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Alerta por restricciones al cubrimiento electoral

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miércoles, 09 marzo 2022

Alerta por restricciones al cubrimiento electoral

Las medidas adoptadas por el Gobierno nacional para asegurar el orden público en la jornada de elecciones restringen la libertad de prensa. Tal como hace 4 años, el Ministerio del Interior replica normas que limitan el ejercicio periodístico y dificultan el cubrimiento de las elecciones del próximo domingo 13 de marzo, mediante el decreto 318 de 2022. Estas medidas, que se expiden a pocos días de las elecciones, desalientan el cubrimiento por parte de periodistas y medios y, además, generan un riesgo de moderación del debate sobre los comicios. Las siguientes son las restricciones más preocupantes:

1. Solicitar la “acreditación” ante la Registraduría se constituye como un obstáculo administrativo para ejercer el ejercicio periodístico

El artículo 11 prohíbe la utilización de cámaras y celulares dentro del puesto de votación, salvo a los medios de comunicación “debidamente acreditados por la Registraduría Nacional del Estado Civil.” 

Al respecto debe recordarse que, como ha aclarado la Corte Constitucional (sentencia C-87 de 1998), el periodismo es una actividad de libre ejercicio, por lo que no se pueden exigir habilitaciones ni documentos especiales. En Colombia, la cédula de ciudadanía o el pasaporte son los únicos documentos que se le pueden exigir a un periodista para su identificación. La Corte Constitucional (sentencia C-087 de 1998) declaró que es contrario a la Constitución exigir carnés, tarjetas profesionales o cualquier otro medio de acreditación para ejercer el oficio. En consecuencia, la exigencia de algún registro especial o una identificación expedida por un medio no puede convertirse en una excusa para impedir el acceso de cualquier periodista a los puestos de votación. 

Esta vez, la Registraduría dispuso de un sistema para que los medios de comunicación se “acrediten” para acceder a la sala de prensa nacional en Corferias y así puedan recibir información oficial. Sin embargo, esta medida desconoce las falencias en conectividad en la regiones así como la variedad del ejercicio periodístico, sobre todo de quienes no están afiliados a un medio de comunicación. 

Las medidas para la organización de los puestos de votación no pueden constituirse en barreras administrativas que impidan el ejercicio de la libertad de prensa. En ese sentido, alertamos a las autoridades para que el día de las elecciones esta norma no se convierta en una barrera para el acceso de los periodistas a los puestos de votación. Es deber de las autoridades electorales garantizar que se ejerza la libertad de prensa y que los periodistas puedan hacer reportería de los puestos de votación siempre y cuando no interfieran en el secreto del voto ni obstaculicen la labor de los jurados. 

 

2. Exigirle a los medios publicar información confirmada únicamente por fuentes oficiales es una forma de censura

El artículo 9 dispone que “en materia de orden público, los medios de comunicación transmitirán el día de las elecciones las informaciones confirmadas por fuentes oficiales”.  Esta restricción desconoce el mandato del artículo 20 de la Constitución según el cual “no habrá censura”. Exigir confirmación de autoridades estatales para publicar contenidos periodísticos es una forma de control previo a la información que se puede transmitir. En Colombia cualquier control de este tipo debe ser posterior a su publicación (sentencia T-391 de 2007). 

Así, el artículo 9, que obliga a los medios a dar prelación a los comunicados emitidos por las autoridades electorales o de policía, viola la libertad editorial y la independencia de los medios de comunicación, pues se acerca a una imposición de contenidos por parte del gobierno, práctica que reprocha la Corte Constitucional (sentencia T-391 de 2007).

Esta medida también desconoce el mandato del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que establece que todas las limitaciones a la libertad de expresión deben estar “expresamente fijadas por la ley y ser necesaria”. La medida no garantiza la preservación del orden público y sí impide, tanto a los medios como a la ciudadanía, tener acceso a información de interés nacional, como lo son las afectaciones al orden público durante las elecciones, situaciones que no siempre son confirmadas oficialmente.

