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Excluyen dos paramilitares de Justicia y Paz por faltar a la verdad en el caso de Jineth Bedoya

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Saturday, 20 August 2016

Excluyen dos paramilitares de Justicia y Paz por faltar a la verdad en el caso de Jineth Bedoya

Cárdenas había aceptado su responsabilidad por estos delitos en el año 2011 en Justicia y Paz, pero en 2013 se retractó ofreciendo una versión distinta sobre los hechos. Por otra parte, Jaimes siempre negó su participación en las agresiones contra la periodista en sus versiones libres, pero el pasado 2 de febrero aceptó su responsabilidad en el marco de la justicia ordinaria.

La Magistrada dijo que tanto Cárdenas como Mejía, habían incurrido en “Evidentes contradicciones, estrategias y cálculos” para ser beneficiados con la pena alternativa de justicia y paz, y sin embargo habían ideado como salida procesal aceptar cargos para obtener sentencia anticipada en la justicia ordinaria, con la rebaja de pena que ello supone. Igualmente resaltó la labor realizada por la periodista Jineth Bedoya para esclarecer su caso, destacando que “su denotado esfuerzo ha logrado llegar a instancias como esta para hacer ver los hechos por los cuales fue víctima”.

Además de terminar anticipadamente y excluir de la lista de postulados a Alejandro Cárdenas Orozco y Mario Jaimes Mejía, el fallo destaca que en esa jurisdicción se “deberá insistir en la implementación de buenas prácticas para el tratamiento judicial de los crímenes relacionados con violencia sexual.” Así como dispuso que se activaran “todos los mecanismos de investigación para esclarecer los hechos de la Modelo como Reconocimiento al sacrificio hecho por Jineth Bedoya”

De la misma manera, esta decisión envía un mensaje contundente para quienes acceden a mecanismos de justicia transicional: faltar a los compromisos de verdad y desconocer derechos de las víctimas son incompatibles a la concesión de cualquier beneficio judicial.  Con ello se garantiza que al esclarecer la verdad de los hechos que se investigan, se logre disminuir en algo el alto índice de impunidad que existe en esta jurisdicción, así como en casos de violencia sexual y agresiones contra la prensa.

La FLIP considera que esta decisión es acertada al establecer consecuencias drásticas al incumplimiento los principios de Justicia y Paz y los derechos de las víctimas. Sin embargo también es una decisión tardía teniendo en cuenta que desde el año 2012 se advirtió de las faltas de los postulados a los mandatos de la justicia transicional.

Igualmente, se espera que la Corte Suprema de Justicia confirme este fallo que fue impugnado por la defensa de Mejía.

 
 

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