Pronunciamientos

Periodista y extrabajadora de un medio de comunicación permanecen arrestados en contra de la libertad de prensa y el debido proceso

viernes, 06 julio 2018

Periodista y extrabajadora de un medio de comunicación permanecen arrestados en contra de la libertad de prensa y el debido proceso

Desde el 9 de agosto de 2018, se encuentran detenidos en una estación de policía Juvenal Bolívar, periodista de Corrillos!, y Sofía Ortíz Delgado, ex trabajadora administrativa del mismo medio, cumpliendo una sanción de diez días de arresto que fue impuesta arbitrariamente por el Juzgado Trece Civil Municipal de Bucaramanga.
 
La sanción se dictó luego de que Bolívar se negara a dar cumplimiento a una sentencia de tutela que le ordenaba retirar una nota informativa de su página web, luego de un proceso plagado de irregularidades procesales: (i) el periodista nunca fue notificado del proceso, por lo que nunca tuvo oportunidad de defenderse; (ii) el juzgado tramitó la tutela sin ser competente para ello, (iii) a pesar de que el demandante no cumplió con la obligación de solicitar previamente una rectificación al medio.
 
Preocupa especialmente que se ordene una medida tan drástica como el arresto en contra de un particular, en medio de un proceso con tantas arbitrariedades. La orden de arresto de la señora Ortíz es aún más preocupante si se considera que se pretende obligarla a dar cumplimiento a la sentencia, a pesar de que ella ya no trabaja en el medio y de que cuando lo hacía estaba dedicada a funciones meramente administrativas y no editoriales.
 
Forzar al periodista a retirar de internet la nota sin ofrecerle oportunidad de presentar los testimonios, fuentes y demás documentos que apoyan su reportería no sólo es una vulneración de su libertad de expresión y su debido proceso, sino también una violación al derecho de las audiencias de enterarse de asuntos de su mayor interés. Además, la orden funciona como un mensaje disuasorio tanto para el propio periodista (quien cuenta haberse sentido tentado a abandonar su labor) como para sus colegas para que dejen de hacer cuestionamientos sobre la labor de los funcionarios y de informar sobre asuntos de interés público.

 


Jueves, 5 de julio de 2018. 03:26 pm

Sanción de arresto contra trabajadores de medio de comunicación en Bucaramanga viola la libertad de prensa

El 26 de junio de 2018, el Juzgado Trece Civil Municipal de Bucaramanga dictó una orden de arresto contra un periodista y una extrabajadora del medio de comunicación Corrillos!, violando los derechos fundamentales al debido proceso y a la libertad de prensa.

Corrillos! es un medio de comunicación digital e impreso de la ciudad de Bucaramanga que se especializa en temas públicos, políticos y electorales. En enero de este año, el medio publicó un artículo en el que contaba que Jorge Enrique Rueda, director de la Caja de Previsión Social de Bucaramanga, fue informante de la Fiscalía en el caso que la entidad adelanta contra el exalcalde Luis Francisco Bohórquez. Rueda había sido Secretario Administrativo de dicha administración. En consecuencia, Rueda interpuso una acción de tutela en contra del medio, la cual fue concedida en marzo. Sin embargo, el proceso de tutela tuvo las siguientes irregularidades procesales:

  1. El medio de comunicación nunca fue notificado de la acción de tutela en su contra, con lo cual no pudo ejercer su derecho de defensa, ni pudo impugnar a tiempo la decisión. El medio se enteró del proceso cuando éste había concluído, a través de un mensaje publicado por un tercero en Twitter.

 

  1. El juzgado tramitó la tutela a pesar de que el accionante no cumplió con la obligación de solicitar previamente la rectificación directamente al medio de comunicación. Esta solicitud es requisito de procedibilidad de la acción de tutela1.

 

  1. El juzgado tramitó la tutela a pesar de no ser competente para ello. De acuerdo a lo establecido en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991, de las acciones dirigidas contra la prensa y los demás medios de comunicación serán competentes los jueces de circuito, no lo municipales.

