Pronunciamientos

Radio Súper Popayán estuvo cinco horas fuera del aire por un ataque a su infraestructura

viernes, 04 octubre 2019

Radio Súper Popayán estuvo cinco horas fuera del aire por un ataque a su infraestructura

La FLIP condena el ataque a los transmisores de la emisora Radio Súper Popayán ocurrido el pasado martes primero de octubre. La Fundación hace un llamado a las autoridades para que investiguen estos hechos y se brinden las garantías de seguridad a los periodistas del medio. 

La FLIP conoció que en horas de la tarde dos personas armadas se acercaron en un vehículo blanco de alta gama al lugar en el que están los transmisores de la emisora en Popayán. Los desconocidos se identificaron como integrantes de “La Monitora”, una antigua unidad que hacía parte del Ministerio de Comunicaciones, y se llevaron un equipo conocido como el “enlace”. Este dispositivo es indispensable para conectar los transmisores con la emisora y, de esta manera, poder transmitir la señal en vivo. 

A pesar de que en el lugar había otros objetos de valor como elementos de cómputo, los sujetos sólo se llevaron el “enlace”. Radio Super Popayán no pudo transmitir desde las tres de la tarde hasta las ocho de la noche de ese día. 

Esta emisora es una de las radios locales con mayor alcance en el departamento del Cauca. Yinner Bravo, director de Súper Noticias, manifiesta que su señal podría estar llegando a unos 30 municipios. El periodista también manifiesta que durante los últimos días en el noticiero de la emisora se ha hecho cubrimiento sobre varios temas, entre ellos, el homicidio de la candidata Karina García, las investigaciones contra algunos candidatos del departamento y la situación de orden público de la región. 

La FLIP expresa su preocupación por estos hechos y le solicita a la Unidad Nacional de Protección que inicie el estudio de riesgo para verificar la situación de seguridad de los periodistas de la emisora y de la infraestructura con el fin de implementar las medidas necesarias para salvaguardar la integridad de los comunicadores y garantizar el desarrollo de la labor periodística.  Así mismo, la Fundación hace un llamado a la Fiscalía General de la Nación para que investigue estos hechos teniendo como principal hipótesis de la investigación que el daño contra la infraestructura del medio estuvo motivado por el ejercicio informativo de la emisora.

 

Conoce más
Tribunal de Justicia de la UE toma decisión en caso sobre derecho al olvido

martes, 01 octubre 2019

Tribunal de Justicia de la UE toma decisión en caso sobre derecho al olvido

El 24 de septiembre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tomó una importante decisión en un caso del llamado “derecho al olvido” en Europa, en el que la FLIP intervino en noviembre de 2017. En el caso se discutía si las decisiones de eliminación de determinados enlaces en los resultados búsqueda de Google deben aplicarse en el país de la persona involucrada o en todo el mundo. El TJUE dictaminó que la exclusión sólo debe aplicarse en el país desde donde se hace la solicitud, manteniéndose disponibles para el resto del mundo.

El derecho al olvido en la Unión Europea

Las solicitudes de “derecho al olvido” surgen por la sentencia de 2014 del TJUE en el caso Google Spain, S.L. y Google Inc. vs Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y Mario Costeja González (también conocido como “caso Costeja”). De acuerdo con dicha decisión, los buscadores de internet –como Google– que tengan actividades en la UE están obligados a excluir de sus resultados de búsqueda los enlaces que se muestren al digitar el nombre de una persona, si tales sitios muestran información inadecuada, impertinente o excesiva de una persona. Las personas pueden solicitar directamente a los buscadores que se eliminen los resultados y, en caso de que los buscadores nieguen la solicitud, pueden acudir a las autoridades relevantes para que resuelvan el caso.

La decisión en el caso Costeja ha sido ampliamente criticada por su afectación a la libertad de expresión y por dejar esta clase de decisiones en manos de una empresa privada. En Colombia, la Corte Constitucional concluyó en 2015 que una decisión como la que tomó el TJUE estaría en contra de la libertad de expresión.

