Pronunciamientos

26 años sin Gabriel Cruz Díaz, la voz de Chinú

viernes, 12 noviembre 2021

26 años sin Gabriel Cruz Díaz, la voz de Chinú

Gabriel Cruz Díaz fue asesinado por desconocidos hace 26 años en Chinú, Córdoba. Gabriel fue corresponsal de los diarios El Universal de Cartagena, El Heraldo y El Espectador, y trabajó en emisoras como Panzenú, La Voz de Corozal Y Radio Piragua. Antes de su asesinato, el periodista estaba escribiendo un libro sobre los ataques militares contra las personas de izquierda en la región.

El caso del asesinato de Gabriel prescribió en 2015 sin que las autoridades identificaran a los responsables de su homicidio. Hoy, se cumplen 26 años de su muerte y en la FLIP reconocemos sus esfuerzos y el de todos y todas las periodistas que han sido asesinados en Colombia por denunciar las irregularidades y problemas en sus regiones. 

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La impunidad en los crímenes contra periodistas,  una deuda histórica del Estado colombiano

miércoles, 03 noviembre 2021

La impunidad en los crímenes contra periodistas, una deuda histórica del Estado colombiano

Este 2 de noviembre, Día internacional para poner fin a la impunidad de los crímenes contra periodistas, la FLIP llama la atención sobre el persistente contexto de violencia contra la prensa y un ambiente generalizado de impunidad en estos crímenes en Colombia. La impunidad en casos de asesinatos a periodistas en el país alcanza el 78.8%; esta cifra aumenta si se tienen en cuenta otros crímenes como las amenazas que llegan al 98% de impunidad.

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Organizaciones advierten riesgos de tecnologías de vigilancia en audiencia ante la CIDH

sábado, 30 octubre 2021

Organizaciones advierten riesgos de tecnologías de vigilancia en audiencia ante la CIDH

Ciudad de México, a 28 de octubre del 2021.- Este miércoles, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebró una audiencia temática solicitada por 8 organizaciones de la región para pedir a la Comisión que priorice el desarrollo de estándares interamericanos y recomendaciones a los Estados ante el enorme riesgo que representa la adquisición e implementación de  tecnologías con capacidades de vigilancia sin un escrutinio adecuado respecto al impacto que tienen en los derechos humanos a la libertad de expresión, de prensa, de privacidad, de igualdad y no discriminación, entre otros. Así mismo, que se adhiera al llamado realizado por la Oficina de la Alta Comisionada de ONU respecto de una moratoria inmediata para la venta y uso de tecnologías que conllevan un alto riesgo para los derechos humanos, hasta que se establezcan las salvaguardias adecuadas.

Las organizaciones de la sociedad civil explicaron que existe una tendencia preocupante a nivel mundial y regional respecto al uso de tecnologías de vigilancia como forma de generar respuestas a un amplio rango de desafíos sociales, incluyendo la seguridad pública, el control de las fronteras, la respuesta a la pandemia, el monitoreo de las protestas sociales, el acceso a los servicios públicos, entre otros, sin que se evalúe si su impacto resulta en una afectación desproporcionada y, por tanto, ilegítima a los derechos como la privacidad, libertad de expresión y reunión, igualdad. 

Si bien la CIDH ha reconocido el riesgo que poseen las tecnologías de vigilancia para los derechos humanos y ha remarcado la obligatoriedad de asegurar el cumplimiento de los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, las organizaciones expresaron que ante el enorme y rápido crecimiento de estas tecnologías y la falta de información y control, esos estándares resultan insuficientes para prevenir afectaciones, por lo cual existe una imperiosa necesidad que la CIDH avance hacia la generación de estándares aplicables a los procesos en que los Estados adquieren, desarrollan y utilizan tecnologías con capacidades de vigilancia.  

Sobre esta necesidad de intervención concreta solicitada a la CIDH, las organizaciones expusieron diversas situaciones que demuestran el enorme riesgo que estas tecnologías conllevan en un marco de implementación sin evaluación, transparencia, rendición de cuentas y acceso a la justicia.

