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jueves, 09 julio 2020
Apoyo del Fondo Sueco-Noruego de Cooperación a la FLIP
Este año, FOS -el Fondo Sueco-Noruego de Cooperación para la Sociedad Civil- culminó su misión en Colombia, después de 10 años de apoyo a la sociedad civil. La FLIP es una de las organizaciones que recibió el apoyo de FOS para cumplir el objetivo de lograr una sociedad colombiana informada.
Gracias al apoyo de FOS pudimos investigar a profundidad el ecosistema de medios del país. Finalizamos nuestro proyecto Cartografías de la información y construimos el libro Periodismo Roto: un viaje por las grietas de la información en Colombia.
Una de las conclusiones a las que llegamos con estos dos productos es que hacer periodismo en las regiones tiene un costo muy alto. El escenario es preocupante: en 666 municipios, donde viven más de diez millones de personas y representa el 60% del país, los habitantes no tienen acceso a contenido local. Por un lado hay municipios que no cuentan con medios de comunicación y por el otro hay municipios en los que aunque existen medios estos no producen contenido local.
En nuestra misión de fortalecer la producción y difusión de información local, también realizamos dos foros regionales con el apoyo de FOS. En Ibagué, Tolima, y Quibdó, Chocó, hablamos con periodistas, estudiantes, autoridades y audiencias acerca de los retos a los que se enfrenta el periodismo local. También abordamos los temas de desinformación y fake news, especialmente en el contexto de elecciones.
También hicimos reuniones con autoridades y periodistas en cuatro departamentos del país, con el fin de conocer a fondo las dificultades a las que se enfrenta la prensa regional. Visitamos Chocó, Cauca, Vichada y Guaviare. Después de estas mesas de trabajo, pudimos construir cuatro documentos con recomendaciones puntuales aplicadas a cada caso.
FOS también fue fundamental para el crecimiento de La Liga Contra el Silencio. Durante 2018 y 2019 La Liga publicó más de sesenta historias, llevando al debate público temas que habían estado silenciados por mucho tiempo. Además, el equipo de La Liga tuvo encuentros con periodistas locales, a quienes involucraron en el proyecto como fuentes o aliados. Para La Liga es clave tejer redes con reporteros en distintas regiones del país e involucrarlos en esta alianza para llevar información a los territorios silenciados.
El trabajo con FOS nos permitió entender a profundidad el ecosistema informativo en el país, el impacto del conflicto en los medios y las condiciones precarias en las que se desarrolla el periodismo en algunas regiones del país. Los ejemplos que mencionamos en este artículo son apenas una muestra del trabajo conjunto que realizamos con el apoyo de la cooperación internacional para defender el derecho de los colombianos a estar informados. Queremos seguir robusteciendo la difusión de información y las distintas formas de narración de lo que sucede en las zonas silenciadas.
miércoles, 08 julio 2020
La radio pública y comunitaria deberán difundir gratuitamente los servicios de las comisarías de familia durante la situación de emergencia
- El Gobierno en marzo había ordenado que las emisoras comunitarias difundieran gratuitamente las campañas de prevención de violencia intrafamiliar y otros asuntos de las comisarías de familia.
- En junio, la Corte Constitucional revisó el decreto y extendió la obligación de difusión gratuita de estos servicios a la radio pública.
La Corte Constitucional extendió la obligación de difusión gratuita de los servicios de las comisarías de familia a las radiodifusoras públicas. La Corte realizó control automático de constitucionalidad del Decreto 460 de 2020 y en su revisión destacó el valor social del ejercicio informativo. Además, reconoció la relevancia de garantizar el flujo de información para contrarrestar la violencia intrafamiliar, fenómeno que se ha intensificado durante el aislamiento.
El 22 de marzo de este año, el Gobierno nacional tomó una serie de medidas para atender los casos de violencia intrafamiliar durante el estado de emergencia sanitaria. Entre ellas está la obligación de las emisoras comunitarias de difundir de manera gratuita las campañas de prevención de violencia intrafamiliar y delitos sexuales, los servicios de las comisarías de familia y los medios telefónicos y virtuales de atención que se han dispuesto para ello.
