Pronunciamientos

Orlando Sierra: luego de 20 años su legado sigue vivo

lunes, 31 enero 2022

Orlando Sierra: luego de 20 años su legado sigue vivo

Se cumplen 20 años del asesinato del periodista y subdirector del diario La Patria, Orlando Sierra, en Manizales, Caldas. De los 163 casos registrados de asesinatos a periodistas, este es el único en el que se ha condenado a toda la cadena criminal: desde autores materiales hasta determinadores. Sin embargo, tuvieron que pasar 17 años para que eso sucediera. En Colombia, la impunidad en casos de homicidios a periodistas alcanza el 78.8%.

El 30 de enero de 2002, mientras llegaba de almorzar junto a su hija, Orlando Sierra recibió dos disparos en frente de la sede del diario La Patria. Tras el ataque, Orlando fue trasladado de urgencia al Hospital de Caldas e intervenido quirúrgicamente. Sin embargo, dos días después, el 1 de febrero, falleció. Orlando era el subdirector de La Patria y en su columna Punto de Encuentro denunciaba la corrupción en Caldas.

La justicia encontró como determinador del crimen a Ferney Tapasco, excongresista y exdirector del Partido Liberal en Caldas. Además, los hermanos Fabio y Jorge López Escobar fueron condenados como cómplices del homicidio. Luis Fernando Soto Zapata, el sicario, y Luis Miguel Tabares, el jefe de sicarios, fueron condenados como autores materiales. Así mismo, Luis Arley Ortiz Orozco y Francisco Antonio Quintero Tabares fueron condenados como coautores del crimen.  

Días después del homicidio, varios medios de comunicación, invitados por la FLIP, decidieron unir sus esfuerzos para investigar el crimen. En el caso de Orlando Sierra fue determinante la presión que ejerció la prensa para que se juzgaran a los responsables del asesinato. Sin embargo, la justicia tardó 17 años en llegar. 

Contrario a la disminución mundial de asesinatos a periodistas entre 2016 y 2020, que ha reportado Unesco, en Colombia en los últimos cinco años fueron asesinados ocho periodistas en el país, mientras que entre el 2011 y 2015 fueron asesinados siete. 

 

Para encontrar justicia en crímenes contra periodistas es necesario que las entidades hagan un trabajo conjunto en la investigación de estos ataques, teniendo en cuenta el contexto de violencia diferenciada contra la prensa y las características regionales de cada caso. Además, es vital que los casos sean investigados sólidamente y, posteriormente, judicializados en plazos razonables, las dilaciones hacen que se pierda la posibilidad de juzgar debidamente a los responsables de los crímenes. 

Recientemente, se aprobó una nueva ley de seguridad ciudadana, en la que se incrementan las penas a quienes sean encontrados responsables de homicidios contra periodistas. Esta medida solo podrá contrarrestar la violencia en la medida que se reduzca el índice de impunidad y se concluyan los procesos en sanciones a toda la cadena de responsables. Para ello, es indispensable que la Fiscalía se enfoque en entender las particularidades de la violencia contra la prensa y en investigar diligentemente para dar con los determinadores y autores materiales de los asesinatos.

El legado de Orlando Sierra sigue vivo, en la redacción de La Patria y en sus compañeros, familiares y amigos. A continuación podrá ver un video realizado en conjunto con La Patria, en el que excompañeros recuerdan su trabajo y cómo éste impactó en ellos y en la sociedad caldense. 

 

También podrá escuchar nuestra cápsula de audio conmemorativa y navegar por la línea de tiempo de este caso. 

 

En la FLIP no olvidamos. 





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Atentado en Saravena tiene graves consecuencias sobre el periodismo local

viernes, 21 enero 2022

Atentado en Saravena tiene graves consecuencias sobre el periodismo local

Ayer, 19 de enero, en Saravena, Arauca, un carro bomba explotó frente al edificio Héctor Alirio Martínez, casa sede de las organizaciones sociales del Centro Oriente en Saravena, y donde opera el medio digital e impreso Trochando Sin Fronteras. Con esta explosión también se afectaron las instalaciones de Sarare Stereo, una emisora comunitaria con alta difusión en el municipio, que está ubicada a una calle del lugar de la explosión. Este atentado afecta el funcionamiento de estos dos medios. Es urgente que las autoridades locales y nacionales actúen conjuntamente con el fin de proteger el trabajo de las y los periodistas del departamento.