Una de las características que convierte a las invasiones a la privacidad a través de la utilización de tecnologías de vigilancia en un particular desafío para los derechos humanos, es el hecho de que las víctimas de este tipo de acciones usualmente no tienen conocimiento de que su intimidad está siendo vulnerada, lo cual impide la protección de sus derechos humanos o el acceso a la justicia, expresaron las organizaciones. Dicha situación fue ejemplificada en el caso de México, señalando que el Estado ha aumentado su capacidad tecnológica bajo argumentos de seguridad pública, lo que ha desembocado en una vigilancia encubierta sobre la ciudadanía, que no cuenta con contrapesos institucionales ni controles democráticos. Puntualmente se destacó la implementación de Pegasus, un malware de espionaje desarrollado por la empresa israelí NSO Group, el cual, una vez instalado silenciosamente en un teléfono móvil, permite al atacante ejercer una vigilancia prácticamente absoluta del objetivo con la capacidad de  recopilar y almacenar cualquier tipo de comunicación almacenada en el dispositivo, obtener la localización geográfica del teléfono, registrar todo lo que es tecleado e, incluso, permite activar la cámara o micrófono del dispositivo sin que exista ningún indicio para el usuario.  El resultado, expresaron, ha sido la corrupción generalizada y la vigilancia ilegal sistemática en contra de la sociedad civil perpetrada por agentes del Estado de donde se vieron especialmente afectados periodistas, activistas y defensores de derechos humanos. A pesar de que estos hechos fueron plenamente documentados, a más de 4 años de las primeras revelaciones y denuncias, el Estado no ha esclarecido los hechos ni garantizado el derecho a la verdad. 

Las organizaciones también expresaron que el Estado mexicano debe cumplir con los compromisos asumidos en el marco del cuarto plan de acción de la Alianza para el Gobierno Abierto (AGA) que implica realizar adecuaciones en marcos regulatorios y operativos para el uso de tecnologías de intervención de comunicaciones, acceso a datos conservados y geolocalización.

Similarmente, se indicó que en Colombia el Estado también ha utilizado el argumento de la seguridad pública para justificar actividades de ciberpatrullaje, cuya actividad no encuentra base en ninguna norma de carácter legal y respecto de la cual no existe claridad sobre los parámetros de su ejecución, ni cuáles son sus controles y los mecanismos de garantía para las personas. Acorde a las organizaciones, este accionar implica una actividad de vigilancia tendiente a perfilamientos con un impacto diferenciado en los periodistas y defensores de derechos humanos que, además, genera una peligrosa categorización de información y opiniones críticas que afecta a posturas no oficiales. Se destacó que esto es especialmente preocupante dada la situación de vigilancia ilegal sistemática en el país, la cual está arraigada en prácticas de vigilancia ilegítimas e ilegales por parte de las fuerzas armadas. A ello se suma la alarma por la contratación de tecnologías de monitoreo masivo de fuentes abiertas que permiten realizar perfilamientos de personas, así como de intervención en conversaciones privadas.

Los ejemplos mencionados no son situaciones aisladas, sino que se replican a lo largo de toda la región, destacándose además las capacidades técnicas crecientes de interceptación de comunicaciones en investigaciones criminales, que se producen bajo normativa desactualizada, sin adecuada supervisión y limitación de sus fines; la retención de datos y metadatos por proveedores de servicios de internet; el despliegue masivo de televigilancia en espacios públicos sin un marco normativo adecuado; el despliegue masivo en espacios públicos de tecnologías de biometría, en especial el reconocimiento facial como mecanismo de control de la población. 

Particularmente se advirtió acerca de los riesgos de la implementación del reconocimiento facial que pueden traducirse en reconocimientos fallidos, discriminaciones arbitrarias y falsos positivos, con impactos profundos en el ejercicio de derechos. De hecho, una investigación reciente del Consorcio Al Sur identifica 38 iniciativas de uso de reconocimiento facial repartidas en 9 países latinoamericanos. En más del 60% de los casos no existe una base legal específica que avale la implementación de estas tecnologías. Al respecto se indicó que los sistemas implementados en la región ya han registrado errores que resultaron en graves consecuencias para las personas afectadas. El reconocimiento facial nos quita control sobre nuestro rostro, avalando un uso potencialmente contra nuestros propios intereses, además se trata de un dato que no es posible sustituir si se pierde el control. La posibilidad de estar bajo vigilancia constante, además, incentiva el silenciamiento y la autocensura, riesgos gravísimos para las sociedades democráticas.

