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La Cámara aprueba artículo que limita la libertad de expresión

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miércoles, 08 diciembre 2021

La Cámara aprueba artículo que limita la libertad de expresión

Anoche, 6 de diciembre, la plenaria de la Cámara de Representantes aprobó, con 73 votos y en cuarto debate, el artículo 68 del Proyecto de Ley Anticorrupción que dispone la posibilidad de sancionar mediante la cancelación de la personería jurídica de organizaciones comunitarias a quienes injurien o calumnien  a funcionarios, e incluso, exfuncionarios públicos. 

Se trata de una norma decididamente regresiva contra la libertad de prensa, la libertad de expresión y el derecho a la información de los colombianos.

En el debate se evidenció que un sector político ve con recelo a la prensa y está tramitando inconformidades personales a través del sistema legislativo, a tal punto que durante el debate se cuestionaron garantías de suma importancia para la actividad periodística como la presunción de buena fe y la rectificación. Para adoptar medidas para la transparencia, prevención y lucha contra la corrupción no se puede establecer un sistema de control de la prensa y el flujo de información en nombre de una supuesta garantía de la corrección y veracidad de la información, tal y como lo pretendió justificar el ponente César Lorduy, congresista del partido Cambio Radical.

El apoyo de 73 representantes a la imposición de estas medidas desproporcionadas y aleccionadoras contra la prensa, en contravía de todas las advertencias de su efecto censurador, revela un poder legislativo que rechaza la veeduría ciudadana y, en su lugar, ejerce el poder con un fin intimidatorio, un mensaje nefasto para la libertad de expresión en el país. El artículo en cuestión mantiene la opacidad, en contravía del propósito del proyecto de ley, sofoca el debate público y crea un terreno fértil para la corrupción impidiendo a la prensa y a las organizaciones de sociedad civil cumplir su rol de perro guardián en una sociedad democrática.    

Además de la evidente inconstitucionalidad del artículo y su desconocimiento de los estándares interamericanos, la inconveniencia es clara. Cuando los y las periodistas están frente al riesgo de ser sancionados penalmente, tienden a autocensurarse, afectando gravemente el libre flujo de información en una sociedad democrática, en especial en las regiones. 

Por lo anterior, hacemos un llamado a la Comisión que conciliará el texto definitivo del proyecto de ley, para que lo retire, y en caso de ser incluido, exhortamos al presidente Iván Duque para que objete parcialmente el Proyecto de Ley Anticorrupción, en particular el artículo 68 ya que es inconstitucional. La FLIP y las organizaciones firmantes, continuaremos revisando el curso de este proyecto de ley y adoptaremos las medidas legales para que se declare la inconstitucionalidad de dicha norma.

Firmantes

Fundación para la Libertad de Prensa -FLIP-
Asociación Colombiana de Medios Informativos -AMI-
Asomedios
Centro de Internet y Sociedad de la Universidad del Rosario -ISUR-
Consejo de Redacción -CdR-
El Veinte
Fescol
Fundación Karisma
Fundación Gabo
Proyecto Antonio Nariño 

 

 

 

 

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