Queda libre uno de los acusados del secuestro a periodistas de El Comercio
El 17 de junio de 2020, el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Tumaco, en decisión de segunda instancia, concedió la libertad por vencimiento de términos a favor de Gustavo Alonso Ospina Hernández, alias Barbas. El juez consideró que la Fiscalía General de la Nación no cumplió con uno de los requisitos exigidos para dar aplicación a la Ley 1809 de 2018, según el cual se debe contar con la certificación del Consejo de Seguridad Nacional sobre la calificación del Frente Oliver Sinisterra como un grupo armado organizado.
Ospina Hernández es señalado por la Fiscalía General de la Nación de haber sido el encargado de realizar los videos de supervivencia al equipo periodístico del diario El Comercio, mientras permanecía secuestrado por los miembros del grupo Oliver Sinisterra.
Esta decisión deja en evidencia el riesgo de impunidad en el caso, pues transcurridos más de dos años no se han adelantado nuevas vinculaciones a la investigación, no se ha iniciado la etapa de juicio contra las tres personas que se encuentran procesadas y ya comienza el vencimiento de los términos procesales, debido a la falta de celeridad en el juicio.
Por otro lado, la FLIP le ha insistido al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Tumaco para que programe la fecha de continuación de juicio en contra de Gustavo Alonso Ospina, sin embargo no ha obtenido una respuesta.
Las familias del equipo periodístico, la FLIP y FUNDAMEDIOS hacen un llamado a la Fiscalía General de la Nación y al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Tumaco para que se adelante de manera célebre y sin dilaciones injustificadas el juicio contra las tres personas que se encuentran procesadas. Vale la pena destacar que este caso cuenta con medidas cautelares por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), lo cual acentúa la responsabilidad del Estado frente a la investigación, judicialización y sanción de los responsables de estos hechos.
Esta decisión tiene origen en la negligencia del Estado colombiano frente al proceso, pues se fundamenta en la ausencia de documentos que están al alcance del Estado y no fueron aportados de manera oportuna. Por lo tanto, las consecuencias de esta decisión y el riesgo de repetición deben ser de especial seguimiento por parte la CIDH en el marco de las medidas cautelares binacionales vigentes.
Así mismo, se extiende el llamado al Consejo Superior de la Judicatura y la Procuraduría General de la Nación en aras de que se realice un seguimiento a los juicios que se adelantan ante el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Tumaco, para que los mismos se desarrollen dentro de los plazos establecidos por la ley.
Finalmente, las familias del equipo periodístico, la FLIP y FUNDAMEDIOS acuden a los Estados de Colombia y Ecuador para que reafirmen su compromiso en la lucha contra la impunidad en este caso y se implementen las recomendaciones realizadas por el Equipo Especial de Seguimiento de la CIDH.
Aquí puede descargar el comunicado en PDF.
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Friday, 11 September 2015
FLIP rechaza el asesinato de la periodista Flor Alba Núñez Vargas en Pitalito - Huila
Hoy, 10 de Septiembre de 2015 hacia las 11:30 de la mañana al sur de la ciudad de Pitalito departamento del Huila, fue asesinada la periodista Flor Alba Núñez Vargas coordinadora de noticias de la emisora La preferida Stereo de ese municipio.
Flor Alba trabajaba además en los espacios informativos locales de Canal 6, TV5 y del Canal Nación TV. Anteriormente había trabajado para la emisora HJDOBLEK.
De acuerdo con la información recolectada por la FLIP, dos hombres que se movilizaban en una motocicleta la abordaron para dispararle cuando se disponía a ingresar a la emisora donde transmitiría el informativo del medio día.
Hasta el momento se manejan tres posibles hipótesis sobre los móviles del asesinato. La primera es que Flor Alba publicó recientemente - en su cuenta personal de Facebook - fotografías de una banda delincuencial que realizó un atraco en inmediaciones de la Alcaldía de Pitalito.
La segunda hipótesis plantea una relación entre el asesinato y el cubrimiento sobre el proceso electoral.
Por último, fuentes consultadas por la FLIP indican que la periodista habría recibido amenazas e intimidaciones con posterioridad a la publicación de una entrevista hecha a las personas que se vieron implicadas en el asesinato de un perro de raza bull terrier el pasado mes de Agosto.
La FLIP quiere recordar que el asesinato es la forma de censura más extrema. No solo atenta contra la expresión del periodista asesinado, sino que impide que la comunidad conozca la verdad sobre lo que se quería informar. Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dicho que "los actos de violencia que se cometen contra periodistas violan el derecho de estas personas a expresar e impartir ideas, opiniones e información y además, atentan contra los derechos de los ciudadanos y las sociedades en general a buscar y recibir información e ideas de cualquier tipo”.
Flor Alba había estudiado Licenciatura en Lengua Castellana y se preparaba para especializarse en Comunicación.
