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La FLIP advierte sobre el impacto del acoso judicial en el debate público

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Saturday, 17 January 2026

La FLIP advierte sobre el impacto del acoso judicial en el debate público

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) manifiesta su preocupación por las acciones judiciales anunciadas por el candidato a la Presidencia de la República, Abelardo de la Espriella, en contra de la columnista Ana Bejarano Ricaurte*, a raíz de la columna de opinión titulada “Alex y Abelardo”, publicada el 11 de enero de 2026 en Cambio y Los Danieles. La publicación aborda cuestionamientos de interés público sobre la trayectoria profesional y el discurso político de Abelardo de la Espriella, en particular su relación con Alex Saab.

Resulta preocupante que, como respuesta a una columna de opinión, el equipo de campaña de Abelardo de la Espriella haya anunciado la eventual interposición de acciones judiciales, incluidas tutelas y otros mecanismos legales contra Ana Bejarano. Advertencia que la campaña difundió a través de un comunicado de prensa luego de la publicación de la columna. En el comunicado se rechaza el contenido de la columna y califican varias afirmaciones como falsas o imprecisas, pese a que la información utilizada por la autora se basó en fuentes, investigaciones y reportes previamente publicados por otros medios, periodistas e instituciones. Asimismo, en el comunicado se solicita una rectificación, en un contexto que refuerza la preocupación por el uso del aparato judicial como mecanismo de presión frente al ejercicio del periodismo crítico.

La FLIP recuerda que la crítica a figuras públicas, especialmente a quienes aspiran a cargos de elección popular, goza de una protección reforzada en una sociedad democrática. Tanto el Sistema Interamericano de Derechos Humanos como la Corte Constitucional colombiana han sido consistentes en señalar que quienes participan activamente en la vida pública deben tener un mayor umbral de tolerancia frente al escrutinio, la crítica y las opiniones, incluso cuando estas resulten incómodas, severas o molestas; especialmente, en el marco de un proceso electoral, cuando el debate público libre es esencial para la democracia y el derecho de la ciudadanía a estar informada. En este mismo sentido, la CIDH ha indicado que algunos discursos ocupan una posición especialmente relevante por su contribución a la deliberación democrática y a la formación de la opinión ciudadana, entre ellos: (i) discursos políticos y aquellos que versan sobre asuntos de interés público y, (ii) el discurso que trate sobre funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones y sobre candidatos a ocupar cargos públicos.

La FLIP advierte que el uso reiterado y expansivo de acciones judiciales contra periodistas y columnistas puede configurar prácticas de acoso judicial, conocidas como SLAPP (Strategic Lawsuits Against Public Participation), cuyo impacto económico y emocional suele inducir a la autocensura. En efecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos desde el caso Kimmel contra Argentina, ha indicado que el abuso de mecanismos judiciales, las demandas infundadas o las sanciones desproporcionadas generan un efecto silenciador que no solo vulnera los derechos de quienes son demandados, sino también el derecho colectivo de la sociedad a estar informada.

Por su parte, la Corte Constitucional colombiana ha señalado que las restricciones a la libertad de expresión deben ser excepcionales, necesarias y estrictamente proporcionales, y que el aparato judicial no puede ser utilizado como una herramienta de presión, castigo o intimidación contra la prensa, por ser incompatible con los estándares democráticos, sobre todo cuando se trata de opiniones, pues, de acuerdo con la sentencia C-010 del 2000, sobre la emisión de opiniones no cabe la rectificación.

Este no es un hecho aislado. La FLIP ha documentado antecedentes reiterados en los que De la Espriella ha utilizado distintos mecanismos para responder a cuestionamientos periodísticos:

  • En 2018, el periodista Jorge Gómez Pinilla, columnista de El Espectador, recibió una citación por parte de la Fiscalía General de la Nación para comparecer a una diligencia penal en el marco de una querella por injuria presentada en su contra por De la Espriella. La acción se originó a raíz de una columna en la que se señalaba que presuntamente Abelardo De La Espriella financiaba el portal web Los Irreverentes y orientaba la línea informativa.
  • En 2019, la FLIP rechazó públicamente la exposición que hizo De La Espriella de datos privados o doxing de un periodista en una red social, acción que puso en riesgo la seguridad del comunicador. Este tipo de conductas son peligrosas y vulneran derechos protegidos por la libertad de expresión y la ley de datos personales en Colombia.
  • En 2021, Abelardo de la Espriella inició una demanda civil con la cual pretendía silenciar la opinión de la periodista Cecilia Orozco, quien en su momento analizó y criticó el papel de De La Espriella como abogado del exmagistrado Jorge Pretelt.
  • En 2024 la Fundación alertó sobre el uso de acciones judiciales interpuestas por De La Espriella contra cinco periodistas por investigar y publicar información en la que se le relacionaba con los casos de Alex Saab y David Murcia Guzmán.

La acumulación de estos hechos permite identificar un patrón de comportamiento que afecta el ejercicio libre del periodismo y el debate público. Según la Fiscalía General de la Nación, entre 2008 y 2019 existían 109 casos en los que De la Espriella era denunciante por los delitos de calumnia e injuria. En la información remitida, en su momento, por la Fiscalía se expusieron las siguientes razones para el archivo de alguna de estas denuncias: por conducta atípica, falta de asistencia del querellante a la conciliación y desistimiento de la querella. Estos elementos evidencian que las denuncias emprendidas carecían de sustento jurídico y refuerzan la preocupación de que fueron hechas como un mecanismo de hostigamiento. Cabe resaltar que, en el marco de estos antecedentes, la columnista Bejarano ha defendido a otros periodistas demandados por Abelardo De La Espriella.

La FLIP hace un llamado enfático a todas las personas candidatas, precandidatas y actores con aspiraciones a cargos públicos a actuar con especial responsabilidad frente a la prensa. El respeto y la garantía de la libertad de prensa no son concesiones: son obligaciones democráticas, especialmente para quienes aspiran a gobernar, pues permite que la ciudadanía conozca, evalúe y cuestione a quienes buscan representarla.

Una democracia sin prensa libre es una democracia debilitada. Por ello, el uso del aparato judicial para silenciar opiniones o intimidar periodistas es incompatible con los valores democráticos y debe ser rechazado de manera categórica.


*Ana Bejarano Ricaurte hace parte del Consejo Directivo de la FLIP.