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Actores políticos tienen responsabilidad en la violencia en línea contra las mujeres periodistas: Corte Constitucional

Actores políticos tienen responsabilidad en la violencia en línea contra las mujeres periodistas: Corte Constitucional

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Thursday, 18 May 2023

Actores políticos tienen responsabilidad en la violencia en línea contra las mujeres periodistas: Corte Constitucional

Celebramos la reciente sentencia T-087 de 2023 de la Corte Constitucional que reconoce la violencia en línea contra las mujeres periodistas y establece responsabilidades para prevenirla y sancionarla. Este fallo es producto de una acción de tutela impulsada por la FLIP, en octubre del 2020, en la que representamos a nueve mujeres periodistas de todo el país y distintos medios de comunicación, que han sido hostigadas en redes sociales. Los ataques que sufren en razón de ser mujeres y periodistas fueron impulsados por actores políticos que obtuvieron réditos por sus acciones.

Para la FLIP esta sentencia es fundamental porque le recuerda al Estado y a los funcionarios públicos su deber de garantes de la libertad de expresión y el impacto que pueden tener sus declaraciones en la vida y el trabajo de las periodistas. Del mismo modo, la Corte recoge el argumento de la FLIP que señala que los mensajes en redes sociales de actores políticos que atacan a las periodistas activan conversaciones hostiles en su contra y fomentan un ambiente de autocensura en el periodismo y el debate público.

A continuación resaltamos tres puntos fundamentales de esta sentencia:

  1. En el fallo las y los magistrados señalan que la violencia en línea contra las mujeres periodistas, ejercida por actores políticos, constituye una afrenta contra la libertad de expresión y tiene un impacto negativo para el debate público. En palabras de la Corte: “acallar a la mujer periodista es una manifestación de la tendencia a que ciertos hechos no se develen, sobre todo en democracias deficitarias o con tendencia a gestionar sus problemáticas por canales distintos al diálogo racional”.

A partir de los casos presentados por la FLIP, la Corte concluye que las periodistas “han recibido insultos, amenazas, y comentarios que buscan descalificar su trabajo periodístico o generar un odio viral en su contra”.

  1. Según la sentencia de la Corte, las agresiones en línea contras las mujeres periodistas pueden llevar a que se materialicen otro tipo de violencias, como agresiones físicas o amenazas. Sobre esto, en la FLIP pudimos constatar que algunas de las periodistas que son insultadas en redes sociales también han recibido amenazas en su contra o contra sus familiares.

Para las y los magistrados de la Corte “es pertinente recordar que estos actos de violencia pueden llevar a que las mujeres se abstengan de usar internet, de aislarse socialmente, retirarse de la vida pública, e incluso, ha traído como consecuencias la movilidad reducida, esto es, la pérdida de libertad para desplazarse en condiciones de seguridad, o daños o sufrimientos psicológicos, físicos, sexuales o económicos”.

  1. Para la Corte es necesario establecer acciones para solucionar el déficit en la normatividad para tramitar este tipo de agresiones. Estos vacíos demuestran que hasta ahora la violencia en línea contra las periodistas ha estado invisibilizada y no ha sido sancionada. Para la Corte, el Estado, los movimientos, partidos y actores políticos están en la obligación de propender por el respeto de la Constitución y la ley, y defender y difundir los derechos humanos. Su actuar y los estatutos por los cuales se rigen deben ser un reflejo de dichos deberes.

Por eso, en su fallo la Corte:

A. Exhorta a los partidos y a los movimientos políticos a adoptar en sus códigos de ética directrices que permitan sancionar a las y los miembros que promuevan o ejerzan violencia en línea contra mujeres periodistas. Asimismo, deben crear rutas de atención para que las víctimas puedan tramitar sus casos. Finalmente, deben realizar planes de formación y capacitación para miembros y afiliados sobre perspectivas de género y violencia en línea contra mujeres periodistas.

B. Ordena que en dos meses, la Fiscalía, la Procuraduría, la Defensoría, el Ministerio de Justicia, el MinTIC y el Consejo Nacional Electoral (CNE) deben publicar en sus páginas web contenido informativo que permita ilustrar la violencia en línea contra mujeres periodistas.

C. Ordena a los ministerios de Justicia y TIC deben iniciar gestiones para presentar en tres meses un proyecto de ley que regule la violencia en línea contra mujeres, especialmente contra las periodistas.

