Pronunciamientos

FLIP presenta solicitud de nulidad del fallo contra el Movice por el mural ¿Quién dio la orden?

sábado, 29 febrero 2020

FLIP presenta solicitud de nulidad del fallo contra el Movice por el mural ¿Quién dio la orden?

  • En octubre del 2019 el Movice pintó el mural llamado ¿Quién dio la orden?. Miembros del Ejército lo pintaron de blanco.

  • En diciembre de 2019, Marcos Evangelista Pinto, uno de los generales representados en el mural, interpuso una tutela argumentando que la publicación vulneraba sus derechos al buen nombre, honra, dignidad humana y presunción de inocencia.

  • El Juez 13 Civil del Circuito ordenó al Movice retirar la foto de todas las redes sociales y medios de comunicación.

  • La FLIP presentó una acción de nulidad, si se mantiene el fallo, se solicitará su revisión ante la Corte Constitucional

 

La FLIP rechaza el fallo de tutela del 21 de febrero en el que se ordena al Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice) eliminar de paredes, redes sociales y medios de comunicación la imagen del mural ¿Quién dio la orden?, altamente difundida en redes sociales desde octubre de 2019.

El 18 de octubre de 2019, el Movice y otras organizaciones de la Campaña por la Verdad pintaron un mural que mostraba los rostros de cinco altos oficiales del Ejército (dos de ellos ya retirados) con cifras de las ejecuciones extrajudiciales. En horas de la noche, miembros del Ejército irrumpieron en el lugar y pintaron la obra de blanco, hecho que fue denunciando por el Movice a través de redes sociales. El 19 de diciembre de 2019, Marcos Evangelista Pinto, uno de los generales representados en el mural, interpuso una tutela argumentando que la publicación vulneraba sus derechos al buen nombre, honra, dignidad humana y presunción de inocencia. 

Aunque el juez de primera instancia falló a favor del Movice y reconoció que la publicación es una manifestación legítima de la libertad de expresión, el juez que conoció la impugnación instó al Movice a retirar la foto de todas las redes sociales y medios de comunicación.

La FLIP considera que la decisión del Juez 13 Civil del Circuito es imposible de cumplir porque retirar la imagen de todas las redes sociales y medios de comunicación tras haber sido difundida de forma masiva excede la capacidad del Movice. Para poder cumplir con esta orden, se tendría que consultar a las demás personas y organizaciones que la replicaron para que la retiren. Esto, fuera de ser irrazonable y altamente dispendioso para el Movice, requiere vincular a quienes han reproducido la imagen al proceso de tutela.

Frente a esto, se reitera que la orden va en contra del debido proceso y la legítima defensa porque ninguno de los medios y personas que publicaron la imagen fueron vinculados al proceso de tutela, por lo que no tuvieron la oportunidad de defenderse en el proceso o aportar sus propias pruebas. La FLIP recuerda que el juez debe vincular al trámite de tutela a todas las personas que puedan verse afectadas por la decisión, pues toda persona tiene derecho a ser informada de procesos que le afectan como una garantía mínima del debido proceso.

El 27 de febrero, la FLIP presentó una solicitud de nulidad de la sentencia ante el Juez 13 Civil del Circuito por las vulneraciones que suponen frente al debido proceso. Si después de subsanada la nulidad se mantiene el fallo, se solicitará su revisión ante la Corte Constitucional. La FLIP hace un llamado al juez del caso para que anule este fallo violatorio de la libertad de expresión y el debido proceso.

 

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Funcionarios de la SIC solicitaron retirar sus nombres de un reportaje sobre una denuncia penal en su contra

viernes, 28 febrero 2020

Funcionarios de la SIC solicitaron retirar sus nombres de un reportaje sobre una denuncia penal en su contra

  • Los funcionarios presentaron tres derechos de petición para que la Agencia de Periodismo Investigativo (API) eliminara sus nombres.
  • Esta medida es violatoria de la libertad de prensa
  • Los periodistas no están limitados a informar únicamente hechos frente a los cuales ya existe una decisión judicial.

 

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) rechaza la solicitud realizada por tres funcionarios de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) a la Agencia de Periodismo Investigativo (API) de retirar sus nombres de un reportaje periodístico sobre una presunta denuncia penal en su contra. Esta es una medida que vulnera la libertad de prensa y pretende ocultar información de interés público.