Este decreto se basa en el potencial de la radio para transmitir información en zonas rurales y aisladas, donde con frecuencia es el único mecanismo para mantener a la población informada. También busca asegurar el derecho de acceso a la información sobre temas de relevancia pública. El decreto concuerda con el Reglamento del Servicio de Radiodifusión Sonora (Resolución 415 de 2010), que dispone que los medios de comunicación deben otorgar espacios gratuitos a las autoridades para informar durante situaciones de emergencia.
Intervención de la Fundación para la Libertad de Prensa
En una intervención ante la Corte Constitucional, la FLIP argumentó que aunque el decreto apunta a un fin legítimo, le impone una carga desproporcionada a las radios comunitarias porque agudiza las dificultades de muchas emisoras y amenaza su sostenibilidad. Además, la instrumentalización de las emisoras comunitarias también pasa por alto la necesidad y obligación del Estado de asegurar las condiciones necesarias para garantizar el derecho a la información en sus múltiples facetas: brindarla y recibirla.
Para la FLIP, el rol central de la radio comunitaria se vería gravemente comprometido si la difusión de la información relativa a la emergencia se canaliza únicamente a través de estos medios, sin el apoyo de otros radiodifusores ni medidas financieras para asegurar su funcionamiento. Por esto, la Fundación solicitó que el estudio de la norma tuviera en cuenta criterios de racionalidad y equidad.
Decisión de la Corte Constitucional
La Corte Constitucional respaldó la postura de la FLIP al determinar que la obligación impuesta de manera exclusiva a las emisoras comunitarias de difundir gratuitamente esta información es un trato diferenciado e injustificado frente a otros tipos de servicios de radiodifusión en el país. La medida “no incluye a las radiodifusoras públicas, quienes cuentan con mayor capacidad de difusión y respecto a las cuales las normas no les impone ese deber”, como lo señaló la FLIP.
Además, advirtió que la exclusividad en cabeza de las emisoras comunitarias es desproporcional al advertir que se trataba de una carga que las radiodifusoras públicas tienen mayor capacidad de asumir y para las cuales la norma de excepción no les impone tal deber. Así, la Sala Plena de la Corte deberá explicar la modulación del deber de solidaridad y por qué las emisoras privadas estarían exentas de prestar un servicio público indispensable para atender la crisis sanitaria y garantizar derechos fundamentales.
La FLIP coincide con los magistrados Alberto Rojas y Cristina Pardo, que en sus salvamentos de voto expresaron que el deber de solidaridad debería recaer sobre todo el universo de emisoras, sin distinción entre lo público y privado, por cuanto el ejercicio informativo tiene una vocación social y pública y, en consecuencia, debía cobijar a la radio comercial por las circunstancias excepcionales.
Aquí puede conocer el comunicado de la Corte Constitucional.
viernes, 03 julio 2020
Agresiones que ocurren exclusivamente en internet
Las plataformas en internet son primordiales para el desarrollo del periodismo en estos momentos. Por esta razón, también son un blanco para aquellos que quieren censurar o amedrentar a la prensa.
La FLIP documenta y denuncia agresiones a la prensa que ocurren exclusivamente en internet. En esta categoría se encuentran las solicitudes de eliminación de material, las acciones arbitrarias en redes sociales y los ciberataques a páginas web.
Solicitudes de remoción o bloqueo de contenidos en Internet:
Desde hace algunos años, algunas personas, especialmente abogados, argumentan que se puede solicitar a un medio de comunicación que elimine o bloquee artículos periodísticos que consideran irrelevantes debido al paso del tiempo.
En esta guía pueden conocer lo que se ha dicho al respecto del llamado “derecho al olvido” y cómo responder a estas solicitudes.
Además, en este paso a paso les explicamos cómo responder a las solicitudes de rectificación.
Ciberataque a páginas web:
Ataques digitales para obstruir la labor periodística como: acceso ilegal a usuarios y contraseñas de computadores, correos y administradores de contenidos; falsificación de cuentas de usuario para suplantar al periodista; ataques a la página del medio de comunicación para dejarlo fuera de servicio e instalación de programas maliciosos con el fin de robar información.
