Condenan al periodista Luis Agustín González por cuestionar a la exgobernadora Leonor Serrano de Camargo
En el editorial, titulado ¡NO MAS!, González empieza opinando: “Que los politiqueros de siempre, de la noche a la mañana, vuelvan con aspiraciones de llegar al Senado de la República, no es extraño (…) Nos ocupamos, sin tapujos y frenteramente, de María Leonor Serrano, que ‘otra vez’ se presenta en forma descarada y hasta amenazante, a decirle al pueblo fusagasugueño que aspira a un escaño en el Senado…” A lo largo del escrito el periodista criticó a la candidata y recuerda algunas actuaciones de Serrano cuando fue gobernadora que, a su juicio, no deben ser premiadas por los electores. El editorial termina diciendo: “Creemos que ya es hora que hagamos un alto en el camino y, por fin, pongamos fin a esta clase de gamonales que creen que Fusagasugá es un hato privado y que como tal quieren manejar a su antojo, aparándose de los intereses colectivos de la comunidad.”
La entonces candidata consideró que el escrito afectaba su honra y buen nombre, y denunció al periodista, pidiendo una indemnización de cincuenta millones de pesos.
Durante el juicio, la defensa de González alegó que, “en un Estado democrático, quien decide entrar a la esfera pública, se expone a la críticas y opiniones relacionadas con asuntos de interés general. Es desproporcionado condenar al periodista por opinar y hacerlo se convierte en una grave violación a la libertad de expresión.”
La juez no motivó su decisión, y se limitó a indicar que el sentido del fallo era condenatorio, y concluyó diciendo que la lectura de sentencia se hará el 12 de octubre. La defensa apelará el fallo.
La FLIP ve con preocupación que se condene al periodista Luis Agustín González, por escribir un editorial en el que cuestiona a la exgobernadora Leonor Serrano, quien voluntariamente ha decidido incursionar en la vida pública. La jurisprudencia nacional e internacional, en diferentes oportunidades, han señalado que en una sociedad democrática los funcionarios públicos y los políticos, están más expuestos al escrutinio y la crítica del público. Además, es grave que la Juez penal de Fusagasugá, haya dado el sentido del fallo condenatorio, sin dar una motivación que amerite la limitación penal a la libertad de opinión, cuando la Corte Suprema de Justicia ha dicho que “ese acto debe ser motivado.”
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Thursday, 18 July 2013
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