Dadas las evidentes irregularidades procesales y dado el hecho de que Corrillos! no pudo defenderse dentro del proceso, mostrando las pruebas que justificaban lo publicado, el medio solicitó que se declara la nulidad de la sentencia. Sin embargo, la solicitud fue negada.

Ahora, el mismo juzgado que no dio a Corrillos! la oportunidad de defenderse - y que se ha negado a corregir su error - sancionó con multa y diez días de arresto al periodista Juvenal Bolívar y a Sofía Ortíz Delgado, extrabajadora del medio. Si bien la decisión es arbitraria en ambos casos, la sanción de arresto en contra de esta última resulta especialmente preocupante ya que Ortíz no trabaja actualmente para el medio y en ningún momento tuvo responsabilidad editorial alguna sobre los contenidos, ya que su trabajo era estrictamente administrativo.

Es sorprendente que un juez advierta violaciones tan graves al derecho fundamental al debido proceso y que, aún así, proceda a dictar una orden de arresto de diez días. Estas decisiones preocupan por el impacto que causan en la libertad de prensa del medio de comunicación. La sanción impuesta será ahora evaluada por el Juzgado Décimo Civil del Circuito, quien decidirá definitivamente sobre la sanción de arresto. La FLIP espera que el Juez Décimo Civil del Circuito tome una decisión que garantice el debido proceso y la libertad de prensa del medio de comunicación.


 

1Decreto 2591 de 1991. Artículo 42. Procedencia. La acción de tutela procederá contra acciones u omisiones de particulares en los siguientes casos: (...) 7. Cuando se solicite rectificación de informaciones inexactas o erróneas. En este caso se deberá anexar la transcripción de la información o la copia de la publicación y de la rectificación solicitada que no fue publicada en condiciones que aseguren la eficacia de la misma.

Conoce más
Roban delicado material periodístico a periodista Juan José Hoyos en Medellín

martes, 03 julio 2018

Roban delicado material periodístico a periodista Juan José Hoyos en Medellín

El 14 de junio de 2018 la residencia de Juan José Hoyos, columnista y colaborador de El Colombiano, fue asaltada por desconocidos. Cuando el periodista llegó a su vivienda en Medellín encontró destruida la cerradura de la puerta del apartamento y, al revisar sus objetos personales, notó que habían robado su computador, un disco duro, una cámara de video y una cámara fotográfica.

Conoce más
Juez ordena a Noticias UNO rectificar información cierta

sábado, 30 junio 2018

Juez ordena a Noticias UNO rectificar información cierta

El Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Medellín ha dictado una orden que obliga a Noticias Uno a lo imposible: rectificar información cierta. Se trata de un grave precedente para el ejercicio de la libertad de expresión.

En mayo de 2018, Luis Alfredo Ramos, exgobernador de Antioquia, presentó una tutela contra Noticias Uno y el periodista Ignacio Gómez, alegando la violación de su dignidad, honra y buen nombre. La tutela estaba motivada por una nota publicada por el noticiero en enero del mismo año, en relación con el proceso que se adelanta en la Corte Suprema de Justicia en contra de Ramos por parapolítica. Según Noticias Uno, Eyder Patiño, magistrado ponente del caso, habría presentado proyecto de sentencia condenatoria.

En abril de 2018, el magistrado Patiño efectivamente presentó una ponencia condenatoria. No obstante lo anterior, Ramos interpuso una tutela contra Noticias Uno, la cual fue concedida por el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Medellín. El juzgado ordenó la “rectificación” de la nota y su eliminación de la página web de Noticias Uno.

Esta decisión es insólita. La rectificación no procede cuando la información publicada es veraz como es este caso pues en efecto el magistrado sí presentó ponencia condenatoria. Para la FLIP la prohibición de difusión de información veraz sobre un asunto de interés público es contraria a la libertad de expresión.

