La condena de la Corte Interamericana por el homicidio de Nelson Carvajal: un paso a la justicia en los crímenes contra la libertad de expresión en el continente
Ayer, 6 de junio de 2018, la Corte Interamericana de Derechos Humanos -Corte IDH- hizo pública la sentencia en la que se declara responsable al Estado de Colombia por el homicidio del periodista Nelson Carvajal Carvajal. Es el primer caso en el que una corte internacional condena a un Estado por un homicidio motivado en razón del ejercicio periodístico de la víctima.
Nelson Carvajal fue un periodista radial colombiano que trabajó como director del noticiero ‘Momento Regional’ y de las radio-revistas ‘Mirador de la Semana’, ‘Amanecer en el Campo’ y ‘Tribuna Médica’ de la Emisora Radio Sur, en el municipio de Pitalito, Huila. Desde allí, se concentró en la investigación de asuntos de corrupción local como las irregularidades en la administración de fondos públicos y el lavado de dinero proveniente del narcotráfico. La Corte Interamericana reconoce que fueron estas denuncias las que motivaron su asesinato el 16 de abril de 1998, fecha en la que sicarios lo abordaron a la salida del colegio del que también era docente y le dispararon en 7 oportunidades.
¿Por qué Colombia es responsable internacionalmente en este caso?
La Corte reconoció el contexto de violencia generalizada existente contra los periodistas en el país, advirtiendo que, para 1998, año en el que Nelson Carvajal fue asesinado, Colombia fue catalogado como el “lugar más mortífero para la prensa en el mundo”[1]. Esta situación se ve agravada por la impunidad de las agresiones contra periodistas, según afirma la Corte IDH, “la justicia colombiana ha experimentado dificultades a la hora de investigar a los responsables”. De los 157 casos de homicidios a periodistas en Colombia, sólo ha habido condenas a autores intelectuales en 4 casos.
La Corte IDH advierte que tras 20 años desde la muerte del periodista la investigación no ha concluido y no se ha hallado a los implicados en el crimen, por lo que concluye que “el Estado es, en gran medida, responsable por la dilación extraordinaria de este asunto”. Igualmente, el Tribunal indica que Colombia es responsable por no haber desarrollado las investigaciones relacionadas con las amenazas proferidas en perjuicio de varios familiares de Nelson Carvajal Carvajal y que produjeron su exilio fuera del país.
En este sentido, el tribunal internacional concluye que la investigación inadecuada del homicidio de Nelson Carvajal constituye, en sí misma, una violación a la obligación de garantizar el derecho a la vida. Esto implica que las carencias en la investigación que perjudiquen la eficacia para establecer la causa de la muerte o identificar a los responsables podrían constituir una violación del derecho a la vida[2].
Sobre el derecho a la libertad de expresión, la Corte IDH sostiene que “una de las formas más violentas de suprimir el derecho a la libertad de expresión es a través de homicidios contra periodistas”. La Corte concluyó tanto el homicidio como la falta de investigación del mismo constituyen una violación al derecho a la libertad de expresión.
Así mismo, la Corte declaró a Colombia internacionalmente responsable como consecuencia de la falta de investigación de las múltiples amenazas que recibió la familia de Nelson luego del homicidio y que forzaron el exilio de nueve de sus integrantes. Lo anterior, aunado al profundo sufrimiento que les causó la muerte del periodista, la afectación del tejido familiar y la dilación injustificada del proceso.
¿Cuáles son las medidas de reparación ordenadas por la Corte IDH?
Como parte de la decisión, la Corte ordenó a Colombia reparar los daños infringidos a los derechos humanos del fallecido periodista y de sus familiares. Entre las medidas de reparación ordenadas por la Corte, se ordena al Estado:
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Continuar con las investigaciones y procesos judiciales relacionados con la muerte de Nelson Carvajal dentro de un plazo razonable.
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Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional en relación con los hechos del caso.
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Se publique el resumen oficial de la sentencia en el Diario Oficial y en otro diario de circulación nacional.
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Garantizar las condiciones de seguridad adecuadas para que los familiares de Nelson puedan retornar a sus lugares de residencia, si así lo desean.
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Remitir a la Corte los informes periódicos que envía a los organismos especializados de la OEA y de las Naciones Unidas relacionados con las medidas implementadas para la prevención y protección de las y los periodistas en Colombia.