Acciones arbitrarias de redes sociales:
Acciones de plataformas de Internet, a través de las cuales se bloquea, limita o elimina contenido de medios o periodistas obstruyendo la difusión o la obtención de información de interés público. También aplica para casos en los que las plataformas impiden que los periodistas ingresen a sus perfiles como administradores de sus páginas.
En la FLIP estamos comprometidos con defender el derecho a la libertad de prensa y a recibir información. Por esta razón, si usted es periodista y está siendo víctima de estos ataques, no dude en contactarnos por nuestras redes sociales o por el correo documentacion@flip.org.co.
viernes, 26 junio 2020
Alcalde de Medellín presionó a medios de comunicación para obstruir una publicación sobre violencia sexual
La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) rechaza las presiones por parte del alcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle, y de personas cercanas al mandatario contra los equipos periodísticos de la W Radio y El Espectador. La FLIP pudo documentar que Quintero presionó personalmente a directivos de medios de comunicación y señaló a periodistas de ser opositoras a su gestión como forma de evadir las preguntas acerca de asuntos sobre los cuales debe rendir cuentas.
jueves, 25 junio 2020
Protocolo de seguridad para medios - Acos Alliance
Acos Alliance construyó un protocolo de seguridad para enfrentar los riesgos que ha traído consigo la pandemia. El protocolo busca que los medios de comunicación y periodistas independientes logren adaptar sus prácticas a las nuevas circunstancias.
Aquí puede conocer el protoclo en español.
Además, Acos Alliance puso a disposición una serie de recursos para cubrir la pandemia y minimizar los riesgos a los que se enfrentan medios y periodistas. Los recursos y guías abordan temas como manejo de crisis, comunicaciones, higiene y salud mental.
Las guías están enfocadas especialmente en los reporteros independientes y las recomendaciones para atender asuntos como las acreditaciones, los insumos de bioseguridad y los seguros.
Aquí puede navegar por los recursos.
En este momento los recursos están en inglés pero la guía se está traduciendo al español.
Esta herramienta fue producida por Acos en alianza con Article 19, Committee to Protect Journalists, Free Press Unlimited, Frontline Freelance Register, International Center for Journalists, International Media Support, International News Safety Institute, International Press Institute, International Women’s Media Foundation, Reporters Without Borders, Samir Kassir Foundation y World Association of News Publishers.
miércoles, 24 junio 2020
Proteger a los denunciantes es una garantía democrática
A propósito del Día Mundial de los whistleblowers (denunciantes), la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) expresa su preocupación por el riesgo al que están expuestos los periodistas y las fuentes que han publicado reportajes periodísticos de altísimo interés público en las últimas semanas.
Por ello, queremos llamar la atención de la Fiscalía General de la Nación sobre dos casos. Primero, el de los denunciantes y periodistas que sacaron a la luz pública la participación de José Guillermo “Ñeñe” Hernández en la presunta compra de votos durante la segunda vuelta presidencial de 2018; y segundo, el caso de quienes aportaron información a Revista Semana y que ahora son investigados disciplinariamente por parte de la Procuraduría General de la Nación. Estas fuentes revelaron la existencia de acciones sistemáticas para perfilar a decenas de personas (entre las cuales hay más de 54 periodistas) a partir de los lugares que frecuentaban, con quiénes se citaban y los contenidos publicados.
Los riesgos a los que están expuestos periodistas y fuentes que revelan información sensible de interés público exige que las entidades del Estado, responsables de su protección, implementen las medidas necesarias para garantizar que los reporteros continúen desarrollando su labor. El Estado colombiano está en la obligación de proteger a los funcionarios públicos y ciudadanos particulares que denuncien de buena fe actos de corrupción, incluyendo la protección de su identidad e integridad.
En este escenario, es necesario que las fuentes puedan seguir aportando información relevante que contribuya a la investigación sobre estos hechos. Aquí, la Fiscalía General de la Nación desempeña un rol central al garantizar que se investiguen las amenazas que han recibido los denunciantes. Por lo anterior, la Fundación le hace un llamado a la Fiscalía General de la Nación para que: i) adopte medidas concretas que permitan garantizar la seguridad de quienes están aportando información de interés general y ii) tome acciones para garantizar la seguridad de las fuentes que estén expuestas a una situación de riesgo inminente derivado de estas publicaciones periodísticas.
