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Condena de José Miguel Narváez podría ser un avance en el caso de Claudia Julieta Duque

Pronunciamiento - jueves, 18 abril 2024

La FLIP y otras organizaciones de derechos humanos acompañamos a la periodista Claudia Julieta Duque en el juicio contra el exdirector del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), José Miguel Narváez. En audiencias previas, Duque, la Procuraduría y la Fiscalía pidieron que se condenara a Narváez; sin embargo, el exdirector del DAS no reconoció su responsabilidad en los hechos cometidos contra la periodista y se limitó a cuestionar personalmente el trabajo y la veracidad de las agresiones que sufrió Duque. Las acciones de Narváez son revictimizantes y vulneran los derechos de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos. Ahora, se espera que el Juzgado 10° Penal Especializado de Bogotá lo condene como máximo responsable de crímenes de lesa humanidad.

Condenan a exagente del DAS por tortura agravada contra la periodista Claudia Julieta Duque

Pronunciamiento - martes, 28 noviembre 2023

Desde la FLIP celebramos la decisión tomada por parte del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que declara culpable y ordena la captura de Ronal Harbey Rivera Rodríguez, exagente del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), por el delito de tortura agravada contra la periodista Claudia Julieta Duque. El Tribunal determinó que entre 2001 y 2004, la periodista fue víctima de torturas, hostigamientos, llamadas intimidantes y vigilancias prolongadas por parte de exfuncionarios del DAS, como retaliación a sus investigaciones periodísticas sobre el homicidio de Jaime Garzón.

Consejo de Estado declara responsabilidad del Estado por la persecución del DAS en contra de la periodista Claudia Julieta Duque

Pronunciamiento - viernes, 08 julio 2022

El Consejo de Estado, en segunda instancia, confirmó la responsabilidad del Estado colombiano por las vigilancias ilegales a la periodista Claudia Julieta Duque. Destacó que se trató de “una violación a derechos humanos, en un hecho en el que participaron funcionarios del extinto DAS y que, faltando a sus deberes funcionales se comprometieron e involucraron con este tipo de conductas absolutamente reprochables”. Esta decisión es un paso trascendental en la búsqueda de justicia que por veinte años ha realizado la periodista, y se constituye en el primer caso en el que se reconoce la responsabilidad del Estado por los perfilamientos a periodistas. 

Los hechos se remontan a 2001, cuando Duque investigaba el asesinato del periodista Jaime Garzón, cometido el 13 de agosto de 1999. La vigilancia, la tortura y la estrategia de terror organizadas por el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en contra de Duque buscaban que ella desistiera de su investigación sobre el homicidio de Garzón y se autocensurara para encubrir la responsabilidad del Estado en ese crimen. Entre el 2001 y 2010 la periodista fue secuestrada, vigilada, amenazada y torturada psicológicamente, por lo que se vio obligada a exiliarse con el fin de salvaguardar su vida y la de su hija. 

En marzo del 2020, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en decisión de primera instancia, consideró que el Estado había sido responsable de las agresiones contra Claudia Julieta Duque. Ahora, dos años después, el Consejo de Estado confirmó la responsabilidad del Estado por la grave violación a los derechos humanos de la periodista por motivo de las vigilancia ilegales de las que fue víctima.

En esta nueva sentencia, se declaró la responsabilidad del DAS ya que “cada uno de los funcionarios involucrados en las actuaciones ilegales adelantadas en contra de la señora Duque Orrego actuaron invocando su autoridad”. Además, se probó que estos no fueron hechos aislados sino que hicieron “parte de una cadena de hechos delictivos cometidos durante meses, e incluso años (..) sin que hubiese existido algún tipo de control efectivo de parte de la institución demandada, tanto así, que varios directores se encuentran procesados como autores de los hechos”. En otras palabras, el Estado es responsable tanto por las vigilancias ilegales perpetradas por sus agentes, como por incumplir su deber de control respecto a las actividades de los agentes del Estado. 

Esta decisión es un precedente significativo, pues sienta bases para casos donde se estudie la responsabilidad del Estado en otros hechos de perfilamientos, como el denunciado en el 2020 por la Revista Semana en el que funcionarios del Ejército perfilaron a por lo menos a cuarenta periodistas.