El juzgado argumentó que el proyecto de ponencia es información reservada por ley y que, en consecuencia, Noticias Uno no podía publicarla. Sin embargo, ese argumento contradice la jurisprudencia de la Corte Constitucional para quien la obligación de reserva recae sobre los funcionarios a cargo de la custodia de la información, no sobre los medios de comunicación. La Corte ha dicho que en casos de filtración de información reservada podría evaluarse la responsabilidad de los funcionarios, pero nunca de los medios o de los periodistas.

La decisión del Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Medellín fue impugnada por Noticias Uno y ahora será conocida por el Tribunal Superior de Medellín. La Fundación espera que el Tribunal corrija esta decisión que pone en peligro las garantías para el derecho a informar y se pronuncie sobre el caso actuando en conformidad a  los estándares internacionales que reclaman responsabilidad exclusiva para los funcionarios.

Actualización

El 30 de junio de 2018, Luis Alfredo Ramos dirigió una solicitud de rectificación a la FLIP.

Lea aquí la respuesta de la FLIP a esta solicitud, en la que se explica por qué la Fundación insiste en lo que se dice en este comunicado. 

Conoce más
La entrega de los cuerpos del equipo periodístico de El Comercio es un paso hacia el esclarecimiento de los hechos

martes, 26 junio 2018

La entrega de los cuerpos del equipo periodístico de El Comercio es un paso hacia el esclarecimiento de los hechos

En la tarde del lunes 25 de junio, Néstor Humberto Martínez, Fiscal General de la Nación, confirmó la identidad de los cuerpos hallados el pasado jueves en Tumaco, Nariño. Según él, los cuerpos pertenecen al reportero Javier Ortega, el fotógrafo Paúl Rivas y el conductor Efraín Segarra, integrantes del equipo periodístico del diario ecuatoriano El Comercio. Las organizaciones firmantes extienden su solidaridad con las familias de las víctimas.

El pasado 21 de junio, a través de Twitter, el presidente Juan Manuel Santos afirmó: “Me informan que encontramos unos cadáveres que pueden corresponder a los cuerpos de los 3 periodistas secuestrados y asesinados por alias 'Guacho'. Estamos verificando su identidad. Reitero mis condolencias a sus familias y repudio por tan atroz crimen”, dijo. El Gobierno desplegó al Gaula de la Policía y a comandos especiales en un operativo que encontró los cadáveres en una fosa rodeada por minas antipersona. Caracol Noticias afirmó que un militante de las disidencias capturado habría dado las coordenadas del lugar donde estaban enterrados los cuerpos.

La entrega de los cuerpos a sus familias permite a sus allegados despedirse de manera digna y comenzar por fin una etapa de duelo. Adicionalmente, el hallazgo permite a los Estados y a la sociedad en su conjunto tener información más amplia que pueda contribuir al esclarecimiento de los hechos que rodearon el secuestro y posterior asesinato de los trabajadores de El Comercio. Esta información refuerza en los Estados la obligación de avanzar en la identificación y sanción de los autores de este crimen atroz.

Las familias de Javier, Efraín y Paúl se enteraron del hallazgo a través del citado mensaje de Twitter del presidente Santos y se desplazaron a Cali el viernes 22 de junio. Las organizaciones firmantes reconocen el despliegue del Estado con el fin de encontrar los cuerpos y el trabajo de recuperación, identificación y entrega a sus familias. Sin embargo, lamentan el mal manejo de la información en este caso. Las familias del equipo periodístico han manifestado su inconformidad por la poca comunicación y la difusión imprecisa de hechos aún sin corroborar de parte del Ministerio de Defensa de Colombia frente a la identidad de los cuerpos.

El hallazgo de los restos también refuerza el llamado a los Estados para que tomen medidas efectivas para garantizar el derecho a informar acerca de la grave situación de derechos humanos que atraviesa la frontera colombo-ecuatoriana.