Además, la FLIP le solicita a la Unidad Nacional de Protección (UNP) que adopte las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad de los reporteros que han denunciados situaciones de riesgo derivadas de estas investigaciones periodísticas.
El Día Mundial de los Whistleblowers y por qué defenderlos
Este 23 de junio se conmemora el Día Mundial de los Whistleblowers, que reconoce el importante papel de los denunciantes (whistleblowers) en la lucha contra la corrupción y el mantenimiento de la seguridad nacional. El derecho de los ciudadanos a denunciar es una faceta legítima del derecho a la libertad de expresión que requiere medidas concretas de las autoridades nacionales para su garantía efectiva.
Las denuncias de whistleblowers parten de la buena fe y de la convicción de que se está frente a irregularidades como: la violación de políticas, normas, regulaciones, leyes; amenazas al interés público o la seguridad nacional; así como ante fraude, corrupción o actos poco éticos o incorrectos dentro de una organización.
Exponer a la luz pública este tipo de información busca mantener vivo el derecho de la sociedad a estar informada con el fin de hacer control político y social, y promover la rendición de cuentas y la gobernanza democrática. Estas denuncias generalmente ocurren cuando los mecanismos institucionales son insuficientes, no proporcionan los canales seguros para hacer efectiva la denuncia o son ineficaces.
Los denunciantes suelen asumir un alto riesgo: pueden ser despedidos, sancionados disciplinaria y penalmente, apartados de su sector profesional como mecanismo de sanción social, arrestados, amenazados o, en casos extremos, hostigados o asesinados.
Proteger a los denunciantes y a quienes difunden sus denuncias fomenta una cultura de transparencia, forja un mejor debate democrático y es una condición necesaria para quienes confrontan las barreras institucionales y las estructuras rígidas. En algunos casos estas estructuras facilitan la posibilidad de obstruir el acceso y la difusión de información que la sociedad legítimamente está interesada en conocer. Por ello, en contextos de cooptación o uso irregular de los poderes del Estado y la falta de mecanismos jurídicos que garanticen la seguridad del denunciante, es indispensable que se garantice tanto la confidencialidad de los denunciantes como la posibilidad de formular denuncias anónimas.
sábado, 20 junio 2020
La FLIP rechaza las estigmatizaciones del alcalde de Dabeiba contra la prensa local
- El alcalde Urrego hizo señalamientos irresponsables contra el periodismo del municipio.
- Además, el alcalde ha utilizado las vías judiciales para restringir el debate público.
- El alcalde tiene el deber de garantizar el ejercicio periodístico y tener mayor tolerancia a la crítica.
La FLIP tuvo conocimiento de las declaraciones que el pasado 16 de junio hizo Leyton Urrego Durango, alcalde de Dabeiba, contra el periodismo local que indaga sobre información del contagio de COVID-19. En una alocución el alcalde sostuvo: “Le pedimos a las personas que dejen de llamar ese virus por acá. No se dejen influenciar por supuestos periodistas malignos, carroñeros, que dicen ser periodistas y están publicando cosas negativas para nuestro municipio”.
La FLIP advierte que esta situación es perjudicial para el ejercicio libre e independiente del periodismo en la región, para el acceso a la información por parte de la población y, además, socava la garantía de veeduría sobre la gestión de la administración frente a la atención de la emergencia.
Durante el estado de emergencia es indispensable que las autoridades públicas garanticen las condiciones óptimas para el ejercicio de la libertad de prensa ya que la información relativa a su gestión y atención es de relevancia pública. Brindar información y asegurar su difusión permite que los ciudadanos tengan múltiples herramientas para comprender aspectos complejos que les permitan tomar decisiones informadas.