El pasado 26 de enero, API publicó un reportaje sobre la investigación que la Fiscalía está llevando a cabo por la denuncia en contra de tres funcionarios de la SIC por el presunto delito de prevaricato por acción. Según el medio, la denuncia está relacionada con la actuación de los funcionarios en la reventa de boletería de los partidos de la Selección Colombia de fútbol en la eliminatoria del mundial de Rusia 2018. Dos días después de la publicación, el director de API recibió tres derechos de petición enviados por los funcionarios implicados. Según ellos, para la fecha de remisión del derecho de petición no existía una denuncia en su contra, por lo cual solicitaron suprimir sus nombres y procedieron a tachar de falso el artículo. Además, uno de ellos solicitó que se abstuvieran de incluir su nombre en publicaciones futuras.

El caso de API no es el único reportado a la FLIP en el que se ha presionado a medios para que eliminen contenidos periodísticos por supuestas violaciones al derecho de habeas data. En el 2019, la SIC ordenó el bloqueo “temporal” de una publicación hecha por PlagioSOS, un portal de investigación periodística y denuncia pública de casos de plagio. La publicación estaba relacionada con un caso de plagio en la Universidad Javeriana y a pesar de que la orden de bloqueo era temporal, luego de cuatro años, la orden sigue vigente.

Es necesario resaltar que los periodistas no están limitados a informar o pronunciarse únicamente sobre asuntos o hechos frente a los cuales ya existe una decisión judicial. La revelación de información sobre presuntos hechos delictivos de funcionarios públicos está protegida por la libertad de expresión. La Corte Constitucional ha reiterado que los funcionarios públicos tienen la obligación de aceptar el riesgo de ser afectados por críticas, opiniones o revelaciones adversas, pues esto fomenta la transparencia en las actividades estatales y promueve la responsabilidad de los funcionarios en su gestión (Corte Constitucional, sentencia T-277 de 2018).

La FLIP hace un llamado a los funcionarios para que sean tolerantes a la crítica y a que no se opongan a que se informe sobre procesos judiciales en los que están involucrados. Además, hace un llamado a la SIC para que se abstenga de manifestarse en contra de la libertad de expresión y para que no tomen una posición institucional de censura frente a las acusaciones que se hacen en contra de sus funcionarios.

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Homicidio de  Silvia Margarita Duzán es declarado crimen de lesa humanidad

miércoles, 26 febrero 2020

Homicidio de Silvia Margarita Duzán es declarado crimen de lesa humanidad

La periodista Silvia Duzán fue asesinada el 26 de febrero de 1990 en Santander. La Fiscalía reconoció que este crimen hizo parte de un ataque sistemático de grupos paramilitares. Esta declaratoria debe estar acompañada de los esfuerzos de la Fiscalía para investigar el crimen.

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[Convocatoria] Soporte de sistemas

martes, 25 febrero 2020

[Convocatoria] Soporte de sistemas

Estamos buscando soporte de sistemas. Necesitamos a una persona o un equipo que garantice el funcionamiento de nuestros equipos y de nuestros sistemas de información. Los servicios deben prestarse en nuestra oficina en Bogotá.

Las personas interesadas deben enviar la propuesta al correo convocatorias@flip.org.co a más tardar el 27 de febrero de 2020 a las 11:59 pm.

Aquí puede conocer las especificaciones de la convocatoria.

 

 

 

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El periodista Édgar Osma fue agredido físicamente por manifestantes en Floridablanca, Santander

sábado, 22 febrero 2020

El periodista Édgar Osma fue agredido físicamente por manifestantes en Floridablanca, Santander

  • Osma es el director del periódico Construyendo Región y estaba cubriendo un evento organizado por la multinacional Minesa.

 

  • A la salida del evento varios manifestantes, que protestaban contra la multinacional, se toparon con Osma, lo insultaron y golpearon, dejándole dos hematomas. Además, los ataques le detonaron un episodio de taquicardia.

 

  • La FLIP extiende este comunicado a la Policía Nacional, a la Unidad Nacional de Protección y a diferentes movimientos ambientalistas.


La FLIP rechaza la agresión de la que fue víctima el periodista y le solicita a las autoridades competentes que tomen las medidas pertinentes para salvaguardar la vida y la integridad del reportero afectado y garanticen el cubrimiento periodístico en este tipo de reuniones.

El pasado jueves 20 de febrero, Minesa organizó un encuentro en el Club Campestre de Floridablanca con el fin de dar a conocer detalles sobre el proyecto de extracción de oro que se planea adelantar en el páramo de Santurbán. Mientras esto ocurría, varios personas que se oponen a la actividad de explotación hicieron una manifestación a las afueras del lugar donde se desarrollaba el evento. 

