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Corte Constitucional a punto de decidir sobre libertad de expresión en Internet

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Friday, 12 September 2014

Corte Constitucional a punto de decidir sobre libertad de expresión en Internet

El caso es de gran interés constitucional: una ciudadana que enfrentó un proceso judicial resultó mencionada en una nota periodística de alto interés público que para la fecha de publicación cumple con los requisitos de veracidad e imparcialidad. La nota es archivada (como sucede en las hemerotecas) en la edición web del medio y puede ser accesible a través de buscadores de internet como Google, esto a pesar de que con posterioridad a la publicación inicial el proceso penal caducó sin condena a partir de la prescripción de la acción penal.

La acción de tutela pretende “bajar y borrar” de todos los motores de búsqueda que existen en todos los medios virtuales cualquier información negativa de quien reclama amparo de sus derechos. A primera vista es una demanda legítima. Sin embargo, la garantía de los derechos de la accionante, a la luz de los estándares de libertad de expresión no es tan simple como “bajar y borrar” contenidos. Los límites a la libertad de expresión son anteriores al uso de internet y no hay suficientes motivos para generar nuevos criterios de control ulterior a la libertad de expresión. Se trata de un caso en el que se deben armonizar con el entorno digital los estándares de libertad de expresión pre existentes.

Para el caso concreto es claro que la nota periodística objeto de controversia es veraz e imparcial para el momento de su publicación. Sin embargo, la existencia en archivos digitales y la posibilidad de búsqueda a través de internet convierte la carga histórica en un peso vigente contra la accionante. ¿Es esta una carga desproporcionada? ¿Puede serlo para éste caso pero no para otros, como por ejemplo los procesos penales por violaciones a los Derechos Humanos? El punto está en definir cuál es el balance adecuado que no abra una puerta inmensa para que el propósito democratizador de la información de internet se convierta en retazos con información suprimida a solicitud de personas que se consideran afectadas por una publicación aun cuando esta sea veraz e imparcial.   

La solicitud de retiro de la nota periodística de la web implica una restricción desproporcionada a la libertad de expresión. Por ende, de acceder a la solicitud la Corte Constitucional, se estaría vulnerando el derecho a la información y la libertad de expresión y se estaría poniendo en juego ese carácter transformador de derechos que tiene internet

En el documento adjunto encontrará la intervención que presentó la FLIP ante la Corte Constitucional. 

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