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lunes, 30 septiembre 2019
Tribunal de Justicia de la UE toma decisión en caso sobre derecho al olvido
El 24 de septiembre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tomó una importante decisión en un caso del llamado “derecho al olvido” en Europa, en el que la FLIP intervino en noviembre de 2017. En el caso se discutía si las decisiones de eliminación de determinados enlaces en los resultados búsqueda de Google deben aplicarse en el país de la persona involucrada o en todo el mundo. El TJUE dictaminó que la exclusión sólo debe aplicarse en el país desde donde se hace la solicitud, manteniéndose disponibles para el resto del mundo.
El derecho al olvido en la Unión Europea
Las solicitudes de “derecho al olvido” surgen por la sentencia de 2014 del TJUE en el caso Google Spain, S.L. y Google Inc. vs Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y Mario Costeja González (también conocido como “caso Costeja”). De acuerdo con dicha decisión, los buscadores de internet –como Google– que tengan actividades en la UE están obligados a excluir de sus resultados de búsqueda los enlaces que se muestren al digitar el nombre de una persona, si tales sitios muestran información inadecuada, impertinente o excesiva de una persona. Las personas pueden solicitar directamente a los buscadores que se eliminen los resultados y, en caso de que los buscadores nieguen la solicitud, pueden acudir a las autoridades relevantes para que resuelvan el caso.
La decisión en el caso Costeja ha sido ampliamente criticada por su afectación a la libertad de expresión y por dejar esta clase de decisiones en manos de una empresa privada. En Colombia, la Corte Constitucional concluyó en 2015 que una decisión como la que tomó el TJUE estaría en contra de la libertad de expresión.
El caso francés
Desde el caso Costeja, Google ha cumplido con la orden del TJUE a través de la desvinculación de los enlaces en cada país en el que se hacen las respectivas solicitudes. Es decir, si la persona A solicita que la búsqueda de su nombre no se vincule con determinado link en Francia, de concederse la solicitud, el contenido dejaría de aparecer en las búsquedas en ese país, pero seguiría apareciendo en el resto del mundo. La Comisión Nacional de Informática de las Libertades (CNIL) de Francia sancionó a Google por considerar que las desvinculaciones debían aplicarse en los demás países y no sólo en Francia.
Primero, el caso fue llevado ante el Consejo de Estado de Francia. El 26 de octubre de 2016, la Fundación para la Libertad de Prensa –FLIP– presentó una intervención con relación a las problemáticas que el caso planteaba con respecto a la libertad de expresión en internet. Después, el Consejo de Estado remitió una serie de preguntas al TJEU sobre la forma en la que se debía aplicar la decisión del caso Costeja y el 28 de noviembre de 2017, la FLIP presentó una intervención más, esta vez ante el TJUE.
Argumentos de la FLIP
La intervención de la FLIP defendió la posición de Google según la cual las desvinculaciones deben ser locales. Bajo la posición de la CNIL, Francia u otros países de la UE se convertirían en un punto central que puede decidir que determinada información no sea conocida en ningún lugar del mundo. Para la FLIP, sería un absurdo que un juez o un funcionario de Google en Francia pueda decidir sobre la disponibilidad de enlaces relacionados con asuntos de interés público en otros lugares del mundo, incluyendo Colombia y los demás países de Latinoamérica. Esto iría en contra del carácter descentralizado de Internet, por el que la red que no tiene un punto central ni un foco en donde se centre toda la información o decisiones.
Por otro lado, la postura de la CNIL también está en contra de principios de derecho internacional, como la soberanía de los Estados (cada país está en libertad de autogobernarse) y el principio de pacta sunt servanda (los Estados sólo están obligados a cumplir los tratados de los que forman parte).
La decisión del TJUE
El TJUE ha dictaminado que la extensión jurisdiccional del deber de desreferenciación derivada de la implementación del derecho al olvido debe limitarse al alcance de la UE. El tribunal concluyó que, según la ley europea, los motores de búsqueda no están obligados a promover la eliminación global de enlaces de sus resultados. Según el tribunal, los motores de búsqueda no están obligados a realizar la desreferenciación en todas las versiones de su motor de búsqueda. Sin embargo, contrario a lo que defendió la FLIP en sus intervenciones, declaró que es necesario llevar a cabo esa desreferenciación de las versiones correspondientes a todos los Estados miembros. Además, sostuvo que los buscadores deben tomar todas las medidas necesarias para evitar o desalentar a los usuarios ubicados en la UE a tener acceso a resultados no indexados a través de versiones de motores de búsqueda de otros países.