D. Ordena que en el término de 48 horas a partir de que se notifique la sentencia, el CNE inicie las gestiones para, dentro de tres meses, presentar un proyecto de ley que cree un mecanismo de denuncia y trámite que articule al Estado para combatir las agresiones en línea contra las periodistas.

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Case follow-up

Actores políticos tienen responsabilidad en la violencia en línea contra mujeres periodistas

Saturday, 04 June 2022

Actores políticos tienen responsabilidad en la violencia en línea contra mujeres periodistas

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Tuesday, 08 February 2022

30 recomendaciones para garantizar el futuro del periodismo

El plan que establezca el próximo gobierno para abordar las problemáticas del periodismo deberá tener suficiente reconocimiento público, y contemplar que las nuevas medidas no solo tienen que ser aprobadas, sino implementadas. Existen muchos ejemplos en diferentes países del mundo que incluyen buenas ideas sobre cómo salvaguardar el ejercicio periodístico. Con el propósito de persuadir al público y a los formuladores de políticas de que es necesario y de que se puede hacer algo, presentamos treinta recomendaciones que buscan hacer frente a nueve problemas estructurales. 

Frente a la urgencia en políticas para prevenir, proteger y garantizar justicia

  1. Implementar una política pública que garantice y fortalezca el derecho a la libertad de expresión y de información de quienes ejercen el periodismo en el país. Esta política deberá reconocer abiertamente que el periodismo es un servicio público cuando provee información de alto interés para la ciudadanía. Los Estados deben garantizar que los y las periodistas gocen de la protección y de la independencia necesarias para realizar sus funciones.

  2. Crear un nuevo puesto temporal de enviado presidencial especial para la libertad de prensa.

  3. Adoptar, en cabeza del Gobierno nacional, una narrativa favorable con la libertad de prensa. Promover la defensa de este derecho contrarresta la violencia y habilita el acceso a la información. Las cabezas de gobierno deben reconocer de manera pública el rol social de la prensa como guardián de la democracia, ello implica, abstenerse de hacer declaraciones falsas que ataquen la integridad de periodistas y trabajadores de los medios.

  4. Prestar apoyo a la rama judicial para que realice actividades de capacitación y sensibilización en libertad de expresión entre los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.

  5. Impulsar a la Procuraduría para que realice capacitaciones a funcionarios públicos de diferentes instituciones del Estado en libertad de expresión, especialmente en acceso a la información. De igual manera, invitar a la Procuraduría a que presente un informe anual sobre la implementación de la Ley de Acceso a la Información Pública.

  6. Capacitar de manera permanente y especializada a la Policía y a las entidades de investigación criminal, fiscales y jueces, para asegurar que las investigaciones sobre delitos contra la libertad de expresión sean exhaustivas, rigurosas y efectivas. 

Frente a la lucha contra la impunidad

  1. Solicitar a los órganos de control un informe anual sobre el estado de las investigaciones disciplinarias y penales por violaciones y amenazas a la libertad de expresión.

  2. Crear un cuerpo especializado en la Fiscalía General de la Nación para la investigación de crímenes contra la prensa, como lo ha recomendado la Asamblea General de las Naciones Unidas. Este organismo podría resolver algunos obstáculos ya identificados: i) facilitar el análisis de los casos de manera más técnica, ii) disponer de un recurso humano que permita dar un ritmo investigativo para que no prescriban más casos, iii) orientar eficazmente los recursos ya previstos en el Plan Nacional de Política Criminal 2021 a 2025 para mejorar su capacidad operativa y de reacción.

  3. Establecer una política integral para mitigar los riesgos diferenciados de género en el trabajo periodístico, tal como fue reconocido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso de Jineth Bedoya. En ese sentido, la Corte ordenó: i) construir un centro de memoria dedicado a la dignificación de las mujeres víctimas de violencia sexual y de mujeres periodistas, ii) crear un fondo para la financiación de programas de prevención, protección y asistencia a mujeres periodistas víctimas de violencia, iii) capacitar y sensibilizar a funcionarios que atienden los casos de violencia contra mujeres periodistas y iv) recopilar datos y cifras de violencia basada en género.

  4. La Fiscalía debe adoptar una directiva especial para la investigación de crímenes contra la libertad de expresión, en la cual incorpore los lineamientos de la Unesco para fiscales en casos relacionados con delitos contra periodistas. Esto permitirá adecuar las prácticas investigativas y procedimentales a estándares internacionales. 