3. Restringir las fuentes para consolidar una narrativa única sobre las elecciones es peligroso para la credibilidad democrática, pues es una forma indirecta de moderación del debate público.

El artículo 7 dispone que “después del cierre de la votación, los medios de comunicación citados sólo podrán suministrar información sobre resultados electorales provenientes de las autoridades electorales." Esta medida restringe las fuentes de información, cuando en Colombia no hay fuentes prohibidas. Esto afecta indirectamente la opinión pública sobre las elecciones, pues es importante que se reporte sobre la percepción de las elecciones por parte de todos los actores. La pluralidad informativa en el marco de las elecciones robustece su valor democrático, pues al articular distintas perspectivas sobre este proceso se puede dar mayor legitimidad del mismo.

Sobre este punto, preocupa que esta medida implica la limitación del cubrimiento de las elecciones para que se focalice alrededor de la narrativa oficial, sin dar lugar a cuestionamientos por parte de cualquier otro actor involucrado. Al privilegiar y direccionar la publicación de información oficial se busca la ampliación de una lectura oficialista sobre las elecciones, la cual se ve respaldada por vocerías únicas, concentradas y centralizadas de las autoridades electorales. 

Por ejemplo, la Registraduría Nacional dispuso una vocería única y concentrada que afecta el cubrimiento de las elecciones. El manual COPD02 de comunicación organizacional de la Registraduría establece que “los únicos voceros autorizados para entregar información y declaraciones a la prensa, además del Registrador Nacional y los directivos del nivel central autorizados por este, son los Registradores Distritales y los Delegados en los departamentos, dentro del ámbito de su competencia. Los demás funcionarios deben abstenerse de dar declaraciones a los medios”. Disposiciones como estas se replican en distintas entidades públicas que, en últimas, tienen un impacto diferenciado en las regiones e impiden que fluya la información.

Al respecto, la FLIP reconoce que los planes de comunicación con los que cuentan las entidades buscan cumplir con estándares de calidad comunicativa y buscan asegurar que la información emitida por las entidades esté debidamente contrastada para evitar difusión de contenido falso. Sin embargo, la obligación de dar información no debería recaer únicamente sobre las oficinas centrales o sobre quienes ostentan altos cargos en cada institución.  

La FLIP recuerda a todas las autoridades encargadas de la vigilancia y el acompañamiento durante las elecciones, así como a la opinión pública, que  “la libre comunicación de información e ideas acerca de las cuestiones públicas y políticas […] es indispensable para garantizar el pleno ejercicio de los derechos [de participación política]”, como lo ha indicado el Comité de Derechos Humanos. Ello comporta la existencia de una prensa y otros medios de comunicación libres capaces de comentar cuestiones públicas sin censura ni limitaciones, así como de informar a la opinión pública sobre todo lo que pueda estar relacionado con el desarrollo y los resultados de las elecciones. 

Por lo anteriormente expuesto, la FLIP les solicita al Consejo Nacional Electoral y a la Registraduría Nacional del Estado Civil que, en medio de su labor de ejercer vigilancia y control de la actividad electoral, garanticen el acceso de la prensa a los hechos noticiosos del día de las votaciones con el fin de que los ciudadanos puedan acceder a información plural y oportuna. Instamos a la Procuraduría y a las misiones de observación electoral de la Organización de Estados Americanos y de la Unión Europea que hagan una vigilancia diferencial de la garantía de la libertad de prensa en estas elecciones.   

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martes, 13 marzo 2018

Agentes de la Policía protagonizaron los ataques a la prensa en la jornada electoral del 11 de marzo

La FLIP registró cinco agresiones durante la jornada de votación para Congreso y consultas interpartidistas. De estas, cuatro fueron obstrucciones durante el cubrimiento y se presentó una amenaza. Las situaciones se dieron en Sucre, Risaralda, Caquetá y Bogotá.

