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Una vez más el decreto para elecciones del Ministerio del Interior limita injustificadamente la libertad de expresión

Una vez más el decreto para elecciones del Ministerio del Interior limita injustificadamente la libertad de expresión

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sábado, 26 octubre 2019

Una vez más el decreto para elecciones del Ministerio del Interior limita injustificadamente la libertad de expresión

La Fundación para la Libertad de Prensa hace públicos sus reparos respecto del Decreto 1924 de 2019, expedido por Ministerio del Interior y mediante el cual se disponen reglas especiales “para el normal desarrollo de las elecciones” regionales y locales. Para la FLIP el decreto limita injustificadamente el ejercicio del derecho a la libertad de expresión, prensa e información en las elecciones que se realizarán el próximo 27 de octubre.

Dichas limitaciones, que incluyen la prohibición difundir entrevistas a candidatos, la exigencia de que autoridades confirmen la información publicada sobre materia electoral y la exigencia de acreditaciones para el uso de cámaras y celulares en los lugares de votación, no son compatibles con los parámetros constitucionales sobre libertad de expresión y prensa.

La FLIP recuerda lo siguiente a todas las autoridades encargadas de la vigilancia y el acompañamiento durante las elecciones, así como a la opinión pública:

El día de las elecciones no está prohibido por ley realizar entrevistas a los candidatos (Art. 3 Decreto 1924 de 2019)

El artículo 3 del decreto prohíbe la realización, entre otros, de entrevistas el día de las elecciones. A la luz de la Ley Estatutaria 130 de 1994, Ley Estatutaria 163 de 1994 y Ley Estatutaria 1475 de 2011 se prohíbe a los medios, en términos generales, la transmisión y reproducción de propaganda y publicidad política. No obstante, ninguna de estas normas prohíbe la emisión de entrevistas. Prohibirlo no solo viola el principio de legalidad, según el cual cualquier restricción a la libertad de expresión debe estar consignada en una ley (Art 13.2 Convención Americana sobre Derecho Humanos), sino que además es una limitación desproporcionada de los derechos a la libertad de prensa y expresión.

Exigirle a los medios publicar información confirmada por fuentes oficiales es una forma de censura (Art 11. Decreto 1924 de 2019)

El artículo 11 dispone que los medios pueden publicar información cuando esta sea confirmada por fuentes oficiales. Esta restricción desconoce el mandato del artículo 20 de la Constitución según el cual “no habrá censura”. Exigir confirmación de autoridades estatales para publicar información es una forma control previo a la información que se puede transmitir. En Colombia todo control a la información debe ser posterior a su publicación (sentencia T-391 de 2007). 

Para la FLIP, el artículo 11 del Decreto 1924 de 2019 desconoce el mandato del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que establece que todas las limitaciones a la libertad de expresión debe estar “expresamente fijadas por la ley y ser necesaria”. La medida no garantiza la preservación del orden público y sí impide tanto a los medios como a la ciudadanía tener acceso a información de interés nacional como lo son las afectaciones al orden público durante las elecciones por fuera de la confirmada oficialmente. 

Así mismo, la segunda parte del artículo que obliga a los medios a dar prelación a los comunicados emitidos por las autoridades electorales o de policía viola la libertad editorial y la independencia de los medios de comunicación, pues se acerca a una imposición de contenidos por parte del gobierno, práctica que reprocha la Corte Constitucional (sentencia T-391 de 2007).

No es obligatorio estar acreditado para cubrir elecciones

El artículo 13 del decreto prohíbe la utilización de cámaras fotográficas y de video dentro del puesto de votación, salvo los medios de comunicación debidamente identificados. Al respecto debe recordarse que, como ha aclarado la Corte Constitucional (sentencia C-87 de 1998), el periodismo es una actividad de libre ejercicio para la cual no se pueden exigir habilitaciones ni documentos especiales. En consecuencia, la exigencia de alguna identificación no puede convertirse en una excusa para evitar el acceso de cualquier tipo medio de comunicación a los puestos de votación.

Así mismo, la Registraduría Nacional del Estado Civil dispone en su página web: ”Los miembros de los medios de comunicación están autorizados para permanecer dentro de los puestos de votación con cámaras fotográficas o de video con el fin de registrar todo lo que sucede durante el desarrollo de los comicios, siempre y cuando no interfieran en el secreto del voto ni obstaculicen la labor de los jurados” (Disponible en: https://wsr.registraduria.gov.co/La-Fuerza-Publica-puede-impedir-el,22103.html). 

Libertad de prensa durante el cubrimiento de elecciones 

La FLIP resalta a los y las periodistas que durante el cubrimiento de las elecciones tienen los siguientes derechos:

  1. La fuerza pública no tiene permitido impedir el acceso de los medios de comunicación a los puestos de votación mientras estén realizando su labor periodística. Vea aquí el concepto de la Registraduría al respecto:  (link: https://wsr.registraduria.gov.co/La-Fuerza-Publica-puede-impedir-el,22103.html

  2. La prensa tiene derecho a permanecer en los puestos de votación y a utilizar sus teléfonos celulares, cámaras fotográficas y de video.