Aquí puede consultar la revista Páginas para la Libertad de Expresión, edición #3.

Frente a las medidas preventivas y de protección de periodistas

  1. Iniciar un plan de trabajo con la Unidad Nacional de Protección (UNP) que aborde las siguientes acciones: i) articular las labores de la Fiscalía y la UNP para robustecer los procesos investigativos y de análisis de riesgo, ii) incorporar una asesoría técnica en libertad de expresión y del ejercicio periodístico, con el fin de garantizar que las evaluaciones tengan en cuenta las diferencias que hay entre periodistas y las demás poblaciones, iv) capacitar a todos sus analistas de riesgo y demás funcionarios en violencia de género, con el fin de establecer un enfoque diferencial, v) incluir a los beneficiarios, durante las reuniones en las que sesiona el CERREM. Esto con el fin de brindar más transparencia al proceso de evaluación y recoger de primera mano información de contexto y del ejercicio periodístico, vi) el Ministerio del Interior debe solicitar la evaluación internacional del programa de protección que entregue un diagnóstico de su funcionamiento y recomendaciones para mejorarlo. 

 

Frente a la sostenibilidad de los medios de comunicación 

  1. Crear un instituto para el periodismo en Internet que sea financiado por el Gobierno. El Estado debería trabajar con las partes interesadas para establecer un organismo independiente con fuentes de financiación que representen la diversidad de las audiencias colombianas. Este deberá realizar estudios sobre el mercado y consumo de medios, que reconozcan y aborden las necesidades de la industria de medios y las propuestas que se han planteado desde el sector para salir de la crisis.

  2. Establecer una ruta para que ese organismo tenga un proceso de diálogo con los medios digitales para suscribir estándares de un código público y común de la industria.

  3. Adoptar medidas directas, como la destinación de un porcentaje del recaudo de impuestos bajo criterios de transparencia con evaluadores externos que eviten la cooptación de la información y blinden la independencia editorial. También debe haber medidas indirectas como la reducción de impuestos a medios y emprendimientos periodísticos, alivios tributarios para suscriptores de medios independientes y para anunciantes que compren espacios publicitarios en ellos.

Frente a la publicidad oficial

  1. Establecer mecanismos para que la asignación de publicidad oficial siempre tenga en cuenta la libertad de expresión. De acuerdo a la CIDH, “los Estados deben adoptar reglas legales específicas sobre publicidad oficial en cada uno de sus niveles de gobierno. La carencia de un marco legal específico y adecuado para la definición de los objetivos, la asignación, contratación y control de la pauta estatal permite una utilización arbitraria de estos recursos en detrimento de la libertad de expresión”.

    A través de la vía legislativa, Colombia podría hacerle frente al asunto. Sin embargo, esta salida resulta riesgosa con un Congreso que ha demostrado poca comprensión frente a la libertad de expresión. Una ley que regule la publicidad oficial debe tener los más altos estándares de respeto a la libertad de expresión y a la garantía de acceso a la información, debe reunir y definir principios que delimiten cuál es el propósito de la publicidad oficial, sus fines, prohibiciones explícitas y procedimientos de contratación transparentes.

  2. Fijar una categoría específica de contratos de publicidad oficial de forma que: i) se garantice su trazabilidad, ii) se puedan establecer reglas claras de interventoría, iii) se fortalezca el control disciplinario, iv) se obligue a las entidades a publicar informes de asignación y ejecución de recursos, v) se generen instancias de veeduría a través de informes periódicos a cargo de entidades independientes y vi) se destine parte del presupuesto de publicidad oficial en subsidios a medios de comunicación, diferenciándolo de la contratación de publicidad.

  3. Crear una comisión con participación de actores de la sociedad civil, academia, periodistas y representantes del Estado, que tenga como propósito hacerle seguimiento y control a las contrataciones de publicidad oficial. Dentro de sus funciones se podrían establecer: i) ser órgano de consulta para entidades públicas y contratistas, ii) denunciar ante las autoridades violaciones contempladas al régimen de contratación de publicidad oficial, iii) elaborar informes a modo de orientación para entidades públicas, y recibir y tramitar quejas relativas al uso y asignación de la publicidad oficial y iv) contratar la elaboración de estudios del orden municipal, departamental y nacional en materia de audiencias, rating, tiraje y lectoría para que sean utilizados como parámetro objetivo en los procesos de contratación. 