Desde la FLIP, celebramos la decisión adoptada por el Consejo de Estado, ya que no solo es un aliciente para Claudia Julieta, un reconocimiento a su valentía, esfuerzo y dedicación para superar la impunidad en su caso, sino también un mensaje sobre la contribución que desde la labor periodística se brinda en investigación de graves violaciones a los derechos humanos, y la necesidad de proteger a los y las periodistas que adelantan estas investigaciones.

Sentencia en la dirección correcta: Tribunal de Cundinamarca reconoce las graves violaciones a derechos humanos contra Claudia Julieta Duque

Pronunciamiento - jueves, 13 agosto 2020

En una decisión histórica y después de ocho años de lucha ante estrados judiciales de la periodista Claudia Julieta Duque Orrego y de su familia, en búsqueda de justicia por el secuestro, las amenazas y la tortura psicológica de la que fueron víctimas desde agosto de 1999, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca señaló al Estado como cómplice de la violencia contra la prensa. Para el momento de los hechos, la periodista se encontraba realizando una investigación con el fin de esclarecer el homicidio de Jaime Garzón.

La FLIP rechaza interceptaciones ilegales e intimidaciones contra periodistas por parte del Ejército Nacional

Pronunciamiento - domingo, 12 enero 2020

La investigación Chuzadas sin cuartel, publicada por Revista Semana el 11 de enero de 2020, revela que distintas unidades del Ejército Nacional ejecutaron un plan para amenazar y realizar interceptaciones ilegales contra periodistas, defensores de derechos humanos, magistrados, políticos y otros funcionarios públicos. Esta vigilancia se estaría realizando desde las instalaciones militares, precisamente para blindarse de allanamientos de la justicia y de los medios de comunicación, según el testimonio de un militar citado en la investigación.

FLIP rechaza orden de censura en el caso de la periodista Claudia Julieta Duque

Pronunciamiento - viernes, 26 julio 2019

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) rechaza la orden dada por la Juez Segunda Penal Especializada de Bogotá de censurar las expresiones de la periodista Claudia Julieta Duque en el marco del proceso adelantado contra Emiro Rojas Granados, ex funcionario del DAS, por tortura psicológica contra Duque. 

La orden de la Juez consiste en limitar la publicación de informaciones por parte de Duque a que estas sean veraces, imparciales y concretas, pero sin tergiversaciones u opiniones; restringir la emisión de opiniones que pongan en tela de juicio a los acusados, testigos o al despacho mismo y; prohibir la publicación de fotos de las partes del proceso.

Las restricciones que se impone a Duque a opinar sobre dicho proceso son contrarias a la libertad de expresión, protegida por el artículo 20 de la Constitución y 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos. La orden de la Juez es una forma de censura previa, prohibida por el artículo 13 de la Convención Americana. 

La Corte Constitucional ha dicho que las autoridades no pueden establecer medidas de “supeditar la divulgación del contenido a su permiso, autorización, examen previo, o al recorte, adaptación o modificación"1.

La FLIP considera grave que la Juez restrinja la opinión de Duque de una forma completamente alejada de las garantías de la libertad de expresión. En palabras de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), “la opinión no puede ser objeto de sanción, más aún cuando se trata de un juicio de valor sobre un acto oficial de un funcionario público en el desempeño de su cargo"2. Adicionalmente, la libertad de expresión “no sólo se protege la emisión de expresiones inofensivas o bien recibidas por la opinión pública, sino también la de aquellas que chocan, irritan o inquietan a los funcionarios públicos o a un sector cualquiera de la población"3.

Limitaciones como la determinada por la Juez sólo pueden darse en los casos más extremos, en los que esté comprobado que se causaría un daño superior al interés que existe para que la sociedad conozca lo que pasa en el transcurso de dicho juicio. En este caso, las opiniones e informaciones que Claudia Julieta Duque pueda dar sobre este proceso son de un alto interés público, pues el crimen que se investiga es una grave violación a los derechos humanos y ha sido declarado como crimen de lesa humanidad por parte de la Fiscalía. 

Las restricciones que se imponen a Duque, además de violar la libertad de expresión de la periodista, vulneran gravemente el derecho de la sociedad a recibir informaciones y opiniones. Adicionalmente, la libertad de expresión no solo "protege la emisión de expresiones inofensivas o bien recibidas por la opinión pública, sino también la de aquellas que chocan, irritan o inquietan a los funcionarios públicos o a un sector cualquiera de la población".