El caso francés

Desde el caso Costeja, Google ha cumplido con la orden del TJUE a través de la desvinculación de los enlaces en cada país en el que se hacen las respectivas solicitudes. Es decir, si la persona A solicita que la búsqueda de su nombre no se vincule con determinado link en Francia, de concederse la solicitud, el contenido dejaría de aparecer en las búsquedas en ese país, pero seguiría apareciendo en el resto del mundo. La Comisión Nacional de Informática de las Libertades (CNIL) de Francia sancionó a Google por considerar que las desvinculaciones debían aplicarse en los demás países y no sólo en Francia. 

Primero, el caso fue llevado ante el Consejo de Estado de Francia. El 26 de octubre de 2016, la Fundación para la Libertad de Prensa –FLIP– presentó una intervención con relación a las problemáticas que el caso planteaba con respecto a la libertad de expresión en internet. Después, el Consejo de Estado remitió una serie de preguntas al TJEU sobre la forma en la que se debía aplicar la decisión del caso Costeja y el 28 de noviembre de 2017, la FLIP presentó una intervención más, esta vez ante el TJUE.

Argumentos de la FLIP

La intervención de la FLIP defendió la posición de Google según la cual las desvinculaciones deben ser locales. Bajo la posición de la CNIL, Francia u otros países de la UE se convertirían en un punto central que puede decidir que determinada información no sea conocida en ningún lugar del mundo. Para la FLIP, sería un absurdo que un juez o un funcionario de Google en Francia pueda decidir sobre la disponibilidad de enlaces relacionados con asuntos de interés público en otros lugares del mundo, incluyendo Colombia y los demás países de Latinoamérica. Esto iría en contra del carácter descentralizado de Internet, por el que la red que no tiene un punto central ni un foco en donde se centre toda la información o decisiones.

Por otro lado, la postura de la CNIL también está en contra de principios de derecho internacional, como la soberanía de los Estados (cada país está en libertad de autogobernarse) y el principio de pacta sunt servanda (los Estados sólo están obligados a cumplir los tratados de los que forman parte).

La decisión del TJUE

El TJUE ha dictaminado que la extensión jurisdiccional del deber de desreferenciación derivada de la implementación del derecho al olvido debe limitarse al alcance de la UE. El tribunal concluyó que, según la ley europea, los motores de búsqueda no están obligados a promover la eliminación global de enlaces de sus resultados. Según el tribunal, los motores de búsqueda no están obligados a realizar la desreferenciación en todas las versiones de su motor de búsqueda. Sin embargo, contrario a lo que defendió la FLIP en sus intervenciones, declaró que es necesario llevar a cabo esa desreferenciación de las versiones correspondientes a todos los Estados miembros. Además, sostuvo que los buscadores deben tomar todas las medidas necesarias para evitar o desalentar a los usuarios ubicados en la UE a tener acceso a resultados no indexados a través de versiones de motores de búsqueda de otros países.

La FLIP entiende que la aplicación de un derecho de desreferenciación en los Estados miembros distintos de aquel en el que se realizó la solicitud va a implicar varias dificultades. Primero, el motor de búsqueda o la autoridad de protección de datos en la que se realizó la solicitud deberá evaluar si el contenido es de interés público general preponderante en los otros Estados miembros de la Unión Europea. En segundo lugar, incluso si se considera que se realizará dicha evaluación, impedirá la intervención de otras autoridades nacionales y sociedades de la Unión Europea.

Además de todo eso, el Tribunal señaló que, si bien la legislación de la UE no exige actualmente una desreferenciación en todas las versiones del motor de búsqueda, tampoco prohíbe dicha práctica. O sea, el TJUE aclara que la ley europea no tenía la intención de tener un efecto extraterritorial del "derecho al olvido", pero deja abiertas varias puertas para que la CNIL y otras autoridades impulsen un bloqueo geográfico o una exclusión global caso por caso.

