Procuraduría restringe la libertad de prensa con sus lineamientos de comunicaciones
La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) expresa su preocupación por la circular 002 de la Procuraduría en la que define los lineamientos generales para la gestión de comunicación y la imagen institucional. En la circular, se establece que “en ningún caso los procuradores delegados regionales, distritales o provinciales podrán entregar declaraciones o información periodística a los medios de comunicación. La única vocera institucional es la Procuraduría General de la Nación o quien ella delegue”.
La estricta coordinación administrativa no es razón suficiente para romper el flujo de información de las labores de la Procuraduría, toda vez que esto afecta la libertad de prensa, el acceso a la información y a las fuentes.
Al respecto, la FLIP recuerda que la obligación de proporcionar información se extiende a todos los órganos públicos en todos los niveles de gobierno, de ahí que la obligación de dar información recae sobre todos los funcionarios públicos, no únicamente frente a quienes ostentan altos cargos.
En este sentido, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recientemente recalcó que, respecto de la evolución de la pandemia, se debe tener un especial cuidado en los pronunciamientos de los funcionarios públicos, lo cual implica mayor coordinación más no una concentración de la comunicación.
Así mismo, el principio de transparencia que rige la función pública no es excluyente de los principios de facilitación y de difusión proactiva de la información. Aunque la información esté publicada y sea de libre acceso para los ciudadanos, los funcionarios públicos también deben permitir que se les interrogue frente asuntos de interés público y, especialmente, sobre asuntos que conocen en ejercicio de sus cargos.
Por último, esta medida de centralización de la información perjudica en mayor medida a la prensa regional, quien no solo queda desprovista de fuentes sino también presa de las ya existentes dificultades para acceder a la información.
En lugar de limitar los canales para el flujo de información entre las entidades públicas y la prensa, se deben adoptar las medidas necesarias para dar respuesta a las peticiones de los medios de comunicación y periodistas, inclusive aquellas presentadas en espacios virtuales. Así lo ha referido la CIDH: “las preguntas formuladas en espacios virtuales deben ser respondidas por las autoridades con debida diligencia, debido a que la prensa es el principal canal para allegar cuestionamientos o interrogantes a las autoridades ante la situación de emergencia y aislamiento de la población”.
De ninguna manera se debe supeditar o condicionar el acceso a la información, pues asegurar este derecho es un requisito indispensable para el buen funcionamiento del Estado de derecho. Por esto, la Fundación invita a la Procuradora General Margarita Cabello Blanco a que consolide las mejores prácticas frente al acceso a la información pública, en aras de fortalecer la transparencia de la función pública y velar por el adecuado cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Published in Pronouncements