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Fiscalía no ha entablado conversaciones con Jineth Bedoya, tras un año de la sentencia en favor de la periodista

Pronunciamiento - miércoles, 19 octubre 2022

Es preocupante que a un año de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) haya notificado la sentencia en la que condenó al Estado colombiano por el caso de la periodista Jineth Bedoya Lima, la Fiscalía General de la Nación sea la entidad que menos esfuerzos ha demostrado para cumplir con el fallo de la Corte y, así, investigar, juzgar y sancionar a todos los responsables de los crímenes cometidos contra la periodista. Hace un año, 18 de octubre de 2021, la Corte IDH publicó la sentencia por el caso de la periodista Jineth Bedoya Lima, quien el 25 de mayo de 2000 fue víctima de secuestro, tortura y violencia sexual. La Corte determinó que Colombia violó, entre otros, los derechos a las garantías judiciales, protección judicial e igualdad ante la ley por la falta de debida diligencia en las investigaciones.

A la fecha, no se ha determinado la autoría intelectual de los hechos ni de otros coautores que pudieran haber participado. En vez de avanzar en esa línea, en el último año la Fiscalía ha catalogado como logro la exclusión del proceso de Justicia y Paz de Jesùs Emiro Pereira, alias Huevoepizca, uno de los autores materiales del crimen contra Bedoya. Esta acción de ninguna forma aporta nueva información que ayude a encontrar a los otros responsables. 

Para el Centro por la justicia y el derecho Internacional (CEJIL) y la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), representantes de la periodista, el caso tiene un alto riesgo de quedar en la impunidad debido a la falta de diligencia de la Fiscalía quien, además, no ha establecido el vínculo entre los hechos de mayo del 2000 con las distintas amenazas que ha sufrido la periodista y su madre en los últimos años.

Los 22 años, desde la ocurrencia de los hechos, han estado marcados, mayoritariamente, por una inactividad total de la investigación. De los 269 meses totales, durante 130 no ha habido ninguna actividad por parte de la Fiscalía, y sólo en 19 meses esta entidad ha actuado de acuerdo a los parámetros de rigurosidad, diligencia y exhaustividad que deben aplicarse en la investigación de crímenes contra la prensa. Además, los avances que se dieron durante 16 meses fueron gracias a acciones de Bedoya, quien allegó pruebas e impulsó actuaciones. Así, el traslado de la carga probatoria que descansa en cabeza del Estado fue trasladado a la víctima, en detrimento a su propia dignidad y en una actitud altamente revictimizante. Finalmente, en 104 meses la investigación no ha atendido a los estándares internacionales; esto se debe, en parte, a que en los últimos años la Fiscalía se ha dedicado a recaudar pruebas que pudo y debió haber recolectado años atrás.

En su sentencia, la Corte dio cuenta de la existencia de indicios graves, precisos y concordantes de la participación estatal en los crímenes contra Bedoya. Para la Corte, estos hechos no pudieron llevarse a cabo sin el consentimiento y colaboración del Estado, o cuanto menos con su tolerancia. Por eso, es vital que la Fiscalía tome en serio su deber de realizar verdaderos avances que contribuyan a dar con los determinadores de las violaciones de derechos humanos que sufrió Bedoya.

Por otro lado, el Estado colombiano avanzó en el cumplimiento de algunas medidas que debían cumplirse en un año incluyendo: el pago de indemnizaciones; las publicaciones del resumen de la sentencia en el diario oficial y en la página web de la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos. Sin embargo, el Estado no cumplió con las medidas relativas al pago de rehabilitación, el fondo destinado a la prevención, protección y asistencia de mujeres periodistas, y el sistema de recopilación de datos y cifras. Si bien han existido avances en la concertación de estas, los esfuerzos del Estado no se concretaron para dar cumplimiento en el tiempo indicado por la Corte.

Por último, Bedoya, CEJIL y la FLIP recordamos que el cumplimiento de la sentencia de la Corte IDH tiene una dimensión colectiva, pues con el fallo se reivindican los derechos de las mujeres y periodistas sobrevivientes de violencia sexual. Por eso, es vital que se siga avanzando para cumplir con todas las medidas de reparación.

Fiscalía sigue incumpliendo su deber de investigar a los determinadores del crimen contra Jineth Bedoya

Pronunciamiento - sábado, 24 septiembre 2022

El pasado 17 de septiembre, la Fiscalía General de la Nación anunció que Jesús Emiro Pereira Rivera, alias Huevoepizca, exparamilitar de las AUC condenado en 2019 en el caso de la periodista Jineth Bedoya, será excluido y perderá los beneficios de la Ley de Justicia y Paz. La Fiscalía presentó este logro como un gran avance en la búsqueda de justicia del caso de Bedoya; sin embargo, este es tan solo un resultado lógico, producto de la condena de Pereira en la justicia ordinaria. La exclusión tampoco aporta a la investigación de la Fiscalía para encontrar a quienes determinaron el crimen, que es fundamental para efectuar las medidas de reparación ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH) en 2021. Hasta ahora, la Fiscalía es la única entidad estatal que no se ha reunido con la periodista ni sus representantes para avanzar en el cumplimiento de la sentencia.