 

Firman:

Comité para la Protección de los Periodistas - CPJ

Fundamedios

Reporteros Sin Fronteras

 

Fundación para la Libertad de Prensa - FLIP

 

Conoce más
Delegación de familiares de periodistas ecuatorianos asesinados protesta por el manejo de la información en identificación de cadáveres

domingo, 24 junio 2018

Delegación de familiares de periodistas ecuatorianos asesinados protesta por el manejo de la información en identificación de cadáveres

La delegación de familiares del equipo periodístico de diario El Comercio, secuestrado en territorio ecuatoriano el pasado 26 de marzo y asesinado en Colombia en fecha por determinar, nos permitimos informar a la opinión pública que:

Conoce más
La CIDH dará inicio al mandato especial de seguimiento al caso del equipo periodístico ecuatoriano

sábado, 09 junio 2018

La CIDH dará inicio al mandato especial de seguimiento al caso del equipo periodístico ecuatoriano

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) anunció que este próximo 15 de junio de 2018 será la primera reunión de trabajo del Equipo de Seguimiento Especial (ESE), que fue conformado para investigar y esclarecer el secuestro y asesinato del reportero Javier Ortega, el fotógrafo Paúl Rivas y el conductor Efraín Segarra del diario El Comercio. A la reunión, que tendrá lugar en la sede de la CIDH, en Washington, han sido convocados los representantes del Estado ecuatoriano y los peticionarios que incluyen a los familiares de los periodistas y representantes de la Fundación para la Libertad de Prensa FLIP, de Colombia y de FUNDAMEDIOS, del Ecuador.

A través de un comunicado, Paulo Abrao, Secretario Ejecutivo de la CIDH, puso en conocimiento el plan de trabajo y las acciones que tendrá el ESE entre mediados de junio y diciembre de 2018, de conformidad con las atribuciones y mecanismos dispuestos en la Convención Americana, Estatuto y Reglamento.

Parte de las actividades planteadas por el ESE, contempla tres visitas al Ecuador, en donde el Equipo mantendrá reuniones y mesas de diálogo; el envío de aportes técnicos, solicitudes de información, reuniones de trabajo, audiencias públicas durante el período de sesiones de la CIDH y la emisión de reportes. De acuerdo al cronograma tentativo, el ESE planea presentar su informe para diciembre de este año.

En su escrito, dirigido a los familiares, en calidad de peticionarios de las medidas cautelares que fueron otorgadas tras el secuestro del equipo periodístico, la CIDH aseguró que es de suma importancia que los familiares de los comunicadores sean parte central del proceso de investigación, el cual esperan sea célere y transparente con la debida cooperación del Estado.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó este 12 de abril de 2018 medidas cautelares en favor de Ortega, Rivas y Segarra, dando respuesta favorable al pedido hecho el pasado 10 de abril por parte de la FLIP, Fundamedios y los familiares de los comunicadores.

La CIDH y la Relatoría Especial de Libertad de Expresión estarán a cargo del Mecanismo Especial de seguimiento a las medidas cautelares. Según comunicó la CIDH, el ESE estará conformado por la Comisionada Esmeralda Arosemena de Troitiño, Relatora para Ecuador, como la responsable del mismo, con el apoyo del Secretario Ejecutivo, o de quien él designe, así como del equipo técnico de la sección de medidas cautelares y del Relator Especial de Libertad de Expresión.

Conoce más
EPM, Ejército Nacional y la Defensa Civil impidieron el cubrimiento periodístico en los albergues de Valdivia

viernes, 08 junio 2018

EPM, Ejército Nacional y la Defensa Civil impidieron el cubrimiento periodístico en los albergues de Valdivia

La Fundación para la Libertad de Prensa -FLIP- rechaza la obstrucción a la labor periodística de la que fueron víctimas los reporteros de seis medios de comunicación por parte del Ejército Nacional, la Defensa Civil y EPM durante la reubicación de los afectados por la emergencia en Hidroituango. Una de las periodistas recibió, además, intimidaciones por parte de los miembros de las oficinas de prensa de las entidades.

El lunes 4 de junio Paola Rojas, periodista de Noticias Uno, se acercó al albergue, ubicado a 15 minutos de la cabecera municipal de Valdivia, donde se encuentran alojados los damnificados por la difícil situación que se vive en la región aledaña al proyecto Hidroituango. Cuando la periodista quiso entrevistarse con los afectados, miembros de la Defensa Civil y el Ejército le prohibieron el ingreso, argumentando que las personas que estaban allí no tenían permiso para hablar con la prensa por temas de seguridad.