 

Frente a la gobernanza e independencia de los medios públicos

  1. Hacer cambios normativos para que se establezca una estructura de gobernanza más amplia, participativa y compleja, con inclusión de la sociedad civil organizada. Dentro de esto mismo, se puede dar la construcción de un modelo de gestión de medios públicos con pesos y contrapesos, a través de la definición de periodos cruzados entre los cargos directivos, y de gestión de los medios públicos con los periodos gubernamentales. También, es clave la incorporación de mecanismos de participación ciudadana y transparencia en la elección de las o los directivos de medios públicos.

  2. Crear un sistema de medios públicos unificado del que hagan parte todos los canales regionales, que permita desarrollar estrategias independientes a los gobiernos y a tono con la convergencia digital actual que dé paso a una mirada más estratégica de las parrillas de los canales. Esto también permitirá desarrollar un modelo económico para los medios públicos, en el que se disminuyan las brechas entre los medios públicos regionales y nacionales, al tiempo que conceda mayores espacios concursables. Este fondo debe ser liderado por un órgano independiente. 

 

Frente a la defensa de la libertad de expresión en línea 

  1. Promover un programa amplio y sostenido en el tiempo de alfabetización digital y mediática que brinde herramientas a la ciudadanía para discernir sobre el contenido que recibe a través de las redes sociales. La desinformación no se combate con censura, sino con conocimiento.

  2. Participar activamente y promover la participación de la ciudadanía y representantes de las plataformas en Colombia en diálogos amplios, como el Diálogo de las Américas sobre Libertad de Expresión en Internet adelantado por la Relatoría Especial de Libertad de Expresión de la CIDH. En esos encuentros se podrá discutir como sociedad cuál es la mejor manera de regular las plataformas de redes sociales. Este diálogo tendrá que trazar unos lineamientos clave para que cualquier intento de regulación de plataformas se ajuste a los marcos normativos interamericanos.

  3. Rechazar pública y abiertamente todos los proyectos de ley que, si bien no regulan directamente las redes sociales, crean marcos normativos agresivos para la libertad de expresión, al controlar lo que la ciudadanía dice o no en los entornos digitales. Esto podría abrir la puerta para el bloqueo de aplicaciones, páginas y conexiones a Internet.

 

Frente a la promoción de la comunicación ciudadana en un país silenciado 

  1. Retomar el Conpes 3506, sobre lineamientos de política para el fortalecimiento del servicio comunitario de radiodifusión sonora, y actualizarlo de acuerdo con los avances y cambios de contexto en el ecosistema de medios del país, siguiendo estándares interamericanos de libertad de expresión para una radiodifusión libre.

  2. Establecer una política de fomento de comunicación comunitaria que ayude a garantizar condiciones mínimas de infraestructura y acceso, y una mirada estratégica para que los contenidos fortalezcan la diversidad y el pluralismo.

  3. Reevaluar el estatus de clase D que determina la regulación de la radio comunitaria, para que esta goce de un mayor alcance. Esto traería consecuencias positivas en su sostenimiento y legitimidad.

  4. Retomar los diagnósticos de funcionamiento, sostenibilidad, programación y contenidos de la radio pública y comunitaria para conocer el estado actual de las emisoras. 

 

Frente al rezago en memoria y reparación del periodismo

  1. Socializar los resultados del informe de la Comisión de la Verdad sobre las causas e impactos de la violencia ejercida sobre el periodismo en Colombia en el desarrollo del conflicto armado, y establecer medidas de no repetición de estos hechos teniendo en cuenta la labor periodística.

  2. Extender las buenas prácticas en memoria que han enaltecido el nombre de periodistas asesinados, como Orlando Sierra o Guillermo Cano, a un conjunto más amplio de periodistas y medios que han sido víctimas de la violencia en el país.

  3. Establecer un comité que permita conciliar los esfuerzos que ha impulsado el Estado en las últimas dos décadas en mecanismos de justicia transicional. En este punto, los derechos de las y los periodistas violentados en el marco del conflicto, cobran especial relevancia y así han sido recogidos por el Centro Nacional de Memoria Histórica, por la Comisión de la Verdad y por la Unidad de Víctimas. Este comité podrá presentar ante la Justicia Especial para la Paz la solicitud de establecer un macro caso de violencia contra la prensa.

  4. Acompañar a la Unidad de Víctimas para que en un corto plazo formule el Plan Integral de Reparación Colectiva a Periodistas, en el que ha trabajado durante los últimos diez años. 
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