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Juez protege libertad de opinión de María Jimena Duzán

Juez protege libertad de opinión de María Jimena Duzán

Crédito: Semana

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Thursday, 04 October 2018

Juez protege libertad de opinión de María Jimena Duzán

Mediante decisión del 1 de octubre, el Juzgado 3° Civil del Circuito de Bogotá negó las pretensiones de la tutela presentada por el Fiscal Daniel Hernández Martínez contra la columna de opinión de la periodista María Jimena Duzán.

En palabras del juez, “el texto publicado objeto de censura se enmarca dentro de lo que se considera como una columna de opinión y así se hace saber en su publicación. De su lectura se advierte que la periodista desde el inicio marca su intención de emitir un juicio de valor”. Así, se concluye que  la pretensión de rectificación es inviable, ya que la opinión, a diferencia de la información, no está amparada por el derecho de rectificación.

La FLIP valora positivamente que en esta oportunidad la justicia haya respaldado la libertad de opinión y su rol central en una sociedad democrática. Sin embargo, la Fundación ha expresado su preocupación por el acoso judicial a la prensa.

La deliberación pública requiere de funcionarios que tramiten sus diferencias con la prensa de cara a la ciudadanía. Casos como este, que representan un alto interés público, requieren opiniones desde todas las aristas posibles.

La FLIP hace un llamado al poder judicial para que así como en este caso, tome en consideración su papel protagónico en la defensa de las libertades civiles y la libertad de prensa.

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Thursday, 04 October 2018

Juez protege libertad de opinión de María Jimena Duzán

Mediante decisión del 1 de octubre, el Juzgado 3° Civil del Circuito de Bogotá negó las pretensiones de la tutela presentada por el Fiscal Daniel Hernández Martínez contra la columna de opinión de la periodista María Jimena Duzán.

En palabras del juez, “el texto publicado objeto de censura se enmarca dentro de lo que se considera como una columna de opinión y así se hace saber en su publicación. De su lectura se advierte que la periodista desde el inicio marca su intención de emitir un juicio de valor”. Así, se concluye que  la pretensión de rectificación es inviable, ya que la opinión, a diferencia de la información, no está amparada por el derecho de rectificación.

La FLIP valora positivamente que en esta oportunidad la justicia haya respaldado la libertad de opinión y su rol central en una sociedad democrática. Sin embargo, la Fundación ha expresado su preocupación por el acoso judicial a la prensa.

La deliberación pública requiere de funcionarios que tramiten sus diferencias con la prensa de cara a la ciudadanía. Casos como este, que representan un alto interés público, requieren opiniones desde todas las aristas posibles.

La FLIP hace un llamado al poder judicial para que así como en este caso, tome en consideración su papel protagónico en la defensa de las libertades civiles y la libertad de prensa.

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