La pandemia del COVID-19 no sólo exige que las autoridades públicas sean proactivas en proporcionar información veraz y oportuna. Para que la ciudadanía esté informada también se requiere que todo lo que sucede con ocasión de la crisis sea contrastado y cuestionado por puntos de vista diversos que escapan de la mirada institucional y que son de enorme utilidad para fortalecer el debate democrático sobre esta situación de interés general.
La Corte Constitucional ha recalcado recientemente que la libertad de expresión es un pilar del Estado Social de Derecho y un principio fundamental de los regímenes democráticos, en esa calidad previene abusos de poder y es una “válvula de escape” que estimula la confrontación pacífica de las decisiones estatales o sociales que no se compartan, de ahí que goza de un grado reforzado de protección (Sentencia T-155 de 2019).
El alcalde Urrego debe fomentar un clima óptimo para que la ciudadanía se mantenga informada sin valerse de estigmatizaciones contra la prensa. Una característica esencial de una sociedad democrática es la posibilidad de consultar distintos puntos de vista, contenidos y aproximaciones a los hechos, de manera que se respete la autonomía y criterio de los ciudadanos.
El alcalde y su equipo de trabajo deben asumir el deber de mayor tolerancia a la crítica propio de los funcionarios públicos en el marco de una crisis como la actual. Así lo recordó recientemente la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su Resolución 01 de 2020: “En las actuales circunstancias, constituye un deber que las autoridades estatales informen a la población (...) También, deben recordar que están expuestos a un mayor escrutinio y a la crítica pública, aun en períodos especiales”.
Por ello, la FLIP le recuerda a las autoridades del municipio de Dabeiba, y en especial al alcalde, que deben respetar el escrutinio sobre la gestión frente a la emergencia y sobre la situación de contagio sin que ello signifique una represalia contra la prensa.
Además, la FLIP alerta sobre el uso de vías judiciales para contrarrestar el debate público por parte del alcalde Urrego. Recientemente interpuso una acción de tutela contra un periodista independiente a sabiendas de no haber solicitado la rectificación de manera previa, requisito indispensable para utilizar este mecanismo de defensa de manera legítima.
Para la FLIP es de extrema gravedad que el resultado de dicho proceso implicó la afectación de los derechos fundamentales a la libertad de expresión, al acceso a la administración de justicia y al debido proceso del periodista por cuenta de un error judicial. Ordenar la rectificación de opiniones desconoce la jurisprudencia constitucional que ha establecido que el objetivo de la rectificación es controvertir las informaciones que carecen de veracidad e imparcialidad, por lo que este mecanismo no puede aplicarse a las opiniones. Limitar las opiniones sobre la gestión de un funcionario público desconoce que, por su relevancia pública, se trata de un discurso especialmente protegido y esto constituye una forma de censura previa, la cual está prohibida por la Constitución.
Por lo anterior, la FLIP hace un llamado al alcalde de Dabeiba a que, en cumplimiento del mandato constitucional de su cargo, respete la libertad de expresión y promueva un ambiente favorable que respalde la labor periodística y el acceso a la información. De ese modo, se abstenga de calificar la labor de la prensa en el municipio, de intimidar y desacreditar a la prensa al igual que censurar los contenidos periodísticos en la región.
viernes, 19 junio 2020
Queda libre uno de los acusados del secuestro a periodistas de El Comercio
El 17 de junio de 2020, el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Tumaco, en decisión de segunda instancia, concedió la libertad por vencimiento de términos a favor de Gustavo Alonso Ospina Hernández, alias Barbas. El juez consideró que la Fiscalía General de la Nación no cumplió con uno de los requisitos exigidos para dar aplicación a la Ley 1809 de 2018, según el cual se debe contar con la certificación del Consejo de Seguridad Nacional sobre la calificación del Frente Oliver Sinisterra como un grupo armado organizado.
viernes, 19 junio 2020
Reporteros gráficos que fueron detenidos en Medellín denuncian abusos policiales y violación al debido proceso
La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) expresa su preocupación por las situaciones de violencia contra la prensa que se presentaron durante la detención de los reporteros gráficos que cubrían las manifestaciones en Medellín el pasado lunes 15 de junio. La FLIP le solicita a las autoridades que investiguen los hechos para sancionar a los funcionarios responsables de estas situaciones.