Como se pudo observar a través de las diferentes exposiciones, la adquisición y uso de tecnologías por parte de los Estados es cada vez más recurrente en la región, destacando que este vacío legal está permitiendo que las capacidades de vigilancia masiva que adquieren los estados someten a la ciudadanía a una vigilancia indiscriminada, que implica una interferencia sistemática en el derecho a la intimidad y sus derechos conexos, sin contar con herramientas jurídicas de protección. 

En ese sentido, se hizo referencia a la decisión de la Oficina de la Alta Comisionada de DDHH y la relatoría de Libertad de Expresión de Naciones Unidas al llamar a la moratoria del uso masivo de ciertas tecnologías, ya que cuando se utiliza para la vigilancia del espacio público y el combate del delito común erosionan la autonomía de las personas en favor de un sistema que pretende el control absoluto.

Dentro del escenario expuesto, se enfatizó que el actual contexto de la pandemia ha profundizado esta problemática, en tanto ha generado un incremento significativo del uso de las herramientas tecnológicas a la par que ha bajado el escrutinio de las mismas, presentándolas como necesarias para responder a un problema de salud pública. En ese sentido, las organizaciones se refirieron a “Estamos Vigilando”, un proyecto desarrollado en el marco de la pandemia que llevan adelante CEJIL, la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), Derechos Digitales, Open Knowledge Brasil y el Instituto de Derechos Humanos de la UCA en El Salvador (IDHUCA), para destacar que se ha constatado que no existe información de acceso público suficiente que permita evaluar el impacto del uso de estas tecnologías con capacidades de vigilancia para generar estrategias de protección de los derechos humanos.

Por su parte, Scott Campbell de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, se refirió al alto nivel de vigilancia que hay sobre la ciudadanía y enunció: "El nivel sin precedente de la vigilancia de los Estados es incompatible con los derechos humanos. No tenemos conciencia sobre la cantidad de información de nuestra vida que se recolecta, usa y comparte".

Las organizaciones participantes enfatizaron que la CIDH tiene la oportunidad histórica de liderar un diálogo donde se generen directrices de debida diligencia para regular los procesos de adquisición e implementación de tecnologías con capacidades de vigilancia aplicables a toda la región como formas de garantizar el cumplimiento de los derechos humanos consagrados en la Convención Americana. 

Finalmente, las organizaciones participantes solicitaron a la CIDH que:

  • Se adhiera con un pronunciamiento público al llamado realizado por la Oficina de la Alta Comisionada de ONU respecto de la prohibición de tecnologías que no pueden operar sin cumplir con los estándares internacionales y el pedido de una moratoria inmediata para la venta y uso de tecnologías que conllevan un alto riesgo para los derechos humanos, hasta que se establezcan las salvaguardias adecuadas;
  • Exhorte a los Estados a garantizar que el uso de tecnologías con capacidades de vigilancia se ajuste al respeto de los derechos humanos y que cualquier injerencia en el derecho a la privacidad y otros derechos humanos esté prevista por la ley, persiga un objetivo legítimo, cumpla con los principios de necesidad y proporcionalidad.
  • Exhorte a los Estados a implementar procesos de debida diligencia en materia de derechos humanos respecto de quienes diseñan, desarrollan, despliegan, venden, obtienen o explotan tecnologías con capacidad de vigilancia. Un elemento clave de la diligencia debida en materia de derechos humanos debe ser la realización de evaluaciones periódicas y exhaustivas del impacto sobre los derechos humanos.
  • Inicie un proceso regional de consulta para establecer un set de directrices interamericanas que guíen los procesos de adquisición y uso de tecnologías con capacidades de vigilancia, fundadas en los principios de legalidad, necesidad  y proporcionalidad, que debieran ser los parámetros inspiradores de las políticas de vigilancia, tanto para cuerpos de inteligencia como para cuerpos de policía, independientemente de las tecnologías utilizadas, para mantener la vigencia del respeto de los derechos reconocidos por la Convención Americana.
  • Que, respecto de México, exhorte al Estado a dar cumplimiento a los compromisos asumidos para transparentar las contrataciones de sistemas de vigilancia, llevar a cabo una investigación diligente y exhaustiva que garantice el derecho a la verdad de la sociedad y llevar a cabo las reformas necesarias para establecer controles en la adquisición y uso de tecnologías de vigilancia en México y ofrecer al Estado Mexicano asistencia técnica para la implementación de dichos compromisos.
  • Que, respecto de Colombia, exhorte al Estado a cesar la vigilancia a partir del uso de tecnologías de fuentes abiertas, la categorización policial de contenidos como “falsos” y la asignación de calificaciones estigmatizantes o tendientes a la criminalización de quienes se expresan a través de internet.