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Carta abierta al fiscal Barbosa

sábado, 18 diciembre 2021

Carta abierta al fiscal Barbosa

La Fundación para la Libertad de Prensa expresa su preocupación frente al ambiente de intimidación y autocensura contra la prensa que se origina en directivas y actuaciones de la Fiscalía General de la Nación y que encuentran respaldo en las manifestaciones públicas del fiscal general Francisco Barbosa.

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Decisión de la Fiscalía no supone ninguna actuación nueva o prueba sobreviniente en caso de Jineth Bedoya

sábado, 18 diciembre 2021

Decisión de la Fiscalía no supone ninguna actuación nueva o prueba sobreviniente en caso de Jineth Bedoya

Ayer, la Fiscalía General de la Nación anunció en sus redes sociales, antes de haber procedido conforme a la ley y notificar a la víctima y a sus representantes, que profirió resolución de acusación como coautor en contra de Marco Javier Morantes Pico, investigado por el delito de secuestro simple cometido con circunstancia de agravación punitiva, por los hechos del 25 de mayo del 2000, de los cuales fue víctima la periodista Jineth Bedoya. 

Al respecto, manifestamos que la decisión de la Fiscal 189 de la Dirección Especializada contra Violaciones a los Derechos Humanos es un avance mínimo en el marco de tan solo uno de los múltiples procesos penales en curso, en los que continúa primando la falta de debida diligencia investigativa e impunidad de los hechos que fue víctima Jineth.

Esta es una decisión tardía, que la fiscalía pudo haber adoptado hace años. En la resolución no se evidencia ninguna actuación nueva o prueba sobreviniente a lo que ya estaba incorporado en el expediente que ahora motive esta decisión. Tampoco hay novedad en la situación jurídica del investigado, pues la medida de aseguramiento no restrictiva de la libertad fue dispuesta desde 2019 y confirmada en enero de 2020.

No es cierto, como se pretende hacer ver ante la opinión pública, que se trate de un avance sustancial. Por el contrario, es una forma muy limitada de garantizar el acceso a la justicia porque solo imputará el menor de todos los delitos por los que Morantes Pico puede ser responsable. La fiscalía dejó por fuera de esta investigación la responsabilidad por la violencia sexual y tortura en calidad de cómplice, a pesar de que el aporte de este fue esencial en la materialización del secuestro, dentro de un contexto de violencia sistemática contra mujeres periodistas, es decir, resultó fundamental para la materialización de los hechos de violencia sexual. Este error de calificación ya ha sido advertido por la representación de la víctima durante el proceso. 

Los avances de la fiscalía son restringidos: se sigue investigando el eslabón más débil y aún no se da cumplimiento a la orden de investigar la cadena de mando y los determinadores. Al respecto, el Estado colombiano sigue en mora de determinar la autoría intelectual de todos los hechos de los que fue víctima Jineth. La Corte IDH indicó que la investigación de casos complejos requiere “dirigir los esfuerzos del aparato estatal para desentrañar las estructuras que permitieron esas violaciones, sus causas, sus beneficiarios y sus consecuencias”. 

Si bien esta decisión es un avance en una etapa procesal de un proceso contra uno de los presuntos responsables materiales, transcurridos más de 21 años desde los hechos, no se ha arrojado ningún resultado de la responsabilidad penal por la violencia sexual, la tortura y las amenazas contra la periodista. También siguen impunes las amenazas recibidas por la periodista como retaliación a su trabajo. A la fecha, no hay avances sustanciales en la línea de investigación que busca determinar si hubo participación de agentes estatales en los hechos objeto del presente análisis, como lo ordenó la Corte IDH.

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Protocolo de la Esperanza, primera herramienta internacional para responder a las amenazas contra las personas defensoras de los derechos humanos

viernes, 17 diciembre 2021

Protocolo de la Esperanza, primera herramienta internacional para responder a las amenazas contra las personas defensoras de los derechos humanos

  • Más de 30 organizaciones a nivel global se unen para proteger a las personas defensoras de derechos humanos.
  • El protocolo es respaldado por diversas expertas y expertos de la ONU y ex relatores y relatoras de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
  • La iniciativa es liderada por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional - CEJIL.

