Modelo tutela - Otros casos distintos a seguridad nacional y relaciones internacionales
Señor/a
[Juez o Tribunal]
[Ciudad]
E. S. D.
Ref.: Acción de Tutela [nombre del peticionario] contra [nombre de la entidad]
Yo, [nombre del peticionario], mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía [No.] de [ciudad], actuando en nombre propio, en ejercicio del derecho consagrado en el artículo 86 de la Constitución, por medio de la presente interpongo ante este despacho Acción de Tutela contra [nombre de la entidad]- (en adelante “LA ENTIDAD”), con fundamento en los siguientes:
I. HECHOS
1…
2…
3…
4... La ENTIDAD no justificó con suficiencia por qué la información debe mantenerse reservada.
[Hacer recuento de los hechos, enumerándolos. Indicar qué se solicitó, en qué fecha, a qué entidad, si dieron respuesta, qué respuesta dieron, qué problema tuvo, etc.]
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
El artículo 23 de la Constitución Nacional consagra el derecho fundamental de petición, el cual está reglamentado en la ley 1437 de 2011. Igualmente, el derecho de acceso a la información se encuentra reglamentado en la ley 1712 de 2014. Como bien lo ha definido la Corte Constitucional en varias de sus sentencias:
“(...) el núcleo esencial del derecho de petición, consagrado en el artículo 23 de la Carta Política, contempla no 0solo el derecho a presentar peticiones respetuosas ante la autoridad, ya sea en interés general o particular, sino también a obtener una pronta respuesta que resuelva de fondo la pretensión dentro del término previsto por la ley”. (Sentencia T- 637 de 1998, M.P. Antonio Barrera Carbonell).
Lo anterior significa no solamente que la autoridad administrativa deba responder la petición dentro de los términos que le otorga la ley, sino que debe hacerlo de manera que origine una respuesta clara, pronta y sustancial con relación a lo solicitado:
“Esta Corporación ha definido, en su jurisprudencia, que el derecho de petición es aquel que tienen los ciudadanos de dirigirse a una autoridad, con la seguridad de que van a recibir una respuesta pronta, de fondo y oportuna sobre su pedimento. Esta respuesta debe definir, de fondo, -positiva o negativamente-, la solicitud elevada, o por lo menos, expresar con claridad las etapas, medios, términos o procesos necesarios para dar una respuesta definitiva y contundente a quien la presentó”. (Sentencia T-601 de 1998, M.P. Fabio Morón Díaz).
La Ley 1712 de 2014 que regula el derecho de acceder a la información pública establece en su artículo 28 los sujetos obligados a entregar información tienen la carga de aportar las razones y pruebas que justifiquen que la información se mantenga reservada o confidencial. De acuerdo a lo ordenado por el artículo, la entidad debe (i) decir en qué ley se define que esa información debe permanecer reservada o clasificada, (ii) explicar que se buscan proteger intereses particulares o intereses públicos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 18 y 19 de la ley y (iii) exponer las razones por las cuales al entregar la información se causaría un daño presente, probable y específico superior al interés que usted tiene de conocer la información.
IV. PROCEDENCIA
La presente acción de tutela es procedente según los artículos 1, 2, 5 y 19 del Decreto 2591 de 1991.
V. PRETENSIONES
[Incluya acá sus pretensiones enumeradas. Por ejemplo: “Que se ordene a la ENTIDAD dar respuesta de fondo de manera clara y efectiva al derecho de petición presentado”).
VI. MANIFESTACIÓN JURADA
Bajo la gravedad de juramento manifiesto que esta misma petición no ha sido presentada en otros juzgados o tribunales.
V. ANEXOS
1…
2…
[Incluya aquí la lista de anexos, enumerada. Por ejemplo: 1. Derecho de petición enviado, 2. respuesta de la entidad].
VI. NOTIFICACIONES
Dirección para notificaciones [Incluya aquí su dirección y correo electrónico y, si la tiene, la dirección de la entidad pública].
Del juez respetuosamente,
[Firma del peticionario]
[Nombre del peticionario]
[Cédula del peticionari