La FLIP entiende que la aplicación de un derecho de desreferenciación en los Estados miembros distintos de aquel en el que se realizó la solicitud va a implicar varias dificultades. Primero, el motor de búsqueda o la autoridad de protección de datos en la que se realizó la solicitud deberá evaluar si el contenido es de interés público general preponderante en los otros Estados miembros de la Unión Europea. En segundo lugar, incluso si se considera que se realizará dicha evaluación, impedirá la intervención de otras autoridades nacionales y sociedades de la Unión Europea.
Además de todo eso, el Tribunal señaló que, si bien la legislación de la UE no exige actualmente una desreferenciación en todas las versiones del motor de búsqueda, tampoco prohíbe dicha práctica. O sea, el TJUE aclara que la ley europea no tenía la intención de tener un efecto extraterritorial del "derecho al olvido", pero deja abiertas varias puertas para que la CNIL y otras autoridades impulsen un bloqueo geográfico o una exclusión global caso por caso.
Teniendo en cuenta los argumentos de la petición de FLIP y otras organizaciones de libertades civiles sobre el carácter descentralizado de Internet y principios de derecho internacional, como la soberanía de los Estados y el principio de pacta sunt servanda, la Corte argumentó que una desreferenciación global cumpliría con el objetivo de protección al que se refiere la legislación de la UE en su totalidad. Sin embargo, también entendió que numerosos terceros Estados no reconocen el derecho a desreferenciar o tienen un enfoque diferente a ese derecho.
Finalmente el Tribunal añadió que el derecho a la protección de datos personales no es un derecho absoluto, sino que debe considerarse en relación con su función en la sociedad y equilibrarse con otros derechos fundamentales, de conformidad con el principio de proporcionalidad. Además, el equilibrio entre el derecho a la privacidad y la protección de datos personales, por un lado, y la libertad de información de los usuarios de Internet, por otro, es probable que varíe significativamente en todo el mundo.
El otro gran caso del TJUE relacionado con el derecho al olvido
En un segundo caso, el tribunal emitió otra decisión sobre el derecho al olvido, nuevamente en torno a un desacuerdo entre la CNIL y Google. El Consejo de Estado de Francia solicitó asesoramiento después de que CNIL decidió no ordenar a Google que elimine los enlaces de los resultados de búsqueda de internet basados en los nombres de cuatro personas.
Específicamente, el tribunal dictaminó sobre la implementación del derecho al olvido en casos que implican la desindexación de datos sensibles. Según el tribunal, las restricciones en el manejo de ciertas categorías de datos sensibles también se aplican a los buscadores. Por lo tanto, al recibir una solicitud de desindexación relacionada con datos sensibles, el operador del motor de búsqueda debe evaluar si la indexación de ese resultado es estrictamente necesaria para garantizar la protección del derecho de acceso de los usuarios a la información, en detrimento del derecho a la privacidad y protección de datos del solicitante.
Pero lo que realmente se destaca es lo que parece ser un hecho totalmente inadvertido por parte del TJUE hacia el final de la sentencia. El tribunal dijo que los buscadores deben asegurarse de que los principales resultados de búsqueda "reflejen la posición legal actual". En otras palabras, si alguien fue exonerado después de ser acusado de un delito, ese debe ser el vínculo principal. La decisión parece reforzar la idea de que los tribunales pueden determinar cómo las empresas privadas deben gestionar su algoritmo de búsqueda.
viernes, 27 septiembre 2019
Nueve periodistas de Pasto fueron amenazados por las Águilas Negras
La Fundación para la Libertad de Prensa expresa su preocupación por la amenaza a nueve periodistas del departamento de Nariño a través de un panfleto firmado por las Águilas Negras. Entre los periodistas afectados están el director del Periódico Punto, Francisco Terán; el director de Nariño Noticias, Miguel Ángel Villarreal; la corresponsal de Canal Uno y CM&, Lorena Caicedo y la corresponsal de Radio Nacional de Colombia, Natalia Cabrera.