Cuando Sergio Andrés Osma, otro de los periodistas de Construyendo Región, llegó a registrar lo que estaba sucediendo, los manifestantes le impidieron ingresar al Club. En ese momento, el director del periódico, Edgar Osma, se acercó a las personas que protestaban para solicitarles que dejaran ingresar a su colega. Entonces, varios de los manifestantes respondieron con insultos y con agresiones físicas contra el reportero, lo cual le ocasionó un episodio de taquicardia y le dejó dos hematomas: uno en la cabeza y otro en una de sus muñecas. 

La FLIP expresa su preocupación por este hecho y le solicita a la Policía Nacional que garantice la labor de la prensa en futuros cubrimientos relacionados con este y otros hechos de alto interés público para la comunidad. También le solicita a la Unidad Nacional de Protección (UNP) que estos nuevos hechos sean tenidos en cuenta en el estudio de riesgo de Edgar Osma para determinar cuáles deben ser las medidas idóneas para salvaguardar la vida y la integridad del reportero y la de su familia. 

Por último, la Fundación le hace un llamado a los diferentes movimientos ambientalistas para que no se conviertan en agresores contra la prensa en este tipo de escenarios. Garantizar el principio de diversidad y pluralismo en los medios de comunicación en el cubrimiento de temas de alto interés para la ciudadana contribuye a la deliberación abierta, plural y libre que necesita cualquier sociedad democrática. 

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FLIP rechaza prohibición a medios para difundir noticias sobre denuncias de acoso sexual contra Guillermo Zuluaga

viernes, 21 febrero 2020

FLIP rechaza prohibición a medios para difundir noticias sobre denuncias de acoso sexual contra Guillermo Zuluaga

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) rechaza la medida cautelar que emitió el Juez Séptimo Administrativo Oral de Medellín a favor de José Guillermo Zuluaga Ceballos para que cesen las publicaciones por parte de Morada Noticias, Caracol Televisión y Noticias Caracol sobre una serie de acusaciones de acoso sexual en contra de Zuluaga.

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Funcionarios y seguidores en redes sociales de la Alcaldía de Neiva atacaron al diario La Nación

viernes, 21 febrero 2020

Funcionarios y seguidores en redes sociales de la Alcaldía de Neiva atacaron al diario La Nación

La FLIP expresa su preocupación por la difusión de mensajes en redes sociales contra el diario La Nación por parte de seguidores del alcalde y rechaza las intimidaciones a través de llamadas telefónicas que denunciaron las directivas del medio de comunicación.

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Nueva orden de arresto contra Lucio Torres viola la libertad de prensa

domingo, 16 febrero 2020

Nueva orden de arresto contra Lucio Torres viola la libertad de prensa

  • Un juez impuso orden de arresto y multa en contra del periodista Lucio Torres.
  • La orden de arresto se dio después de que el líder religioso Miguel Arrázola y su esposa interpusieran un incidente de desacato.
  • Todo el trámite de tutela estuvo atravesado de irregularidades que afectan directamente al periodista.

 

La FLIP rechaza la orden de arresto por diez días y la multa de diez salarios mínimos impuesta por el Juzgado Octavo Penal Municipal de Cartagena contra el periodista Edison Lucio Torres. La orden del juez fue emitida después de que el periodista se negara a retirar las publicaciones en las que se refiriera a Miguel Arrázola, líder de la iglesia Ríos de Vida, y a su esposa María Paula García Silva.

La orden de arresto se dio después de que Arrázola y su esposa interpusieran un incidente de desacato por el incumplimiento del fallo de tutela. En su decisión, el juez ordenó la eliminación de toda la información publicada en los portales para los que trabaja el periodista y en donde tenga alguna influencia. Además, previno al periodista para que se abstuviera de “incurrir en hechos violatorios de los derechos fundamentales de las personas”. De acuerdo con la entrevista que le concedió al portal Mundo Noticias, en total son ocho publicaciones en las que el periodista se ha referido al líder religioso.