Los damnificados alzaron su voz ante la prohibición de las autoridades y un oficial del Ejército le permitió al equipo de Noticias Uno entrevistar a las personas que se encontraban en el albergue a través de una reja. Luego de diez minutos de espera, los funcionarios del Ejército y la Defensa Civil permitieron el ingreso del equipo periodístico, pero restringieron las entrevistas con los damnificados: “EPM-Une da la orden de que ustedes pueden ingresar, me entrevistan a mí si quieren con mucho gusto, al Ejército, pero a ninguna de las personas”, aseguró la funcionaria de la Defensa Civil. Al respecto, Diego Salazar, gerente de comunicaciones de EMP, afirma que no tiene conocimiento de ninguna directriz por parte de la entidad para obstruir la labor periodística. Sin embargo, el funcionario asegura que continúan indagando en terreno sobre lo sucedido.

Luego de que el equipo de Noticias Uno terminó de hacer el cubrimiento de la situación que se vive en el albergue, la periodista recibió llamadas intimidatorias por parte de un funcionario de las oficinas de prensa del Ejército, EPM y de la Unidad Nacional de Gestión de Riesgo. En las tres comunicaciones, las entidades querían mostrar lo sucedido como un sabotaje por parte de la comunidad y presionaban a la reportera con frases como: “no queremos que luego te toque rectificar”.

Ese mismo día, cinco periodistas de la Asociación de Medios Comunitarios (AMA) intentaron ingresar a tres de los albergues de Valdivia, pero funcionarios de la Policía Nacional no lo permitieron. Según Bibiana Ramírez, una de las reporteras afectadas, el domingo 3 de junio el equipo periodístico de AMA le solicitó al Puesto de Mando Unificado (PMU) una autorización para ingresar a los albergues del municipio, pero no recibieron respuesta.

 

La FLIP expresa su preocupación por la obstrucción periodística de la que fueron víctimas estos periodistas y hace un llamado a las entidades implicadas -Ejército Nacional, EMP, Policía Nacional y la Defensa Civil- para que garanticen el cubrimiento periodístico de la situación de emergencia que se vive en Hidroituango. En situaciones de riesgo humanitario las entidades públicas deben generar condiciones favorables para el acceso a la prensa con el fin de mantener a la sociedad informada sobre sucesos de alto interés público.

Conoce más
La condena de la Corte Interamericana por el homicidio de Nelson Carvajal: un paso a la justicia en los crímenes contra la libertad de expresión en el continente

viernes, 08 junio 2018

La condena de la Corte Interamericana por el homicidio de Nelson Carvajal: un paso a la justicia en los crímenes contra la libertad de expresión en el continente

Ayer, 6 de junio de 2018, la Corte Interamericana de Derechos Humanos -Corte IDH- hizo pública la sentencia en la que se declara responsable al Estado de Colombia por el homicidio del periodista Nelson Carvajal Carvajal. Es el primer caso en el que una corte internacional condena a un Estado por un homicidio motivado en razón del ejercicio periodístico de la víctima.

Conoce más
Reacciones de EPM y el SIATA al comunicado de la FLIP sobre Hidroituango

jueves, 07 junio 2018

Reacciones de EPM y el SIATA al comunicado de la FLIP sobre Hidroituango

A partir del comunicado publicado por la FLIP el pasado 1 de junio en el que se expresan las preocupaciones por actos de censura sobre el caso Hidroituango, Empresas Públicas de Medellín y el proyecto SIATA se comunicaron con la FLIP para expresar su versión sobre lo sucedido. A continuación se exponen esas reacciones y la postura de la Fundación frente a las mismas.