Washington DC, diciembre 16 de 2021. – Este jueves 16 de diciembre, más de 30 organizaciones en todo el mundo y expertas y expertos de derecho internacional, incluidos relatores y relatoras de la ONU, presentaron el Protocolo de la Esperanza. La primera herramienta internacional que promueve una respuesta efectiva a las amenazas contra personas defensoras de derechos humanos quienes protegen la democracia y los derechos a nivel global, de los cuales el 85%* afirman recibir o conocer a alguien que recibió alguna forma de amenaza por su trabajo de defensa en los últimos años.

Durante más de cinco años, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) en conjunto con personas expertas en derecho internacional y personas defensoras trabajaron en esta herramienta que concientiza sobre el alto coste que representan las amenazas en su contra y la impunidad de estos crímenes. El Protocolo de la Esperanza proporciona una hoja de ruta para el establecimiento de políticas públicas que aborden eficazmente las amenazas, así como directrices a los Estados para una diligente investigación penal.

Históricamente y a nivel mundial, las amenazas en contra de quienes defienden derechos se utilizan para intimidar y disuadirles de llevar a cabo su labor. De hecho, 3 de cada 10* de las personas defensoras afirman que las amenazas que recibieron tenían como objetivo detener una actividad específica; 2 de cada 10* expresaron que las amenazas estaban destinadas a causarles daño psicológico o psicosocial y 5 de cada 10* informaron que la amenaza tenía la intención de advertir sobre alguna forma de violencia futura contra sí mismo, su familia, un grupo vulnerable o su reputación.

Las mujeres defensoras experimentan amenazas específicas que obedecen a estereotipos de género y violencia contra ellas. A pesar de su gravedad, por lo general, estas amenazas se mantienen en la impunidad, lo que aumenta el ciclo de violencia y amenaza la estabilidad de las instituciones democráticas.

Por otro lado, las amenazas en contra de las personas defensoras tienen un profundo impacto en su vida diaria, la de sus familias y comunidades; en algunas situaciones, las amenazas pueden incluso constituir tortura. El 81%* cree que no recibiría las mismas amenazas si su trabajo no estuviera relacionado con su labor de defensa. El Protocolo de la Esperanza responde a esta necesidad como herramienta para responder de manera efectiva a esta problemática.

El Protocolo tiene su nombre por dos razones, la primera relacionada a su objetivo de garantizar un futuro esperanzador para las personas defensoras. Y, la segunda, en honor al pueblo del oeste de Honduras: La Esperanza, ciudad natal de Berta Cáceres, activista de los derechos indígenas, feminista y ambientalista asesinada en 2016 después de 33 amenazas no investigadas.

El asesinato de Berta ejemplifica una tendencia mundial preocupante. Un protocolo sobre la investigación de las amenazas contra quienes defienden derechos puede contribuir de manera decisiva a visibilizar el tema, resaltar los efectos diferenciados de las amenazas sobre las personas defensoras con identidades diversas, fortalecer las investigaciones y reiterar la importancia de un enfoque interseccional de los patrones de violación de los derechos humanos, así como promover la adopción de medidas de reparación. Estándares específicos que guíen las investigaciones pueden ayudar a superar la impunidad de las violaciones a los derechos humanos.

 

Organizaciones que apoyan:

- African Centre for Justice and Peace Studies (ACJPS)
- Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH)
- Artículo 19
- Centro por la Justicia y el Derecho Internacional(CEJIL)
- Child Rights Connect. - Colectivo Jose Alvear Restrepo (CCAJAR)
- Comisión Colombiana de Juristas (CCJ)
- Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH)
- Comité de Familiares de Víctimas del Caracazo (COFAVIC)
- Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH)
- Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP)
- International Freedom of Expression Exchange (IFEX)
- Institute for Human Rights and Development in Africa (IHRDA)
- International service for Human Rights (ISHR)
- No es Hora de Callar
- Organización Mundial contra la Tortura (OMCT), en el marco del Observatorio para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos.
- Oxfam
- Peace Brigades International (PBI)
- Protection International
- REDRESS
- RFK Human Rights
- Unidad de Protección a Defensoras y Defensores de Derechos Humanos
- Guatemala (UDEFEGUA)