Para la FLIP esta sentencia representa un avance en la garantía efectiva del derecho a la libertad de expresión en Latinoamérica y el Caribe, puesto que reconoce el fenómeno de la violencia contra la prensa y la impunidad generalizada en estas agresiones. Adicionalmente, desarrolla criterios que orientan la investigación, juzgamiento y sanción de los homicidios contra periodistas como medidas que deben seguir los Estados para cumplir su rol de contrarrestar la violencia contra la libertad de expresión.
Este logro no habría sido posible sin el esfuerzo de los familiares de Nelson Carvajal que no desistieron en su búsqueda de justicia durante 20 años, y gracias al liderazgo de la Sociedad Interamericana de Prensa y el Robert F. Kennedy Human Rights que litigaron el caso. La FLIP presentó -en alianza con el International Freedom of Expression Exchange- un Amicus Curiae a la Corte Interamericana solicitando la condena del Estado colombiano por su negligencia en investigar el homicidio de Nelson.
Esta sentencia debería invitar al Estado colombiano a desarrollar una política criminal robusta para hacer frente al fenómeno de la violencia contra la prensa y a que tome medidas efectivas para detener el aumento exponencial de las amenazas a periodistas que ha registrado la FLIP en los últimos 5 años. En criterio de la FLIP esto pasa por una revisión y reforma al sistema de protección actual que incorpore elementos de prevención
La FLIP continuará acompañando a la familia de Nelson Carvajal y vigilará el cumplimiento a cabalidad de la sentencia en los términos ordenados por la Corte Interamericana.
Una decisión fundamental para enfrentar las violencias contra la prensa en las Américas
Las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se convierten en un estándar de derechos humanos para los países de las américas que han suscrito la Convención Americana de Derechos Humanos. Esto quiere decir que no sólo Colombia de manera principal adquiere obligaciones para la protección de periodistas y la lucha contra la impunidad, estos estándares también deberán ser acatados por países donde persiste la violencia contra la prensa como México, Guatemala, Honduras, Paraguay y Brasil.
La FLIP confía en que este precedente sea de utilidad para el fortalecimiento de las garantías a la libertad de prensa en las américas.
[1] Comité para la Protección a Periodistas, “Resúmenes por país: Colombia”, 1998, citado en el peritaje de Carlos Lauría rendido durante la audiencia pública del presente caso. Disponible en: https://cpj.org/es/2004/07/resumenes-por-pais.php
[2] Cfr. Caso Baldeón García Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 6 de abril de 2006. Serie C No. 147, párr. 97, Caso Montero Aranguren y otros (Retén de Catia) Vs. Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costars. Sentencia de 5 de julio de 2006. Serie C No. 150, párr. 83.
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viernes, 11 septiembre 2015
FLIP rechaza el asesinato de la periodista Flor Alba Núñez Vargas en Pitalito - Huila
Hoy, 10 de Septiembre de 2015 hacia las 11:30 de la mañana al sur de la ciudad de Pitalito departamento del Huila, fue asesinada la periodista Flor Alba Núñez Vargas coordinadora de noticias de la emisora La preferida Stereo de ese municipio.
Flor Alba trabajaba además en los espacios informativos locales de Canal 6, TV5 y del Canal Nación TV. Anteriormente había trabajado para la emisora HJDOBLEK.
De acuerdo con la información recolectada por la FLIP, dos hombres que se movilizaban en una motocicleta la abordaron para dispararle cuando se disponía a ingresar a la emisora donde transmitiría el informativo del medio día.
Hasta el momento se manejan tres posibles hipótesis sobre los móviles del asesinato. La primera es que Flor Alba publicó recientemente - en su cuenta personal de Facebook - fotografías de una banda delincuencial que realizó un atraco en inmediaciones de la Alcaldía de Pitalito.
La segunda hipótesis plantea una relación entre el asesinato y el cubrimiento sobre el proceso electoral.
Por último, fuentes consultadas por la FLIP indican que la periodista habría recibido amenazas e intimidaciones con posterioridad a la publicación de una entrevista hecha a las personas que se vieron implicadas en el asesinato de un perro de raza bull terrier el pasado mes de Agosto.
La FLIP quiere recordar que el asesinato es la forma de censura más extrema. No solo atenta contra la expresión del periodista asesinado, sino que impide que la comunidad conozca la verdad sobre lo que se quería informar. Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dicho que "los actos de violencia que se cometen contra periodistas violan el derecho de estas personas a expresar e impartir ideas, opiniones e información y además, atentan contra los derechos de los ciudadanos y las sociedades en general a buscar y recibir información e ideas de cualquier tipo”.