Una misión de la FLIP se dirigirá hasta Pitalito con el fin de averiguar en terreno más detalles sobre lo sucedido.
La FLIP envía un mensaje solidario a familiares y colegas y hace un llamado a la Fiscalía General para que actúe con diligencia. Las primeras horas son esenciales para la recolección de la información y de las pruebas que podrán ayudar a dar con los responsables tanto materiales como intelectuales. Dejar pasar el tiempo sin actuar, a pocas horas de ocurrido el asesinato, en otros casos ha resultado un obstáculo para la investigación penal.
Friday, 20 March 2015
Quinto aniversario de la muerte de Clodomiro Castilla
Hoy, 19 de marzo de 2015, se cumplen cinco años del asesinato de Clodomiro Castilla en Montería, Córdoba. Castilla solía hacer denuncias sobre corrupción política y paramilitarismo en el departamento.
En su momento, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dijo en un comunicado, emitido el 22 de marzo del 2010, que reconocía “el rápido repudio de este crimen por las más altas autoridades colombianas pero expresa su profunda preocupación por la situación de desprotección en la que se encontraba el periodista, pese a haber solicitado oportunamente la actuación del Programa de Protección a Periodistas del Estado colombiano”.
Castilla había sido beneficiario de medidas del programa de protección del Ministerio del Interior y de Justicia desde agosto de 2006. No obstante, estas habían sido retiradas en febrero de 2009. Ante nuevas amenazas, el periodista solicitó en noviembre del mismo año que tales medidas fueran reasignadas. Esta petición fue negada pues el estudio de riesgo de Castilla había resultado “ordinario”.
Cinco años después de ocurridos estos hechos son pocos los avances en la justicia. Según información de la Fiscalía General de la Nación entregada a la FLIP a finales de 2014, la investigación por el asesinato de Castilla permanece en etapa de indagación.
La FLIP hace un llamado a la Fiscalía para que de impulso a la investigación por el asesinato de Castilla y de esta forma evite que permanezca en la impunidad. Al respecto, el principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión indica que “el asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada”.
Saturday, 17 September 2016
Condenan al Estado por ser responsable del asesinato de Jaime Garzón
La Fundación para la Libertad de Prensa – FLIP – considera positiva la condena proferida por el Consejo de Estado en contra de la Nación por el crimen de Jaime Garzón. Además hace un llamado a las autoridades judiciales para que incorpore las consideraciones de este fallo dentro de los procesos que se siguen en contra los exfuncionarios presuntamente responsables del crimen.
El miércoles 14 septiembre el Consejo de Estado responsabilizó al Ministerio de Defensa, al Ejército, a la Policía y al antiguo DAS como autores determinantes en el asesinato del periodista y humorista Jaime Garzón. Además, el alto tribunal reconoció el homicidio como un crimen de lesa humanidad.
Según el fallo proferido por la entidad judicial, el coronel del Ejército en retiro, Jorge Eliécer Plazas Acevedo, y el exsubdirector del DAS, José Miguel Narváez, son responsables de los seguimientos ilegales en contra de Garzón. Se les atribuye, también, la responsabilidad de compartir con Carlos Castaño la información recogida durante esos operativos ilícitos.
Por estos hechos, el alto tribunal determinó que el Estado era responsable por la permisividad frente a los vínculos existentes entre fuerzas estatales y los grupos armados al margen de la ley. Consideró, además, que el asesinato se cometió con fines terroristas y que fue una vulneración grave a los derechos humanos, especialmente por la indefensión en la que se encontraba el periodista para el momento del crimen.
En cuanto a la reparación, el Consejo ordenó que el Estado debe pagar casi 700 millones de pesos, equivalentes a 200 SMLMV, a la familia del periodista. El comandante general del Ejército y el director general de la Policía deberán presentar excusas públicas a los familiares de la víctima y citar con anticipación a los medios de comunicación para el cubrimiento del suceso. Este acto solemne debe realizarse dentro de los siguientes dos meses a la ejecución del fallo.
Adicionalmente, el Ministerio de Defensa Nacional deberá crear un link, que tendrá que estar disponible en la web durante al menos seis meses, para que los ciudadanos puedan consultar la decisión del Consejo de Estado. Se enviará, también, una copia de la sentencia al Centro Nacional de Memoria Histórica para contribuir con este caso a la construcción de la memoria sobre los crímenes ocurridos contra la prensa en medio del conflicto armado interno.
La FLIP le solicita a la Fiscalía General de la Nación que asuma su tarea de individualizar y castigar a todos los funcionarios que pudieron haber participado del crimen desde el interior de las instituciones públicas mencionadas en el fallo.
Hasta la fecha ningún funcionario o exfuncionario ha sido condenado por el asesinato de Garzón. La única sentencia existente que vincula a algún autor determinante se profirió en 2004 en contra de Carlos Castaño, sin embargo, para esa fecha el jefe paramilitar ya había desaparecido.