Corte Suprema sienta precedente para investigar asesinatos de periodistas con enfoque diferencial
La Corte Suprema de Justicia emitió ayer, 14 de agosto, un fallo histórico en el que resolvió el caso del asesinato del periodista Luis Antonio Peralta Cuéllar y estableció, por primera vez, que los crímenes contra periodistas deben ser investigados, juzgados y sancionados con enfoque diferencial. Esta perspectiva reconoce el riesgo superior que enfrentan quienes ejercen el periodismo y ordena aplicar la perspectiva de censura, que implica analizar el contexto de las agresiones, identificar patrones de violencia contra la prensa y valorar las pruebas de manera integral, incluyendo los indicios.
En su decisión, la Corte concluyó que el homicidio de Peralta Cuéllar, propietario y director de la emisora Linda Estéreo, ocurrido en 2015 en El Doncello, Caquetá, estuvo motivado por su labor periodística de denuncia de corrupción y control social al poder local. Durante años, Peralta Cuéllar recibió amenazas, fue víctima de un intento de atentado con explosivos en 2011 contra su emisora y, en la época electoral de 2015, volvió a ser intimidado tras anunciar que revelaría el nombre de un candidato que ofrecía dádivas a cambio de apoyo político. La Corte restableció el agravante que el Tribunal Superior de Florencia había eliminado en 2021, dejando en firme la condena de 700 meses de prisión contra Yean Arlex Buenaventura Barreto, autor material del crimen. A partir de este caso, el alto tribunal fijó una regla jurisprudencial que obliga a las autoridades a investigar todos los ataques contra periodistas con análisis contextual y enfoque diferencial de censura.
Desde la FLIP valoramos positivamente este fallo, porque constituye un hito en la lucha contra la impunidad en los ataques contra la prensa en Colombia y reconoce que los asesinatos de periodistas hacen parte de un patrón histórico de violencia y censura. Así mismo, la sentencia reitera que estos crímenes trascienden el daño individual y afectan directamente a la democracia al limitar el flujo de información, pues estas agresiones no solo impactan a las víctimas y sus familias, sino a toda la sociedad.
La Corte se apoyó en estándares internacionales de la ONU, la UNESCO y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que reconocen el periodismo como un pilar esencial de las sociedades democráticas y establecen que su ejercicio —especialmente el que involucra denuncias de corrupción, control al poder público y cubrimiento de contextos de violencia— merece una protección reforzada. Estos organismos obligan a los Estados a prevenir la violencia contra periodistas, investigar con diligencia estos crímenes y sancionar a todos los responsables, incluidos los determinadores. En este sentido, le ordena a la Fiscalía General de la Nación adelantar investigaciones exhaustivas que analicen el contexto de las agresiones, identifiquen a los autores materiales y determinadores, y protejan a las y los familiares y testigos. Por su parte, los jueces en etapa de juzgamiento deben verificar la calidad periodística de la víctima, valorar las pruebas de forma contextual e integral y aplicar el agravante penal correspondiente cuando se compruebe que está vinculado al trabajo periodístico.
Este fallo no solo dignifica la memoria de Luis Antonio Peralta y la lucha de sus familiares, sino que envía un mensaje contundente sobre el valor del periodismo como garantía de la democracia y el deber ineludible del Estado de salvaguardarlo. Además, refuerza el compromiso y las obligaciones del Estado colombiano de proteger efectiva y oportunamente la libertad de prensa, pues cuando un periodista es asesinado, no solo se vulneran sus derechos individuales, sino también el derecho colectivo de la sociedad a estar informada, lo que debilita la democracia.
Confiamos en que este precedente impulse a las instituciones judiciales y de investigación a cumplir con lo pactado, aplicando el enfoque diferencial en todos los casos de violencia contra periodistas y garantizando que las amenazas y ataques contra la prensa no queden en la impunidad.
"La Corte Suprema de Justicia advierte que, en las investigaciones y procesos penales en los que las circunstancias fácticas aludan a un atentado contra una persona en razón de su labor periodística de control social, surge para el Estado el imperativo de materializar la protección reforzada de rango constitucional, reconocer el patrón criminal histórico y cíclico de ataques contra periodistas y así incorporar una perspectiva de censura en las decisiones investigativas y judiciales.", magistrado ponente Jose Joaquín Urbano Martínez, sobre la Sentencia.
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sábado, 12 abril 2025
Asesinato de Luis Antonio Peralta debe reconocerse como un crimen contra la prensa
El pasado 27 de marzo, durante una audiencia ante la Corte Suprema de Justicia, en representación de la familia de Luis Antonio Peralta, solicitamos la revisión de la decisión emitida por el Tribunal Superior de Florencia el 1 de marzo de 2021, contra Yean Arlex Buenaventura, condenado en 2018 como coautor del crimen. Este fallo modificó la sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Segundo Penal Especializado de Florencia, específicamente en lo relacionado con la pena impuesta. El Tribunal en segunda instancia consideró que no se podía probar que Buenaventura supiera que la víctima era periodista ni que el crimen estuviera relacionado con su labor. Con base en esto, decidió reducir significativamente la pena de prisión establecida por el Juzgado. La familia del comunicador considera que esta decisión desconoce el vínculo entre el crimen y el ejercicio del periodismo, y representa una negación al derecho a la verdad.