 

Organizaciones firmantes y peticionarias de la audiencia: 

  • Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) 
  • Fundación Karisma de Colombia
  • Artículo 19 México y Centroamérica
  • Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D)
  • Derechos Digitales 
  • Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP)
  • Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) 
  • Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca A.C.

 La audiencia completa se puede ver, aquí.

 

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Los jueces de la verdad, el mar de mentiras detrás del ciberpatrullaje del Estado

viernes, 29 octubre 2021

Los jueces de la verdad, el mar de mentiras detrás del ciberpatrullaje del Estado

A finales de abril y comienzos de mayo de este año, durante los días más fuertes de las manifestaciones sociales, el Ministerio de Defensa y las fuerzas militares comenzaron una campaña para atacar a quienes los critican y cuestionan. Para hacer esto, se valieron de videos y publicaciones en redes sociales pero también de estrategias de ciberpatrullaje y vigilancia en línea.

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Alerta por recolección masiva de datos de la Periodista Claudia Duque

jueves, 28 octubre 2021

Alerta por recolección masiva de datos de la Periodista Claudia Duque

La Unidad Nacional de Protección (UNP) está recolectando de manera masiva y sin autorización datos altamente sensibles de la periodista Claudia Julieta Duque y posiblemente de otros periodistas. 

El lunes 25 de octubre, la FLIP tuvo acceso a más de 25 mil registros recolectados por la UNP entre febrero y agosto del 2021 por medio del GPS instalado en el carro de protección asignado a la periodista. El monitoreo es permanente y detallado, y en ocasiones es realizado cada 15 o 30 segundos e incluye datos de los movimientos de la periodista como fecha, hora, direcciones exactas, y localización de Google Maps. Estos son datos personales y sensibles que requieren un consentimiento informado que nunca ha sido autorizado por Duque. Esta información afecta su seguridad, la de sus familiares y sus fuentes.

La información recolectada por la UNP es más de la estrictamente necesaria para proteger a sus beneficiarios. Además, no existe un documento público que informe a los protegidos de los monitoreos y la Unidad negó a la FLIP información al respecto, alegando reserva legal. Por eso, solicitamos a la entidad una respuesta pública frente a estos hechos de alta gravedad y que informe si el monitoreo se hace a todos los y las periodistas que tienen asignados vehículos como parte de su esquema de protección. De ser así, pedimos que se entregue a cada periodista la información recolectada.

También hacemos un llamado a los órganos de control para que investiguen estos hechos y la falta de transparencia por parte de la UNP sobre qué información recolecta el GPS, qué tratamiento se le da y cómo se expresa el consentimiento de las y los beneficiarios. 

En la FLIP rechazamos este nuevo episodio de monitoreo hacia Claudia Duque y respaldamos su solicitud para que se retire el GPS del vehículo o se le asigne uno nuevo.

Para conocer más pueden acceder a la carta emitida por la FLIP haciendo clic en el siguiente enlace 

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24 años sin Alejandro Jaramillo Barbosa, el periodista judicial

lunes, 25 octubre 2021

24 años sin Alejandro Jaramillo Barbosa, el periodista judicial

El periodista Alejandro Jaramillo Barbosa fue presidente de la Asociación Colombiana de Periodistas (ACP) y cronista del Diario del Sur. Un día como hoy, hace 24 años, fue asesinado en Pasto, Nariño. El 24 de octubre de 2017, el caso de Alejandro prescribió en completa impunidad sin que las autoridades identificaran a los responsables del crimen. 

El periodista del diario El Caleño, Fernando Abadía, recuerda a Alejandro como uno de los periodistas más destacados de la crónica roja en la región. “Antes de trabajar en el Diario del Sur, Alejandro era el encargado de las noticias judiciales en el periódico El Caleño de Cali. En la década de 1970, dictó clases de periodismo junto a Evaristo Bugallo y tuve la oportunidad de aprender de los dos. Era un periodista extraordinario”, señaló Abadía. 