Varios de los periodistas le manifestaron a la FLIP que el panfleto fue dejado el 26 de septiembre en la madrugada en las instalaciones del Canal Nariño Televisión por una persona encapuchada que habría sido grabada por las cámaras de seguridad del edificio.
En lo corrido de este año la Fundación ha registrado once ataques a la prensa ocurridos en el departamento que han afectado a 20 comunicadores, entre los cuales está el periodista de Samaniego Stereo, Libardo Montenegro, quien fue asesinado el 11 de junio de 2019.
La FLIP le solicita a la Unidad Nacional de Protección (UNP) que haga una evaluación de la situación de riesgo que enfrentan los periodistas amenazados con el fin de implementar las medidas de seguridad necesarias para salvaguardar su vida y su integridad. Adicionalmente, la Fundación le solicita a la Fiscalía General de la Nación que investigue a fondo este hecho con el fin de identificar y sancionar a los responsables.
Las sanciones judiciales en este tipo de situaciones son un precedente importante que contribuye a disuadir la ocurrencia de nuevas violencias contra la prensa. Así lo ha dispuesto la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe sobre Violencia contra periodistas y trabajadores de Medios: “Para prevenir la violencia contra periodistas y trabajadores de los medios de comunicación es indispensable que el ordenamiento jurídico sancione estas conductas de manera proporcional al daño cometido”.
viernes, 27 septiembre 2019
Lanzamos la primera edición de DesTápate, una revista contra la opacidad en el poder
La publicación, que elaboramos con la Alianza Más Información Más Derechos, muestra un balance desalentador de la implementación de la Ley de acceso a información pública en Colombia.
lunes, 23 septiembre 2019
Viaje sin regreso: periodismo colaborativo contra la impunidad
El pasado 16 de septiembre se llevó a cabo el lanzamiento del libro Viaje sin regreso que relata el cruel asesinato del equipo periodístico del diario El Comercio a manos de un grupo narcotraficante comandado por alias ‘Guacho’.
lunes, 16 septiembre 2019
Luego de 20 años, homicidio de Guzmán Quintero Torres es declarado de lesa humanidad
El 6 de septiembre de 1999, fue asesinado el periodista Guzmán Quintero Torres, periodista del diario El Pilón de Valledupar. El periodista había hecho denuncias contra la fuerza pública y recibió amenazas desde 1995 cuando publicó en el diario El Heraldo el artículo titulado Los hijos de la Sierra, sobre los grupos armados en la Serranía del Perijá. Meses antes de su asesinato, Quintero Torres documentó dos casos de errores militares, en uno de los cuales resultaron muertas dos mujeres, una de ellas embarazada. El otro se trató de la muerte de un niño durante una prueba de polígono.
miércoles, 11 septiembre 2019
Periodista de RTVC en Nariño fue víctima de nuevas amenazas contra ella y su familia
La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) rechaza las amenazas en contra de Natalia Cabrera, corresponsal de Radio Nacional de Colombia en Pasto. La FLIP expresa su preocupación por la situación de seguridad de la reportera, debido a las constantes intimidaciones que ha recibido en los últimos días y le solicita al Estado que atienda la situación de riesgo con celeridad.
martes, 10 septiembre 2019
FLIP reconoce el trabajo de la Fiscalía en investigación de amenazas pero exige más avances
En lo corrido del 2019, la Fiscalía General de la Nación ha logrado avanzar en la investigación y juzgamiento de varios casos de amenazas contra periodistas en Colombia.
miércoles, 04 septiembre 2019
Candidato del Centro Democrático señaló al editor general del Q’hubo de Cúcuta de ser vocero de FARC
La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) rechaza la estigmatización emitida por Iván Gélvez, candidato por el Centro Democrático a la alcaldía de Cúcuta, en contra de Jhon Jairo Jácome, periodista del medio regional que pertenece a La Opinión. La Fundación le hace un llamado al partido para que investigue y sancione las conductas del aspirante al cargo más importante de la capital de Norte de Santander.