Teniendo en cuenta los argumentos de la petición de FLIP y otras organizaciones de libertades civiles sobre el carácter descentralizado de Internet y principios de derecho internacional, como la soberanía de los Estados y el principio de pacta sunt servanda, la Corte argumentó que una desreferenciación global cumpliría con el objetivo de protección al que se refiere la legislación de la UE en su totalidad. Sin embargo, también entendió que numerosos terceros Estados no reconocen el derecho a desreferenciar o tienen un enfoque diferente a ese derecho. 

Finalmente el Tribunal añadió que el derecho a la protección de datos personales no es un derecho absoluto, sino que debe considerarse en relación con su función en la sociedad y equilibrarse con otros derechos fundamentales, de conformidad con el principio de proporcionalidad. Además, el equilibrio entre el derecho a la privacidad y la protección de datos personales, por un lado, y la libertad de información de los usuarios de Internet, por otro, es probable que varíe significativamente en todo el mundo.

El otro gran caso del TJUE relacionado con el derecho al olvido

En un segundo caso, el tribunal emitió otra decisión sobre el derecho al olvido, nuevamente en torno a un desacuerdo entre la CNIL y Google. El Consejo de Estado de Francia solicitó asesoramiento después de que CNIL decidió no ordenar a Google que elimine los enlaces de los resultados de búsqueda de internet basados en los nombres de cuatro personas. 

Específicamente, el tribunal dictaminó sobre la implementación del derecho al olvido en casos que implican la desindexación de datos sensibles. Según el tribunal, las restricciones en el manejo de ciertas categorías de datos sensibles también se aplican a los buscadores. Por lo tanto, al recibir una solicitud de desindexación relacionada con datos sensibles, el operador del motor de búsqueda debe evaluar si la indexación de ese resultado es estrictamente necesaria para garantizar la protección del derecho de acceso de los usuarios a la información, en detrimento del derecho a la privacidad y protección de datos del solicitante.

Pero lo que realmente se destaca es lo que parece ser un hecho totalmente inadvertido por parte del TJUE hacia el final de la sentencia. El tribunal dijo que los buscadores deben asegurarse de que los principales resultados de búsqueda "reflejen la posición legal actual". En otras palabras, si alguien fue exonerado después de ser acusado de un delito, ese debe ser el vínculo principal. La decisión parece reforzar la idea de que los tribunales pueden determinar cómo las empresas privadas deben gestionar su algoritmo de búsqueda.

 

Conoce más
Nueve periodistas de Pasto fueron amenazados por las Águilas Negras

sábado, 28 septiembre 2019

Nueve periodistas de Pasto fueron amenazados por las Águilas Negras

La Fundación para la Libertad de Prensa expresa su preocupación por la amenaza a nueve periodistas del departamento de Nariño a través de un panfleto firmado por las Águilas Negras. Entre los periodistas afectados están el director del Periódico Punto, Francisco Terán; el director de Nariño Noticias, Miguel Ángel Villarreal; la corresponsal de Canal Uno y CM&, Lorena Caicedo y la corresponsal de Radio Nacional de Colombia, Natalia Cabrera. 

Varios de los periodistas le manifestaron a la FLIP que el panfleto fue dejado el 26 de septiembre en la madrugada en las instalaciones del Canal Nariño Televisión por una persona encapuchada que habría sido grabada por las cámaras de seguridad del edificio. 

En lo corrido de este año la Fundación ha registrado once ataques a la prensa ocurridos en el departamento que han afectado a 20 comunicadores, entre los cuales está el periodista de Samaniego Stereo, Libardo Montenegro, quien fue asesinado el 11 de junio de 2019. 

La FLIP le solicita a la Unidad Nacional de Protección (UNP) que haga una evaluación de la situación de riesgo que enfrentan los periodistas amenazados con el fin de implementar las medidas de seguridad necesarias para salvaguardar su vida y su integridad. Adicionalmente, la Fundación le solicita a la Fiscalía General de la Nación que investigue a fondo este hecho con el fin de identificar y sancionar a los responsables.