En Sucre, un periodista de La Silla Caribe fue intimidado por seguidores de una candidata al Senado cuando registraba un posible caso de compra de votos. En Bogotá, Pereira y Caquetá, agentes de la Policía obstaculizaron el trabajo de los periodistas argumentando que no tenían autorización para registrar lo que estaba sucediendo en los puntos de votación. Además, ordenaron a dos periodistas la eliminación del material obtenido.

Sumado a lo anterior, la FLIP recibió denuncias de varios periodistas que no pudieron obtener información oficial en los puestos de votación. Los jurados y delegados de Registraduría argumentaron que existía una “orden” según la cual ellos no podían dar ninguna clase de información relacionada con la jornada.

A pesar de que en comparación con el 2014 disminuyó el número de agresiones durante la jornada de elecciones legislativas, el panorama sigue siendo preocupante. Las condiciones que impuso la Registraduría para el cubrimiento mediático son confusas. Los agentes argumentaron sus obstrucciones con normas que no hablan del cubrimiento mediático, como la “ley de garantías”, e inclusive apelaron a la obediencia ciega de los periodistas por ser ellos la “autoridad”.

Reglas a última hora

El pasado 5 de marzo, el Ministerio del Interior expidió el decreto 430 de 2018 por “el cual se dictan normas para la conservación del orden público durante el periodo de elecciones al Congreso de la República”. El artículo 11 dice que no se pueden usar “dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., salvo los medios de comunicación debidamente acreditados por la Registraduría Nacional del Estado Civil”.

La Fundación no ha encontrado información que aclare cuál es el protocolo por parte de la Registraduría para garantizar el cubrimiento mediático al proceso electoral. No son claros los criterios de acreditación ni los tiempos de respuesta.

En la página web de la Registraduría puede leerse que la Fuerza Pública no puede impedir el ingreso de los medios. “Para el ingreso a los puestos los periodistas no requieren acreditación o permiso especial por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Los miembros de los medios de comunicación están autorizados para permanecer dentro de los puestos de votación con cámaras fotográficas o de vídeo con el fin de registrar todo lo que sucede durante el desarrollo de los comicios, siempre y cuando no interfieran en el secreto del voto ni obstaculicen la labor de los jurados”, dice la publicación.

En resumen, no fueron claras las condiciones en las que los periodistas pueden realizar el cubrimiento al proceso electoral. La Registraduría y el Ministerio del Interior deben garantizar el libre ejercicio de la prensa en lugar de restringirlo con normas confusas.

La FLIP hace un llamado a la Registraduría para que en los próximos comicios sean claros los protocolos para el cubrimiento electoral. Estos deben estar de acuerdo con los estándares internacionales de libertad de prensa. En Colombia la Corte Constitucional ha aclarado que la calidad de periodista no depende de una credencial, un acta de grado o una tarjeta profesional.

Ampliación de los casos:

En Florencia, Caquetá, el periodista Camilo Muñoz fue víctima de intimidaciones y obstrucciones por parte de la Fuerza Pública. Según el relato del director del medio Letras Claras, él se encontraba en el punto de votación Barrios Unidos del Sur y un agente de policía no le permitió hacer cubrimiento en el lugar. Después de una discusión, el periodista se fue de ahí. Muñoz informó a la FLIP que el uniformado luego le reclamó a su esposa, quien era jurado de votación, por la denuncia que había hecho el periodista. Según Muñoz, en el momento del escrutinio tampoco lo dejaron ejercer su trabajo de reportería.

También en la mañana de ayer, Juan Pablo Pérez, periodista de la Silla Vacía, se encontraba haciendo el cubrimiento electoral en Sincelejo. Pérez notó una situación en la que parecía que un grupo de militantes de algún movimiento político estaban pagando a las personas por mostrar el certificado electoral. El reportero tomó fotos de  los hechos y dos hombres que participaban en la actividad lo increparon. Le exigieron eliminar las fotos y finalmente se dirigieron a la estación de policía. Allí, uno de los hombres le dijo que no podía andar tomando fotos porque “uno no sabe qué chirrete podría aparecer”.