Reacción de EPM y posición de la FLIP

La FLIP expresó su preocupación por la eliminación de tres documentos del sitio web de EPM:

  1. La escritura pública mediante la cual la EPM Ituango da mandato a EPM para ejecutar el proyecto.

  2. El plan de contingencia que se entrega con la licencia ambiental

  3. Un cronograma de desarrollo del proyecto.

En su respuesta, EPM sostuvo que los tres documentos removidos de la página no hacen parte de la información obligatoria que las entidades deben publicar de manera proactiva en su sitio web, de acuerdo con la Ley de Transparencia, y que la información se mantiene en sus inventarios de activos.

EPM alega que, por no ser estos documentos de aquellos mínimos exigidos por la Ley de Transparencia, mantiene discrecionalidad para publicar o retirar información de su página web “de acuerdo con las circunstancias que permitan dar una lectura pertinente y adecuada en un momento determinado”.

La FLIP no comparte esta posición. Que la información no haga parte de los mínimos exigidos por la ley no faculta a EPM para desmontarla después de haberla hecho pública. El artículo 14 de la Ley de Transparencia y el artículo 48 del Decreto 103 de 2015 establecen la obligación de los sujetos obligados de garantizar y facilitar el acceso a “toda la información previamente divulgada” y exige definir procedimientos para el retiro de la información.

De acuerdo con la entidad, esta exigencia es aplicable sólo en relación con la información mínima obligatoria. A juicio de la FLIP, esta interpretación es contradictoria. Por exigencia de la ley, la información mínima debe estar permanentemente publicada en la página web, es decir, no se puede borrar. Luego, si la misma ley establece otras disposiciones para proteger información que se pueda borrar, y obliga a la entidad a definir procedimientos para hacerlo, no podrá estarse refiriendo a los mínimos que no son eliminables.

Vale la pena recordar que, además, EPM está sujeta al principio de facilitación (artículo 3 de la Ley de Transparencia) en virtud del cual “los sujetos obligados deberán facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, excluyendo exigencias o requisitos que puedan obstruirlo o impedirlo”. De modo que no corresponde a la entidad argumentar que la información sigue disponible en sus archivos y que puede ser solicitada a través de derechos de petición, porque tal acción dificulta el derecho de los ciudadanos a conocer información previamente divulgada.

Los documentos eliminados de la página web son de enorme relevancia pública y la confusión que se genere entre los ciudadanos por su contenido se debería solucionar de manera más transparente. Y esto se logra con más información.

Por otra parte, EPM manifestó su interés por mantener informadas a las audiencias e indica los distintos canales (declaraciones, ruedas de prensa, atención a periodistas, cuñas radiales, etc.) a través de los cuales ciudadanos y periodistas pueden acceder a información sobre Hidroituango. Sin embargo, la FLIP ha tenido noticia de nuevas obstrucciones al trabajo periodístico que en esta ocasión afectan a Noticias Uno y a damnificados albergados en Puerto Valdivia.

Lea aquí la carta que EPM envió a la FLIP.

Reacción del SIATA y posición de la FLIP

El pasado 6 de junio la FLIP tuvo una conversación telefónica con Carlos Hoyos, director del SIATA, en la cual se aclararon los hechos y posiciones de ambas organizaciones. En relación con la información del sensor de nivel 302, la FLIP se permite aclarar lo siguiente:

El SIATA fue convocado por EPM para monitorear la situación de Hidroituango, para efectos de lo cual se instaló un sensor de nivel de agua. La información generada por este sensor fue efectivamente desenlazada hacia el 20 de mayo de la página web del SIATA para el Valle de Aburrá. Sin embargo, de acuerdo con el SIATA, tal información ha estado disponible sin interrupción en el sitio web que fue dispuesto específicamente para el cubrimiento de Ituango.

De acuerdo con el director del SIATA, la decisión de desenlazar la información de su página principal (Valle de Aburrá) buscaba evitar confusiones o malas interpretaciones. No obstante, a juicio de la FLIP, la forma cómo se ejecutó la decisión resultó confusa para los ciudadanos que habían estado accediendo al sitio. Tanto así que inmediatamente generó reclamos de los ciudadanos que creyeron que ya no podrían acceder a la información.