La FLIP tuvo conocimiento de una serie de irregularidades durante el trámite de tutela interpuesto contra el periodista. En primer lugar, pese a que el fallo de tutela fue emitido el 2 de diciembre de 2019, el periodista sólo tuvo acceso a éste hasta el 14 de febrero del 2020. En segundo lugar, y como consecuencia de lo anterior, el desconocimiento del contenido de la sentencia impidió que el periodista pudiera ejercer su derecho a la defensa e impugnar el fallo. Tercero, pese a que el periodista alegó la nulidad del fallo por una evidente violación al derecho fundamental al debido proceso, el Juzgado Trece Civil Municipal de Cartagena, quien tuvo conocimiento de la solicitud de nulidad, rechazó la petición. 

Las órdenes emitidas por el Juzgado Octavo Penal Municipal de Cartagena de eliminar el contenido publicado por el periodista son innecesarias, desproporcionadas y atentan seriamente contra la libertad de expresión y de prensa. En consideración de la FLIP, la decisión del juez desconoce la regulación de la acción de tutela y la jurisprudencia constitucional, las cuales exigen la presentación de una solicitud de rectificación antes de dar trámite a una acción de tutela. Así mismo, cuando exista información desactualizada es posible solicitar la actualización. 

Forzar al periodista a retirar de internet las notas periodísticas y negarle la oportunidad de aportar los documentos que apoyan su reportería, además de violar la libertad de expresión y el debido proceso, también vulneran el derecho que tiene la ciudadanía a estar informada sobre asuntos de alto interés público.  

Resulta aún más preocupante la orden de arresto por diez días emitida por el juez de tutela. Esta es una medida extrema que funciona como un mensaje disuasorio, que genera intimidación en los periodistas e impide el libre ejercicio de su labor.

La FLIP rechaza esta clase de decisiones y hace un llamado a las autoridades judiciales para que sus fallos se adopten a los estándares internacionales de libertad de expresión y garanticen el debido proceso y el derecho de defensa de los periodistas.

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Periodista de Arauca tuvo que abandonar el departamento por amenazas

sábado, 15 febrero 2020

Periodista de Arauca tuvo que abandonar el departamento por amenazas

  • El reportero Wilfer Moreno fue víctima de una amenaza por parte de un hombre que se identificó como comandante del ELN.

  • Moreno se vio obligado a dejar inmediatamente el departamento.

  • La FLIP le solicita a la UNP que tome las medidas necesarias para proteger al periodista.

La FLIP expresa su preocupación por la situación de seguridad del periodista de CNC Noticias, Wilfer Moreno. El reportero fue víctima de una amenaza que lo obligó a desplazarse del municipio de Arauca. La Fundación les solicita a las autoridades que investiguen estos hechos y garanticen la seguridad del periodista.

El pasado jueves 13 de febrero el reportero recibió una llamada en la que un hombre que se identificó como alias “Marcos” lo amedrentó para que suspendiera la transmisión de su espacio informativo durante el paro armado de 72 horas que anunció el Ejército de Liberación Nacional (ELN) y que empieza este 14 de febrero. Cuando Moreno se negó cumplir con la orden, el desconocido lo declaró objetivo militar y le advirtió que tenía que abandonar el departamento en una hora.

Luego de la amenaza, el reportero tuvo que salir de inmediato del municipio para salvaguardar su vida. Esta intimidación se presentó luego de que Moreno cubriera los temas de orden público en el departamento a través de su espacio informativo, en el que denuncia constantemente las acciones delictivas del ELN. El desplazamiento del reportero afecta la pluralidad informativa de los araucanos, debido a que la señal del informativo de CNC llega a los municipios de Fortul, Tame, Saravena, Rondón y Arauca.

La Fundación le solicita a la Unidad Nacional de Protección (UNP) que tome las acciones necesarias para proteger a Wilfer Moreno durante el tiempo que se encuentre fuera de Arauca e implemente las medidas necesarias para salvaguardar su vida y su integridad. Adicionalmente, la FLIP le hace un llamado a la Unidad para que coordine con las autoridades locales la implementación de medidas preventivas con el fin de garantizar el trabajo informativo de los demás reporteros del canal y d otros medios de comunicación.

La FLIP hace un llamado a la Fiscalía General de la Nación para que investigue con celeridad estas amenazas con el fin de dar con el paradero de los responsables. Las sanciones judiciales en este tipo de situaciones son un precedente importante que contribuye a disuadir la ocurrencia de nuevas violencias contra la prensa. Así lo ha dispuesto la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe sobre Violencia contra periodistas y trabajadores de Medios: “Para prevenir la violencia contra periodistas y trabajadores de los medios de comunicación es indispensable que el ordenamiento jurídico sancione estas conductas de manera proporcional al daño cometido”.

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