En la estación, los agentes no registraron ninguna denuncia ni actuaron para proteger al periodista. El comandante de la Policía de Sincelejo dijo a la FLIP que la situación “no había llevado a ningún lugar” y que estaban a la espera de una denuncia formal.

En Bogotá, varios periodistas del medio universitario Plaza Capital se vieron obstaculizados en su ejercicio de reportería. Una de ellas, Camila Carrillo, estuvo en tres puestos de votación y en todos tuvo problemas para acceder a la información. En Las Margaritas, cerca al centro comercial Cedritos, después de insistir, un uniformado la dejó ingresar únicamente en compañía de una agente de policía que verificó qué fotos tomaba.

Luego, Carrillo se dirigió al punto de votación Centro de Desarrollo Comunitario Simón Bolívar, allí los uniformados tampoco le permitieron el ingreso y argumentaron erróneamente que se debía a la “ley de garantías”. Finalmente, en el Colegio Distrital Aquileo Parra dos agentes de policía le ordenaron borrar las fotos. La periodista no accedió y tuvo que irse del lugar.

Otra periodista de Plaza Capital, María Isabel Rodríguez, se encontraba en el punto de Bulevar Niza registrando la indignación de los votantes por la falta de tarjetones para la consulta interpartidista. Rodríguez habría grabado una entrevista y un agente de Policía la obligó a eliminar el video frente a él. El uniformado argumentó que “él era la autoridad y era él quien decidía”.

En Pereira, el equipo periodístico de El Tiempo fue retirado del punto Gimnasio Pereira. Un intendente de Policía pidió al fotógrafo acreditación del medio, sin embargo él trabaja como freelance. Cuando el periodista Fernando Umaña le explicó al oficial la situación, este insistió en que el fotógrafo no estaba autorizado para hacer registro en el lugar.

La FLIP solicita a la Policía Nacional a que capacite a los agentes que prestarán sus servicios en las próximas elecciones para que no violen los derechos de los periodistas. Es necesario que exista un diálogo directo entre la Registraduría y la Policía Nacional para evitar las obstrucciones injustas a la prensa.

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lunes, 28 octubre 2019

Alerta por obstrucciones a la prensa en el día de las elecciones locales 2019

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) manifiesta su preocupación por los casos de obstrucción al cubrimiento periodístico que ha registrado durante las elecciones locales que se han llevado a cabo desde las 8:00 am de hoy. Con corte a la 1:00 pm, la FLIP ha tenido conocimiento de nueve casos en los que se le ha impedido a la prensa el acceso a los puestos de votación.

En varias regiones, miembros de la Policía Nacional y funcionarios de la Registraduría han impedido el desarrollo del trabajo periodístico. Si bien en algunos casos las obstrucciones se superaron, en otros, como en el puesto de votación de Atalaya en Cúcuta, ante la intransigencia de las autoridades, los reporteros se vieron obligados a retirarse. En este caso, agentes de la Policía obstaculizaron el trabajo de los reporteros Orlando Carvajal y Juan Pablo Cohen con acciones que incluyeron retención de la cédula de ciudadanía por un lapso amplio, impedimento para hacer registros audiovisuales e, incluso, una amenaza de comparendo a Cohen por supuesto irrespeto a la autoridad.  

La FLIP se puso en contacto con el Coronel Palomino de la Policía Metropolitana de Cúcuta, quien sostuvo que no se permitirán grabaciones que violen la intimidad de los votantes. En efecto, los periodistas no pueden hacer registros de los tarjetones, sin embargo, es importante recordar que son libres de entrar a los puestos de votación y cubrir lo que ocurre en los lugares de sufragio. En este caso, el registro fotográfico que realizaban los reporteros correspondía a los rostros de los electores y no a sus decisiones. La decisión del Coronel puede acarrear sanciones ya que se estaría incurriendo en censura. 