El abogado que representa a Duque presentó un recurso de reposición para que la juez reconsiderara su decisión y esta última indicó que se pronunciaría otro día. La FLIP exige a la juez que revoque su decisión y que otorgue garantías para el ejercicio de la libertad de expresión por parte de la periodista Duque. 

Para conocer más sobre el caso de Duque, consulte en este enlace

Corte Constitucional. Sentencia T 391 de 2007.
Corte I.D.H., Caso Kimel Vs. Argentina. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 2 de mayo de 2008 Serie C No. 177, párr 93. 
Corte I.D.H., Caso Kimel Vs. Argentina. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 2 de mayo de 2008 Serie C No. 177, párr 93.

 


Actualización

El 2 de septiembre de 2019, la FLIP presentó una tutela en representación de la periodista Claudia Julieta Duque contra el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Conocimiento de Bogotá por la vulneración de los derechos a la libertad de expresión e información de la periodista.

En la tutela se solicitó que se revoque la decisión que prohíbe a Claudia Julieta Duque realizar valoraciones sobre el proceso y opinar de forma tal que pongan en tela de juicio a los acusados, testigos o al despacho mismo. Esta decisión constituye censura previa, la cual está absolutamente prohibida por el artículo 20 constitucional y el artículo 13 de la Convención Americana. Al respecto, la Corte Constitucional ha dicho que todo control o prohibición de información y opiniones antes de la publicación está proscrito y constituyen una violación a la libertad de expresión (Sentencia T-098 de 2017).

En la tutela también se argumentó que, contrario a lo que señaló la Juez Segunda Penal, según la cual las expresiones críticas respecto de su labor no están protegidas por la libertad, la Corte Constitucional ha señalado que la libertad de expresión protege también aquellas expresiones críticas, molestas, chocantes e, incluso, insultantes (Sentencia C-417 de 2000).

En la tutela se argumentó que la actuación de la juez es un intento por silenciar posturas críticas con su labor como funcionaria pública y, como tal, corresponde al juez de tutela tomar las medidas necesarias para garantizar los derechos de la periodista.

En los próximos días el Tribunal Superior de Bogotá se pronunciará de fondo sobre la tutela interpuesta por la FLIP.


 

Actualización 19/09/2019

El 18 de septiembre de 2019, la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá se pronunció en primera instancia respecto de la acción de tutela interpuesta por la FLIP en representación de la periodista Claudia Julieta Duque contra la Juez 2° Penal de Bogotá. 

La Sala Penal del tribunal declaró improcedente la acción de tutela por considerar que la periodista cuenta con otros mecanismos judiciales para proteger sus derechos fundamentales. Además, exhortó a la Juez 2° Penal "para que en el término máximo de 10 días se pronuncie respecto de la recusación" planteada en su contra en el proceso que adelanta contra el exfuncionario del DAS, Emiro Rojas. Esto con miras a que se defina lo antes posible el juez que deberá resolver el recurso de reposición interpuesto contra su decisión de prohibir a la periodista opinar respecto del proceso. 

Sin embargo, La FLIP manifiesta su preocupación respecto de la parte considerativa de la sentencia toda vez que, a pesar de haber declarado la improcedencia de la decisión, se pronunció señalando que "la limitación impuesta por el juez accionado ofreció una justificación constitucional admisible".

Al respecto, la FLIP le recuerda al Tribunal que al declarar improcedente la acción de tutela debió abstenerse de hacer mención respecto del fondo del asunto en cuestión. Más importante aún, que ninguna limitación previa a la libertad de expresión es legalmente permitida en Colombia. 

En el caso en concreto, la FLIP se abstendrá de impugnar el fallo de tutela a la espera de que se resuelva el recurso de reposición en contra de la decisión de la Juez 2° Penal. En caso que la decisión sea confirmada, la FLIP tomará las medidas judiciales necesarias para proteger los derechos fundamentales de la periodista Claudia Julieta Duque.

 

Exfuncionarios del DAS investigados por el delito de tortura contra Claudia Julieta Duque se encuentran en libertad

Pronunciamiento - jueves, 31 enero 2019

La Fundación para la Libertad de Prensa -FLIP- expresa su preocupación por la falta de diligencia del Juzgado Segundo Penal Especializado del circuito de Bogotá, que en los últimos seis meses ha dejado en libertad a tres exagentes del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) investigados por su presunta responsabilidad en los seguimientos, interceptaciones y tortura psicológica en contra de la periodista Claudia Julieta Duque.