El jueves 29 de agosto durante una entrevista en el portal Tv Cúcuta, Iván Gélvez hizo los siguientes señalamientos en contra del periodista: “El señor Jhon Jairo Jácome, que ha pertenecido y parece vocero del partido de la FARC porque siempre los defiende y ataca a todo lo que pertenece al partido de Álvaro Uribe (…) no hace una pregunta periodística, no busca encontrar la verdad”. Los hechos se presentaron luego de que el pasado 15 de agosto durante el evento “Hablemos de verdad” el reportero le preguntara al exjefe paramilitar Jorge Iván Laverde Zapata, alias “El Iguano”, sobre el apoyo que recibieron las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) en Norte de Santander por parte de la empresa “El Palustre”, que es propiedad de Gélvez.
Luego de que Jácome hiciera esta pregunta, desde algunos perfiles de Facebook en los que se apoya al candidato por el Centro Democrático se publicaron mensajes en los que se señalaba al reportero de ser miembro de las FARC. Debido a estos señalamientos, el 19 de agosto, a través de su cuenta de Twitter, la FLIP expresó su preocupación por estos hechos e invitó a Gélvez a que se pronunciara públicamente en rechazo a estos señalamientos que ponen en riesgo la seguridad del periodista. Sin embargo, el candidato a la alcaldía de Cúcuta no atendió el llamado y, por el contrario, contribuyó a través de sus declaraciones a la estigmatización del periodista.
La FLIP expresa su preocupación por los señalamientos irresponsables emitidos por Iván Gélvez, que pueden aumentar el riesgo que enfrenta Jhon Jairo Jácome por la labor periodística que desempeña en Norte de Santander. Esta clase de estigmatizaciones en las que injustamente se vincula a la prensa con actividades ilegales o intereses políticos pueden ser entendidos como señal de permisividad para que terceros cometan ataques que pongan en riesgo la vida y la integridad de los periodistas.
Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostuvo en el caso Ríos y otros vs. Venezuela que “las personas que trabajan en determinado medio de comunicación social pueden ver exacerbadas las situaciones de riesgo a las que normalmente se verían enfrentados, si ese medio es objeto de discursos oficiales que puedan (…) ser interpretados por funcionarios públicos o sectores de la sociedad como instrucciones (…) para la comisión de actos que pongan en riesgo o vulneren la vida, seguridad personal u otros derechos de personas que ejercen labores periodísticas”.
Lo anterior no quiere decir que los funcionarios no puedan criticar a la prensa o cuestionar la veracidad de lo dicho, sino que tienen la obligación de tramitar sus diferencias con los periodistas a través de mecanismos democráticos como la solicitud de rectificación o presentando argumentos o pruebas que demuestren las imprecisiones de lo publicado por la prensa. En ese sentido, las figuras de notoriedad pública, en especial los aspirantes a cargos de elección popular como Iván Gélvez, deben abstenerse de emitir declaraciones que pongan en riesgo a los reporteros y tienen la responsabilidad de adoptar un discurso favorable que respalde la labor periodística.
Al respecto, los relatores especiales para la libertad de expresión de las Naciones Unidas, de la Comisión Interamericana, de la Comisión Africana y de la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa publicaron en 2018 una declaración conjunta en la que sostuvieron: “Es legítimo que los políticos y los funcionarios públicos formulen críticas, correcciones u objeciones con respecto a reportajes específicos en los medios. Sin embargo, cuando lo hagan, siempre deben tener cuidado y asegurar que sus comentarios sean precisos, evitar la estigmatización y la desacreditación de los medios”.
La Fundación para la Libertad de Prensa le hace un llamado al partido Centro Democrático para que investigue la conducta de Iván Gélvez y emita las sanciones correspondientes a la luz del compromiso que el partido asumió el pasado 3 de mayo, junto con otras colectividades, durante la firma del “Pacto por la libertad de prensa y contra la desinformación en elecciones”. La FLIP también le solicita al candidato a la alcaldía de Cúcuta que haga una rectificación pública y se comprometa a garantizar la labor periodística durante estas elecciones y, en caso de que sea elegido como primer mandatario de la ciudad, asuma un discurso favorable hacia la prensa.