Las sanciones judiciales en este tipo de situaciones son un precedente importante que contribuye a disuadir la ocurrencia de nuevas violencias contra la prensa. Así lo ha dispuesto la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe sobre Violencia contra periodistas y trabajadores de Medios: “Para prevenir la violencia contra periodistas y trabajadores de los medios de comunicación es indispensable que el ordenamiento jurídico sancione estas conductas de manera proporcional al daño cometido”.



 

 

Conoce más
Lanzamos la primera edición de DesTápate, una revista contra la opacidad en el poder

sábado, 28 septiembre 2019

Lanzamos la primera edición de DesTápate, una revista contra la opacidad en el poder

La publicación, que elaboramos con la Alianza Más Información Más Derechos, muestra un balance desalentador de la implementación de la Ley de acceso a información pública en Colombia.

Conoce más
Viaje sin regreso: periodismo colaborativo contra la impunidad

martes, 24 septiembre 2019

Viaje sin regreso: periodismo colaborativo contra la impunidad

El pasado 16 de septiembre se llevó a cabo el lanzamiento del libro Viaje sin regreso que relata el cruel asesinato del equipo periodístico del diario El Comercio a manos de un grupo narcotraficante comandado por alias ‘Guacho’.

Conoce más
Luego de 20 años, homicidio de Guzmán Quintero Torres es declarado de lesa humanidad

martes, 17 septiembre 2019

Luego de 20 años, homicidio de Guzmán Quintero Torres es declarado de lesa humanidad

El 6 de septiembre de 1999, fue asesinado el periodista Guzmán Quintero Torres, periodista del diario El Pilón de Valledupar. El periodista había hecho denuncias contra la fuerza pública y recibió amenazas desde 1995 cuando publicó en el diario El Heraldo el artículo titulado Los hijos de la Sierra, sobre los grupos armados en la Serranía del Perijá. Meses antes de su asesinato, Quintero Torres documentó dos casos de errores militares, en uno de los cuales resultaron muertas dos mujeres, una de ellas embarazada. El otro se trató de la muerte de un niño durante una prueba de polígono.

Conoce más
Periodista de RTVC en Nariño fue víctima de nuevas amenazas contra ella y su familia

jueves, 12 septiembre 2019

Periodista de RTVC en Nariño fue víctima de nuevas amenazas contra ella y su familia

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) rechaza las amenazas en contra de Natalia Cabrera, corresponsal de Radio Nacional de Colombia en Pasto. La FLIP expresa su preocupación por la situación de seguridad de la reportera, debido a las constantes intimidaciones que ha recibido en los últimos días y le solicita al Estado que atienda la situación de riesgo con celeridad.

Conoce más
FLIP reconoce el trabajo de la Fiscalía en investigación de amenazas pero exige más avances

miércoles, 11 septiembre 2019

FLIP reconoce el trabajo de la Fiscalía en investigación de amenazas pero exige más avances

En lo corrido del 2019, la Fiscalía General de la Nación ha logrado avanzar en la investigación y juzgamiento de varios casos de amenazas contra periodistas en Colombia.

Conoce más
Candidato del Centro Democrático señaló al editor general del Q’hubo de Cúcuta de ser vocero de FARC

jueves, 05 septiembre 2019

Candidato del Centro Democrático señaló al editor general del Q’hubo de Cúcuta de ser vocero de FARC

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) rechaza la estigmatización emitida por Iván Gélvez, candidato por el Centro Democrático a la alcaldía de Cúcuta, en contra de Jhon Jairo Jácome, periodista del medio regional que pertenece a La Opinión. La Fundación le hace un llamado al partido para que investigue y sancione las conductas del aspirante al cargo más importante de la capital de Norte de Santander.

El jueves 29 de agosto durante una entrevista en el portal Tv Cúcuta, Iván Gélvez hizo los siguientes señalamientos en contra del periodista: “El señor Jhon Jairo Jácome, que ha pertenecido y parece vocero del partido de la FARC porque siempre los defiende y ataca a todo lo que pertenece al partido de Álvaro Uribe (…) no hace una pregunta periodística, no busca encontrar la verdad”. Los hechos se presentaron luego de que el pasado 15 de agosto durante el evento “Hablemos de verdad” el reportero le preguntara al exjefe paramilitar Jorge Iván Laverde Zapata, alias “El Iguano”, sobre el apoyo que recibieron las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) en Norte de Santander por parte de la empresa “El Palustre”, que es propiedad de Gélvez.

