El alcalde de Cartagena hace uso indebido de herramientas legales para intimidar a periodistas
Durante la última semana, el alcalde Dumek Turbay le ha pedido a dos medios de comunicación de Cartagena rectificar contenidos en los que se denuncian posibles actos de corrupción de su administración. Como respuesta, el alcalde ha incurrido en una estrategia de acoso judicial para silenciar las opiniones y voces críticas en su contra. Turbay hace un uso indebido de las acciones constitucionales pues las eleva con el fin de censurar, silenciar e intimidar el ejercicio de la libertad de expresión y, a su vez, desconoce los requisitos y el debido proceso que exigen este tipo de mecanismos.
El primer caso ocurrió en contra del periodista Humberto Mercado Pérez, director del medio digital Frente a Frente, y quien el 16 de octubre publicó una nota cuestionando al alcalde por irregularidades en la organización y el uso de recursos públicos en el Festival del Patacón. Un día después, Turbay presentó una solicitud de rectificación y el pasado 22 de octubre insistió con una acción de tutela en contra del periodista.
Por otro lado, el 16 de octubre el periodista Fidel Camilo Gómez, del canal CNC Cartagena, replicó en su medio una denuncia que hizo el exalcalde William Dau sobre posibles actos de corrupción en la administración actual. Al día siguiente, Turbay le envió a Gómez una solicitud de rectificación, pidiéndole eliminar el contenido y que se abstuviera de reproducir afirmaciones falsas o sin prueba alguna. Una semana después, el alcalde interpuso una acción de tutela en contra del medio y el periodista, a pesar de que se encontraban en término para dar respuesta a la rectificación.
Según Turbay, las dos publicaciones afectan su buen nombre y su honra, así como el de su administración, por lo que le pidió a ambos medios que reconocieran que las afirmaciones referentes a tales actos de corrupción son falsas y carecen de datos. Sin embargo, ninguna de las acciones empleadas por el alcalde cumplen a cabalidad los requisitos constitucionales de la solicitud de rectificación, pues están soportadas en afirmaciones y testimonios personales que no brindan certeza sobre cómo la información divulgada resulta ser falsa, inexacta o desactualizada, o que permitan concluir que sus fuentes son deficientes, erróneas o desactualizadas. Igualmente, es evidente la desigualdad de cargas entre las partes en conflicto ya que con las tutelas interpuestas por el alcalde se busca el silenciamiento de un asunto de interés público.
El uso de herramientas como la solicitud de rectificación y la acción de tutela es legítimo cuando se considera que se vulnera el derecho al buen nombre; no obstante, deben cumplir ciertos requisitos que exige la ley. De acuerdo con la Sentencia T-260 de 2010 de la Corte Constitucional, quien solicita la rectificación es quien debe probar que la información difundida no cumple con los principios de veracidad e imparcialidad.
Por ello, le hacemos un llamado al alcalde de Cartagena para que se abstenga de incurrir en actos que pueden promover la censura, como solicitarle a los periodistas que no publiquen información relacionada con asuntos de interés público. Además, le pedimos que se inhiba de emprender acciones de acoso judicial, entendiendo que el uso reiterado y desproporcionado de mecanismos legales promueve la intimidación o el silenciamiento de los periodistas.
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