Flor Alba había estudiado Licenciatura en Lengua Castellana y se preparaba para especializarse en Comunicación.
Una misión de la FLIP se dirigirá hasta Pitalito con el fin de averiguar en terreno más detalles sobre lo sucedido.
La FLIP envía un mensaje solidario a familiares y colegas y hace un llamado a la Fiscalía General para que actúe con diligencia. Las primeras horas son esenciales para la recolección de la información y de las pruebas que podrán ayudar a dar con los responsables tanto materiales como intelectuales. Dejar pasar el tiempo sin actuar, a pocas horas de ocurrido el asesinato, en otros casos ha resultado un obstáculo para la investigación penal.
viernes, 20 marzo 2015
Quinto aniversario de la muerte de Clodomiro Castilla
Hoy, 19 de marzo de 2015, se cumplen cinco años del asesinato de Clodomiro Castilla en Montería, Córdoba. Castilla solía hacer denuncias sobre corrupción política y paramilitarismo en el departamento.
En su momento, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dijo en un comunicado, emitido el 22 de marzo del 2010, que reconocía “el rápido repudio de este crimen por las más altas autoridades colombianas pero expresa su profunda preocupación por la situación de desprotección en la que se encontraba el periodista, pese a haber solicitado oportunamente la actuación del Programa de Protección a Periodistas del Estado colombiano”.
Castilla había sido beneficiario de medidas del programa de protección del Ministerio del Interior y de Justicia desde agosto de 2006. No obstante, estas habían sido retiradas en febrero de 2009. Ante nuevas amenazas, el periodista solicitó en noviembre del mismo año que tales medidas fueran reasignadas. Esta petición fue negada pues el estudio de riesgo de Castilla había resultado “ordinario”.
Cinco años después de ocurridos estos hechos son pocos los avances en la justicia. Según información de la Fiscalía General de la Nación entregada a la FLIP a finales de 2014, la investigación por el asesinato de Castilla permanece en etapa de indagación.
La FLIP hace un llamado a la Fiscalía para que de impulso a la investigación por el asesinato de Castilla y de esta forma evite que permanezca en la impunidad. Al respecto, el principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión indica que “el asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada”.
sábado, 16 diciembre 2017
Juez condena al autor material del homicidio de Luis Antonio Peralta
El juez segundo penal especializado de Florencia, Caquetá condenó a Yean Arlex Buenaventura Barreto por el homicidio del periodista Luis Antonio Peralta en hechos ocurridos en febrero de 2015. El sentido del fallo fue conocido el día de ayer 14 de diciembre en audiencia pública celebrada en la misma ciudad.
La Fundación Para la Libertad de Prensa (FLIP), quien representa legalmente a los familiares de las víctimas, apoyó la teoría del caso presentada por la Fiscalía según la cual Buenaventura obró bajo la modalidad de sicariato y en concurso con otras personas aliadas para silenciar las denuncias periodísticas de Peralta.
Luis Antonio Peralta era un hombre de 63 años, casado y padre de 4 hijos. Se había dedicado por más de 40 años al periodismo. Era un periodista crítico y antes de su asesinato se realizó reportajes e investigaciones sobre temas relacionados con corrupción administrativa, contratación estatal y extracción de petróleo.
Peralta era la voz más escuchada en esa región, era director y periodista de la emisora Linda Stéreo, filial de Caracol en El Doncello, Caquetá, y se había convertido en un asiduo crítico de políticos y gobernantes locales. Allí el micrófono era el medio por el cual denunciaba las ilegalidades de corrupción en la región.
El 14 de Febrero de 2015 dos sicarios que se movilizaban en una moto asesinaron a Luis Antonio Peralta en El Doncello. Sofía Quintero, su esposa, se encontraba con Peralta en ese momento y también fue baleada. Días después, Quintero también murió en el hospital como consecuencia de las heridas.
La FLIP reconoce esta condena como un avance en la lucha contra la impunidad en los crímenes contra la libertad de expresión en Colombia. Así mismo, espera que la decisión del juez contribuya a la identificación y sanción de los demás autores materiales e intelectuales del crimen de Peralta, quienes se encuentran hoy en libertad.
Desde 1977 hasta la fecha han sido asesinados 154 periodistas en Colombia por razones de oficio. Solo en cuatro casos han sido condenados los autores intelectuales de estos crímenes.
Una vez conocido el sentido del fallo, el juez anunció que realizará la lectura de la sentencia condenatoria de Yean Arlex Buenaventura el 28 de enero de 2018.