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SIC analiza caso por arriendo de frecuencias entre RCN y Radio Súper

SIC analiza caso por arriendo de frecuencias entre RCN y Radio Súper

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jueves, 17 marzo 2016

SIC analiza caso por arriendo de frecuencias entre RCN y Radio Súper

El pasado 4 de marzo de 2016, la Fundación para la Libertad de Prensa –FLIP– radicó una intervención dentro de la investigación que la Superintendencia de Industria y Comercio –SIC– abrió contra las cadenas radiales RCN y Radio Súper. La entidad investiga si los contratos de arrendamiento con los que RCN empezó a usar las frecuencias de Radio Súper fueron una integración empresarial que debió ser informada y autorizada por la SIC.

La intervención de la FLIP solicita que se tengan en cuenta los siguientes puntos relacionados con el derecho a la libertad de expresión:

1. Integrar la protección de la competencia económica con las garantías constitucionales de la libertad de expresión.

La FLIP considera acertado que la SIC tome la determinación de estudiar procesos de integración empresarial de medios de comunicación. La defensa de la libre competencia, en ese ámbito, tiene un impacto positivo en la garantía de la libertad de expresión. No obstante, es indispensable que el análisis en ese tipo de casos incluya los estándares de este último derecho.

La Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH establece que “los monopolios u oligopolios en la propiedad y control de los medios de comunicación deben estar sujetos a leyes antimonopólicas por cuanto conspiran contra la democracia al restringir la pluralidad y diversidad que asegura el pleno ejercicio del derecho a la información de los ciudadanos”.

La competencia en los mercados de medios de comunicación no solo lleva a la protección de la competencia en sí misma como derecho, sino que también sirve para mejorar las garantías para la protección y profundización de una expresión más libre y plural.

2. Aciertos dentro de las consideraciones para la apertura de la investigación

La FLIP hizo la salvedad de que no cuenta con información concreta que le permita afirmar o negar si el arrendamiento de frecuencias que realizaron las empresas investigadas debió haber sido informada previamente.

Sin embargo, la FLIP considera que la SIC acertó en algunas consideraciones generales en la decisión de apertura de la investigación porque sirven para integrar los derechos a la libertad de expresión y de libre competencia.  En primer lugar, reconoció que los actos de arrendamiento o de cesión de frecuencias de radio pueden ser una forma de generar integraciones empresariales que podrían  llevar a la aparición de monopolios dentro de los mercados de medios de comunicación. En segundo lugar, encontró que los mercados de los medios de radio se relacionan tanto la producción de contenidos radiales como la venta de espacios publicitarios, en esa medida, todo análisis de este mercado debe tener en cuenta las dos variables: la venta de publicidad y la expresión. Finalmente, la SIC  mencionó que el número de oyentes (la dimensión de las audiencias) es una variable válida para determinar el nivel de concentración en el mercado de medios de comunicación en radio, y no solo la generación de renta o la dimensión de la propiedad.

La FLIP solicitó que se exhorte al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para que establezcan políticas que tengan en cuenta estos puntos con el fin de evitar la concentración en los mercados de los medios que usan el espectro electromagnético.

3. La continuidad de los programas y contenidos actuales, como La Hora de la Verdad.

La FLIP solicitó que las decisiones que se tomen dentro de esta investigación, ofrezcan garantías para la continuidad y no interrupción de los programas que actualmente se emiten en las frecuencias que han sido arrendadas. Sobre todo si Radio Súper, el concesionario original, no cuenta con la capacidad de garantizarlo.  En este sentido, se considera necesario vincular y articularse con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para que dentro de sus facultades haga posible esa continuidad o, al menos, garantice una prevalencia para estos programas en caso de que dichas frecuencias se vuelvan a concesionar.

Para la FLIP resulta preocupante que en el marco de este proceso se termine afectando la emisión de un programa como La Hora de la Verdad, el cual se viene emitiendo en una de estas frecuencias arrendadas. Se trata de un programa cuya continuidad es indispensable para la expresión plural y diversa que debe garantizarse en el país. Su situación debe resaltarse con mayor fuerza, en la medida en que su director, Fernando Londoño Hoyos, se ha caracterizado por ser una voz disidente y crítica del gobierno, que además ha venido recibiendo amenazas en los últimos días y que ya fueron denunciadas por parte de la FLIP ante la Unidad Nacional de Protección.

 



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