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Alerta por restricciones e intimidación al trabajo periodístico

sábado, 11 diciembre 2021

Alerta por restricciones e intimidación al trabajo periodístico

Diversas acciones recientes limitan la libertad de prensa y muestran la fragilidad actual de los mecanismos para contener el ejercicio arbitrario de los poderes públicos. Varias de estas buscan activamente consolidar una suerte de inmunidad de los gobernantes, construyendo mecanismos de censura, con el claro propósito de eximir al Estado y sus funcionarios de la crítica y veeduría ciudadana.

Es alarmante el espíritu aleccionador multiplicado y endurecido contra los críticos de la función pública y del poder. Estos intentos de controlar y moderar el discurso público preocupan especialmente de cara a la contienda electoral de 2022. Limitar la libertad de prensa no contribuye a fortalecer los derechos de participación informada de la ciudadanía en la política, y en esa medida la posibilidad de contener y hacer veeduría del ejercicio arbitrario de los poderes públicos.

Altos funcionarios del gobierno central y regional, así como el poder legislativo, están ejerciendo estrategias de legitimación de su gestión mediante la censura de voces críticas. Algunas de las acciones que mayores alertas generan son: el  art. 68 de la Ley Anticorrupción aprobado por la Cámara de Representantes para proteger a funcionarios; el art. 49 del Proyecto 33 de 2021 “por medio del cual se expide el Estatuto Disciplinario Policial” para proteger la imagen de la Policía Nacional; o los intentos de captura del debate a través de las interferencias de los medios públicos regionales. Todas estas medidas se erigen con un propósito común: identificar y silenciar la crítica.

Además, desde la dirección de la Fiscalía se presume la mala fe y la criminalidad en cualquier mensaje crítico contra el poder público. Así quedó evidenciado cuando el pasado 1 de diciembre, el Fiscal General, Francisco Barbosa, afirmó en un evento que “cada día que hay críticas contra la Fiscalía General de la Nación, hay que encontrar detrás de esas críticas algún delincuente parapetado”. 

Esta falta de garantías para el ejercicio libre de la prensa se agudiza por la actitud esquiva del gobierno, que no tomó medidas enérgicas para detener los ataques violentos contra periodistas cuando se llegó a  durante las protestas y que ha preferido rehuir a la prensa cuando lo critica. 

Un poder que elude a la prensa, que la criminaliza, y genera temor por las expresiones en línea, sofoca el debate público y anula la participación libre e informada de la ciudadanía. Resulta paradójico que meses después de celebrar los 30 años de la Constitución del 91, se utilicen las mismas herramientas constitucionales para menoscabar las garantías básicas del oficio periodístico como la prohibición de censura, la protección de las fuentes y denunciantes de buena fe, y la primacía de la libertad de expresión.

Recibimos de manera positiva el llamado de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la OEA al Estado colombiano a cumplir con sus obligaciones internacionales de protección y garantía de la libertad de prensa, al encontrar incompatible con estándares interamericanos la norma aprobada por el Congreso de Colombia que sanciona injurias y calumnias contra funcionarios públicos. En particular, adherimos su llamado a la urgente reflexión para que en lo que resta del proceso legislativo, en la conciliación, se sintonice la legislación a las obligaciones internacionales de derechos humanos.  

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Ernesto Acero Cadena

sábado, 11 diciembre 2021

Ernesto Acero Cadena

Ernesto Acero Cadena era periodista del periódico El Informador Socioeconómico. A sus 59 años fue asesinado el 12 de diciembre de 1995 en Armenia, Quindío. Ese día, un desconocido lo atacó a dos cuadras del Cuartel de Policía y del Palacio de Justicia de Armenia. Su caso prescribió en 2015 luego de que la Fiscalía no lograra determinar a los autores del crimen. 

Ernesto tuvo una reconocida trayectoria periodística. Durante 1957 y 1962, trabajó en los periódicos El Relator y Occidente en Cali, Valle del Cauca. Años más tarde, fue editor del diario Edicron y Estelar Publicidad, así como redactor de la revista de la Policía Nacional en Bogotá. En 1966, viajó a Medellín y se desempeñó como director de Colprensa y de la emisora La Voz de la Independencia. 