El 6 de mayo del 2019, Jesús Emiro Pereira fue condenado en primera instancia como autor material del secuestro, tortura y violencia sexual del que fue víctima Bedoya en el 2000. Luego de que la defensa apelara, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá confirmó, en segunda instancia, la pena de cuarenta años de cárcel. En las audiencias de Justicia y Paz, Pereira siempre negó cualquier responsabilidad en el crimen, y de esta forma, incumplió con su deber de esclarecer la verdad de los hechos que rodearon las agresiones contra Bedoya.

Por eso, el 13 de junio del 2021, la Fiscalía 21 de la Dirección de Justicia Transicional solicitó que se excluyera a Pereira de la Ley de Justicia y Paz. Finalmente, en septiembre de este año, la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá ordenó la exclusión definitiva. 


Aunque Jineth Bedoya y sus representantes (CEJIL y la FLIP) celebran que se condene el incumplimiento de Pereira a los compromisos con la Justicia Transicional, este hecho deja en evidencia diferentes problemáticas de la Fiscalía. Por un lado, la solicitud para que Pereira fuera excluido se radicó dos años después de que la justicia ordinaria sancionara al exparamilitar. Durante ese tiempo, Pereira siguió gozando de los beneficios de la Ley de Justicia y Paz e incluso solicitó la suspensión de la ejecución de la sentencia que lo condenaba como culpable de los crímenes contra Bedoya.

Por otro lado, este hecho no aporta de ninguna forma elementos para identificar a quienes ordenaron los crímenes contra la periodista, una tarea en la que la Fiscalía no ha avanzado. Según la Corte IDH, el Estado no “ha podido determinar la autoría intelectual de los hechos ni de otros coautores que pudieran haber participado en los mismos". Para Bedoya, “no se puede hablar de un avance cuando en 22 años no se ha hecho absolutamente nada para llegar a los autores intelectuales del crimen”. Por eso, hacemos un llamado a la Fiscalía para que se reúna con la periodista y concerte las medidas que se van a implementar para fortalecer las líneas de investigación contra los determinadores. 

CEJIL y la FLIP ganadores del premio de la Universidad de Columbia por caso de Jineth Bedoya Lima

Pronunciamiento - jueves, 17 febrero 2022

El logro es un reconocimiento a la Excelencia en Servicios Legales, al trabajo colaborativo por más de diez años y a la defensa de la libertad de expresión.

Bogotá - Washington D.C., 16 de febrero de 2022.  La Universidad de Columbia anunció a los ganadores del Global Freedom of Expression Prize 2022. En el grupo que recibirá el galardón el próximo 1 de marzo se encuentra el Centro por la Justicia y Derecho Internacional —CEJIL— y la Fundación para la Libertad de Prensa —FLIP— con el Premio Global a la Libertad de Expresión a la Excelencia en Servicios Legales, por el trabajo y la colaboración estratégica en el caso de la periodista colombiana Jineth Bedoya Lima. 

Como represalia por su labor periodística en Colombia, el 25 de mayo del 2000, Jineth Bedoya Lima fue secuestrada, violada y torturada, luego de varias amenazas no investigadas. Posteriormente, el Estado colombiano no investigó adecuadamente su caso y alentó el ocultamiento de los funcionarios estatales involucrados en los crímenes.

CEJIL y la FLIP trabajaron juntos durante una década para lograr justicia en el caso de Jineth. Las dos organizaciones representaron el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), logrando una sentencia histórica en octubre del 2021 donde, por primera vez, se analizó el uso de la violencia sexual como forma de silenciamiento y control en contra de una mujer periodista en el marco del conflicto armado colombiano.

La sentencia lograda en el caso de Jineth Bedoya Lima es emblemática en temas de libertad de expresión y justicia de género. La decisión de la Corte IDH sentó pautas importantes para los Estados sobre cómo proteger a las mujeres periodistas, cómo crear espacios seguros para las periodistas, cómo combatir la impunidad y, en especial, cómo reparar a las víctimas.

“Nuestra estrecha alianza con la FLIP y con Jineth Bedoya Lima muestra cómo el litigio estratégico y las alianzas sólidas pueden desencadenar transformaciones más profundas tanto a nivel nacional como internacional. Hemos visto, una y otra vez, que el cambio social debe ser principalmente un esfuerzo de colaboración”, destacó Viviana  Krsticevic, Directora Ejecutiva de CEJIL.

El Premio Global a la Libertad de Expresión a la Excelencia en Servicios Legales es el primer premio que reconoce los servicios legales que fortalecen la libertad de expresión. Para CEJIL y la FLIP este reconocimiento es un gran estímulo para continuar trabajando por la justicia, no solo para las víctimas representadas, sino también para los miles de periodistas que día a día salen a las calles a investigar.