La Fundación también le hace un llamado a la Unidad Nacional de Protección (UNP) para que estos hechos sean tenidos en cuenta en el estudio de riesgo de Jhon Jairo Jácome con el fin de que la entidad implemente las medidas de seguridad necesarias para salvaguardar la vida y la integridad del reportero y la de su familia.
lunes, 02 septiembre 2019
Canal1 decide sacar del aire a Noticias Uno
Tras la confirmación de la decisión del Canal1 sobre la salida del aire de Noticias Uno, la Fundación para la Libertad de Prensa manifiesta lo siguiente:
1. El canal sostiene que esta decisión es de carácter corporativo, obedece a la crisis económica sobre los medios de comunicación y se enmarca en un patrón que afecta a otros medios que se han visto en la obligación de tomar decisiones similares que incluyen, el recorte de personal y la reducción de sus operaciones. En diálogo con la FLIP, el Canal1 afirmó que no recibieron presión evidente por parte del gobierno y que se trata de una decisión de los socios mayoritarios —Hemisphere Media— quienes optaron por sacrificar el noticiero del fin de semana dentro de sus proyecciones financieras a pesar de ser uno de sus activos más valiosos en términos periodísticos.
2. La FLIP también documentó que una de las causas de la crisis económica del Canal1 tiene que ver con no haber podido acceder a otros anunciantes, ya que los otros canales de televisión abierta tienen contratos de exclusividad con potenciales contratantes de publicidad. Esta controversia, que podría constituir una práctica de competencia desleal, está en conocimiento de la Superintendencia de Industria y Comercio, un organismo que depende directamente de la Presidencia de la República.
3. Si bien la FLIP no advirtió injerencias directas del Gobierno Nacional en esta decisión, la salida del aire de Noticias Uno pone a prueba el talante democrático del Estado colombiano. La concentración de poder en el sector de telecomunicaciones entregado por el Congreso al Ejecutivo a través de la Ley TIC, acompañada de la intención de voces potentes del partido de Gobierno de silenciar a Noticias Uno, configuran un escenario propicio para que el Canal1 haya contemplado sacrificar al mencionado noticiero. En manos del gobierno están decisiones críticas con respecto al futuro financiero de los medios, entre ellas, resolver la controversia sobre abuso de posición dominante de los competidores en televisión y buena parte de la regulación del sector. Personas con posición de liderazgo dentro de la empresa advirtieron a la FLIP sobre este escenario.
4. Un factor que incidió en la decisión de sacar del aire a Noticias Uno es que el Grupo Aval, anunciante histórico y muy importante de ese espacio, retiró la totalidad de su pauta afectando notablemente los recursos para la operación del canal.
5. El Canal1 decidió en junta directiva, del pasado miércoles 28 de agosto, retirar de su parrilla de programación los noticieros de fin de semana buscando que Noticias Uno y CM& se unieran para emitir entre semana pero, según pudo documentar la FLIP, esa es una opción inviable.
6. Por la sensibilidad de algunos asuntos abordados por Noticias Uno y su inminente salida del aire, es muy importante que el Gobierno Nacional asuma el deber de protección de los periodistas que estén en situación de riesgo como consecuencia de su oficio.
7. Con la salida del aire de Noticias Uno (cuya vigencia depende de una negociación interna del grupo empresarial pero que se estima entre 30 y 60 días) pierde el pluralismo informativo en Colombia. La homogeneidad del cubrimiento periodístico en nuestro país hace que este hecho represente una pérdida significativa para la libertad de prensa y el derecho de la sociedad a estar bien informada.
8. La FLIP convoca a los medios de comunicación, a todas las ramas del poder público y a los organismos de control a instalar una mesa de discusión sobre el futuro del periodismo libre en Colombia. Como sociedad nos corresponde garantizar que estos desenlaces no sean motivados o funcionales a los intereses de un poder determinado.
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Aquí puede conocer el comunicado de prensa que emitió Canal1.








