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En las chuzadas, la justicia cedió a las dilaciones de Narváez

En las chuzadas, la justicia cedió a las dilaciones de Narváez

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Thursday, 22 December 2016

En las chuzadas, la justicia cedió a las dilaciones de Narváez

A pesar de que el exsubdirector del DAS fue condenado en primera y segunda instancia por este caso, el mismo Magistrado que confirmó esta decisión, Javier Agudelo Parra, fue quien dejó sin efectos su sentencia del 18 de noviembre donde impuso una pena de ocho años de prisión por el delito de concierto para delinquir, en los seguimientos ilegales a periodistas y defensores de Derechos Humanos ordenados desde el DAS entre 2004 y 2005.  

Lo novedoso de esta decisión de tutela es que el Magistrado consideró que además del delito de interceptaciones ilegales también había prescrito el delito de concierto para delinquir, lo cual dejaría a Narváez fuera de las investigaciones y sanciones por estos hechos. Es preocupante que se haya permitido prescribir el proceso en su contra por el caso de las chuzadas, pues sienta un precedente muy grave para la libertad de expresión y las agresiones contra periodistas en el país.

Lea aquí el informe especial de la FLIP sobre las chuzadas del DAS a periodistas.

Actualmente no se pueden conocer los argumentos de la tutela que deja impune a Narvàez, debido a que el 20 de diciembre inició la vacancia judicial y sólo hasta el 12 de enero se podrá conocer la decisión completa e interponer los recursos de Ley. Se confirma una vez más que las decisiones cuestionables de la justicia suelen aparecer en momentos de vacancia, como sucedió en el caso de Orlando Sierra en el que se profirió sentencia del 24 de diciembre de 2013.

Aunque la decisión de tutela también ordena la libertad inmediata de Narváez, el exsubdirector del DAS no saldrá de prisión porque en su contra se adelantan otros procesos: espera la decisión sobre su responsabilidad en el asesinato de Jaime Garzón; tiene un expediente abierto por la tortura psicológica de la que fue víctima la periodista Claudia Julieta Duque; y además está acusado por su participación en el secuestro de Piedad Córdoba y el magnicidio de Manuel Cepeda Vargas.

La Fundación rechaza este tipo de actuaciones e incoherencias dentro de la justicia colombiana, pues si bien quedó plenamente demostrada la responsabilidad de Narváez en estos hechos es la misma tardanza de la administración de justicia la que provoca la impunidad. Por eso es urgente que en los demás procesos donde está involucrado no suceda lo mismo. El crimen contra Jaime Garzón ya fue declarado de lesa humanidad, pero preocupa que suceda lo mismo en el caso por tortura psicológica del que fue víctima la periodista Claudia Julieta Duque, en el que Narváez está vinculado. Es decir, que la demora de la justicia perjudique la sanción de los responsables por este delito.

La FLIP insta a las autoridades judiciales para que no cedan ante las estrategias dilatorias de los acusados en este y otros procesos de crímenes contra periodistas. Al final, como en este caso, la prescripción es un asunto de responsabilidad estatal, de operadores judiciales que permiten que pase el tiempo sin avanzar en la definición de responsabilidades.

Es lamentable que estando demostrada judicialmente la responsabilidad de Narváez, la condena no se pueda hacer efectiva por negligencia del poder judicial colombiano. La FLIP hace un llamado al Consejo Superior de la Judicatura para que se investigue disciplinariamente la permisividad de los jueces ante las dilaciones de la defensa de Narváez.

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