Algunos de los asuntos que se tienen en cuenta al elegir a las ganadoras del premio de la Universidad de Columbia son el impacto significativo en la libertad de expresión e información, tener un razonamiento jurídico sólido y haber avanzado en el entendimiento jurídico de los temas de libertad de expresión. Además, en relación con el premio en la categoría de servicios legales se toma en cuenta la reputación de integridad y un compromiso con los derechos humanos, el estado de derecho y la excelencia legal.

“Es un impulso vital que nos empuja a seguir luchando en la defensa de la libertad de expresión y en la promoción de las garantías necesarias para los y las periodistas puedan hacer su trabajo sin preocuparse por las represalias", expresó el Director Ejecutivo de la FLIP, Jonathan Bock.

La ceremonia podrá verse online el 1 de marzo a las 4:00 p. m. (EST) a través del canal de YouTube de la Universidad de Columbia o en la web Global Freedom of Expresion de la Universidad de Columbia. 

Se confirma fallo contra paramilitares en el caso de la periodista Jineth Bedoya Lima

Pronunciamiento - miércoles, 06 noviembre 2019

El pasado 28 de octubre de 2019, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá profirió fallo de segunda instancia, confirmando la pena impuesta a Jesús Emiro Pereira Rivera, alias ”Huevoepizca”, a 40 años y seis meses de prisión por los delitos de secuestro, tortura y acceso carnal violento y a Alejandro Cárdenas Orozco, alias “J.J”, a 30 años por el delito de acceso carnal violento, contra de la periodista Jineth Bedoya cuando realizaba un cubrimiento periodístico en la cárcel La Modelo de Bogotá el 25 de mayo del año 2000.

Los procesados habían apelado el fallo de primera instancia argumentando que las pruebas practicadas no comprobaban la existencia de las conductas y la responsabilidad de los condenados.

La Fiscalía General de la Nación y la FLIP solicitaron al Tribunal confirmar la decisión adoptada por el juez de primera instancia, pues existen pruebas directas que vinculan Cárdenas y Pereira en la participación de los hechos. La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, luego de analizar las múltiples declaraciones brindadas por víctima, concluyó que no quedaba duda sobre la ocurrencia de las conductas delictivas y de la participación de los procesados en las mismas.

Sin embargo, en virtud del principio de legalidad, el Tribunal decidió no clasificar las conductas como delitos de acceso carnal violento y tortura en persona protegida, pues estos tipos penales fueron incorporados mediante una norma que no estaba vigente al momento de los hechos. Por lo anterior, resolvió condenarlos por los delitos de acceso carnal violento agravado y tortura, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 100 de 1980. Pese a lo anterior, el monto de la pena se mantuvo, pues el juez de primera instancia al momento de fijar la sanción, utilizó las penas establecidas para dichos delitos en el Decreto Ley 100.

Por otro lado, el Tribunal compulsó copias para que se investigue la posible comisión del delito de prevaricato por acción, por parte de la funcionaria de la Fiscalía General de la Nación, quien el 1 de junio de 2015 precluyó la investigación y ordenó la libertad inmediata de Alejandro Cárdenas Orozco. La actuación de la fiscal es cuestionada pues para la fecha Cárdenas Orozco había aceptado los cargos por los delitos de secuestro y tortura, razón por la cual la funcionaria únicamente era competente para remitir la actuación a los jueces de conocimiento.

La FLIP reconoce la importancia de la decisión adoptada por el Tribunal y hace un llamado a la Fiscalía General de la Nación para que avance en la investigación de los demás autores materiales y determinadores de los hechos de los que fue víctima la periodista, incluyendo la investigación ordenada por el Juzgado Quinto Especializado de Bogotá contra el General (r) José Leonardo Gallego.

Primera audiencia en el caso de Jineth Bedoya se aplazó por dilaciones de la defensa

Pronunciamiento - miércoles, 15 julio 2015

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) ha sido insistente en señalar que las investigaciones y los juicios por los casos de violencia contra periodistas no deben extenderse demasiado. Han sido bastantes los casos en los que la dilatación de los procesos ha puesto en riesgo la integridad de las pruebas y la inmediación ideal que debe tener el juez con ellas.

Los errores de la Fiscalía en el caso de la periodista Jineth Bedoya

Pronunciamiento - sábado, 06 junio 2015

La Fundación la Libertad de Prensa (FLIP) manifiesta su preocupación por la descoordinación al interior de la Fiscalía General de la Nación en el caso de la periodista Jineth Bedoya Lima. El ente acusador cambió, en menos de 72 horas, su decisión en la investigación contra Alejandro Cárdenas Orozco, alias ‘JJ’, dejando en evidencia fallas y falta de coordinación al interior del ente investigador.