  3. En Colombia el único documento que se le puede exigir a un periodista para su identificación es la cédula de ciudadanía. La Corte Constitucional declaró contrario a la Constitución exigir carnés, tarjetas profesionales o cualquier otro medio de acreditación para ejercer el oficio mediante la sentencia  C-087 de 1998. En el mismo sentido se pronunció la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la Opinión Consultiva 05 de 1985. 

  4. Está prohibido que las autoridades decomisen equipo técnico periodístico, o eliminen o extraigan información de los mismos sin autorización del periodista. Toda la información reunida durante la reportería está protegida por la reserva de la fuente y los periodistas tienen el derecho a negarse a entregarla (Artículo 74 de la Constitución Política y sentencia T- 298 de 2009 de la Corte Constitucional). 

  5. Una vez se cierren los puestos de votación, la prensa debe poder acceder a los boletines de la Registraduría con toda la información que en ese momento se esté generando. 

Aquí puede conocer el manual “El antes, durante y después para los periodistas en elecciones”.

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Otros pronunciamientos

sábado, 09 octubre 2021

Comenzamos curso virtual sobre periodismo y elecciones

Durante octubre del 2021, desde la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) daremos comienzo a capacitaciones virtuales para periodistas sobre el cubrimiento de temas electorales. Este proyecto es posible gracias al apoyo de Sura.

Frente al panorama electoral que atravesará Colombia en el 2022, asuntos como la polarización política, la desinformación, la hipervirtualización de contenidos y otros, se convierten en verdaderos retos para el libre ejercicio periodístico en el país. Por eso, desde este sábado 9 de octubre hasta el 6 de noviembre, la Escuela FLIP liderará la formación y capacitación de más de 25 periodistas de diferentes medios de comunicación a nivel nacional.  

La presión y la dificultad para acceder a información pública constituyen grandes riesgos para el libre ejercicio del periodismo, pues las y los ciudadanos necesitan información para tener mayor claridad a la hora de ejercer su derecho al voto. Y por lo tanto, quienes tienen intereses electorales, potencialmente buscarán influir en la forma en que esta se presenta. Es por esto que, como organización, consideramos que es fundamental que los y las periodistas reconozcan su rol frente al derecho de informar y estar informados, especialmente en un momento tan relevante para la democracia como son las elecciones. 

El curso, que busca brindar herramientas de autoprotección física y digital, así como una lectura ampliada de retos, riesgos y estrategias del periodismo en la coyuntura electoral, contará con sesiones sincrónicas de dos horas, dirigidas por tutores especializados en el cubrimiento de elecciones y con experticia en el manejo de fuentes políticas como Daniel Coronell, María Teresa Ronderos y Alfredo Molano Jimeno. Asimismo contaremos con la participación de organizaciones como  Linterna Verde, y el área del Centro de Estudios de la FLIP. A través de una pedagogía centrada en el diálogo y la discusión entre periodistas y conferencistas, se espera reflexionar sobre el rol de los medios de comunicación, las y los periodistas, y  sus derechos en el  cubrimiento electoral, teniendo como horizonte la importancia que tales narrativas tienen sobre la ciudadanía. 

El proyecto ya cuenta con la participación de periodistas, directores y editores de medios de comunicación en los departamentos de Antioquia, Valle del Cauca, Arauca, Cauca, Meta, Bolívar, Atlántico, Norte de Santander, Cundinamarca y la zona del Magdalena Medio. Debido a que estos territorios, identificados por la FLIP, han presentado un número considerable de agresiones al ejercicio periodístico en anteriores jornadas electorales  y presentan una alta polarización política. 

Tanto tutores como estudiantes fueron seleccionados por su conocimiento y capacidad de tejer una lectura global de las problemáticas asociadas al cubrimiento de las campañas políticas y elecciones. Por eso, a partir del conocimiento teórico y práctico, se estudiarán casos que permitan a los y las periodistas identificar estrategias que puedan aplicar para fortalecer la calidad de su cubrimiento informativo

Las tensiones que el panorama electoral supone para el cubrimiento periodístico son un tema de alta importancia para los y las periodistas en el país por lo que los resultados de estas discusiones serán documentados.

Desde la FLIP les damos la bienvenida y esperamos que todos nuestros y nuestras participantes puedan aprovechar este espacio de formación. 

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viernes, 02 marzo 2018

¿El suyo será un #VotoInformado?

Por más de 21 años, la Fundación para la Libertad de Prensa ha trabajado en pro de los periodistas en Colombia. Y al hacerlo, esta organización ha defendido el derecho de los ciudadanos a estar informados. En época electoral, las personas requieren de información para poder tomar decisiones. No obstante, también es un tiempo en el que los intereses políticos y la violencia ponen en riesgo el acceso a información importante para poder elegir.

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sábado, 19 octubre 2019

Alerta de la FLIP por ataques a la prensa en época electoral

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) expresa su preocupación por las agresiones que se han presentado en lo corrido de 2019 contra los periodistas y medios de comunicación que están informando sobre las elecciones regionales del próximo 27 de octubre. Estas violaciones evidencian que los periodistas, en especial los de ciertas regiones del país, se encuentran en un alto nivel de riesgo cuando hacen cubrimiento electoral.

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