Para Jorge Carvajal, colega de Alejandro en el periódico Occidente de Cali y del Diario del Sur, Alejandro fue un cronista ejemplar que guió su carrera dentro y fuera de la redacción. “Alejandro me aconsejó mucho. Recuerdo que un día, a eso de la 1:00 p.m., llamaron de una empresa de transporte y nos informaron que había una maleta extraña. Cuando la abrí, había una cabeza adentro. Me asusté mucho, pero junto a él aprendí cómo asumir los gajes del oficio”, recordó Carvajal.

Antes de su muerte, Alejandro fue hostigado y amenazado por las investigaciones y relatos que realizó como parte de su oficio periodístico. En 1984, el periodista fue víctima de un atentado en Cali, Valle del Cauca y tiempo después abandonó su cargo como director del diario El Caleño. Al parecer, en sus últimos reportajes, Alejandro había denunciado las actividades ilícitas de los carteles del narcotráfico en Colombia. 

El viernes 24 de octubre de 1997, Alejandro de 67 fue reportado como desaparecido por sus familiares. Días después, partes de su cuerpo fueron halladas en diferentes puntos de la ciudad. La crueldad de su asesinato dejó un mensaje amedrantandor para la prensa de la región. Pese al llamado de varias organizaciones para investigar y judicializar a los autores de su homicidio, el caso de Alejandro prescribió hace cuatro años sin que nadie fuera judicializado por el crimen. 

En la FLIP, no olvidamos la labor periodística de Alejandro y recordamos a los y las periodistas que han sido asesinados a causa de su labor investigativa para contar y denunciar lo que sucede en las diferentes regiones del país. 

Gracias por recordar con nosotros.

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“Tortura física, sexual y psicológica contra Jineth no pudieron llevarse a cabo sin la colaboración del Estado”: sentencia de la Corte IDH

martes, 19 octubre 2021

“Tortura física, sexual y psicológica contra Jineth no pudieron llevarse a cabo sin la colaboración del Estado”: sentencia de la Corte IDH

18 de octubre de 2021, Washington, D.C., Bogotá.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió histórica sentencia en el caso de la periodista Jineth Bedoya Lima contra Colombia, donde analiza por primera vez el uso de la violencia sexual como forma de silenciamiento y control en contra de una mujer periodista en el marco del conflicto armado colombiano. 

"El 18 de octubre de 2021 pasa a la historia como el día en que una lucha, que empezó por un crimen individual, llevó a la reivindicación de los derechos de miles de mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia sexual y de mujeres periodistas que dejan parte de su vida en su oficio" señaló Jineth Bedoya, periodista, víctima y sobreviviente.

En su sentencia, la Corte declaró al Estado de Colombia responsable por la violación diversos derechos  incluidos el derecho a la integridad personal, libertad personal, honra y dignidad y libertad de pensamiento y expresión de la periodista Jineth Bedoya Lima, como resultado de los hechos ocurridos el 25 de mayo de 2000, cuando fue interceptada secuestrada y sometida a numerosas agresiones físicas, sexuales y verbales mientras se encontraba cumpliendo labores periodísticas sobre distintos crímenes y violaciones a derechos humanos que ocurrían dentro de la cárcel la Modelo en Bogotá. 

La Corte IDH reconoció la existencia de actos de tortura que tuvieron una clara conexión con su actividad periodística y tenían como fin castigarla, intimidarla y silenciarla. La Corte dio cuenta que las agresiones en contra de la periodista, no solo vulneran su libertad de expresión en el ámbito individual, sino que tuvieron un impacto colectivo, tanto en la sociedad colombiana en su derecho a la información como en otras personas que ejercían el periodismo. Por su parte, en relación con las amenazas que Jineth Bedoya ha recibido al menos desde el año 1999, la Corte resolvió que debido a la falta de investigación estas constituyen actos de tortura.

En su sentencia, la Corte da cuenta de la existencia de indicios graves, precisos y concordantes de la participación estatal en los hechos de tortura física, sexual y psicológica en contra de la periodista. La Corte determinó que estos hechos no pudieron llevarse a cabo sin la aquiescencia y colaboración del Estado, o cuanto menos con su tolerancia. Esto es aún más grave teniendo en cuenta que Jineth investigaba precisamente delitos cometidos en un contexto de criminalidad organizada con intervención de agentes estatales dentro de la cárcel La Modelo.