Faltan compromisos

La FLIP valora la disposición de las entidades para conversar y las invita a reafirmar sus obligaciones de máxima publicidad y facilitación. Además, invita a EPM a declarar públicamente que los periodistas tienen derecho de informar y acceder a todo tipo de fuentes en el terreno, incluyendo a trabajadores del proyecto y a las comunidades víctimas. Adicionalmente, la FLIP le solicita a EMP que reconozca el derecho que tienen las personas vinculadas al proyecto a hacer denuncias a la prensa.

Además, la Fundación hace un llamado para que EPM publique nuevamente la totalidad de la información eliminada de su sitio web para facilitar el derecho de los ciudadanos de conocer esos documentos de innegable relevancia pública.


Viernes, 01 de junio de 2018 12:13

Alerta de la FLIP por censura en Hidroituango

En los últimos días, la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) ha tenido conocimiento de distintos tipos de denuncias de periodistas y ciudadanos en relación con el manejo de la información sobre Hidroituango. Estas denuncias involucran a distintas entidades, entre las cuales se encuentran Empresas Públicas de Medellín (EPM), principal socio del proyecto, y al Sistema de Alerta Temprana de Medellín y el Valle de Aburrá (SIATA).

Estos reclamos son especialmente preocupantes para la FLIP, pues señalan que las entidades estarían incumpliendo su deber de transparencia, el cual les exige publicar información oportuna, veraz y completa, en los términos más amplios posibles. Este deber se refuerza en circunstancias de emergencia, en las cuales el acceso a la información es esencial para la reducción de riesgos, para mantener al tanto a toda la ciudadanía y para permitir el escrutinio de las acciones de las autoridades. La FLIP ha tenido noticia de las siguientes denuncias.

Se ha ocultado la información del sensor de nivel 302 del SIATA

Desde el 20 de mayo de 2018, múltiples periodistas y ciudadanos han denunciado que se ha ocultado la información del sensor 302 que se mostraba en la página del SIATA. Este instrumento mide el nivel del agua del río Cauca en Hidroituango.

Según se ha informado, el sensor fue deshabilitado para consulta del público alrededor de las 10 de la mañana del 20 de mayo. En respuesta a los reclamos ciudadanos, el SIATA confirmó la deshabilitación diciendo que “[l]os sensores instalados por SIATA continúan funcionando, la información está siendo entregada al PMU (Puesto de Mando Unificado), para tener una adecuada e integral interpretación de la información. Se continuará informando a toda la ciudadanía en caso de ser necesario”. Horas después dijo que la información había sido desenlazada de su sitio web para evitar “interpretaciones aisladas que pueden ser erróneas”.

El 22 de mayo hubo nuevas denuncias en las que se señalaban que se había deshabilitado del sensor. En esta ocasión el SIATA respondió diciendo que había “dificultades de telecomunicaciones que esperamos se solucionen durante el día”.

Ocultar esta información contraría las obligaciones que tiene el SIATA en materia de transparencia activa en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley 1712 de 2014), la cual obliga a los sujetos obligados (como el SIATA) a actuar de buena fe y facilitar el acceso a la información “en los términos más amplios posibles”.

Eliminación de documentos públicos de la página de EPM

La FLIP también ha tenido conocimiento de denuncias de eliminación de documentos públicos relacionados con el proyecto de Hidroituango que antes estaban disponibles en la página web de EPM. Daniel Quintero, exViceministro de Economía Digital,fue una de las personas que se pronunció al respecto. Es preocupante que se estén ocultando documentos que puedan ayudar a entender y hacer escrutinio de las acciones de las entidades involucradas.

EPM, por ser una entidad prestadora de servicios que administra recursos públicos, es un sujeto obligado por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y, por lo tanto, tiene la obligación de tener publicada de forma proactiva en su página web cierta información exigida por tal ley (como, por ejemplo, la información sobre sus relaciones contractuales). Los cuestionamientos de los ciudadanos levantan dudas sobre la transparencia de EPM y sobre la eventual responsabilidad disciplinaria o penal por ocultar de documentos públicos (artículo 292 del Código Penal).