Con las recientes decisiones del juzgado y de la Fiscalía General de la Nación, de los ocho funcionarios del DAS implicados en el caso de violencia contra la reportera, cuatro se encuentran en libertad por vencimiento de términos, dos están prófugos y otros dos se encuentran detenidos cumpliendo su condena por otros procesos.

El pasado 18 de enero, el Juzgado Segundo Penal Especializado de Bogotá ordenó por vencimiento de términos la libertad de William Merchán, exfuncionario del DAS que está siendo procesado por el delito de tortura agravada en contra de la periodista. La decisión la tomó el juez luego de que el 11 de enero de este año el acusado presentara una solicitud de libertad amparada en la Ley 1786 de 2016, que estipula que, luego de la audiencia preparatoria, el juzgado tiene 240 días para dar inicio a la audiencia pública de juicio oral. Al momento de la petición, Merchán había estado 243 días detenido sin que se iniciara esta diligencia.

Situación similar se presentó con otros tres exfuncionarios del DAS que están vinculados al proceso. En 2018 Ronal Rivera y Emiro Rojas, presuntos responsables del delito de tortura agravada contra Duque, también fueron dejados en libertad luego de que se vencieran los términos para emitir sentencia en sus respectivos procesos. En los casos de Rivera y Rojas, el juez sustituyó la medida de aseguramiento en establecimiento intramural para que los acusados queden en libertad cumpliendo las siguientes condiciones: presentarse ante el juez cuando sean requeridos, no cambiar de domicilio ni abandonar el país y no acercarse a la periodista. En el caso de William Merchán el juez ordenó la libertad sin condiciones para sustituir la medida de aseguramiento.

El otro sindicado que había sido puesto en libertad en el proceso de la periodista fue Néstor Javier Pachón. El exagente del DAS fue capturado en noviembre de 2016 por los delitos de tortura agravada y concierto para delinquir y estuvo detenido por un año mientras se adelantaba el proceso en su contra. El 4 de diciembre de 2017 su defensor solicitó la libertad por vencimiento de términos y la fiscal asignada al caso, Gilma Amparo Duarte, negó la petición y prorrogó el tiempo de detención. Sin embargo, el 27 de diciembre del 2017, Catherine Naranjo Sierra, Fiscal 53 de Apoyo de la Unidad especializada contra violaciones a los derechos humanos, revocó la decisión anterior y lo dejó en libertad por vencimiento de términos.

La FLIP expresa su preocupación por estos hechos y le hace un llamado al Juez Segundo Penal Especializado de Bogotá para que los procesos avancen con diligencia y, de esta manera, evitar que se prolongue la impunidad en el caso de tortura contra la periodista. La Fundación rechaza, además, las actuaciones de la Fiscalía al conceder la libertad de los sindicados, debido a que este tipo de decisiones ponen en riesgo el sometimiento de los acusados a la justicia y contribuye a la revictimización de la afectada

CIDH emite informe de fondo en el caso de Jineth Bedoya Lima

Pronunciamiento - miércoles, 30 enero 2019

Washington, D.C. y Bogotá, 29 de enero, 2019 - Luego de casi 19 años del secuestro, tortura y violencia sexual contra la periodista Jineth Bedoya Lima, el 16 de enero de 2019, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó la aprobación de su informe de fondo en el caso que se adelanta por las violaciones a los derechos humanos sufridas por la periodista el 25 de mayo de 2000 que, hasta la fecha, permanecen en la impunidad. Sobre este particular la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) transmiten a la opinión pública lo siguiente:

1. Este informe concluye el análisis del caso ante la CIDH como primera instancia internacional en el marco de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y abre la puerta para que el Estado colombiano pueda ser juzgado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) con sede en Costa Rica. En este supuesto, la evaluación por parte de la Corte sería una valiosa oportunidad para revisar el cumplimiento de las obligaciones internacionales por parte de Colombia en cuanto a la garantía de los derechos de los periodistas en Colombia y, particularmente, implicaría que por primera vez este tribunal internacional se pronuncie sobre la situación de las mujeres periodistas en contextos de conflicto armado.