Tres años después, Ernesto se estableció en Armenia donde fue jefe de prensa de la Gobernación del Quindío, periodista de las emisoras La Voz del Comercio y Radio Sucesos, corresponsal de La Patria de Manizales, El Espectador, El Pueblo, Occidente, El Siglo, La República, y redactor de La Patria del Quindío. 

Ernesto también fue emprendedor y, por eso, creó El Informador Socioeconómico del Quindío, un plegable que alcanzó 195 ediciones en Armenia y en el que criticaba y denunciaba temas de interés público.

Antes de su asesinato, Ernesto denunció al excongresista Carlos Alberto Oviedo por presuntos vínculos con narcontraficantes. Un funcionario de la unidad de investigaciones secretas de la Policía declaró ante la Fiscalía que, días antes del asesinato del periodista, el agente de policía Edgar Gamboa le contó que se estaba preparando un asesinato por el que pagarían 40 millones de pesos. Y aunque Gamboa fue expulsado de la institución, nunca  hubo condenas y las autoridades no lograron identificar a los responsables del homicidio. 

Nuestro equipo FLIP no ha podido contactar a colegas o personas cercanas a Ernesto. Si usted lo conoció o tiene pistas de quiénes pudieron haber tratado con él, puede escribirnos a info@flip.org.co. 

En la FLIP, recordamos a Ernesto y reconocemos su trabajo periodístico cuya trayectoria lo convirtió en uno de los periodistas más destacados del departamento. 

Gracias por recordar con nosotros. 

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La Cámara aprueba artículo que limita la libertad de expresión

miércoles, 08 diciembre 2021

La Cámara aprueba artículo que limita la libertad de expresión

Anoche, 6 de diciembre, la plenaria de la Cámara de Representantes aprobó, con 73 votos y en cuarto debate, el artículo 68 del Proyecto de Ley Anticorrupción que dispone la posibilidad de sancionar mediante la cancelación de la personería jurídica de organizaciones comunitarias a quienes injurien o calumnien  a funcionarios, e incluso, exfuncionarios públicos. 

Se trata de una norma decididamente regresiva contra la libertad de prensa, la libertad de expresión y el derecho a la información de los colombianos.

En el debate se evidenció que un sector político ve con recelo a la prensa y está tramitando inconformidades personales a través del sistema legislativo, a tal punto que durante el debate se cuestionaron garantías de suma importancia para la actividad periodística como la presunción de buena fe y la rectificación. Para adoptar medidas para la transparencia, prevención y lucha contra la corrupción no se puede establecer un sistema de control de la prensa y el flujo de información en nombre de una supuesta garantía de la corrección y veracidad de la información, tal y como lo pretendió justificar el ponente César Lorduy, congresista del partido Cambio Radical.

El apoyo de 73 representantes a la imposición de estas medidas desproporcionadas y aleccionadoras contra la prensa, en contravía de todas las advertencias de su efecto censurador, revela un poder legislativo que rechaza la veeduría ciudadana y, en su lugar, ejerce el poder con un fin intimidatorio, un mensaje nefasto para la libertad de expresión en el país. El artículo en cuestión mantiene la opacidad, en contravía del propósito del proyecto de ley, sofoca el debate público y crea un terreno fértil para la corrupción impidiendo a la prensa y a las organizaciones de sociedad civil cumplir su rol de perro guardián en una sociedad democrática.    

Además de la evidente inconstitucionalidad del artículo y su desconocimiento de los estándares interamericanos, la inconveniencia es clara. Cuando los y las periodistas están frente al riesgo de ser sancionados penalmente, tienden a autocensurarse, afectando gravemente el libre flujo de información en una sociedad democrática, en especial en las regiones. 

Por lo anterior, hacemos un llamado a la Comisión que conciliará el texto definitivo del proyecto de ley, para que lo retire, y en caso de ser incluido, exhortamos al presidente Iván Duque para que objete parcialmente el Proyecto de Ley Anticorrupción, en particular el artículo 68 ya que es inconstitucional. La FLIP y las organizaciones firmantes, continuaremos revisando el curso de este proyecto de ley y adoptaremos las medidas legales para que se declare la inconstitucionalidad de dicha norma.