Luego de que Jácome hiciera esta pregunta, desde algunos perfiles de Facebook en los que se apoya al candidato por el Centro Democrático se publicaron mensajes en los que se señalaba al reportero de ser miembro de las FARC. Debido a estos señalamientos, el 19 de agosto, a través de su cuenta de Twitter, la FLIP expresó su preocupación por estos hechos e invitó a Gélvez a que se pronunciara públicamente en rechazo a estos señalamientos que ponen en riesgo la seguridad del periodista. Sin embargo, el candidato a la alcaldía de Cúcuta no atendió el llamado y, por el contrario, contribuyó a través de sus declaraciones a la estigmatización del periodista.

La FLIP expresa su preocupación por los señalamientos irresponsables emitidos por Iván Gélvez, que pueden aumentar el riesgo que enfrenta Jhon Jairo Jácome por la labor periodística que desempeña en Norte de Santander. Esta clase de estigmatizaciones en las que injustamente se vincula a la prensa con actividades ilegales o intereses políticos pueden ser entendidos como señal de permisividad para que terceros cometan ataques que pongan en riesgo la vida y la integridad de los periodistas.

Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostuvo en el caso Ríos y otros vs. Venezuela que “las personas que trabajan en determinado medio de comunicación social pueden ver exacerbadas las situaciones de riesgo a las que normalmente se verían enfrentados, si ese medio es objeto de discursos oficiales que puedan (…) ser interpretados por funcionarios públicos o sectores de la sociedad como instrucciones (…) para la comisión de actos que pongan en riesgo o vulneren la vida, seguridad personal u otros derechos de personas que ejercen labores periodísticas”.

Lo anterior no quiere decir que los funcionarios no puedan criticar a la prensa o cuestionar la veracidad de lo dicho, sino que tienen la obligación de tramitar sus diferencias con los periodistas a través de mecanismos democráticos como la solicitud de rectificación o presentando argumentos o pruebas que demuestren las imprecisiones de lo publicado por la prensa. En ese sentido, las figuras de notoriedad pública, en especial los aspirantes a cargos de elección popular como Iván Gélvez, deben abstenerse de emitir declaraciones que pongan en riesgo a los reporteros y tienen la responsabilidad de adoptar un discurso favorable que respalde la labor periodística.

Al respecto, los relatores especiales para la libertad de expresión de las Naciones Unidas, de la Comisión Interamericana, de la Comisión Africana y de la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa publicaron en 2018 una declaración conjunta en la que sostuvieron: “Es legítimo que los políticos y los funcionarios públicos formulen críticas, correcciones u objeciones con respecto a reportajes específicos en los medios. Sin embargo, cuando lo hagan, siempre deben tener cuidado y asegurar que sus comentarios sean precisos, evitar la estigmatización y la desacreditación de los medios”.   

La Fundación para la Libertad de Prensa le hace un llamado al partido Centro Democrático para que investigue la conducta de Iván Gélvez y emita las sanciones correspondientes a la luz del compromiso que el partido asumió el pasado 3 de mayo, junto con otras colectividades, durante la firma del “Pacto por la libertad de prensa y contra la desinformación en elecciones”. La FLIP también le solicita al candidato a la alcaldía de Cúcuta que haga una rectificación pública y se comprometa a garantizar la labor periodística durante estas elecciones y, en caso de que sea elegido como primer mandatario de la ciudad, asuma un discurso favorable hacia la prensa.

La Fundación también le hace un llamado a la Unidad Nacional de Protección (UNP) para que estos hechos sean tenidos en cuenta en el estudio de riesgo de Jhon Jairo Jácome con el fin de que la entidad implemente las medidas de seguridad necesarias para salvaguardar la vida y la integridad del reportero y la de su familia.

Conoce más