La FLIP se comunicó con Maritza Alzate, Secretaria General de EPM, quien aclaró que los documentos retirados fueron tres: la escritura pública donde se da el mandato que la sociedad EPM Ituango le hizo a EPM, en virtud del cual le transfirió el contrato BOMT; un plan de contingencia que se tiene que entregar con la licencia ambiental y una presentación de una secuencia cronológica en la cual se explica cómo ha sido la evolución del proyecto desde el punto de vista societario. Según Alzate, la Ley de Transparencia no exige publicar esta clase de documentos, razón por la cual la entidad mantiene su discrecionalidad de subirlos o bajarlos.

Según informa la funcionaria, estos documentos fueron publicados originalmente con una función pedagógica, dado el nivel técnico del proyecto. Se buscaba que la ciudadanía entendiera qué era la sociedad EPM Ituango, qué es un contrato BOOMT y por qué la sociedad podía transferirlo a EPM. Contó que, sin embargo, la información resultó confusa para los ciudadanos, causando un efecto contrario al deseado y que, por tal razón, EPM decidió retirarla. La funcionaria llamó la atención sobre el hecho de que para efectos de transparencia también es importante que se publique información que no genere confusión en el público.

Sin embargo, la ley también obliga a la entidad a garantizar y facilitar el acceso a la información previamente publicada y a definir procedimientos para retirarla de su página web1. La funcionaria sostuvo que tal exigencia aplica en relación con la información mínima obligatoria exigida por la Ley de Transparencia. La FLIP no comparte esta posición. Es obvio que la norma busca proteger la información que es propensa a ser eliminada, porque los mínimos simplemente no se pueden borrar.

Amenazas a trabajadores de Hidroituango para que no den información a la prensa

La FLIP también tuvo conocimiento de denuncias de amenazas a trabajadores de Hidroituango para que no entreguen información a los periodistas que están haciendo cubrimiento de la situación. Esta denuncia también genera preocupaciones por cuanto los trabajadores están legitimados para comunicar información de interés a la prensa que, además, no tiene carácter reservado según la Ley de Transparencia. Cualquier tipo de represalia en contra de ellos iría en contra de los estándares internacionales sobre libertad de información y que protegen a aquellos alertadores que informan sobre irregularidades que ocurran al interior de las organizaciones para las que ellos trabajan.

Al respecto de esta denuncia, John Maya, Vicepresidente de Negocios de EPM, aclaró que en Hidroituango hay más de once mil trabajadores y que no todos son directamente contratados por EPM sino por sus contratistas o asesores. Según los funcionarios Maya y Alzate, desde EPM no se ha dado ninguna instrucción en este sentido.

La falta de transparencia y la censura durante situaciones de calamidad son inaceptables en tiempos en los que se acentúa la necesidad de información. Las autoridades a cargo no pueden pretender evitar la confusión a partir de la censura. Una situación crítica, prolongada en el tiempo y que puede comprometer la vida de cientos de personas, debe estar abierta al escrutinio público.

Es importante también señalar que EPM e Hidroituango son grandes anunciantes en medios comerciales y comunitarios de la región. Lo anterior genera preocupaciones adicionales de censura indirecta, dado que los medios locales pueden temer que les retiren la pauta por cubrir de forma crítica a sus anunciantes. Esta conducta puede restringir el acceso de los ciudadanos a la información a través de estos medios.

La FLIP hace un llamado al SIATA, a EPM y a las demás entidades vinculadas a este proyecto para que garanticen la mayor transparencia y el acceso amplio a la información por parte de periodistas y ciudadanos. Además, hace un llamado a la Procuraduría para que, con la información disponible, investigue si ha habido alguna falta disciplinaria y preste especial atención al manejo de la pauta como posible mecanismo de censura.


 Art. 14 de la Ley de Transparencia y art. 48 del Decreto 103 de 2015.

 

Conoce más