Debido al grave clima de impunidad y el uso de estereotipos de género y discriminación dentro de la investigación que ha rodeado el caso de Jineth Bedoya por más de dos décadas, la Corte declaró la responsabilidad internacional de Colombia por la violación de los derechos a las garantías judiciales, protección judicial e igualdad ante la ley por la falta de debida diligencia en las investigaciones.

La sentencia reconoce que en la actualidad persiste en Colombia un contexto grave de amenazas, ataques y asesinatos contra líderes y lideresas sociales, así como contra defensores y defensoras de derechos humanos, dentro de los que se encuentra la categoría de periodistas. 

La Corte ordenó una serie de medidas de reparación incluyendo medidas simbólicas y garantías de no repetición a fin de reparar los daños causados a Jineth Bedoya y a la sociedad en general.

Entre las medidas de reparación ordenadas por la Corte destacamos la obligación de investigar, juzgar y sancionar a todos los responsables de los crímenes cometidos contra la periodista, particularmente tomando en cuenta que la Corte determinó que a la fecha no se ha determinado la autoría intelectual de los hechos ni de otros coautores que pudieran haber participado.

Además, la Corte ordenó al Estado de Colombia  llevar a cabo; “una política integral para la protección de los y las periodistas, la creación del “Centro Investigativo No es Hora de Callar”; el diseño e implementación de un sistema público de recopilación de datos y cifras actualizadas sobre de violencia de género y sobre amenazas y violencia contra periodistas y defensores/as de derechos humanos; y la creación de un fondo de prevención, protección y asistencia de mujeres periodistas víctimas de violencia de género.

La sentencia de la Corte da cuenta de la existencia del uso sistemático de la violencia sexual contra las mujeres durante el conflicto armado colombiano y del riesgo particular que enfrentan las mujeres periodistas. Además, evidencia la existencia de una impunidad sistemática y generalizada en relación con la violencia sexual durante el conflicto.

Jineth Bedoya lleva más de 20 años buscando justicia incansablemente y se ha convertido en un símbolo y referente en la lucha contra la violencia sexual, particularmente en relación con las mujeres periodistas. Esta decisión de la Corte Interamericana es dignificante no solo para Jineth, sino que representa una esperanza para las miles de victimas de violencia sexual durante el conflicto armado colombiano.

Las organizaciones representantes del caso en el proceso internacional son el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP). 

Rueda de prensa: 

 

 

Contacto de prensa:
3103419744 - Andrea Torres Perdomo (FLIP)

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Norvey Díaz Cardona: una historia de seis años de hostigamientos e intimidaciones

martes, 19 octubre 2021

Norvey Díaz Cardona: una historia de seis años de hostigamientos e intimidaciones

El 18 de octubre de 1996, el periodista Norvey Díaz Cardona fue asesinado en Girardot, Cundinamarca. Norvey era director y fundador del noticiero radial “Rodando barrios” en la emisora regional Radio Colina y, durante seis años, fue hostigado y amenazado por las   denuncias periodísticas que realizó. Hace cinco años su caso prescribió en total impunidad. 

Una vida periodística hostigada  

Durante 1990, el periodista Norvey Díaz estuvo denunciado ante la opinión pública el asesinato masivo de habitantes de calle, recicladores y presuntos raponeros en Girardot. Norvey aseguró en sus reportajes que esta serie de crímenes respondía a la “limpieza social” que estaría haciendo un grupo ilegal denominado “Muerte a ladrones y bazuqueros” que, a través de avisos pintados en las paredes, amenazó con asesinatos selectivos. 

Además, según Norvey, algunos miembros de la Policía Nacional estarían implicados en las masacres, por lo que decidió denunciar los homicidios ante la Personería, la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría y la Fiscalía. En consecuencia, varios policías  fueron investigados, pero las autoridades no determinaron la relación entre los agentes y estos asesinatos, de modo que ningún funcionario policial fue hallado culpable.

Sin embargo, a partir de ese momento, Norvey empezó a recibir amenazas e intimidaciones que pretendían silenciar su voz. En varias oportunidades, llegaron a la puerta de su casa coronas fúnebres con su nombre y cartas en las que lo amenazaban de muerte. Ante esto, el periodista empezó a abordar otros temas de investigación , en su mayoría relacionados con el orden público y la administración de recursos públicos de  la alcaldía de Girardot. 