2. La emisión de este informe representa un paso muy importante en la incansable lucha que la periodista Jineth Bedoya ha librado por la justicia y la verdad en su caso. El mismo también tiene el potencial de poner freno a las dinámicas de impunidad generalizada en casos de violencias contra la mujer y de restricciones de hecho a la libertad de prensa.

3. Si bien los hechos denunciados acaecieron durante gobiernos anteriores, esperamos que el gobierno actual, en representación del Estado, cumpla con lo decidido por la CIDH a fin de garantizar los derechos de Jineth Bedoya y evitar la repetición de hechos de violencia contra las mujeres y su impunidad. Recordamos así mismo que este caso tiene un enorme potencial de brindar justicia no solo a nuestra representada sino a otras víctimas de violencia basada en género en el marco del conflicto armado en Colombia.

4. Una vez la CIDH corra traslado del informe a la víctima y sus representantes, daremos respuesta a los requerimientos de la Comisión de acuerdo con la normativa interamericana, la cual requiere que presentemos nuestra posición sobre el envío a la Corte.

5. Para la FLIP y CEJIL es un honor poder acompañar a Jineth Bedoya desde el apoyo judicial en su lucha que también es nuestra. Llamamos a la comunidad internacional, que siempre ha estado acompañando el caso, a que continúe su observancia del mismo. Esperamos que la veeduría internacional de este proceso emblemático sirva para vigilar la respuesta estatal y mejor abordar los desafíos que el caso revela. 

Aquí puede leer el informe de fondo completo.

Contacto de prensa

Pedro Vaca Villarreal
Director FLIP
(1) 3406943
comunicaciones@flip.org.co

 

Alex McAnarney
Prensa CEJIL
305 335 5665
Amcanarney@cejil.org

Exfuncionario del DAS investigado por crímenes contra Claudia Julieta Duque fue dejado en libertad

Pronunciamiento - jueves, 22 febrero 2018

La Fundación para la Libertad de Prensa -FLIP- expresa su preocupación por la falta de diligencia de la Fiscalía General de la Nación en la investigación de Néstor Javier Pachón, exfuncionario del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).

Pachón está siendo investigado por su presunta responsabilidad en los seguimientos, interceptaciones y tortura psicológica de las que fue víctima la periodista Claudia Julieta Duque. El exagente de inteligencia del DAS debe responder ante la justicia cuál fue el uso que le dio a un vehículo con el que se realizaron los seguimientos a la periodista.

En noviembre de 2016, Pachón fue capturado por los delitos de tortura agravada y concierto para delinquir. El exagente estuvo detenido por un año mientras se adelantaba el proceso en su contra. Sin embargo, el 4 de diciembre de 2017, su defensor solicitó la libertad por vencimiento de términos. Dicha solicitud fue rechazada por la fiscal asignada al caso, Gilma Amparo Duarte, quien además decidió prorrogar el tiempo de su detención.

No obstante, el 27 de diciembre del 2017, Catherine Naranjo Sierra, Fiscal 53 de Apoyo de la Unidad especializada contra violaciones a los derechos humanos, contrariando la decisión de su colega, lo dejó en libertad por vencimiento de términos.

A comienzos de febrero de este año, Claudia Julieta Duque solicitó declaración de nulidad a esta decisión, argumentando que existieron irregularidades en el debido proceso y que se violó el derecho a la defensa.

La Fundación apoya la solicitud de Duque para que se declare la nulidad de la decisión que deja en libertad a Pachón. Si bien los crímenes de los que fue víctima la periodista fueron declarados de lesa humanidad y no pueden prescribir, eso no puede ser una excusa para que los funcionarios adelanten conductas que rayan en la negligencia.

Continúa la impunidad en crímenes contra la prensa

Pronunciamiento - viernes, 03 noviembre 2017

Este 2 de noviembre, Día Internacional para poner Fin a la Impunidad de los Crímenes contra Periodistas, la FLIP hace un llamado al Estado colombiano para que garantice la justicia en los casos de agresiones a la prensa, especialmente en los asesinatos a periodistas.

La Corte Suprema de Justicia condena al exdirector del DAS por interceptaciones a periodistas

Pronunciamiento - martes, 12 septiembre 2017

Este 11 de septiembre se conoció el fallo de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia que condenó a Jorge Noguera Cotes, exdirector del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), a una pena de 7 años, 10 meses y 15 días de prisión por el escándalo de las “chuzadas”.