospina y reitera su disponibilidad para apoyar en las acciones que se instauren para el restablecimiento de su derecho a opinar libremente sobre personas de relevancia pública.

De igual forma, hacemos un llamado a los organismos de control, especialmente a la Procuraduría, para que, en el marco del deber de garantizar la libertad de prensa, reconozca que el Senador Álvaro Uribe ha afectado seriamente las condiciones mínimas para el debate democrático.

  ____________________________________

Álvaro Uribe también ha atacado públicamente a periodistas de Noticias Uno, a Daniel Coronell, a Gonzalo Guillén, a Hollman Morris, a Yohir Akerman, entre otros. Aquí puede consultar un recuento de estos señalamientos.

 

*Actualización:

El 2 de agosto de 2017, el Tribunal Superior de Bogotá ordenó al senador Álvaro Uribe Vélez que "dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de este proveído, emita una retractación firme y precisa de la sindicación al accionante de "violador de niños" y de la afirmación acerca de que éste hizo "publicaciones pornográficas", a través del mismo medio en que las expresó, aclarando que esas afirmaciones realizadas anteriormente por él no se basan en evidencias disponibles; por consiguiente, que no es cierto lo afirmado por él respecto del periodista".