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Absolución de Ariel Ortega desconoce la violencia en línea contra la prensa

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viernes, 26 agosto 2022

Absolución de Ariel Ortega desconoce la violencia en línea contra la prensa

Ayer, 24 de agosto, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá absolvió a Ariel Ortega, quien en 2018 compartió en su cuenta de Twitter mensajes en contra de los periodistas Julio César González (conocido como Matador), Daniel Samper Ospina y María Antonia García de la Torre. En las publicaciones se hacía alusión a la falta que hacían las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) para callar a la prensa. Esta decisión no evalúa el impacto de mensajes violentos en línea contra la prensa porque desconoce las dinámicas propias de las interacciones en Internet. 

El año pasado,, Ortega fue condenado a 76 meses de prisión, pero su defensa apeló la decisión. En el proceso, Ortega negó que los mensajes hubieran sido emitidos por él; sin embargo, para el Tribunal no hay duda de que él es el autor de las publicaciones. No obstante, el juez decidió que dichos mensajes no constituyen el delito de amenaza, pues consideró que no tenían una probabilidad de llevarse a cabo, ya que para él las AUC están extintas y Ortega no tiene ningún poder sobre grupos armados ilegales.

Sin embargo, para la FLIP esta decisión no tiene en cuenta que los mensajes de Ortega son violentos y podrían ser tomados por otros usuarios como determinación para actuar en contra de los y las periodistas. La Relatoría Especial de Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha sido consistente en identificar que los actos de violencia contra periodistas generan un efecto amedrentador y vulneran el derecho de las víctimas a expresar y difundir sus ideas, opiniones e información. Para la FLIP estos mensajes también pretenden que los periodistas dejen de participar de espacios cívicos como las redes sociales.

El ciberacoso contra la prensa es una problemática en aumento a nivel mundial. De hecho, en mayo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ya
reconoció la existencia de la violencia en línea contra periodistas y el efecto diferenciado que tiene en las mujeres. En el 2019 la FLIP documentó 82 de estas agresiones; 117 en 2020; 114 en 2021 y, a corte de julio de 2022, van 122. 

Hacemos un llamado para que el gobierno nacional impulse la formación especializada en libertad de expresión de jueces, juezas, fiscales y otros operadores y operadoras de justicia. El rol de los jueces es central para la protección de la prensa y la creación de espacios seguros de participación, tanto para la prensa como para toda la ciudadanía.

También le hacemos un llamado a la delegada de la Defensoría del Pueblo para la Protección de Derechos en Ambientes Digitales y Libertad de Expresión, para que haga un diagnóstico urgente de la violencia en línea contra la prensa. A partir de esto considere formular recomendaciones enfocadas en la protección de los derechos de la prensa, que articulen al Estado para dar una respuesta preventiva y de protección.

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Ayer, 24 de agosto, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá absolvió a Ariel Ortega, quien en 2018 compartió en su cuenta de Twitter mensajes en contra de los periodistas Julio César González (conocido como Matador), Daniel Samper Ospina y María Antonia García de la Torre. En las publicaciones se hacía alusión a la falta que hacían las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) para callar a la prensa. Esta decisión no evalúa el impacto de mensajes violentos en línea contra la prensa porque desconoce las dinámicas propias de las interacciones en Internet. 

El año pasado,, Ortega fue condenado a 76 meses de prisión, pero su defensa apeló la decisión. En el proceso, Ortega negó que los mensajes hubieran sido emitidos por él; sin embargo, para el Tribunal no hay duda de que él es el autor de las publicaciones. No obstante, el juez decidió que dichos mensajes no constituyen el delito de amenaza, pues consideró que no tenían una probabilidad de llevarse a cabo, ya que para él las AUC están extintas y Ortega no tiene ningún poder sobre grupos armados ilegales.

Sin embargo, para la FLIP esta decisión no tiene en cuenta que los mensajes de Ortega son violentos y podrían ser tomados por otros usuarios como determinación para actuar en contra de los y las periodistas. La Relatoría Especial de Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha sido consistente en identificar que los actos de violencia contra periodistas generan un efecto amedrentador y vulneran el derecho de las víctimas a expresar y difundir sus ideas, opiniones e información. Para la FLIP estos mensajes también pretenden que los periodistas dejen de participar de espacios cívicos como las redes sociales.

El ciberacoso contra la prensa es una problemática en aumento a nivel mundial. De hecho, en mayo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ya
reconoció la existencia de la violencia en línea contra periodistas y el efecto diferenciado que tiene en las mujeres. En el 2019 la FLIP documentó 82 de estas agresiones; 117 en 2020; 114 en 2021 y, a corte de julio de 2022, van 122. 

Hacemos un llamado para que el gobierno nacional impulse la formación especializada en libertad de expresión de jueces, juezas, fiscales y otros operadores y operadoras de justicia. El rol de los jueces es central para la protección de la prensa y la creación de espacios seguros de participación, tanto para la prensa como para toda la ciudadanía.

También le hacemos un llamado a la delegada de la Defensoría del Pueblo para la Protección de Derechos en Ambientes Digitales y Libertad de Expresión, para que haga un diagnóstico urgente de la violencia en línea contra la prensa. A partir de esto considere formular recomendaciones enfocadas en la protección de los derechos de la prensa, que articulen al Estado para dar una respuesta preventiva y de protección.

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