Firmantes

Fundación para la Libertad de Prensa -FLIP-
Asociación Colombiana de Medios Informativos -AMI-
Asomedios
Centro de Internet y Sociedad de la Universidad del Rosario -ISUR-
Consejo de Redacción -CdR-
El Veinte
Fescol
Fundación Karisma
Fundación Gabo
Proyecto Antonio Nariño 

 

 

 

 

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Artículo del proyecto de ley anticorrupción ataca la libertad de expresión

lunes, 06 diciembre 2021

Artículo del proyecto de ley anticorrupción ataca la libertad de expresión

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) hace un llamado al Senado para que elimine el artículo 221A del Proyecto de Ley No. 369 de 2021 de Cámara y 341 de 2020 del Senado “por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción y se dictan otras disposiciones”. Este artículo viola las garantías básicas de la libertad de expresión al pretender impartir medidas penales desproporcionadas. 

Este artículo promueve el uso de la vía penal como sanción a la libertad de expresión, contrario a los estándares interamericanos y constitucionales de protección a la libertad de prensa.  Dispone una pena de prisión de hasta 10 años y multas de hasta $1.359 millones contra quienes profieran injuria o calumnia contra funcionarios, e incluso, exfuncionarios públicos. 

Por otro lado, también establece la creación de un fuero extraordinario de protección de las y los funcionarios públicos, lo que resulta contraria al propósito de promover estrategias de transparencia. Estas figuras públicas tienen gran incidencia en asuntos de interés y deben asumir que su rol requiere vigilancia y crítica por parte del público. Esto implica tomar una postura abierta al debate para discutir los aspectos que consideran inexactos o erróneos.

Además, este nuevo artículo desconoce que las denuncias penales deben ser la última medida para limitar la labor de los y las periodistas, y que existen otras vías reconocidas en el ordenamiento, como la rectificación. No todo ataque a la moral o crítica constituye una injuria o una calumnia, la Constitución también protege expresiones que puedan parecer ofensivas o chocantes para los funcionarios públicos. 

Nos sumamos a otras organizaciones como Ami, Asomedios y la Sociedad Interamericana de Prensa para expresar nuestra preocupación, pues este tipo de medidas resultan altamente inconvenientes para el ordenamiento jurídico, en especial regresivas para la garantía del ejercicio de la libertad de prensa, la libertad de expresión y el derecho a la información de los colombianos.

La libertad de expresión no puede verse menoscabada por la presunta vulneración a la moral de un o una funcionaria. Además, la opinión de las y los periodistas tiene especial protección frente a denuncias penales, especialmente cuando se da sobre asuntos de interés público o sobre funcionarios. 

Preocupa que la práctica de acoso judicial contra la prensa crítica encuentre nuevos respaldos en la legislación, cuando esta censura está prohibida por la Constitución. El acoso judicial, y la posibilidad de enfrentar un proceso penal genera un ambiente de autocensura. Reiteramos que la garantía del ejercicio de la libertad de prensa, la libertad de expresión y el derecho a la información no son el enemigo, por el contrario son pilares esenciales de una sociedad democrática. 

La lucha contra la corrupción debe contar con mayores garantías de flujo de información y transparencia para la veeduría y el debate público, en lugar de edificarse en castigos que buscan privilegiar la opacidad y castigar a la prensa crítica. 

Solicitamos al Senado que elimine el artículo del proyecto de ley y que así proteja la libertad de prensa y de expresión.

 

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El acoso judicial se ha convertido en una de las principales estrategias de censura contra los periodistas en Colombia. A los comunicadores se les amedrenta con denuncias penales o civiles para impedir que opinen o que informen, algo que no permite la libertad necesaria para cumplir con su oficio. Los casos documentados por la FLIP han incrementado, en lo que lleva del 2021 se han registrado 34 casos. 

Aquí pueden escuchar un episodio de nuestro pódcast Perifoneo sobre un caso de acoso judicial contra la periodista Cecilia Orozco, a manos del abogado Abelardo De La Espriella.

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