Hasta 1996, Norvey no dejó de recibir amenazas y hostigamientos que intimidaron su ejercicio periodístico. Un día como hoy, hace 25 años, el periodista fue asesinado en Ricaurte, Cundinamarca a sus 42 años. La Fiscalía jamás determinó quién podría estar detrás del homicidio, por lo que su caso prescribió en 2016 en total impunidad. 

Para la fecha de publicación de este artículo nuestro equipo FLIP no ha podido contactar a colegas o personas cercanas a Norvey. Si usted lo conoció o tiene pistas de quiénes pudieron haber tratado con él, puede escribirnos a info@flip.org.co. 

En la FLIP, no olvidamos a los y las periodistas que como Norvey han sido asesinados por denunciar las irregularidades administrativas y las violaciones a los derechos humanos en sus regiones.

Gracias por recordar con nosotros.

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Ataque coordinado contra Juan Pablo Barrientos  pretende censurar investigación sobre pedofilia

sábado, 16 octubre 2021

Ataque coordinado contra Juan Pablo Barrientos pretende censurar investigación sobre pedofilia

En tan solo un mes, el periodista Juan Pablo Barrientos debió atender siete procesos de tutela que pretendían violar la reserva de la fuente y censurar la publicación de su libro “Este es el cordero de Dios”, basado en una investigación periodística. Estos procesos fueron promovidos por distintos sacerdotes del departamento del Meta de manera coordinada, sin aportar pruebas de ningún tipo, para intimidar al periodista y desgastar la administración de justicia. Esta semana se conocieron cuatro fallos de tutela que protegieron el trabajo periodístico de Barrientos.

Barrientos ya había sido acosado judicialmente por su investigación sobre este mismo tema en 2019 por miembros de la iglesia católica en Antioquia. En tres años, han habido al menos diez procesos de tutela mediante los cuales miembros de la iglesia buscan silenciar las denuncias de violaciones de derechos humanos de menores, que son sujetos de especial protección.

En los cuatro fallos de tutela conocidos esta semana se resolvieron seis de las siete tutelas. En una de estas decisiones, a pesar de que en primera instancia el juez reconoció la garantía de la libertad de prensa, el proceso continúa ya que los denunciantes impugnaron el fallo. En estos casos es evidente que existe un patrón y un comportamiento inequívoco que busca censurar la investigación sobre estos casos de pederastia, incluso con respaldo de la Arquidiócesis de Villavicencio que intervino directamente en los procesos. 

Desde la FLIP destacamos que el Juez Segundo Civil del Circuito de Villavicencio protegió la libertad de expresión y la reserva de las fuentes, y reiteró que el derecho a opinar o informar no se supedita a que exista un fallo condenatorio o absolutorio. Por lo tanto, contrario a lo que sostienen los sacerdotes, una publicación que se refiera a un asunto en investigación no viola el derecho al debido proceso o presunción de inocencia de los involucrados. Además, el juez resaltó que la reserva de la fuente es central para la labor periodística. Esta autoridad resolvió tres tutelas, gracias a la acumulación de expedientes, por solicitud de la FLIP y del periodista para contrarrestar la estrategia de acoso judicial de los sacerdotes

Si bien la decisión fue garante de la libertad de prensa, es indispensable que se fortalezca la formación de los jueces en materia de libertad de expresión y de prensa, para impedir que se usen vías judiciales con una finalidad de censura contra la prensa. La judicialización sistemática de la libertad de prensa es un mal síntoma en una sociedad democrática. Desde el 2018 a la fecha, la FLIP ha registrado 157 casos de acoso judicial con una tendencia de incremento en las regiones.

La FLIP seguirá acompañando este proceso y hace un llamado a los operadores judiciales para que reconozcan su importante rol a la hora de frenar el acoso judicial, que es una de las principales amenazas a la libertad de prensa. Esto ha sido reconocido internacionalmente mediante el Nobel de Paz otorgado a los periodistas María Ressa y Dmitri Muratov. Precisamente este premio valoró los esfuerzos que realizan las y los reporteros, a pesar de enfrentar de manera recurrente procesos judiciales en su contra como represalia a su oficio periodístico

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