En el puesto de votación Claustro de la Encarnación en Popayán una teniente de la Policía Nacional le solicitó al periodista Cristian Cuellar de Unicauca Estéreo una acreditación de prensa expedida por la Registraduría Nacional para dejarlo ingresar a cubrir en el puesto de votación, aun cuando Castellanos iba identificando con los logos del medio de comunicación. En Colombia ninguna norma exige que los periodistas tengan este tipo de credenciales para ejercer su trabajo. Tal exigencia sería una restricción ilegítima a la libertad de prensa.

En Bucaramanga, la periodista Ana León de La Silla Vacía fue víctima de una obstrucción al trabajo periodístico mientras grababa una posible irregularidad electoral ocurrida cerca 200 metros del puesto de votación del Colegio Miraflores en el barrio Morrorrico ubicado en la comuna 14 de Bucaramanga. La periodista fue abordada por varias personas que se encontraban en el lugar y quienes le dijeron que no podía grabar por ser una propiedad privada y llamaron a la Policía. León asegura que los uniformados le dijeron que tenía que borrar los vídeos y amenazaron con capturarla si no lo hacía. Ante la negativa de la periodista para borrar el material, el policía decidió hacer una anotación sobre lo sucedido.  

En otro caso, en San José del Guaviare, funcionarios de la Registraduría impidieron que periodistas de Caracol Radio entrevistaran a votantes y jurados de votación. La FLIP se comunicó con uno de los delegados de la Registraduría en Guaviare, quien dijo que los periodistas sólo estaban autorizados por la entidad para realizar tomas generales y no entrevistas. La FLIP también se comunicó con la Jefe de Prensa de la Registraduría Nacional, quien dijo que los periodistas pueden realizar entrevistas, pero sólo a los votantes. Ambas posiciones son erróneas, ya que la ley no establece ninguna restricción en este sentido.

Es necesario recordar que la jornada electoral que se desarrolla el día de hoy es de absoluto interés público y los periodistas tienen derecho a estar en los puestos de votación; a utilizar sus equipos de registro como teléfonos celulares, cámaras fotográficas y de video siempre y cuando no interfieran con la labor de los testigos electorales y no afecten el derecho de los ciudadanos a ejercer el voto secreto. La obstrucción al cubrimiento periodístico es un hecho grave que se considera como censura previa que puede constituir delitos y faltas disciplinarias. 

Las constantes obstrucciones por parte de funcionarios y fuerza pública son resultado del desorden institucional que han promovido las entidades del Gobierno y el Estado. El Decreto 1924 de 2019, expedido por el MinInterior, limita injustificadamente el ejercicio periodístico y promueve la censura a la prensa. Sumado a lo anterior, existe un desconocimiento generalizado acerca de las garantías internacionales y constitucionales en el ejercicio periodístico. Los servidores públicos deben recibir capacitaciones para no obstaculizar la libertad de prensa y evitar que la ciudadanía no acceda a información relevante. 

La FLIP reitera los llamados que ha hecho a la Policía Nacional y a la Registraduría para que garanticen el libre desarrollo del cubrimiento periodístico de las elecciones locales. De la misma manera, la FLIP solicita a la Procuraduría y a la Defensoría del Pueblo que acompañen e investiguen este tipo de hechos para garantizar el derecho a la información de toda la ciudadanía. 

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miércoles, 09 marzo 2022

Alerta por restricciones al cubrimiento electoral

Las medidas adoptadas por el Gobierno nacional para asegurar el orden pú;blico en la jornada de elecciones restringen la libertad de prensa. Tal como hace cuatro añosel Ministerio del Interior replica normas que limitan el ejercicio periodístico y dificultan el cubrimiento de las elecciones del próximo domingo 13 de marzo, mediante el decreto 318 de 2022. Estas medidas, que se expiden a pocos días de las elecciones, desalientan el cubrimiento por parte de periodistas y medios y, además, generan un riesgo de moderación del debate sobre los comicios.

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